MINDEPORTE - Resolución 001496 de 2021
Ministerio de Deporte
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Detalles
- Título
- MINDEPORTE - Resolución 001496 de 2021
- Autor
- Ministerio de Deporte
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Deporte
- Año
- 2021
REPÚBLICA DE COLOMBIA
MINISTERIO DEL DEPORTE
RESOLUCIÓN No. 001496 DE 13 DE SEPTIEMBRE DE 2021
“Por la cual se ordena la apertura del proceso de Selección Abreviada de Menor Cuantía No. SAMC-4-2021”
Ministerio del Deporte
Av. 68 N° 55-65 PBX (571) 4377030
Línea de atención al ciudadano: 018000910237 - (571) 2258747
Correo electrónico: contacto@mindeporte.gov.co, página web: www.mindeporte.gov.co
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LA SECRETARIA GENERAL (E) DEL MINISTERIO DEL DEPORTE
En uso de sus facultades constitucionales y legales y en especial las conferidas en la Ley 1967 de 2019, en concordancia con el literal f del articulo 61 y 65 de la Ley 489 de 1998, Ley 80 de 1993, Ley 1150 de 2007 y Decreto 1082 de 2015, Resolución No. 002013 del 30 de octubre de 2019, y
CONSIDERANDO
Que la Constitución Política, en el artículo 52, modificado por el artículo 1 d el Acto Legislativo No. 2 de 2000, establece que “El ejercicio del deporte, sus manifestaciones recreativas, competitivas y autóctonas tienen como función la formación integral de las personas, preservar y desarrollar una mejor salud en el ser humano. El deporte y la recreación forman parte de la educación y constituyen gasto público social. Se reconoce el derecho de todas las personas a la recreación, a la práctica del deporte y al aprovechamiento del tiempo libre. El Estado
deporte y la recreación forman parte de la educación y constituyen gasto público social. Se reconoce el derecho de todas las personas a la recreación, a la práctica del deporte y al aprovechamiento del tiempo libre. El Estado fomentará estas actividades e i nspeccionará, vigilará y controlará las organizaciones deportivas y recreativas cuya estructura y propiedad deberán ser democráticas”.
Que la Ley 1967 de 2019, en el artículo 3, señala que “El Ministerio del Deporte tendrá como objetivo, dentro del marco de sus competencias y de la ley, formular, adoptar, dirigir, coordinar, inspeccionar, vigilar, controlar y ejecutar la política pública, planes, programas y proyectos en materia del deporte, la recreación, el aprovechamiento del tiempo libre y la actividad física para promover el bienestar, la calidad de vida, así como contribuir a la salud pública, a la educación, a la cultura, a la cohesión e integración social, a la conciencia nacional y a las relaciones internacionales, a través de la participación de los actores públicos y privados”.
Que, teniendo en cuenta la necesidad de la Entidad, la cual pretende satisfacer con este proceso de contratación, que básicamente consiste en garantizar la continua, eficiente y oportuna prestación de servicios, permitiendo desempeñar sus actividades misionales y administrativas eficientemente, mediante la generación de espacios que garanticen la promoción de Hábitos y Estilos de Vida Saludable bajo la estrategia de capacitaciones que permitan fortalecer las competencias de l Equipo Colombia del Programa de Hábitos y Estilos de Vida Saludable en desarrollo de sus actividades en el territorio nacional.
Que, en el marco de los compromisos adquiridos por los gobiernos del mundo, en el Plan de Acción Mundial de
Estilos de Vida Saludable en desarrollo de sus actividades en el territorio nacional.
