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MINDEPORTE - Resolución 000895 de 2021

Ministerio de Deporte

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Detalles

Título
MINDEPORTE - Resolución 000895 de 2021
Autor
Ministerio de Deporte
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Deporte
Año
2021

REPÚBLICA DE COLOMBIA

MINISTERIO DEL DEPORTE RESOLUCIÓN No. 000895 DE 11 DE JUNIO 2021 "Por la cual se adopta una nueva versión del Manual de Contratación del Ministerio del Deporte" EL MINISTRO DEL DEPORTE En uso de las facultades legales conferidas en la Ley 1967 de 2019 y en el Decreto 1670 del 12 de septiembre de 2019, en concordancia con el artículo 61 de la Ley 489 de 1998, el artículo 11 de la Ley 80 de 1993, el Decreto 1912 del 21 de octubre de 2019, los Lineamientos Generales para la Expedición de Manuales de Contratación, y C O N S I D E R A N D O Que la Constitución Política establece en el artículo 209 que “La función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones. (…)” y en el artículo 269 que “En las entidades públicas, las autoridades correspondientes están obligadas a diseñar y aplicar, según la naturaleza de sus funciones, métodos y procedimientos de control interno, de conformidad con lo que disponga la ley, la cual podrá establecer excepciones y autorizar la contratación de dichos servicios con empresas privadas colombianas”. Que la Ley 80 de 1993 estipula en el numeral 1o y en el literal a) del numeral 3o del artículo 11 “(…) De la competencia para dirigir licitaciones y para celebrar contratos estatales. En las entidades estatales a que se refiere el artículo 2: 1o. La competencia

para ordenar y dirigir la celebración de licitaciones y para escoger contratistas será del jefe o representante de la entidad, según el caso. (…) 3o. Tiene competencia para celebrar contratos a nombre de la Entidad respectiva: a) Los ministros del despacho (…)” y en el numeral 9 del artículo 25 “(…) Del Principio de Economía. En virtud de este principio: (…) En los procesos de contratación intervendrán el jefe y las unidades asesoras y ejecutoras de la entidad que se señalen en las correspondientes normas sobre su organización y funcionamiento (…)”. Que la Ley 489 de 1998 señala en el artículo 5 que “Los organismos y entidades administrativos deberán ejercer con exclusividad las potestades y atribuciones inherentes, de manera directa e inmediata, respecto de los asuntos que les hayan sido asignados expresamente por la ley, la ordenanza, el acuerdo o el reglamento ejecutivo. (…)” y en los Página 1 de 4

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MINISTERIO DEL DEPORTE RESOLUCIÓN No. 000895 DE 11 DE JUNIO 2021 "Por la cual se adopta una nueva versión del Manual de Contratación del Ministerio del Deporte" literales c) y f) del artículo 61 que “(…) Son funciones de los ministros, además de las que le señalan la Constitución Política y las disposiciones legales especiales, las siguientes: (…) c) Dirigir y orientar la función de planeación del sector administrativo a su cargo; (…) f) Suscribir en nombre de la Nación y de conformidad con el Estatuto General de Contratación y la Ley Orgánica de Presupuesto, los contratos relativos a asuntos propios

del Ministerio previa delegación del Presidente de la República (…)”. Que la Ley 1967 de 2019 consagra en el numeral 25 del artículo 4 que “(…) Para el cumplimiento de su objeto, el Ministerio del Deporte cumplirá, además de las señaladas en la Constitución Política y en el artículo 59 de la Ley 489 de 1998, las siguientes funciones: (…) Celebrar directamente convenios o contratos con entidades u organismos internacionales o nacionales, públicos o privados pertenecientes al Sistema Nacional del Deporte, para el desarrollo de su objeto, de acuerdo con las normas legales vigentes (…)”. Que el Decreto 1670 de 2019 contempla en el numeral 25 del artículo 2o que “(…) Son funciones del Ministerio del Deporte, además de las dispuestas en artículo 59 de la Ley 489 de 1998, y en la Ley 181 de 1995, las siguientes: (…) Celebrar directamente convenios o contratos con entidades u organismos internacionales o nacionales, públicos o privados pertenecientes al Sistema Nacional del Deporte, para el desarrollo de su objeto, de acuerdo con las normas legales vigentes” y en el numeral 18 del artículo 6o que “(…) Son funciones del Despacho del Ministro del Deporte, además de las señaladas por la Constitución Política, las leyes y en particular las del artículo 61 de la Ley 489 de 1998, las siguientes: (…) Ejercer la representación legal del Ministerio, ordenar los gastos y suscribir los actos, convenios, contratos y demás acuerdos de voluntades que se requieran para el cumplimiento de los objetivos y funciones del Ministerio. (…)”.

