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MINDEPORTES - Reglamento intercolegiados béisbol

Ministerio de Deporte

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Detalles

Título
MINDEPORTES - Reglamento intercolegiados béisbol
Autor
Ministerio de Deporte
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Deporte
Año

Reglamento Béisbol 2024La Coordinación General Nacional, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 20° de la Norma Reglamentaria del programa Juegos Intercolegiados Nacionale s, emite y aprueba el Reglamento Técnico de Béisbol.

ARTÍCULO 1°. Las categorías, sexo, edades, alcance, modalidades y pruebas en competencia en los Juegos Intercolegiados Nacionales 2024 son las siguientes:

Las categorías, sexo, edades (años de nacimiento):

Categoría Sexo Años de Nacimiento Juvenil Hombre 2007 2008 2009

Alcance: Béisbol tendrá el siguiente alcance:

Categoría Municipal Departamental/Bogotá D.C Nacional Sexo Sexo Sexo Hombre Hombre Hombre Juvenil X X X

Modalidades y Pruebas: Las pruebas que se desarrollarán en el campeonato de

Béisbol son las siguientes:

Prueba Juvenil Hombre Equipos X

ARTÍCULO 2°. INSCRIPCIÓN. Los deportistas y docentes/entrenadores, deberán realizar su proceso de inscripción en la plataforma del programa Juegos Intercolegiados Nacionales, conforme a lo establecido en la Norma Reglamentaria.

Sexo Mínimo Inscritos Máximo Inscritos Entrenador Asistentes Técnicos Hombre 16 30 1 2

ARTÍCULO 3°. ASPECTOS TÉCNICOS.

a. Todo juego tendrá una duración de siete (7) entradas. b. Se jugará con bateador designado. c. Si un equipo pierde por “forfait” (w. o.), se le declarará un resultado adverso de

a. Todo juego tendrá una duración de siete (7) entradas. b. Se jugará con bateador designado. c. Si un equipo pierde por “forfait” (w. o.), se le declarará un resultado adverso de 7 - 0 y a favor del contendor. Si son ambos declarados perdedores por “forfait”, cada equipo tendrá un marcador en contra de 7 - 0. d. No habrá tiempo de espera para iniciar un partido en la fase Final Nacional, salvo en las excepciones establecidas en la Norma Técnica Reglamentaría. En caso de que un equipo no se presente a tiempo a la competencia y la responsabilidad del retraso sea de la organización, se deberá esperar hasta que dicho equipo se presente o hasta que la organización del evento lo autorice.e. Las competencias que se suspendan por causas de fuerza mayor, ajenas a las conductas de los jugadores, serán programadas nuevamente en la hora y fecha señalada por el Comité Operativo de la respectiva fase. f. Para efectos del literal anterior se consideran causas de fuerza mayor las siguientes: ✓ Factores climáticos. ✓ Carencia de luz artificial o natural. ✓ Invasión del terreno de juego y no es posible su evacuación. ✓ Mal estado del te rreno de juego y/o el escenario, y que por esta causa se ponga en riesgo la integridad física de los jugadores.

g. La continuación de una competencia o partido suspendido por causas de fuerza mayor se hará bajo la dirección de los mismos árbitros que estaba n actuando en él, pero se podrá designar a otros si ello fuere prudente y necesario, sin que por esta causa haya derecho a demanda o reclamación. El partido será programado por el Comité Operativo de la fase nuevamente en hora y fecha que se señale.

en él, pero se podrá designar a otros si ello fuere prudente y necesario, sin que por esta causa haya derecho a demanda o reclamación. El partido será programado por el Comité Operativo de la fase nuevamente en hora y fecha que se señale. h. Cuando una competencia o partido deba reanudarse por aplazamiento, no habrá tiempo de espera para ninguno de los equipos.