Que, en el marco de los compromisos adquiridos por los gobiernos del mundo, en el Plan de Acción Mundial de la OMS para la prevención y el control de las ENT 2013 – 2020 se acordó la necesidad de reducir la inactividad física en los estados miembros en un 10%. De igual forma, el marco del Septuagésimo aniversario de la Organización de las Naciones Unidas en septiembre de 2015, se acordaron los nuevos objetivos de desarrollo sostenible de alcance mundial en la “Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible”, donde los Estados miembros de las Naciones Unidas, del cual hace parte la República de Colombia, se comprometieron a acogerlos, estableciendo un plan de acción en favor de las personas, el planeta y la prosperidad. Dentro de esta agenda, se abordan los 17 objetivos de desarrollo sostenible y las 169 metas a alcanzar, de las cuales se plantean los siguientes objetivos para reducir la inactividad física “(…) 3. Garantizar una vida sana y promover el bienestar para todos en todas las edades, pretendiendo que al 2030, se reduzca en un tercio la mortalidad prematura por enfermedades no transmisibles mediante la prevención y el tratamient o y promover la salud mental y el bienestar, y reforzar la capacidad de todos los países, en particular los países en desarrollo, en materia de alerta temprana, reducción de riesgos y gestión de los riesgos para la salud nacional y mundial. (…)”.
Que la Organización Mundial de la SaludOMS presentó el Plan de Acción Mundial de Actividad Física 20182030 “Más personas activas para un mundo más sano”, donde se pretende una disminución de un 15% la
Que la Organización Mundial de la SaludOMS presentó el Plan de Acción Mundial de Actividad Física 20182030 “Más personas activas para un mundo más sano”, donde se pretende una disminución de un 15% la prevalencia global de la inactividad física en adultos y en adolescentes para 2030.
Que en el marco del Plan de Acción Mundial Sobre Actividad Física 2018 -2030 referido anteriormente, la Organización Panamericana de la Salud OPS señala como medidas propuestas para los estados miembros laREPÚBLICA DE COLOMBIA
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importancia de fortalecer los programas de estudio antes y durante el servicio de todos los profesionales médicos y profesionales sanitarios afines para velar por la efectiva integración de los beneficios para la salud de la actividad física en la capacitación formal sob re prevención y manejo de enfermedades no transmisibles, salud mental, envejecimiento saludable, salud y desarrollo infantil, y en la promoción general de la salud y el bienestar de la comunidad. Además de las propuestas para las partes interesadas se indica que todas las partes interesadas deben fortalecer el conocimiento, la capacidad y las habilidades en materia de promoción de la
bienestar de la comunidad. Además de las propuestas para las partes interesadas se indica que todas las partes interesadas deben fortalecer el conocimiento, la capacidad y las habilidades en materia de promoción de la actividad física y la reducción de los hábitos sedentarios entre sus miembros y constituyentes mediante la aplicación de prog ramas y oportunidades de capacitación, como conferencias, seminarios web, seminarios presenciales, talleres, aprendizaje en línea, boletines informativos, sitios web, hojas informativas, MOOC, podcasts, entre otros.
Que, como parte de los lineamientos de la Organización Mundial de la Salud y el comportamiento hacia prácticas sedentarias por parte de la población colombiana, el Estado quiso priorizar el fomento de la práctica regular de actividad física, por lo cual, el 30 de julio del 2008 se conformó en virtud de lo dispuesto en el Decreto 2771 de 2008, la Comisión Nacional Intersectorial para la Coordinación y Orientación Superior del Fomento, Desarrollo y Medición de Impacto de la Actividad Física (CONIAF), la cual está presidida de forma permanente por el Ministerio de salud y la Protección Social y cuya Secretaría Técnica recae sobre Coldeportes (hoy Ministerio del Deporte); posteriormente, se renovaron las responsabilidades de esta Comisión, a través de la Agenda Interministerial para el desarrollo de estrategias de promoción de actividad física, firmada el 7 de septiembre de 2009, por el Director de Coldeportes y los Ministros de Cultura, Educación y Protección Social, donde se acogen las recomendaciones de la “Estrategia Global de Dieta, Actividad Física y Salud de la OMS”. Por ello, el Gobierno Nacional se ha comprometido con la promoción de estilos de vida saludable, en particular
donde se acogen las recomendaciones de la “Estrategia Global de Dieta, Actividad Física y Salud de la OMS”. Por ello, el Gobierno Nacional se ha comprometido con la promoción de estilos de vida saludable, en particular de su desarrollo a través de la actividad física, la recreación y el deporte como mecanismo y gran oportunidad para lograr la disminución del sedentarismo.