Que dentro del conjunto de normas referentes a la contratación de la administración pública se encuentran la Constitución Política de Colombia, la Ley 80 de 1993, la Ley 1150 de 2007, la Ley 1474 de 2011, el Decreto 1082 de 2015 y los demás decretos reglamentarios, las normas comerciales y civiles aplicables, y las demás normas que las adicionen, aclaren, complementen o modifiquen. Que en el artículo 2.2.1.2.5.3 “Manual de contratación” del Decreto 1082 de 2015 se establece que “Las Entidades Estatales deben contar con un manual de contratación, el cual debe cumplir con los lineamientos que para el efecto señale Colombia Compra Eficiente”. Página 2 de 4

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MINISTERIO DEL DEPORTE RESOLUCIÓN No. 000895 DE 11 DE JUNIO 2021 "Por la cual se adopta una nueva versión del Manual de Contratación del Ministerio del Deporte" Que el artículo 2.2.1.2.5.3 del Decreto 1082 de 2015 establece que las Entidades Estatales deben contar con un manual de contratación, el cual debe cumplir con los lineamientos que para el efecto señale Colombia Compra Eficiente; motivo por el cual, en desarrollo de esta disposición, Colombia Compra Eficiente presenta los lineamientos generales para la expedición de manuales de contratación, en su versión LGEMC-01, el cual se encuentra publicado en el enlace: https://www.colombiacompra.gov.co/sites/cce_public/files/cce_documents/cce_expedicion _manual_contratacion.pdf. Que, en aras de garantizar los principios constitucionales y contractuales, y a la luz de la

normatividad vigente en materia de contratación de la administración pública expedida por el Congreso de la República, el Gobierno Nacional y por la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente, se hace necesario adoptar una nueva versión del Manual de Contratación del Ministerio del Deporte, de conformidad con los lineamientos generales para la expedición de manuales de contratación presentados por Colombia Compra Eficiente, como herramienta para el desarrollo de la gestión contractual de la Entidad, con la finalidad de orientar y regular el desarrollo de la actividad contractual al interior del Ministerio del Deporte, así como la aplicación de las normas y principios consagrados en las disposiciones antes indicadas, mediante el ejercicio de adecuación normativa general a las necesidades particulares del Ministerio del Deporte, entendiendo que los trámites, procedimientos, requisitos y demás aspectos expresamente indicados en el mismo, serán adelantados de acuerdo con las normas y principios que regulan la contratación estatal. En virtud de las consideraciones expuestas anteriormente; R E S U E L V E ARTÍCULO PRIMERO. Adoptar una nueva versión del Manual de Contratación del Ministerio del Deporte, de conformidad con los lineamientos generales para la expedición de manuales de contratación presentados por Colombia Compra Eficiente, como herramienta para el desarrollo de la gestión contractual de la Entidad, con la finalidad de orientar y regular el desarrollo de la actividad contractual al interior del Ministerio del Deporte, así como la aplicación de las normas y principios consagrados en las disposiciones antes indicadas, mediante un ejercicio de adecuación normativa general a las necesidades particulares de la Entidad. Página 3 de 4

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MINISTERIO DEL DEPORTE

RESOLUCIÓN No. 000895 DE 11 DE JUNIO 2021 "Por la cual se adopta una nueva versión del Manual de Contratación del Ministerio del Deporte" ARTÍCULO SEGUNDO. Los capítulos, anexos, formatos, minutas, procesos y procedimientos que hacen parte del Manual de Contratación, podrán ser objeto de actualización a través del formato de solicitud de elaboración, modificación o eliminación de documentos del Sistema de Gestión de la Calidad del Ministerio del Deporte. ARTÍCULO TERCERO. La presente Resolución deberá ser publicada en el sitio dispuesto en el Sistema de Gestión de la Calidad del Ministerio del Deporte y en el link de Transparencia y Acceso a la Información Pública de la página web de la Entidad, en cumplimiento con lo dispuesto en la Ley 1712 de 2014 y el Decreto 103 de 2015, y en las demás normas que adicionen, aclaren, complementen o modifiquen. ARTÍCULO CUARTO. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición y publicación, y deroga expresamente las disposiciones que le sean contrarias. Publíquese, Comuníquese y Cúmplase

ERNESTO LUCENA BARRERO

MINISTRO DEL DEPORTE

Aprobó: Jaime Arturo Guerra Rodríguez

Secretario General y Ordenador del Gasto

Aprobó: Diana Fernanda Candia Ángel

Jefe Oficina Asesora Jurídica

Revisó: Fabián Darío Romero Moreno

Coordinador GIT Contratación

Proyectó: Yesid Hernando Cabuya Ortiz Profesional GIT Contratación Página 4 de 4

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