MINDEPORTES - Circular externa 02 de 2018
Ministerio de Deporte
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Detalles
- Título
- MINDEPORTES - Circular externa 02 de 2018
- Autor
- Ministerio de Deporte
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Deporte
- Año
- 2018
@) GOBIERNO DE COLOMBIA
331CIRCULAR EXTERNA No. O U 2
Bogolá, D.C., r2,6 JUN 2018
DESTINATARIOS:
PARA: DE:
ASUNTO:
1. COMPETENCIA
ORGANISMOS DEPORTIVOS QUE INTEGRAN EL SISTEMA NACIONAL DEL
DEPORTE
PRESIDENTES Y REPRESENTANTES LEGALES, REVISORES FISCALES Y
OFICIALES DE CUMPLIMIENTO DE LOS CLUBES CON DEPORTISTAS
PROFESIONALES.
DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DEL DEPORTE, LA RECREACION, LA
ACTIVIDAD FISICA Y EL APROVECHAMIENTO DEL TIEMPO LIBRE COLDEPORTES DEROGATORIA DE LOS NUMERALES 9.2.5 Y 9.2.6 DE LA CIRCULAR 05 DE 2016, POR MEDIO DE LA CUAL SE IMPARTEN INSTRUCCIONES RELATIVAS A LA
ADOPCION DEL SISTEMA INTEGRAL fARA LA PREVENCION Y CONTROL DEL
LAVADO DE ACTIVOS Y FINANCIACION DEL TERRORISMO (SIPLAFT).
Que mediante el Decreto Ley N' 4183 del 3 de noviembre de 2011, se transformó la naturaleza del Instituto Colombiano del Deporte -COLDEPORTES-, Establecimiento Público del Orden Nacional, en el Departamento Administrativo del Deporte, la Recreación, la Actividad Física y el Aprovechamiento del Tiempo LibreCOLDEPORTESy se determinan su objetivo, estructura y funciones. Que en el articulo 27 ibídem se establece: "A parlir de fa entrada en vigencia del presente Decreto, todas fas referencias y/o disposiciones legales vigentes al Instituto Colombiano del Deporte, COLOEPORTES, se
Que en el articulo 27 ibídem se establece: "A parlir de fa entrada en vigencia del presente Decreto, todas fas referencias y/o disposiciones legales vigentes al Instituto Colombiano del Deporte, COLOEPORTES, se entenderán hechas al Deparlamento Administrativo del Deporle, fa Recreación, fa Actividad Física y el Aprovechamiento del Tiempo Libre, COLDEPORTES." Que la Directora de COLDEPORTES, profirió la Circular Externa No. 05 de Noviembre 4 de 2016, mediante la cual se impartieron instrucciones que permitan la efectiva adopción del Sistema Integral para la Prevención y Control de Lavado de Activos y la Financiación del Terrorismo (SIPLAFT) para los clubes con deportistas profesionales dando cumplimiento a lo dispuesto en los artlculos 4, y 19 del Decreto Ley 4183 de noviembre 3 de 2011, parágrafo 2 del articulo 3º de la Ley 1445 de 2011 y a las obligaciones internacionales asumidas por Colombia. Que teniendo en cuenta las caracteristicas de la Circular No. 005 de 04 de noviembre de 2016, se encuentra que el mismo es un acto abstracto1 impersonal y por consiguiente dirigido a un conglomerado social que comprende los Presidentes y Representantes Legales, Revisores Fiscales y Oficiales de Cumplimiento de los Clubes con deportistas profesionales.@ GOBIERNO DE COLOMBIA Que el numeral 9 de la citada Circular desarrolla "Los reporles mencionados en este acápite tendrán como destinatario exclusivo por sus facultades lega/es de Inteligencia a la Unidad de Información y Análisis Financiero - U/AF. Lo anterior 1mp/Jca que no deberán remitir copia de estos registros a COLDEPORTES."
2. FUNDAMENTOS JURÍDICOS
- U/AF. Lo anterior 1mp/Jca que no deberán remitir copia de estos registros a COLDEPORTES."
2. FUNDAMENTOS JURÍDICOS Que el articulo 4 º del Decreto Ley 4183 de 2011, dispone: "Para el cumplimiento de su objeto, el Deparlamento Adm1nistrativo del Deporle, la Recreación, la Actividad Física y el Aprovechamiento del Tiempo Libre, COLDEPORTES, cumplirá, además de las señaladas en la Constitución Política y en el arlicu/o 59 de la Ley 489 de 1998, las siguientes funciones:( .. .) 30. E1ercer las funciones de inspección, vigilancia y control sobre los organismos deporlivos y demás entidades que conforman el Sistema Nacional del Deporle." Así mismo, el citado Decreto 4183 en su artículo 19, dispone que dentro de las /unciones que debe cumplir la Dirección de Inspección, Vigilancia y Control, están: " ( .. .) 1. Ejercer las funciones de inspección, vigilancia y control sobre los organismos deporl/vos y demás entidades que conforman el Sistema Nacional del Deporte, sin perjuicio de lo que sobre este lema compete a otras entidades; así como recomendar la adopción de mecamsmos de supervisión que contribuyan a lograr mayor eficiencia de los vigilados. ( .. .) 6. Diseñar mecanismos de control con el fin de prevenir acciones contrarias a fas normas legales y reglamentarias aplicables a fas entidades baJo su competencia o evitar prácticas 0ega/es o no autorizadas." Que la Ley 1445 del 12 de mayo de 2011., modificó la Ley 181 de 1995 en las disposiciones que le resultaren contrarias y dictó otras disposiciones en relación con el deporte profesional.