Que, es así como en la formulación del Plan Nacional de Desarrollo 2018 – 2022 “Pacto por Colombia, Pacto por la Equidad”, construido con el apoyo de las regiones y diversos sectores, se establecen tres pilares fundamentales: la legalidad, el emprendimiento y la equidad, por lo cual se buscará fomentar en nuestro sector nuevas oportunidades de desarrollo social y económico donde la legalidad, el emprendimiento, la equidad, la inclusión social, la creatividad, la innovació n, la información y la integración, para que hagan parte de los esfuerzos diarios que contribuyen a un mejor país, donde los hábitos y estilos de vida saludable tienen un papel preponderante en la transformación social de Colombia.
Que acogiendo estos llamados de los organismos internacionales, como la Organización Mundial de la Salud (OMS), la Organización Panamericana de la Salud (OPS), la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO), muestran el estado actual d e la actividad física en el mundo y conscientes del rol fundamental que representa para los gobiernos el cambio del panorama frente a la inactividad física a nivel mundial, regional y local, se firmó en el marco de la “Primera Cumbre de Programas Gubernamentales de Actividad Física de las Américas” por representantes de entidades gubernamentales de
inactividad física a nivel mundial, regional y local, se firmó en el marco de la “Primera Cumbre de Programas Gubernamentales de Actividad Física de las Américas” por representantes de entidades gubernamentales de naciones de América Latina y entidades que trabajan en la promoción de actividad física, la Declaración de Bogotá para la promoción de actividad física el día 08 de septiembre del 2016; en la que se convino el compromiso y voluntad de los países latinoamericanos de generar más y mejores intervenciones en la búsqueda de un continente más activo y saludable.
Que, en este marco, para la vigencia 2021, el Ministerio del Deporte dará continuidad a los programas departamentales y municipales de hábitos y estilos de vida saludable que permitan la práctica regular de actividad física y la promoción de la alimentación saludable y los espacios 100% libres de humo de tabaco en los ámbitos comunitarios, de salud, educativo y laboral, para que ello conduzca al mejoramiento de la calidad de vida de los colombianos.REPÚBLICA DE COLOMBIA
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Que con el fin de cumplir con este objetivo la Dirección de Fomento y Desarrollo del Ministerio del Deporte, a través del Grupo Interno de Trabajo de Actividad Física, busca fomentar la práctica regular de Actividad Física para mejorar la calidad de vida, el bienestar y la salud de la población colombiana, por medio de la construcción y socialización de lineamientos b asados en la evidencia, la concertación y las metas gubernamentales; operativizado a través de un sistema organizado, eficiente y sostenible de políticas, programas y proyectos de actividad física en los ámbitos comunitario, salud, educativo y laboral, buscando los siguientes objetivos:
Promover la universalización de la actividad física en el país. Coordinar a través de acciones intersectoriales políticas de bienestar, salud, educación y desarrollo social. Realizar evaluación y seguimiento de acciones desarrollas por el programa en el territorio nacional. Incentivar el desarrollo de competencias ciudadanas a través de la práctica de la actividad física.
Que, con el fin de llevar a cabo los propósitos antes mencionados, el Grupo Interno de Trabajo de Actividad Física desarrolla los siguientes cuatro programas: Hábitos y Estilos de Vida Saludable (HEVS); Vías Activas y Saludables (VAS); Sistema Nacional de Monitoreo; y Sistema Nacional de Capacitación.
Que el Sistema Nacional de Capacitación se compone de acciones de modalidad presencial o virtual tendientes a construir capacidades en el recurso humano que tiene a cargo programas departamentales y municipales de
Saludables (VAS); Sistema Nacional de Monitoreo; y Sistema Nacional de Capacitación.
