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MINDEPORTE - Resolución 000881 de 2020

Ministerio de Deporte

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Detalles

Título
MINDEPORTE - Resolución 000881 de 2020
Autor
Ministerio de Deporte
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Deporte
Año
2020

REPÚBLICA DE COLOMBIA

MINISTERIO DEL DEPORTE

RESOLUCIÓN No. 000881 DE 4 DE AGOSTO DE 2020

“Por la cual se adiciona y modifica la Resolución No. 000674 de 26 de junio de 2020 “Por la cual se actualiza el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales para los empleos de la planta de personal del Ministerio del Deporte”.

C O N S I D E R A N D O:

Que el artículo 122 de la Constitución Política establece que “ No habrá empleo público que no tenga funciones detalladas en ley o reglamento y para proveer los de carácter remunerado se requiere que estén contemplados en la respe ctiva planta y previstos los emolumentos en el presupuesto correspondiente”.

Que el numeral 1°, del artículo 19 de la Ley No. 909 de 2004 define que “El empleo público es el núcleo básico de la estructura de la función pública objeto de esta ley. Por emp leo se entiende el conjunto de funciones, tareas y responsabilidades que se asignan a una persona y las competencias requeridas para llevarlas a cabo, con el propósito de satisfacer el cumplimiento de los planes de desarrollo y los fines del Estado”.

Que la Ley No. 1967 de 2019, transformó el Departamento Administrativo del Deporte, la Recreación, la Actividad Física y el Aprovechamiento del Tiempo libre – COLDEPORTES en el MINISTERIO DEL DEPORTE, como organismo principal de la Administración Pública, del nivel central, rector del sector y del Sistema Nacional del Deporte.

Que el artículo 5° de la Ley No. 1967 de 2019, estableció la Estructura del Ministerio del Deporte de la siguiente forma:

central, rector del sector y del Sistema Nacional del Deporte.

Que el artículo 5° de la Ley No. 1967 de 2019, estableció la Estructura del Ministerio del Deporte de la siguiente forma:

1. Despacho del Ministro

1.1. Oficina de Control Interno. 1.2. Oficina Asesora de Planeación. 1.3. Oficina Asesora Jurídica 1.4. Oficina Asesora de Control Interno Disciplinario

2. Despacho del Viceministro del Deporte 2.1. Dirección de Posicionamiento y Liderazgo Deportivo. 2.2. Dirección de Fomento y Desarrollo. 2.3. Dirección de Recursos y Herramientas del Sistema Nacional del Deporte.

2.4. Dirección de Inspección, Vigilancia y Control.REPÚBLICA DE COLOMBIA

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RESOLUCIÓN No. 000881 DE 4 DE AGOSTO DE 2020

“Por la cual se adiciona y modifica la Resolución No. 000674 de 26 de junio de 2020 “Por la cual se actualiza el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales para los empleos de la planta de personal del Ministerio del Deporte”.

3. Secretaría: General

4. Órganos de Asesoría y Coordinación 4.1. Comité Institucional de Gestión y Desempeño. 4.2. Comisión de Personal

Que el artículo 8 ° de la ley ibídem, estableció que “el Gobierno Nacional en ejercicio de las facultades constitucionales señaladas en el artículo 189 y en la Ley 489 de 1998, procederá a adoptar la estructura interna del Ministerio y a adecuar de ser necesario, la planta de personal a la

facultades constitucionales señaladas en el artículo 189 y en la Ley 489 de 1998, procederá a adoptar la estructura interna del Ministerio y a adecuar de ser necesario, la planta de personal a la nueva naturaleza de la entidad”.

Que mediante el Decreto No. 1670 de 2019, se adoptó la estructura interna del Ministerio del Deporte. Que el artículo 2° del Decreto 770 de 20051, señala que: Las c ompetencias Laborales, funciones y requisitos específicos para su ejercicio serán fijados por los respectivos organismos o entidades, con sujeción a los que establezca el Gobierno Nacional de acuerdo con los parámetros señalados en el artículo quinto de es te decreto, excepto para aquellos empleos cuyas funciones y requisitos estén señalados en la Constitución Política o en la Ley.