prácticas 0ega/es o no autorizadas." Que la Ley 1445 del 12 de mayo de 2011., modificó la Ley 181 de 1995 en las disposiciones que le resultaren contrarias y dictó otras disposiciones en relación con el deporte profesional. Que el numeral 11 del Artículo 11 del Decreto 4183 de 2011, define dentro de las funciones del despacho del Director: " ( .. .) 11. Expedir los Actos administrativos que fe correspondan de acuerdo con la ley y decidir sobre los recursos lega/es que se interpongan contra los mismos; refrendar con su firma los actos del Presidente de fa Repubfica que por disposiciones constituc,ona/es o legales sean de su competencia ( .. .) Conforme con las normas arriba transcritas, que permiten a la administración modificar los actos administrativos cuando las necesidades del servicio lo requieran, con la expedíción de otro acto de \a misma naturaleza y jerarquía, sin que para ello se requiera nada más que la voluntad de la administración, para la derogatoria, modificación o suspensión de la Circular 05 del 04 de noviembre de 2016 expedida por COLDEPORTES, pues debido a su esencia impersonal y abstracta y al no consolidar una situación jurídica particular y concreta, pueda modificarla o suspender sus efectos si fuere del caso, sih requerir consentimiento de sus destínatarios. Que en virtud de lo anterior, se considera pertinente retirar del ordenamiento jurídico los numerales 9.2.5 y 9.2.6 de la circular 05 de 2016, de tal manera que la realización de "Reporle de taquiffa", y "Reporte de patrocinio, donaciones, derechos de televisión y/o publicidad", para que no sean exigibles a los destinatarios hasta tanto
de la circular 05 de 2016, de tal manera que la realización de "Reporle de taquiffa", y "Reporte de patrocinio, donaciones, derechos de televisión y/o publicidad", para que no sean exigibles a los destinatarios hasta tanto Dop,,,-tn..,on<o AdmlnlnmoUvo dnl Dopo,,n, lo .. .,c,onfil<>n !d Ac<!vhlü<I !'onlén y nl A,,,ovoct,n,nlünoo dnf 't'<o"'p" <.U>rn • CO<.D,a¡pO .. '\',aS Av. <1$ N• ""•"<> P.,X ("71)4377<>30 Pn><, 8!>003<1<1 '-'"ºº "" nl<>nci<>n ni clúdád,.no, OHI000D10;,37. (071) 2208747 .,~T,oA<> --.col<l<>p<>rtofi."º"·"º <!,,:c-:,-:;fi;'1:" fi .. agfifi=-fi-" ...... .,., .. , ........ ,..@ -é'JcoldePortes @ GOBIERNO DE COLOMBIA la U\AF cuente con los medios técnicos y tecnológicos; y concertado con Coldeportes la necesidad de exigir tales reportes. Conforme con lo anterior se dispone lo siguiente: Derogar los numerales 9.2.5 - "Reporte de taquilla", y 9.2.6 "Reporle de patrocinio, donaciones, derechos de televisión y/o publicidad" de la Circular 05 de Noviembre 4 de 2016. Los demás artículos no sujetos de derogatoria dentro de la circular en cita continúan vigentes.
3. VIGENCIA y MODIFICACION La presente circular rige a partir de su publicación en el Diario Oficial y en la página web de Coldeportes.
derogatoria dentro de la circular en cita continúan vigentes.
3. VIGENCIA y MODIFICACION La presente circular rige a partir de su publicación en el Diario Oficial y en la página web de Coldeportes.
PUBLÍQUESE, COMUNIQUESE Y CÚMPLASE
Jififi( Aprolló Revisó Elaboró
CLARA LUZ ROLDÁN GONZÁLEZ
Directora - COLDEPORTES Isabel Cristina Giraldo Molina - Directora Inspección, Vigilancia y Conlrol Carlos Andrade Calderon Coordinador GIT De rte Profesional Jennifer .Ouiroz -Contral!sta :wff t On1>m1nmonto Admlnlatrntlvo do1 Dopo,to, In Rucrn,rnló'l )O AeOvl<lod f'l,.lcn y ni Af,O-Ov"""""""'"º dol Tln,npo Llb,o • COl.D"-?•:>F•T"'á Av. M N" """º" Pa;>< ("71)4377030 Fofi: 8300:><>0 ' Llnou <h> "'º'"''""' ül <0IUdnduHo, 0100000102fi7 • (fi71) fi2M'l47 .,,,,,...,,00,<loportun,uov.co