  1. Cuando el desarrollo normal de una competencia o partido se interrumpa en su labor arbitral, por parte de una delegación en contienda y/o sus acompañantes, el juez o árbitro exigirá al capitán o a los deportistas en materia de juicio su colaboración para culminar el evento. Si su solicitud no es atendida satisfactoriamente, el árbitro o juez suspenderá la competencia por falta de garantías y se aplicarán las respectivas sanciones por parte de la organización.

j. El árbitro podrá dar por terminado un encuentro o competencia por: ✓ Negarse un deportista expulsado a salir del campo de juego, una vez haya dado un minuto para que lo haga. ✓ Resistencia p or parte de deportistas, miembros de la delegación y/o sus acompañantes a cumplir sus órdenes. ✓ Retiro voluntario de los competidores. ✓ Invasión del terreno de juego no siendo posible su evacuación. ✓ Por falta de garantías para el normal desarrollo del partid o, ejemplo actos de indisciplina, agresión mutua de los equipos ✓ Otras faltas de garantías demostrables.

ARTÍCULO 4°. PARTICIPACIÓN. El número de deportistas docentes/entrenadores que pueden participar en las diferentes fases de competencia del Programa Juegos Intercolegiados Nacionales es el siguiente:

Sexo Cupos

ARTÍCULO 4°. PARTICIPACIÓN. El número de deportistas docentes/entrenadores que pueden participar en las diferentes fases de competencia del Programa Juegos Intercolegiados Nacionales es el siguiente:

Sexo Cupos Deportistas Cuerpo Técnico Mínimo Máximo Entrenador (a) Asistente Hombre 13 15 1 2Parágrafo 1°. Para iniciar un partido, cada equipo debe tener inscritos en planilla de juego mínimo trece (13) deportistas habilitados y que están presentes en el campo. Esta disposición aplicará en todas las fases.

Parágrafo 2°. Se define como deportista habilitado, el jugador que no tiene ningún tipo de sanción para actuar en el partido.

Refuerzos. Un equipo se podrá reforzar con máximo dos (2) deportistas para la fase Departamental, Bogotá D.C, fase Regional Nacional y fase Final Nacional, siempre manteniendo la base del mismo equipo así:

Deportista Cantidad Base Mínimo 13 Refuerzo Máximo 2

Parágrafo 3°. Para seleccionar los refuerzos se debe dar cumplimiento a lo establecido en los artículos N° 57°, 58° y 59° de la Norma Reglamentaria.

Sistema de Competencia . El sistema de competencia a realizarse en el campeonato de Béisbol en la fase Final Nacional será determinado según el número de equipos participantes.

Parágrafo 4°. Para determinar la clasificación del campeonato de B éisbol en cualquiera de las fases de los Juegos Intercolegiados Nacionales, se tendrá en cuenta la siguiente formula:

PARTIDOS GANADOS / PARTIDOS JUGADOS = AVERAGE

✓ Mientras más alto el AVERAGE, mejor.

cualquiera de las fases de los Juegos Intercolegiados Nacionales, se tendrá en cuenta la siguiente formula:

PARTIDOS GANADOS / PARTIDOS JUGADOS = AVERAGE

✓ Mientras más alto el AVERAGE, mejor.

Los Juegos empatados tras el partido reglamentario : Una vez finalizado el reglamentario, este continuará hasta que haya ganador, seguirá el partido de la siguiente manera, cada equipo pondrá dos (2) jugadores uno (1) en primera y segunda base, y continúa el juego hasta que uno (1) marque una (carrera). El primer equipo en hacer la carrera después del partido reglamentario será el ganador.

Desempate. En caso de empate en la clasificación en cualquiera de las fases, se definirá de la siguiente manera:

a. Entre dos (2) equipos: ✓ Ganador del partido disputado entre sí.

b. Entre tres (3) o más equipos: ✓ Mayor diferencia de carreras, es decir, carreras a favor menos carreras en contra.✓ Mayor promedio de carreras anotadas, producto de dividir el número de carreras anotadas entre partidos jugados. ✓ Mayor número de carreras anotadas. ✓ Menor número de carreras en contra. ✓ Sorteo.

c. Si el empate persiste, se aplicará lo estipulado en el Reglamento Nacional de Béisbol. Los partidos declarados empatados según lo dispuesto en el literal 4, de la regla 7.02 del Reglamento Oficial de Béisbol. El ítem de desempate por sorteo deberá ser controlado por el director del campeonato, con la presencia de los delegados que representen a los equipos implicados.