Que el artículo 2.2.2.6.1 del Decreto No. 1083 de 2015, modificado por el Decreto 498 de 2020, “Por el cual se expidió el Decreto Único Reglamentario del Sector de Función Pública”, señala:

“(…)

La adopción, adición, modificación o actualización del manual específico se efectuará mediante resolución interna del jefe del organismo o entidad, de acuerdo con las disposiciones contenidas en el presente Título.

Corresponde a la unidad de personal, o a la que haga sus veces, en cada organismo o entidad, adelantar los estudios para la elaboración, actualización, modificación o adición del manual de funciones y de competencias laboral es y velar por el cumplimiento de las disposiciones aquí previstas.REPÚBLICA DE COLOMBIA

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manual de funciones y de competencias laboral es y velar por el cumplimiento de las disposiciones aquí previstas.REPÚBLICA DE COLOMBIA

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RESOLUCIÓN No. 000881 DE 4 DE AGOSTO DE 2020

“Por la cual se adiciona y modifica la Resolución No. 000674 de 26 de junio de 2020 “Por la cual se actualiza el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales para los empleos de la planta de personal del Ministerio del Deporte”.

(…)”

Que el artículo 2.2.2.4.9 del Decreto No. 1083 de 2015 establece las disciplinas académicas o profesiones:

“Para el ejercicio de los empleos que exijan como requisito el título o l a aprobación de estudios en educación superior, las entidades y organismos identificarán en el manual

específico de funciones y de competencias laborales, los Núcleos Básicos del Conocimiento –NBCque contengan las disciplinas académicas o profesiones, de acuerdo con la clasificación establecida en el Sistema Nacional de Información de la Educación Superior –SNIES.

(…)”

Que el artículo 2.2.4.10 del Decreto No. 815 de 2018 “Por el cual se modifica el Decreto 1083 de 2015, Único Reglamentario del Sector de Función Pública, en lo relacionado con las competencias laborales generales para los empleos públicos de los distintos niveles jerárquicos“, señala manuales específicos de funciones y de competencias laborales asíREPÚBLICA DE COLOMBIA

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RESOLUCIÓN No. 000881 DE 4 DE AGOSTO DE 2020

“Por la cual se adiciona y modifica la Resolución No. 000674 de 26 de junio de 2020 “Por la cual se actualiza el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales para los empleos de la planta de personal del Ministerio del Deporte”.

“De conformidad con lo dispuesto en el presente Título, las entidades y organismos en los manuales específicos de funciones y de competencias laborales deben incluir: el contenido funcional de los empleos; las competencias comunes a los empleados públicos y las comportamentales, de acuerdo con lo previsto en los artículos 2.2.4.7 y 2.2.4.8 de este Título; las competencias funcionales; y los req uisitos de estudio y experiencia de acuerdo con lo establecido en el decreto que para el efecto expida el Gobierno Nacional.

2.2.4.8 de este Título; las competencias funcionales; y los req uisitos de estudio y experiencia de acuerdo con lo establecido en el decreto que para el efecto expida el Gobierno Nacional.

Que mediante Resolución No. 000674 de 26 de junio de 2020, se actualizó el Manual de Funciones y Competencias Laborales para los empleos de planta de personal del Ministerio del Deporte.

Que se hace necesario adicionar la parte considerativa de la Resolución No. 000674 de 26 de junio de 2020 con el objeto de dar cumplimiento al Parágrafo 3° del artículo 4°del Decreto No. 498 de 30 de marzo de 2020, “Por el cual se modifica y adiciona el Decreto No. 1083 de 2015, Único Reglamentario del Sector de Función Pública” que señala:

(…) “Modificar el artículo 2.2.2.6.1 del capítulo 6, del Título 2 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1083 de 2015, Reglamentario Único del Sector de la Función Pública, el cual quedará así: (…) “PARÁGRAFO 3º. La administración antes de publicar el acto admini strativo que adopta o modifica el manual de funciones y competencias y su estudio téc nico, en aplicación del numeral 8 del artículo 8º de la Ley 1437 de 2011, deberá adelantar un proceso de consulta en todas sus etapas con las organizaciones sindicales presentes en la respectiva entidad, en el cual se dará conocer el alcance de la modificación o actualización, escuchando sus observaciones e inquietudes, de lo cual se dejará constancia. Lo anterior sin perjuicio de la facultad de la administración para la ad opción y expedición del respectivo acto

el cual se dará conocer el alcance de la modificación o actualización, escuchando sus observaciones e inquietudes, de lo cual se dejará constancia. Lo anterior sin perjuicio de la facultad de la administración para la ad opción y expedición del respectivo acto administrativo”.REPÚBLICA DE COLOMBIA

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RESOLUCIÓN No. 000881 DE 4 DE AGOSTO DE 2020

“Por la cual se adiciona y modifica la Resolución No. 000674 de 26 de junio de 2020 “Por la cual se actualiza el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales para los empleos de la planta de personal del Ministerio del Deporte”.

