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MINDEPORTE - Resolución 1527 de 2022

Ministerio de Deporte

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Detalles

Título
MINDEPORTE - Resolución 1527 de 2022
Autor
Ministerio de Deporte
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Deporte
Año
2022

REPÚBLICA DE COLOMBIA . ! MINISTERIO DEL DEPORTE RESOLUCIÓN" (04527 1 3 DIC 2022 “Por la cual se acepta el impedimento del doctor Jorge Hernán Colmenares Riativa y se designa como director Ad hoc al Jefe de la Oficina Asesora Jurídica, para los trámites relacionados con la Corporación Social Deportiva y Cultural de Pereira Corpereira — en Liquidación Judicial” LA MINISTRA DEL DEPORTE, En ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las que confiere el artículo 208 de la Constitución Política y en concordancia con el literal g) del artículo 61, de la Ley 489 de 1998 y el artículo 12 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, Decreto 1666 de 2022 y CONSIDERANDO: Que de acuerdo con lo señalado en el artículo 208 de la Constitución Política de Colombia, "Los ministros y los directores de departamentos administrativos son los jefes de la administración en su respectiva dependencia (...)”, razón por la cual el Despacho de la señora Ministra designó al Dr. JORGE HERNÁN COLMENARES RIATIVA, como director técnico de Inspección, Vigilancia, y Control. del Ministerio del Deporte. ; : + Que el Dr. JORGE HERNÁN COLMENARES RIATIVA identificado con C.C. No. 80.505.583 fue nombrado como Director Técnico de Inspección, Vigilancia y Control del Ministerio del Deporte, mediante Resolución No..001100 del 13 de septiembre de 2022, quién se posesionó en su cargo mediante Acto No. 037 de fecha 13 de septiembre de 2022.

Que el Dr. JORGE HERNÁN COLMENARES RIATIVA, Director técnico de Inspección, Vigilancia, y Control del Ministerio del Deporte, mediante Memorandos radicados con los números 20221E0014269 del 2 de noviembre de 2022 y 20221E0014500 del 8 de noviembre, manifestó su impedimento para atender asuntos atinentes a la Corporación Social Deportiva y Cultural de Pereira Corpereira — en Liquidación Judicial. .. ES Que, como fundamento fáctico del impedimento, el doctor JORGE HERNÁN COLMENARES RIATIVA, manifestó que participó como abogado de una firma que representó a un acreedor dentro del proceso de liquidación del Corpereira, indicando así mismo que "...no tengo ningún interés en ese proceso de liquidación y sus resultas, pero presento este impedimento en aras de darle transparencia a los tramites que se deban atender y que requieran decisiones de fondo.” Que conforme al artículo 15 del decreto 1670 de 2019, dentro de las funciones del Director Técnico de Inspección, Vigilancia y Control se encuentran las de ejercer, bajo la orientación del Ministerio y del Viceministerio, las funciones de inspección, vigilancia y control sobre las entidades, personas y los organismos deportivos y demás entidades que conforman el Sistema Nacional del Deporte, de la cual hace parte la Corporación Social Deportiva y Cultural de Pereira Corpereira — en Liquidación Judicial. Que la señora Ministra Dra. María Isabel Urrutia, acepta el impedimento manifestado de acuerdo a lo descrito en los documentos mencionados, donde es informada por parte del Director Técnico de Inspección, Vigilancia y Control de este ministerio, que de acuerdo a los hechos mencionados está

incurso en el impedimento establecido en el numeral 2, del artículo 11 de la ley 1437 de 2011. Por consiguiente, es procedente aceptar el impedimento manifestado por el doctor JORGE HERNÁN

COLMENARES RIATIVA.

Ministerio del Deporte Av 68 $ 55-65 PBX (571) 4377030

Línea de atencion al ciudadano: 018000910237 — ($71) 2258747 Página 1 de 2

Correo electronico: contactofhmindeporle.qow.co, pagina web: vera eindeporte e0v.co MINISTERIO DEL DEPORTE resoLución N q) 01527 3 3 VIC 2022

Continuación de la Resolución: “Por la cual se acepta el impedimento del doctor Jorge Hernán Colmenares Riativa y se designa como director Ad hoc al Jefe de la Oficina Asesora Jurídica para los trámites relacionados con la Corporación Social Deportiva y Cultural de Pereira Corpereira — en Liquidación Judicial” Que el Jefe de la Oficina Asesora Jurídica será designado como director Ad hoc para los trámites administrativos relacionadas con la Corporación Social Deportiva y Cultural de Pereira Corpereira — en Liquidación Judicial, identificada con NIT 891412319 - 5.

En mérito de lo expuesto la Ministra del Deporte, RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: ACEPTAR el impedimento manifestado por el doctor JORGE HERNÁN COLMENARES RIATIVA, Director de Inspección, Vigilancia y Control, identificado con cédula de ciudadanía No. 80.505.583, para adelantar actuaciones administrativas relacionadas con la Corporación Social Deportiva y Cultural de Pereira Corpereira — en Liquidación Judicial, identificada con NIT

891412319 - 5, ARTÍCULO SEGUNDO: DESIGNAR al Jefe de la Oficina Asesora jurídica del Ministerio del Deporte, como Director de Inspección, Vigilancia y Control Ad Hoc, para adelantar actuaciones administrativas relacionadas con la Corporación Social Deportiva y Cultural de Pereira Corpereira en Liquidación Judicial, identificada con NIT 891412319 — 5, ARTÍCULO TERCERO: COMUNICAR al doctor Jorge Hernán Colmenares Riativa, al Jefe de la Oficina Asesora Jurídica y a la Corporación Social Deportiva y Cultural de Pereira Corpereira - en Liquidación Judicial, identificada con NIT 891412319 -- 5.

ARTÍCULO CUARTO: ORDÉNESE publicar la presente resolución en la página web de la entidad Www.mindeporte.gov.co ARTÍCULO QUINTO: La presente resolución rige a partir de su expedición y no procede recurso alguno, según lo establecido en el artículo 75 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, ARTÍCULO SEXTO: VIGENCIA. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

COMUN[QUESE Y CÚMPLASE, L j ” Aprobó: Javier Hernando Salinas Vargas - Asésor Despacho Ministra. Firma: IN Y Proyectó: | Marla Fernández - Abogada Inspección Vigilancia y Control EMMA + con Xx77 e) Ministerio del Deporte Av 68 2 55-65 P8X (571) 4377030

Linea de alención al ciudadano: 015000910237 - (571) 2258747

Correo electronico: contactofimindepode.qoy.co, pagina web: vavay mindepode aoy.co Página 2 de 2

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