Implementos Deportivos.

sorteo deberá ser controlado por el director del campeonato, con la presencia de los delegados que representen a los equipos implicados.

Implementos Deportivos.

a. Se permitirá el uso del bate de aluminio o madera, manteniendo las medidas que determina el reglamento de la WBSC para esta edad. b. Es obligatorio el uso del casco protector doble oreja para batear y correr. c. El receptor durante el juego y el calentamiento deberá utilizar toda la indumentaria de protección requerida que comprende máscara, pechera y protector de piernas y copa protectora genital.

ARTÍCULO 5°. UNIFORMES DE COMPETENCIA. Los entes deportivos departamentales y/o Bogotá D. C., para la fase Final Nacional, deberán cumplir con las especificaciones técnicas para los uniformes de competencia contempladas en cada reglamento de la federación.

Parágrafo 1°. Si dos (2) equipos se presentan a un encuentro portando uniforme del mismo color, debe cambiarse el uniforme el equipo visitante. En cancha neutral, el equipo que deberá cambiar el uniforme será el que aparezca en segundo término en la programación oficial. La organización podrá disponer en el escenario de petos para ser asignados al equipo visitante.

ARTÍCULO 6°. CUPOS A FASE FINAL NACION AL. Los cupos para la participación de los departamentos en la fase Final Nacional serán asignados dando cumplimiento al artículo 65° de la Norma Reglamentaria y a la evaluación desarrollada por el Comité Operativo Nacional.

ARTÍCULO 7°. MEDALLERÍA. En cada una de las pruebas oficiales realizadas en la Final Nacional de los Juegos Intercolegiados Nacionales 2024 se otorgarán

desarrollada por el Comité Operativo Nacional.

ARTÍCULO 7°. MEDALLERÍA. En cada una de las pruebas oficiales realizadas en la Final Nacional de los Juegos Intercolegiados Nacionales 2024 se otorgarán medallas así: una (1) dorada, una (1) plateada y una (1) de color bronce. El total de medallero a entregar en el campeonato es:

Medalla Juvenil Total Hombre Dorada 1 1 Plateada 1 1 Color Bronce 1 1Parágrafo: Durante los actos protocolarios y de premiación de los Juegos Intercolegiados Nacionales 2024, los deportistas y entrenadores deben portar el uniforme oficial de presentación del Departamento o Bogotá D.C, o el uniforme de la Institución Educativa que representan.

ARTÍCULO 8°. DISPOSICIONES GENERALES. Los aspectos que no estén contemplados en el presente reglamento serán resueltos de la siguiente manera:

  • De Orden General: Por el Comité Operativo del Programa Juegos Intercolegiados Nacionales 2024 de la fase correspondiente.
  • De Orden Técnico: Por el Comité Operativo de los Juegos Intercolegiados Nacionales de la fase correspondiente, quienes procederán de acuerdo con las normas y el código disciplinario establecido para estas categorías por la Confederación Mundial de Béisbol y Softbol WBSC , adoptadas por la Federación Colombiana de Béisbol, vigentes a la fecha de inscripción.

El presente reglamento de competencia es adoptado como oficial y será el encargado de orientar el proceso de participación, organización y realización del campeonato de B éisbol, en el marco de los Juegos Intercolegiados Nacionales

El presente reglamento de competencia es adoptado como oficial y será el encargado de orientar el proceso de participación, organización y realización del campeonato de B éisbol, en el marco de los Juegos Intercolegiados Nacionales 2024.

Bogotá D.C. mayo de 2024

ANDREA PATRICIA AVILA VACCA

Coordinadora General Juegos Intercolegiados Nacionales

Revisó: Próspero Chaparro – Diego Vásquez - Comité Operativo Nacional

Proyectó: Próspero Chaparro Álvarez – Contratista GIT Deporte Escolar

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