MINDEPORTE - Resolución 000837 de 2023
Ministerio de Deporte
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Detalles
- Título
- MINDEPORTE - Resolución 000837 de 2023
- Autor
- Ministerio de Deporte
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Deporte
- Año
- 2023
RESOLUCIÓN 000837 DE 1 7 de agosto 2023 “Por medio de la cual se modifica Resolución No. 000330 de febrero 25 de 2020 “Por medio de la cual se integra y se establece el reglamento de funcionamiento del Comité Institucional de Gestión y Desempeño del Ministerio del Deporte» LA MINISTRA DEL DEPORTE En uso de sus facultades constitucionales y Legales, en especial las que confiere el artículo 208 de la constitución política, la Ley 489 de 1998, la Ley 1967 de 2019, el Decreto 1670 de 2019, el Decreto 0319 del 06 de marzo de 2023 y CONSIDERANDO: Que de conformidad con lo señalado en el artículo 208 de la Constitución Política de Colombia, "Los ministros y los directores de departamentos administrativos son los jefes de la administración en su respectiva dependencia (...)". Que el inciso primero del artículo 209 de la Constitución Política de Colombia de 1991 establece que: “La función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones.” Que el artículo 4 de la Ley 489 de 1998 indica con respecto a las finalidades de la función administrativa que “La función administrativa del Estado busca la satisfacción de las necesidades generales de todos los habitantes, de conformidad con los principios, finalidades y cometidos consagrados en la Constitución Política. Los organismos, entidades y personas encargadas, de manera permanente o transitoria, del ejercicio de funciones
administrativas deben ejercerlas consultando el interés general.” Que el inciso primero del artículo 133 de la Ley 1753 de 2015 frente a la integración de sistemas de gestión refiere que “Intégrense en un solo Sistema de Gestión, los Sistemas de Gestión de la Calidad de que trata la Ley 872 de 2003 y de Desarrollo Administrativo de que trata la Ley 489 de 1998. El Sistema de Gestión deberá articularse con los Sistemas Nacional e Institucional de Control Interno consagrado en la Ley 87 de 1993 y en los artículos 27 al 29 de la Ley 489 de 1998, de tal manera que permita el fortalecimiento de los mecanismos, métodos y procedimientos de control al interior de los organismos y entidades del Estado.” Que el artículo 2.2.22.2.1 del Decreto 1083 de 2015 refiere que “Las políticas de Desarrollo Administrativo de que trata la Ley 489 de 1998, formuladas por el Departamento Administrativo de la Función Pública y los demás líderes, se denominarán políticas de Gestión y Desempeño Institucional (…)” Que el artículo 2.2.22.3.2 del Decreto 1083 de 2015 define el Modelo Integrado de Planeación y Gestión (MIPG) como “un marco de referencia para dirigir, planear, ejecutar, hacer seguimiento, evaluar y controlar la gestión de las entidades y organismos públicos, con el fin de generar resultados que atiendan los planes de desarrollo y resuelvan las necesidades y problemas de los ciudadanos, con integridad y calidad en el servicio.” Que el artículo 2.2.22.3.4 del Decreto 1083 de 2015 indica que “El Modelo Integrado de
Planeación y Gestión (MIPG) se adoptará por los organismos y entidades de los órdenes nacional y territorial de la Rama Ejecutiva del Poder Público. En el caso de las entidades descentralizadas con capital público y privado, el Modelo aplicará en aquellas en que el Estado posea el 90% o más del capital social.” Página 1 de 4 Que el artículo 17 de la Ley 2052 de 2022 señala que “En la Nación, en los Departamentos, Distritos y Municipios con población superior a 100.000 habitantes, deberán crear dentro de su planta de personal existente una dependencia o entidad única de relación con el ciudadano que se encargará de liderar al interior de la entidad la implementación de las políticas que incidan en la relación Estado Ciudadano definidas por el Departamento Administrativo de la Función Pública, siempre que su sostenimiento esté enmarcado dentro de las disposiciones de los artículos 3o, 6o y 75 de la Ley 617 del 2000, o aquellas que las desarrollen, modifiquen, sustituyan, deroguen o adicionen, y respetando el Marco Fiscal de Mediano Plazo y Marco de Gasto de Mediano Plazo. El servidor público responsable de dicha dependencia o entidad deberá ser del nivel directivo.” Que el Departamento Administrativo de la Función Pública – DAFP elaboró, publicó y socializó la Caja de transformación institucional. Guía para la creación de la dependencia que integra la estrategia y operación del relacionamiento con la ciudadanía; con base en el documento que se cita, dentro de los escenarios de estructura administrativa propuestos se brindar al menos cuatro (4) alternativas para que las entidades, de acuerdo al análisis de