Que el Sistema Nacional de Capacitación se compone de acciones de modalidad presencial o virtual tendientes a construir capacidades en el recurso humano que tiene a cargo programas departamentales y municipales de HEVS, así como, en la comunidad en general del territorio nacional; con el fin de fortalecer las competencias que permitan generar un mayor impacto en las intervenciones realizadas en el territorio nacional y en los gobiernos locales a través del c onocimiento y acciones de política que redunden en un mayor compromiso frente a iniciativas que estimulen la promoción de prácticas saludables en la población.
Que en el marco del programa Nacional de Capacitación, desde el año 2011 se ha venido realizando el Curso de Políticas y Programas para la Promoción de Hábitos y Estilos de Vida Saludables, que para este año proyecta realizar su X versión. Cabe anotar que este curso se realiza con el fin de brindar herramientas para la implementación y evaluación d e intervenciones basadas en la evidencia científica, acciones de políticas que favorezcan la promoción de actividad física a partir de la mejor evidencia disponible, entre otros temas que permiten fortalecer las competencias de los integrantes del Equipo C olombia, con el propósito de reforzar las acciones que se implementen en el territorio nacional, para dar continuidad a la dinamización del proceso de capacitación, por lo que es necesario la organización del X Curso de Políticas y Programas para la Promoción de Hábitos y Estilos de Vida Saludables, en la medida que es un evento que continuará brindando herramientas para la promoción de los hábitos de estilos de vida saludable en el territorio nacional.
Que en este sentido dentro del plan de acción 2021 se tiene establecido el desarrollo del X Curso de Políticas
para la promoción de los hábitos de estilos de vida saludable en el territorio nacional.
Que en este sentido dentro del plan de acción 2021 se tiene establecido el desarrollo del X Curso de Políticas y Programas para la Promoción de Hábitos y Estilos de Vida Saludables para las personas del Equipo Colombia entre quienes se encuentran los perfiles de Gestor, Gestor –Monitor, Gestor Sénior, Facil itador, Monitor Profesional, Monitor No Profesional, Monitor No Profesional Sénior y Promotor, directores, secretarios y Supervisores de entes deportivos, comunidad científica y académica. En el marco de este curso también se llevará a cabo el Encuentro Nacional de Programas de Hábitos y Estilos de Vida Saludable, el cual se desarrolla cada año. En este encuentro los programas socializan los resultados de la vigencia y las metas alcanzadas a modo de rendición de cuentas.
Que para la realización de este evento se propone que se lleve a cabo en la ciudad de Bogotá, esto basado en variables como su ubicación, siendo centro del país que permite un fácil acceso a través de vías terrestres y aéreas, dado que la mayoría de los departamentos en donde se encuentra el programa están ubicados en la zona sur y oriental de Colombia y su cercanía a la Capital de la República facilita la movilización desde otras regiones del país. De otra parte, desde el aspecto logístico, en la ciudad de Bogotá se cuenta con la capacidad hotelera que pueden cubrir con los requerimientos logísticos que se necesitan para el cubrimiento de este magno evento en cuanto a capacidad física y disponibilidad, dado que la ciudad de Bogotá ofrece experienciaREPÚBLICA DE COLOMBIA
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para la realización de este tipo de eventos contando con una importante infraestructura -con acompañamiento de herramientas tecnológicas-, lo que hace que Bogotá sea hoy una ciudad sobresaliente por su oferta hotelera y con modernos centros de convenciones.
Que para dar respuesta a esta meta, se ha orientado dentro del plan de acción, el mejoramiento de las competencias de los actores responsables de la implementación de las estrategias de promoción de la actividad física con el propósito de impulsar procesos de planificación, gestión, ejecución y evaluación de estrategias de intervención desde los diferentes sectores y ámbitos, y mejorar sus competencias técnicas en implementación del Programa Nacional de Hábitos y Estilos de Vida Saludable, lo que permitirá dar respuesta a la línea de desarrollo del Sistema Nacional de Capacitación en pro del fomento de la actividad física y los hábitos y estilos de vida saludable a nivel nacional.