Que mediante Decreto No. 989 del 9 de abril de 2020 , se adicionó el capítulo 8 ° al título 21 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1083 de 2015, en lo relacionado con las competencias y requisitos específicos para el empleo de jefe de oficina, asesor, coordinador o auditor de control interno o quien haga sus veces, siendo igualmente necesario modificar el manual de funciones en relación al Jefe de Oficina de la dependencia de Oficina de Control Interno. Que en cumplimiento de lo descrito, a través de comunicación del 27 de j ulio de 2020 con Radicado No. 2020EE0013487 suscrito por la Coordinación GIT de Talento Humano, fue remitido a la organización sindical el proyecto de actualización y modificación del Manual de F unciones y Competencias Laborales para lo empleos de la planta de personal de éste ministerio, a la Asociación Sindical ASMINDEP, con el objeto de recibir de dicha organización sus observaciones e inquietudes dentro de los cinco días hábiles siguientes a la comunicación.

Competencias Laborales para lo empleos de la planta de personal de éste ministerio, a la Asociación Sindical ASMINDEP, con el objeto de recibir de dicha organización sus observaciones e inquietudes dentro de los cinco días hábiles siguientes a la comunicación. Que por medio de correo electrónico de 30 de julio de 2020, dirigido a la C oordinadora del GIT Talento Humano, la Asociación Sindical ASMINDEP, manifestó no tener consideraciones relativas al mismo, encontrándolo conforme a la normativa precitada. En mérito de lo expuesto,

RESUELVE

ARTÍCULO PRIMERO. Adicionar la parte considerativa de la Resolución No. 000674 de 26 de junio de 2020, en el sentido de conceder un plazo de 05 días hábiles a la Asociación Sindical con el objeto de la presentación de observaciones e inquietudes frente a la actualización y modificación del Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales para los empleos de la planta de personal del Ministerio del Depor te de conformidad con la parte consider ativa de la presente resolución.

ARTÍCULO SEGUNDO: Modificar el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales para los empleos de la planta de personal del Ministerio del Deporte en la sección 3.1 OFICINA DE CONTROL INTERNO respecto al cargo de JEFE DE OFICINA de la Oficina de Control Interno,REPÚBLICA DE COLOMBIA

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RESOLUCIÓN No. 000881 DE 4 DE AGOSTO DE 2020

“Por la cual se adiciona y modifica la Resolución No. 000674 de 26 de junio de 2020 “Por la cual se actualiza el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales para los empleos de la

“Por la cual se adiciona y modifica la Resolución No. 000674 de 26 de junio de 2020 “Por la cual se actualiza el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales para los empleos de la planta de personal del Ministerio del Deporte”.

ARTÍCULO TERCERO. Las demás disposiciones contenidas en la Resolución No. 00674 de 26 de junio de 2020 permanecen incólumes.

ARTÍCULO CUARTO: La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedic ión y deroga todas las normas que le sean contrarias.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

ERNESTO LUCENA BARRERO

Ministro del Deporte

Revisó Diana Andrea Lovo – Asesora Despacho del Ministro del Deporte

Revisó: Rodrigo Suárez Giraldo – Jefe Oficina Asesora Jurídica

Revisó Jaime Arturo Guerra Rodríguez – Secretario General

Reviso Maria del Carmen Cruz Garrido– Abogada Secretaría General

Revisó Cristian Felipe Muñoz – Abogado GIT Talento Humano

Revisó Maria Carolina Salcedo Sanint – Coordinadora GIT Talento Humano

Reviso Lenis Isabel Solano Herazo– Contratista GIT Talento Humano

Proyectó Isabel Forero Cristancho– Contratista GIT Talento Humano IFC

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