su estructura actual, disponibilidad de recursos, efectividad en el relacionamiento con los grupos de valor, pueda adoptar la estructura que facilite el logro de los productos, efectos e impactos que se describen en la cadena de valor y de las actividades establecidas en el proceso y los procedimientos. Dichas alternativas son: 1) Creación de una dependencia: Implica la modificación de la estructura administrativa con la creación de una dependencia que integra la estrategia y operación del relacionamiento con la ciudadanía. 2) Fortalecimiento de la dependencia: Integra la gestión del relacionamiento con la ciudadanía en una única dependencia ya existente, conservando su ubicación. 3) De grupo interno de trabajo a dependencia: Consiste en la transformación e integración de la gestión asociada al relacionamiento con la ciudadanía en una única dependencia y que antes era un grupo de trabajo. 4) Fortalecimiento o creación de un grupo interno de trabajo: Consiste en la mejora del relacionamiento con la ciudadanía, a través de un único grupo de trabajo, con ubicación estratégica o conservando su ubicación. Que de conformidad con lo establecido mediante decreto 742 de 2021, por medio del cual se modifica el artículo 2.2.22.2.1. del Decreto 1083 de 2015, Único Reglamentario del Sector de Función Pública, con el fin de incorporar la política de Compras y Contratación Pública a las políticas de gestión y desempeño institucional, toda vez que dicha política permite a las entidades estatales alinearse a las mejores prácticas en abastecimiento y contratación, para fortalecer la satisfacción de las necesidades públicas (eficacia), con
menores recursos (eficiencia), altos estándares de calidad, pluralidad de oferentes y garantía de transparencia y rendición de cuentas. Que el Ministerio del Deporte integró el Comité Institucional de Gestión y Desempeño, estableciendo para ello, su líder, integrantes y funciones, entre otros, por medio de la Resolución No. 000330 de febrero 25 de 2020; la cual fue modificada por medio de Resolución No, 000581 de 22 de abril de 2021. Que en desarrollo de las actividades que busquen la integración de la estrategia y operación del relacionamiento con la ciudadanía, atendiendo la estructura actual, disponibilidad de recursos, efectividad en el relacionamiento con los grupos de valor del Ministerio del Deporte; y, atendiendo las alternativas indicadas por el Departamento Administrativo de la Función Pública – DAFP, resulta indispensable señalar como dependencia líder de la implementación de la política de Servicio al Ciudadano a la Secretaria General - GIT de Servicio Integral al Ciudadano con el apoyo de la Oficina Asesora de Jurídica, GIT de Comunicaciones y Oficina Asesora de Planeación. Que, atendiendo la adición de la política de Compras y Contratación Pública, es indispensable establecer como dependencia líder de la implementación de la política a la Secretaria General - GIT de Contratación. Página 2 de 4 Que en cumplimiento de sus funciones, el Comité Institucional de Gestión y Desempeño del Ministerio del Deporte, en sesión del 11 de mayo de 2023 aprobó modificar la Resolución 000581 de 2021 “Por medio de la cual se modifica la Resolución No. 000330 de febrero 25 de 2020, “Por medio de la cual se integra y se establece el reglamento de funcionamiento
del Comité Institucional de Gestión y Desempeño del Ministerio del Deporte” en el sentido de establecer como responsable de las políticas de Transparencia y acceso a la información pública, Racionalización de trámites y Rendición de cuentas a la Secretaria General - GIT de Servicio Integral al Ciudadano, con el apoyo de la Oficina Asesora de Jurídica, GIT de Comunicaciones y Oficina Asesora de Planeación; y como responsable de la política de Compras y Contratación Pública a la Secretaria General - GIT Contratación. En mérito de lo expuesto la Ministra del Deporte: RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: Modifíquese el artículo octavo de la Resolución No. 000330 de febrero 25 de 2020 “Por medio de la cual se integra y se establece el reglamento de funcionamiento del Comité Institucional de Gestión y Desempeño del