Que, en este sentido, dentro del plan de acción 2021 se tiene establecido el desarrollo del X Curso de Políticas y Programas para la Promoción de Hábitos y Estilos de Vida Saludables y Encuentro Nacional de Programas
de vida saludable a nivel nacional.
Que, en este sentido, dentro del plan de acción 2021 se tiene establecido el desarrollo del X Curso de Políticas y Programas para la Promoción de Hábitos y Estilos de Vida Saludables y Encuentro Nacional de Programas de Hábitos y Estilos de Vida Saludable con el fin de beneficiar a 100 personas, de manera presencial, del Equipo Colombia, entre las cuales se encuentran los perfiles de Gestor, Gestor – Monitor, Gestor Sénior, Articulador HEVS-VAS, y Facilitador. La metodología para este curso, consistirá en un evento híbrido que combinará presentaciones magistrales presenciales que serán trasmitidas a través de una plataf orma virtual. Adicionalmente, en esta plataforma podrán alojarse materiales y recursos pedagógicos para los asistentes que participen de manera virtual. En ese sentido, 100 personas participarán de manera presencial en el curso, mientras que todo el Equipo Colombia de HEVS (440 personas), y los líderes en actividad física y comunidad académica y científica interesada (260 personas) en la promoción de actividad física, podrán asistir al curso, de manera sincrónica, a través de la plataforma virtual.
Que, por lo anterior, para la realización para la realización del X Curso de Políticas y Programas para la Promoción de Hábitos y Estilos de Vida Saludables y Encuentro Nacional de Programas de Hábitos y Estilos de Vida Saludable, el proponente deberá establecer las condiciones necesarias para su desarrollo sin que se presente aglomeración de personas, mediante un área demarcada para cada persona dentro de los salones y la oficina para la organización, de área de 3m2/usuario, entre las asegurando un espacio de mínimo de 2 metros
presente aglomeración de personas, mediante un área demarcada para cada persona dentro de los salones y la oficina para la organización, de área de 3m2/usuario, entre las asegurando un espacio de mínimo de 2 metros entre las personas. De igual forma, para la ejecución del evento se debe presentar alternancia de los asistentes para garantizar que no se presente aglomeración, utilizando los espacios que se tengan en el lugar.
Que la Resolución 1681 de 2020, tiene por objeto la adopción del protocolo de bioseguridad para el manejo y control del riesgo de coronavirus COVID -19 en la actividad de ferias empresariales teniendo como ámbito de aplicación establecido en el artículo 2 q ue la “resolución aplica a organizaciones, contratistas, expositores, empresas de montaje, proveedores y visitantes de las ferias empresariales, los cuales podrán desarrollar exhibiciones, congresos, convenciones, y demás plataformas que busquen la generac ión de contactos comerciales entre oferta y demanda y/o acceso a conocimiento”.
Que las Resoluciones 749 de 2020 y 1285 de 2020 cuyos objetos son las de adoptar los protocolos de bioseguridad para el manejo y control del coronavirus COVID -19, en los ser vicios de alojamiento en hoteles, deben ser garantizadas por el proponente.
Que, no obstante, dadas las condiciones dinámicas de la pandemia por COVID-19, las nuevas normativas que se emitan frente al estado de emergencia sanitaria y las medidas de bioseg uridad frente al COVID -19, se armonizara en cumplimiento a lo dispuesto en dicha normativa para el desarrollo de los eventos programados mediante el presente proceso.
Que, por los motivos expuestos, se hace necesario contratar los servicios logísticos que garanticen el desarrollo
armonizara en cumplimiento a lo dispuesto en dicha normativa para el desarrollo de los eventos programados mediante el presente proceso.
