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MINDEPORTE - Resolución 1528 de 2022

Ministerio de Deporte

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Detalles

Título
MINDEPORTE - Resolución 1528 de 2022
Autor
Ministerio de Deporte
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Deporte
Año
2022

REPÚBLICA DE COLOMBIA MINISTERIO DEL DEPORTE RESOLUCIÓNNo, _ 0 01528 pe _13 DIC 202

Por medio de la cual se modifica el artículo 4 de la Resolución No.000541 del 18 de mayo de 2020 “Por medio de la cual se emite el Reglamento y conformación del Comité de Conciliación Defensa Judicial del Ministerio del Deporte y se adoptan otras disposiciones LA MINISTRA DEL DEPORTE En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las que leconfiere el artículo 208 de la Constitución Política, el literal g) artículo 61 de la Ley 489 de 1998, la Ley 1967 de 2019, el numeral20 del artículo 6? del Decreto No. 1670 de 2019, Decreto 1666 de 2022 y demás normas reglamentarias y, CONSIDERANDO: Que el artículo 209 de la Constitución Política de Colombia establece que “La función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones. Las autoridades administrativas deben coordinar sus actuaciones para el adecuado cumplimiento de los fines del Estado. La administración pública, en todos sús órdenes, tendrá un control interno que se ejercerá en los términos que señale la ley”. Que el artículo 65B de la Ley 23 de 1991, adicionado por el artículo 75 de la Ley 446 de: 1998, reglamentado por el Decreto Nacional 1716 de 2009 y compilado por el Decreto

1069 de 2015 "Por medio del cual se expide el Decreto único reglamentario del sector justicia y del derecho” dispuso que las entidades y organismos de Derecho Público del orden nacional, departamental, distrital y de los municipios capital de departamento y de los entes descentralizados de estos mismos niveles, deberán integrar un Comité de Conciliación, conformado por los funcionarios del nivel directivo que se designen y cumplirá las funciones que se le señalen. ¿ o Que el artículo 1.2.1.3 del Decreto 1069 de 2015 establece que la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado “tendrá como objetivo el diseño de estrategias, planes y acciones dirigidos a dar cumplimiento a las políticadse defensa jurídica de la Nación y del Estado definidas por el Gobierno Nacional;l a formulación, evaluación y difusión de las políticas en materia de prevención de las conductas antijurídicas por parte de servidores y entidades públicas, del daño antijurídico y la extensión de sus efectos, y la dirección, coordinación y ejecución de las acciones que aseguren la adecuada implementación de las mismas, para la. defensa de los intereses litigiosos de la Nación”. | Que el Decreto Único Reglamentario 1069 de 2015 del sector Justicia y del Derecho, retoma las disposiciones antes señaladas, y en su artículo 2,2,4.3,1.2.2 preceptúa que el Comité de Conciliación es una instancia administrativa que actúa como sede de estudio, análisis y formulación de políticas sobre prevención del daño antijurídico y defensa de los intereses de la entidad, y que “igualmente decidirá, en cada caso específico, sobre la procedencia de la conciliación o

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REPÚBLICA DE COLOMBIA MINISTERIO DEL DEPORTE resoLución No. 001528 pg 93 DIC 200

Por medio de la cual se modifica el artículo 4 de la Resolución No.000541 del 18 de mayo de 2020 “Por medio de la cual se emite el Reglamento y conformación del Comité de Conciliación Defensa Judicial del Ministerio del Deporte y se adoptan otras disposiciones cualquier otro medio alternativo de solución de conflictos, con sujeción estricta a las normas jurídicas sustantivas, procedimentales y de control vigentes, evitando lesionar el patrimonio público. La decisión de conciliar tomada en los términos anteriores, por sí sola, no dará lugar a investigaciones disciplinarias, ni fiscales, ni al ejercicio de acciones de repetición contra los miembros del Comité” Que el Decreto 1069 de 2015, en su artículo 2.2.4.3.1.2.5, prevé que una de las funciones del Comité de Conciliación y Defensa Judicial es diseñar políticas generales que orientarán la defensa de los intereses de la entidad, determinar la procedencia o improcedencia de la conciliación y los demás mecanismos alternativos de solución de conflictos. Que el Comité de Conciliación decidirá, en cada caso específico, sobre la procedencia de la conciliación o cualquier otro medio alternativo de solución de conflictos, con sujeción