Ministerio del Deporte”, el cual quedará así: “ARTÍCULO OCTAVO. - RESPONSABLES DEL MODELO INTEGRADO DE PLANEACIÓN Y GESTIÓN (MIPG): Los directivos, jefes de las diferentes dependencias, asesores y coordinadores de grupo o quien haga sus veces, dentro del rol que les corresponde y las funciones a su cargo como responsables de los planes, programas, proyectos y/o procesos, deben cumplir y promover el cumplimiento de las políticas de gestión y desempeño y del componente ambiental inmersas en las dimensiones del Modelo Integrado de Planeación y Gestión (MIPG), en el marco de sus competencias y su nivel de responsabilidad, así como generar e implementar las recomendaciones de mejora que estimen pertinentes, en ejercicio del autocontrol. Para la implementación de las políticas de gestión y desempeño se definen los siguientes
líderes:
POLÍTICAS DE GESTIÓN Y DEPENDENCIA LÍDER DE LA
DIMENSIÓN
DESEMPEÑO INSTITUCIONAL IMPLEMENTACIÓN DE LA POLÍTICA
GESTIÓN DE Talento Humano Secretaría General –GIT de Talento
TALENTO HUMANO Humano
Integridad Planeación Institucional Oficina Asesora de Planeación
DIRECCIONAMIENTO
Oficina Asesora de Planeación ESTRATÉGICO Y Gestión Presupuestal y Eficiencia del Secretaría General – GIT de Gestión PLANEACIÓN Gasto Público Financiera y Presupuestal Secretaria General - GIT Contratación Compras y Contratación Pública Fortalecimiento Organizacional y Oficina Asesora de Planeación Simplificación de Procesos Gestión Presupuestal y Eficiencia del Oficina Asesora de Planeación Gasto Público Secretaría General - GIT de Contratación Gobierno Digital Secretaría General - GIT de Tecnología de la Información y las Comunicaciones – Seguridad Digital TIC’s Defensa Jurídica GESTIÓN CON Oficina Asesora Jurídica Mejora Normativa
VALORES PARA
Secretaría General - GIT de Servicio RESULTADOS Servicio al Ciudadano Integral al Ciudadano GIT de Servicio Integral al Ciudadano Secretaría General Racionalización de Trámites GIT de Tecnología de la Información y las Comunicaciones – TIC’s Direcciones Técnicas Participación ciudadana en la Gestión Pública GIT de Servicio Integral al Ciudadano (incluye la Estrategia de Rendición de Secretaría General – Página 3 de 4
POLÍTICAS DE GESTIÓN Y DEPENDENCIA LÍDER DE LA
DIMENSIÓN
DESEMPEÑO INSTITUCIONAL IMPLEMENTACIÓN DE LA POLÍTICA
Cuentas) con el apoyo del GIT de Comunicaciones y Oficina Asesora de Planeación. EVALUACIÓN DE Seguimiento y Evaluación del Desempeño Oficina Asesora de Planeación RESULTADOS Institucional Secretaría General - GIT de Gestión Gestión Documental Administrativa Secretaría General – INFORMACIÓN Y Transparencia, Acceso a la Información GIT de Servicio Integral al Ciudadano COMUNICACIÓN Pública y Lucha Contra la Corrupción con el apoyo de la Oficina Asesora de Jurídica, GIT de Comunicaciones y Oficina Asesora de Planeación. Gestión de la Información Estadística Oficina Asesora de Planeación Oficina Asesora de Planeación - GIT de
GESTIÓN DEL
Gestión del Conocimiento e Innovación CONOCIMIENTO Y LA Gestión del Conocimiento y la Innovación Secretaría General -GIT de Talento
INNOVACIÓN
Humano CONTROL INTERNO Control Interno Oficina Asesora de Control Interno ARTÍCULO SEGUNDO: PUBLÍQUESE La presente Resolución en el enlace de Transparencia y Acceso a la Información Pública de la página web del Ministerio del Deporte, en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley 1712 de 2014 y el Decreto 103 de 2015.
ARTÍCULO TERCERO: COMUNÍQUESE el contenido del presente acto administrativo a cada una de las dependencias del Ministerio del Deporte, para su conocimiento y fines pertinentes.
ARTÍCULO CUARTO: La presente resolución deroga las demás disposiciones que le sean contrarias y en especial el artículo segundo de la Resolución No. 000581 de 22 de abril de
2021.
ARTÍCULO QUINTO: La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición,
quedando vigentes los demás aspectos no modificados o derogados en la presente resolución.
COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
ASTRID BIBIANA RODRIGUEZ CORTES
MINISTRA DEL DEPORTE
Revisó Liliana Maribel Mora González – Asesora Firma: Despacho Ministra.
Revisó: Javier Salinas Vargas – Asesor Despacho Firma:
Ministra.
Revisó: Luis David Garzón Chaves – Secretario General
Revisó: Miguel De la Hoz García – Jefe OAJ Firma: Revisó: Felix Gonzalo Ojeda Mendoza – Abogado Firma: contratista - OAJ
Revisó: José Miguel Villarreal Barón – Jefe OAP Firma:
Proyecto: Paola Calderón – Abogada Contratista – Firma:
OAP. Página 4 de 4