Que, por los motivos expuestos, se hace necesario contratar los servicios logísticos que garanticen el desarrollo del X Curso de Políticas y Programas para la Promoción de Hábitos y Estilos de Vida Saludables , en aras de lograr las metas institucionales específicas propuestas para la vigencia 2021.REPÚBLICA DE COLOMBIA
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Que, con el propósito de realizar el evento, se ha identificado la necesidad de acudir al adelanto de un proceso de selección de contratistas, el cual permita identificar en el mercado una organización que facilite la realización de este.
Que, conforme a los análisis del área técnica gestora de la necesidad, esta ha estimado como valor del evento y, por consiguiente, como presupuesto oficial estimado para el proceso de selección de contratistas, la suma de QUINIENTOS TREINTA Y SIETE MILLONES CUATROCIENTOS SETENTA MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y CINCO PESOS MONEDA CORRIENTE ($537.470.485 M/CTE), INCLUIDO IVA , y de más
de QUINIENTOS TREINTA Y SIETE MILLONES CUATROCIENTOS SETENTA MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y CINCO PESOS MONEDA CORRIENTE ($537.470.485 M/CTE), INCLUIDO IVA , y de más tributos, impuestos, tasas, contribuciones, retenciones y/o gravámenes a que haya lugar.
Que el pago del valor del contrato, por parte la Entidad, que resulte como consecuencia de esta convocatoria al proceso de selección, se subordina a la apropiación presupuestal, de acuerdo con el siguiente certificado de disponibilidad presupuestal:
CDP FECHA VALOR RUBRO PROYECTO DE INVERSIÓN 139021 6/8/2021 $538.000.000
C-4301-1604-9-0-4301035-02
ADQUISICIÓN DE BIENES Y
SERVICIOS - SERVICIO DE
EDUCACIÓN INFORMAL EN
RECREACIÓN - DESARROLLO DE
LA ACTIVIDAD FÍSICA Y LOS
HÁBITOS Y ESTILOS DE VIDA
SALUDABLE A NIVEL NACIONAL
BPIN 2018011000084 - DESARROLLO DE
LA ACTIVIDAD FÍSICA Y LOS HÁBITOS Y
ESTILOS DE VIDA SALUDABLE A NIVEL NACIONAL Que las necesidades a satisfacer se encuentran incluidas en el Plan Anual de Adquisiciones de la Entidad.
El plazo de ejecución del contrato resultante será hasta el 30 de noviembre de 2021 , previo cumplimiento de los requisitos de perfeccionamiento, ejecución y suscripción del acta de inicio.
Que el proyecto de pliego de condiciones fue publicado por la entidad a través de la plataforma SECOP II el día 2 de septiembre de 2021.
los requisitos de perfeccionamiento, ejecución y suscripción del acta de inicio.
Que el proyecto de pliego de condiciones fue publicado por la entidad a través de la plataforma SECOP II el día 2 de septiembre de 2021.
Que, durante la publicación del proyecto de pliego de condiciones, se recibieron observaciones por parte de interesados en el proceso de selección, las cuales fueron resueltas oportunamente y no generaron ajustes al pliego de condiciones definitivo.
En consideración a la cuantía del Proceso, de conformidad con las disposiciones del artículo 2.2.1.2.4.2.2 del Decreto 1082 de 2015 y lo definido por el Ministerio de Comercio Industria y Turismo – MINCIT el valor del Umbral PYMES en pesos en la suma de $380.778.000 y tendrá vigencia del 1 de enero del 2020 hasta el 31 de diciembre de 2021, el presente Proceso de Selección NO se limita a MIPYME.