estricta a las normas jurídicas sustantivas, procedimentales y de control vigentes, evitando lesionar el patrimonio público. Que mediante Decreto 1670 de 2019, se estableció, en el numeral 20 del artículo sexto, que es función del Despacho del Ministro del Deporte nombrar y remover a los servidores del Ministerio, con excepción de los empleos cuya nominación esté atribuida a otra autoridad, así como expedir los actos administrativos relacionados con su administración. Que la delegación es, en derecho. administrativo, la traslación por un ente u órgano superior a otro de nivel inferior del ejercicio de una competencia, reteniendo el delegante la titularidad de la misma. La delegación supone, por cierto, que . la autoridad delegante esté facultada por la ley o elreglamento para realizar la delegación. Que mediante Resolución 00835 del 02 de mayo de 2018 se reestructuró el Comité de Conciliación y Defensa Judicial de Coldeportes, hoy Ministerio del Deporte, acto que a su turno fue modificado parcialmente por la Resolución000169 del 13 de febrero de 2019. Que mediante Resolución No. 000541 de 18 de mayo de 2020 se reglamentó el Comité de Conciliación Defensa Judicial del Ministerio del Deporte y se adoptaron otras disposiciones. Que en el artículo 4 de la Resolución No.000541 del 18 de mayo de 2020 se indica que el comité de conciliación se conforma, entre otros, por “El Ordenador del Gasto o quien haga sus veces, esto es el(a) Secretario (a) General” Que mediante Resolución No. 001006 de fecha 23 de agosto de 2022 “Por la cual se reasume y se deroga la Resolución No. 002013 del 30 de octubre de 2019” la

ministra del Deporte reasumió la ordenación del gasto en los rubros de inversión y Ministerio. del Deporte Página 2 de 5

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REPÚBLICA DE COLOMBIA MINISTERIO DEL DEPORTE ResoLuciónNo . 05:28 ne 4 3 DIC 200) Por mediode la cual se modifica el artículo 4 de la Resolución No.000541 del 18 de mayo de 2020 “Por medio de la cual se emite el Reglamento y conformación del Comité de Conciliación Defensa Judicial del Ministerio del Deporte y se adoptan otras disposiciones funcionamiento, de. conformidad con la ley orgánica de presupuesto, teniendo en cuenta las normas consagradean se l Estatuto General de Contratación pública y demás disposiciones legales vigentes. Por tal motivo se hace necesario incluir al Secretario General de la Entidad como Miembro permanente del Comité de conciliación, toda vez que, mediante el acto administrativo citado, perdió su calidad de ordenador del gasto, así como la calidad de miembro Obligatorio del Comité. Que mediante radicado consecutivo No. 292210008799 del 27 de juliode 2022, la coordinación del Grupo Interno de Trabajode Gestión Financiera y Presupuestal de la Secretaria General del Ministerio. del Deporte, solicitó a la Secretaria General realizar la separación de funciones de presupuesto y contabilidad, a través de la creación del Grupo Interno de Trabajode Gestión Presupuestal y Grupo Internode

Trabajo Gestión Contable, con el fin de optimizar el proceso de gestión financiera. Que en atención a la gestión presupuestal y la gestión contable desarrolladas desde el Grupo Interno de Trabajo Gestión Financiera y Presupuestal de la Secretaria General del Ministerio, y con base en las circulares externas Nos. 013,029 y 058 de 2021, emitidas por el Ministeriod e Hacienda y Crédito Público, en las que se establece compatibilidades y restricciones para la asignación de perfiles en un mismo usuario del aplicativo SIIF Nación, se hace necesario dividir este Grupo Interno de Trabajo en dos grupos, esto es, GIT Gestión Presupuestal y GIT Gestión Contable, con el propósito primordial de independizar los perfiles del usuario de SIIF Nación en cada uno de los procesos, presupuestal y contable, optimizando las gestión financiera del Ministerio. | Que en virtud de lo anterior, se requiere modificar la resolución No. 000541 de 18 de mayo de 2020 “Por medio de la cual se emite el Reglamento y conformación del Comité de Conciliación Defensa Judicial del Ministerio del Deporte y se adoptan otras disposiciones” referente a que la (el) Ministra(o) de turno podrá delegar a la persona que por idoneidad y confianza la(lo) representeen el comité. Así mismo, se hace necesaria la inclusiódne l Secretario general como miembro permanente, y finalmente la inclusión de los dos grupos interno de trabajo presupuestal y contable, debido la división surtida en la Coordinación Financiera y Presupuestal. En mérito de lo expuesto, RESUELVE: ARTÍCULO 1”. Modifíquese el artículo 4 de la Resolución No.000541 de 18 de

