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MINEDUCACION - Circular 025 de 2026

Ministerio de Educación

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Detalles

Título
MINEDUCACION - Circular 025 de 2026
Autor
Ministerio de Educación
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Educacion
Año
2026

CIRCULAR 025 DE 2026

(marzo 31) <Fuente: Archivo interno entidad emisora>

MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL

Para: Gobernadores(as), Alcaldes(as), Secretarios(as) de Educación de Entidades Territoriales Certificadas en Educación, Jefes(as) de Personal, Docentes adscritos a las Secretarías de Educación o quien haga sus veces.

De: Viceministra de Educación Preescolar, Básica y Media Asunto: Orientaciones técnicas para el análisis, organización y distribución de la planta de personal docente y directivo docente en las Entidades Territoriales Certificadas en

Educación Fecha: 31 de marzo de 2016

En atención a lo dispuesto en el artículo 148 de la Ley 115 de 1994, en concordancia con los numerales 5.1, 5.10 y 5.11 del artículo 5 de la Ley 715 de 2001; el artículo 2.4.5.1.1 . y siguientes del Decreto 1075 de 2015 “Único Reglamentario del Sector Educación” ; el numeral 7 del artículo 3 del Decreto 2269 de 2023, y en el marco de las mesas de diálogo con la Federación Colombiana de Trabajadores de la Educación FECODE y el Gobierno Nacional, se expide la presente circular con el propósito de impartir orientaciones técnicas y normativas a las Entidades Territoriales Certificadas en Educación para el análisis, organización y distribución de la planta de personal docente y directivo docente, conforme con las necesidades del servicio educativo, la matrícula oficial y las

particularidades territoriales e institucionales de los establecimientos educativos oficiales.

1. Objeto y alcance El presente acto administrativo tiene por objeto establecer lineamientos técnicos y normativos dirigidos a los funcionarios de las Entidades Territoriales Certificadas en Educación (ETC), a los establecimientos educativos oficiales (EE) y al personal docente y directivo docente, orientados a la administración, organización y distribución de la planta de cargos docentes y directivos docentes en los establecimientos educativos estatales que prestan el servicio de educación inicial, preescolar, básica y media.

Lo anterior se enmarca en las orientaciones del Plan Nacional de Desarrollo Colombia Potencia de Vida 2022-2026, en cuanto reconoce la educación como un derecho y como un eje para la superación de desigualdades. De manera específica, el Plan Nacional de Desarrollo señala que: “La educación es un medio fundamental para superar la desigualdad y hacer de nuestro país una sociedad del conocimiento y de los saberes propios. Se garantizará el derecho a la educación y al desarrollo integral de las niñas, los niños, los adolescentes, los jóvenes y adultos, desde la educación inicial hasta la posmedia, a través de estrategias de acceso y permanencia. La calidad de la educación estará centrada en la formación y desarrollo de la profesión docente, y en el fortalecimiento pedagógico, curricular y de ambientes de aprendizaje. La apuesta es por una educación humanista, incluyente, antirracista e intercultural. Esta visión de la educación permite hacer de la escuela, más que un lugar

físico, un escenario alrededor del cual se organizan las comunidades. Se tendrá un enfoque poblacional, regional, de género, territorial, étnico, atendiendo especialmente a la ruralidad”.En ese marco, la administración, organización y distribución de la planta docente y directivo docente, constituye un instrumento esencial para la adecuada prestación del servicio educativo, la garantía del derecho a la educación y el fortalecimiento de la profesión docente, de conformidad con las condiciones territoriales, institucionales y pedagógicas en que dicho servicio se desarrolla. así las cosas, el análisis de planta deberá efectuarse con fundamento en la matrícula oficial registrada en el Sistema Integrado de Matrícula - SIMAT, desde educación inicial (grados -2 y -1) hasta grado 13 y aceleración de aprendizaje, e incorporar de manera integral las variables que configuran la oferta educativa, entre ellas los procesos pedagógicos, la infraestructura educativa, el contexto territorial y las particularidades de los establecimientos educativos oficiales. Este ejercicio técnico constituye un instrumento esencial para la organización y planificación de la oferta educativa de las Entidades Territoriales Certificadas en Educación y deberá adelantarse de manera periódica, con el fin de definir y ajustar la planta de personal docente y directivo docente de los establecimientos educativos oficiales, conforme a los parámetros normativos, técnicos y financieros vigentes. En este marco, el análisis comprende las etapas que se desarrollan en el presente documento. La organización y administración de las plantas de cargos del personal docente, directivo docente y administrativo se rige principalmente por la Ley 115 de 1994, la Ley 715 de 2001, el Decreto 1494 de 2005, el Decreto 277 de 2025, el Decreto 3020 de 2002 y el Decreto 1850 de 2002, compilados

de 1994, la Ley 715 de 2001, el Decreto 1494 de 2005, el Decreto 277 de 2025, el Decreto 3020 de 2002 y el Decreto 1850 de 2002, compilados en el Decreto 1075 de 2015, y las demás normas que los modifiquen o sustituyan. Así mismo, resulta aplicable la Circular 0 44 de 2023 y la Circular 0 38 del 5 de noviembre de 2024, expedidas por el Ministerio de Educación Nacional, en lo relacionado con la gestión administrativa de la planta de personal docente y directivo docente. En desarrollo de este marco normativo, y atendiendo la necesidad de adoptar criterios para la revisión de la prestación del servicio educativo, en particular en contextos de variación o disminución de la matrícula oficial, se hace necesario precisar orientaciones que permitan a las Entidades Territoriales Certificadas adelantar las actuaciones correspondientes en materia de organización y administración de planta, de manera compatible con la garantía del derecho a la educación de los niños, las niñas y los adolescentes del país con la observancia de los derechos laborales del personal docente y directivo docente.