Que, de acuerdo con el análisis realizado por la Dirección de Fomento y Desarrollo, para este proceso de selección, aplican los siguientes acuerdos comerciales:
Entidad Estatal cubierta Valor del Proceso de Contratación superior al umbral del Acuerdo Comercial Excepción Aplicable al Proceso de Contratación Proceso de Contratación cubierto por el Acuerdo Comercial Si/No Si/No Si/No Si/No Alianza Pacífico Chile SI
SI
NO
SI México Perú Canadá SI SI NO SI Chile SI SI NO SI Corea SI SI NO SI Costa Rica SI SI NO SI
Estados Unidos SI SI NO SIREPÚBLICA DE COLOMBIA
NO
SI México Perú Canadá SI SI NO SI Chile SI SI NO SI Corea SI SI NO SI Costa Rica SI SI NO SI
Estados Unidos SI SI NO SIREPÚBLICA DE COLOMBIA
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Estados AELC SI SI NO SI México SI SI NO SI Triángulo Norte El Salvador SI
SI
NO
SI Guatemala Honduras Unión Europea SI SI NO SI Comunidad Andina SI SI NO SI
Que los documentos de este proceso de selección se encuentran publicados en la plataforma del SECOP II.
Que las observaciones, comentarios o sugerencias, que los interesados pretendan o requieran hacer al presente proceso de selección, las pueden hacer a través de la plataforma del SECOP II.
Que, surtida la etapa enunciada, y de conformidad con el artículo 2.2.1.1.2.1.5 del Decre to 1082 de 2015, la entidad contratante, por medio de acto administrativo de carácter general, de forma motivada, debe ordenar la apertura de los procesos de selección de contratistas en la modalidad de Selección Abreviada de Menor
entidad contratante, por medio de acto administrativo de carácter general, de forma motivada, debe ordenar la apertura de los procesos de selección de contratistas en la modalidad de Selección Abreviada de Menor Cuantía.
En consideración de lo expuesto anteriormente;
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: Ordenar la apertura del proceso de Selección Abreviada de Menor Cuantía No. SAMC4-2021, con el objeto: “Prestar servicios logísticos que garanticen el desarrollo del X Curso de Políticas y Programas para la Promoción de Hábitos y Estilos de Vida Saludable y Encuentro Nacional de Programas de Hábitos y Estilos de Vida Saludable en el marco del Programa Nacional de Capacitación, buscando fortalecer competencias del Equipo Colombia del Programa de hábitos y Estilos de vida saludable, líderes, estudiantes y comunidad que desarrollan sus actividades en el territorio nacional”.
ARTÍCULO SEGUNDO: El cronograma del presente proceso de selección es el indicado en el pliego electrónico reflejado en la plataforma del SECOP II.
PARÁGRAFO: Cualquier modificación a los plazos señalados en este cronograma, podrá hacerse mediante adenda.
ARTÍCULO TERCERO: Ordenar la publicación del presente proceso de selección, a través de la plataforma del SECOP II, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 224 del Decreto Ley 19 de 2012 y en el artículo 2.2.1.1.1.7.1 del Decreto 1082 de 2015, plataforma en la cual podrán consultar los documentos del proceso de selección.
ARTÍCULO CUARTO: Convocar a las veedurías ciudadanas, para realizar el control social al presente proceso
selección.
ARTÍCULO CUARTO: Convocar a las veedurías ciudadanas, para realizar el control social al presente proceso de selección, de conformidad con lo establecido en la Ley 850 de 2003, el artículo 66 de la Ley 80 de 1993 y el artículo 2.2.1.1.2.1.5 del Decreto 1082 de 2015.REPÚBLICA DE COLOMBIA
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ARTÍCULO QUINTO: Enviar copia de la presente Resolución al GIT de Contratación de la Entidad, para lo de su cargo.
ARTÍCULO SEXTO: Contra la presente Resolución no procede recurso alguno.
ARTÍCULO SÉPTIMO: La presente Resolución rige a partir de la fecha de publicación.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
DIANA FERNANDA CANDIA ANGEL
Secretaria General (E)
Revisó: Liseth Torres Poveda – Asesora Secretaría General
Vo. Bo. Yesid Hernando Cabuya Ortiz – Coordinador GIT Contratación
Vo. Bo. Tatian
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