mayo de 2020, el cual quedara así: o | n Ministerio del. Deporte Página3de5 ' Av 68 $ 55-65 PBX (601) 4377030

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REPÚBLICA DE COLOMBIA MINISTERIO DEL DEPORTE RESOLUCIÓNNo . — 0015/28 pe 19 DIC 202 - Por medio de la cual se modifica el artículo 4 de la Resolución No.000541 del 18 de mayo de 2020 “Por medio de la cual se emite el Reglamento y conformación del Comité de Conciliación Defensa Judicial del Ministerio del Deporte y se adoptan otras disposiciones “Artículo 4. Conformación: El Comité de Conciliación y Defensa Judicial del Ministerio del Deporte, estará. conformado por los siguientes funcionarios que desempeñen los siguientes cargos, quienes concurrirán con VOZ y voto y serán miembros permanentes: El (la) Ministro(a) del Deporte o su delegado(a). A El (la) Viceministro(a) del Deporte o su delegado(a). N El (a) Secretario(a) General. O El(a) Jefe de la Oficina Asesora Jurídica. R A -El(a) Jefe de la Oficina Asesora de Planeación. : Las siguientes personas tendrán derecho a asistir con voz, pero sin voto:

1. La Secretaria Técnica del Comité.

2. El Jefe de Control Interno, quien participará como apoyo en las sesiones del

Comité de Conciliación y Defensa Judicial.

3. Elabogado asignado para elaborar y presentarla ficha técnica.

4. Invitados de las áreas Técnicas del Ministerio del Deporte.

Las personas que ejerzan las siguientes. “coordinaciones, serán invitados permanentes:

1. Coordinador (a) del GIT Presupuestal.

2. Coordinador(a)GIT Contable.

3. Coordinador (a) del G!T Contratación.

Parágrafo Primero. El Comité podrá invitar a sus sesiones a la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado, quien podrá: participar cuando lo. estime conveniente con derecho a voz y voto” ARTÍCULO 2%. COMUNICAR a los miembros del Comité. de conciliación el contenido de la presente resolución. ARTICULO 3”: DISPOSICIONES GENERALES. Los aspectos no modificados mediante el presente acto respecto de la Resolución No.000541 de 2020 se mantienen vigentes y, al igual que lo aquí modificado, se regirán por lo dispuesto en la normativa vigente, tanto en las establecidas en la Constitución Política y en las Decretos 1716 de 2009, Decreto 1069 de 2015, Ley 1437 de 2011, y sus decretos reglamentarios, y en las demás disposiciones que lo modifiquen, adicionen, aclaren o sustituyan. Cualquier vacío o contradicción de la presente resolución se resolverá acudiendo a la normatividad vigente.

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Por medio de la cual se modifica el artículo 4 de la Resolución No.000541 del 18 de mayo de 2020 "Por medio de la cual se emite el Reglamento y conformación del Comité de Conciliación Defensa Judicial del Ministerio del Deporte y se adoptan otras disposiciones ARTÍCULO 4”. VIGENCIA. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación en la página web de la entidad, y deroga las disposiciones que le sean contrarias, Actividad Nombre ——Saráo Dependencia Firma Reviso: Javier Hernando Salinas | Asesor de la | Despacho de la Ministra Ministra NÓ Revisó y | Miguel Antonio De la Hoz | Jefe Oficina | Oficina Jurldica ATA Aprobó: García Juridica Proyectó | Johanna Pinilla Galeano | Abogada Oficina Asesora Jurídica «q Olga Piedad Ospina Contratista Oficina Asesora Juridica 0%

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