2. Aspectos generales sobre organización y administración de las plantas docentes y directivos docentes.

La organización de la oferta educativa y la asignación y distribución de la planta docente y directiva tienen como finalidad optimizar los recursos humanos y físicos, garantizar trayectorias educativas completas y asegurar la prestación del servicio educativo conforme a la normatividad vigente.

En este proceso intervienen:

  • Los y las estudiantes, como beneficiarios del servicio educativo. - Los establecimientos educativos oficiales, como prestadores del servicio. - Las Entidades Territoriales Certificadas, como administradoras de la prestación del servicio.- El Ministerio de Educación Nacional, como rector de la política educativa.

La oferta educativa constituye el marco técnico de referencia para la planeación y distribución de la planta de personal docente y directivo docente, en tanto integra de manera articulada los componentes académicos, pedagógicos, humanos, físicos, financieros y tecnológicos que soportan la prestación del servicio educativo. Esta comprende los niveles y modalidades de atención, los procesos pedagógicos y curriculares definidos en los proyectos educativos institucionales, la planta de personal, la infraestructura educativa disponible y los recursos financieros y tecnológicos, cuyo análisis conjunto, en concordancia con la matrícula oficial registrada en el Sistema Integrado de Matrícula - SIMAT y los parámetros técnicos y normativos vigentes, permite determinar la necesidad, perfil y ubicación de los cargos docentes y directivos docentes, garantizando una distribución eficiente de la planta y la adecuada prestación del servicio educativo.

3. Roles y responsabilidades en el análisis para la definición de planta Docente y Directivo Docente.

Los roles y responsabilidades de los actores involucrados en el proceso de análisis de la planta docente y directiva son: a) Establecimiento educativo El rector o director rural es responsable de proveer y validar la información técnica base para el análisis de planta. b) Entidad Territorial Certificada en Educación La ETC es responsable de analizar, definir y distribuir técnicamente la planta.

c) Ministerio de Educación Nacional El Ministerio de Educación Nacional, ejerce el rol de orientación técnica y acompañamiento.

4. Criterios técnicos para la distribución de la planta de cargos docentes y directivos docentes a) Consolidación de la información del establecimiento educativo.

El establecimiento educativo, a través del rector o director rural, deberá consolidar y validar la información técnica base necesaria para el análisis de planta, la cual comprende el plan de estudios y la asignación académica, conforme a las intensidades horarias, la matrícula oficial actualizada por sede, nivel, grado y jornada (SIMAT), Información de la infraestructura educativa disponible, en especial el número y características de las aulas de clase y ubicación personal docente y directivo docente entre sedes. b) Análisis y distribución técnica por parte de la Entidad Territorial Certificada. Con base en la información consolidada por los establecimientos educativos, la Entidad Territorial Certificada deberá realizar el análisis técnico para la distribución de la planta, el cual implica, revisar y validar la información remitida por los establecimientos educativos y actualizar periódicamente la información de la distribución de la planta en los sistemas oficiales.c) Orientación técnica y acompañamiento del Ministerio de Educación Nacional. Durante el proceso de distribución de la planta, el Ministerio de Educación Nacional ejerce un rol de orientación técnica y acompañamiento, mediante: Estos criterios deberán ser aplicados de manera articulada y documentada en el estudio técnico de planta, como soporte para la definición, ajuste y distribución de la planta de cargos docentes y directivos docentes, conforme a los parámetros

técnicos y normativos vigentes.

5. Resultados del análisis de planta El análisis de planta permitirá: - Soportar la distribución eficiente de la planta por establecimiento educativo de acuerdo con las particularidades y variables propias del análisis. - Orientar decisiones de cobertura y depuración de los sistemas de información oficiales.

6. Traslados, reubicaciones y aplicación de la Circular 0 38 de 2024 La Circular 0 38 del 5 de noviembre de 2024, expedida por el Ministerio de Educación Nacional, establece orientaciones a las Entidades Territoriales Certificadas frente a la organización y administración de las plantas de personal docente y directivo docente, con el propósito de garantizar una gestión objetiva, técnica y eficiente del recurso humano y proteger los derechos laborales de los educadores.

Cuando se presenten situaciones de docentes con asignación académica inferior a la dispuesta en el Decreto 1075 de 2015, modificado por el Decreto 277 de 2025, mientras se estabiliza la organización de la planta docente de cada entidad territorial, las ETC deberán atender, en el orden señalado, las siguientes orientaciones:

1. Organizar y administrar las plantas de personal docente de conformidad con las directrices de la circular 0 38 de 2024, con el fin de prestar el servicio educativo de manera adecuada.

2. Adelantar los traslados, permutas y reubicaciones conforme a lo dispuesto en la Circular 0 44 de 2023, garantizando el debido proceso y el respeto del marco normativo vigente.

3. Priorizar la asignación académica a los docentes de planta, antes de autorizar horas extras,

siempre que se cumpla con el perfil requerido para el área correspondiente.

4. Asignar carga académica a docentes sin asignación completa para el desarrollo de actividades de formación integral previstas en el PEI o PEC, en los términos de la Ley 115 de 1994 y la Ley 2294 de 2023, sin exceder los límites establecidos.

Estas orientaciones constituyen un marco obligatorio de referencia para la toma de decisiones administrativas relacionadas con la planta docente y directiva, y buscan garantizar la continuidad del servicio educativo, el goce efectivo de los derechos laborales y la eficiencia en la gestión del recurso humano. LUCY MARlTZA MOLINA ACOSTA Viceministra (E) de Educación Preescolar, Básica y MediaDisposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial Ltda. n.d. n.d.

Última actualización: 31 de mayo de 2026 - (Diario Oficial No. 53.497 - 21 de mayo de 2026)

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