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MINEDUCACION - Circular 13 de 2009

Ministerio de Educación

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Detalles

Título
MINEDUCACION - Circular 13 de 2009
Autor
Ministerio de Educación
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Educación
Año
2009

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 Buscar  Índice  CIRCULAR 13 DE 2009 <Fuente: Archivo interno entidad emisora> MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL PARA: Gobernadores, Alcaldes y Secretarios de Educación de Entidades Territoriales Certificadas DE: Viceministra de Educación Preescolar, Básica y Media ASUNTO: Orientaciones sobre la contratación del servicio educativo El Ministerio de Educación Nacional con el fin de garantizar una eficiente y oportuna prestación del servicio educativo, que asegure el acceso y la permanencia de los estudiantes de los niveles de educación de preescolar, básica y media en el sistema educativo oficial y para facilitar la operación administrativa que se realiza a través de la contratación, recomienda que la atención de alumnos mediante esta modalidad, sea acorde con las etapas del proceso de matrícula oficial establecidas en la Resolución 5360 de 2006. En tal sentido, es fundamental que la planeación contractual de la prestación del servicio educativo con las

personas naturales y/o jurídicas elegibles del banco de oferentes de las entidades territoriales certificadas, seapreliminar al inicio de los calendarios académicos. La realización de dichas etapas, permitirá que los alumnos atendidos a través de esta contratación inicien sus clases oportunamente según las fechas definidas para el sector oficial. Así mismo, permitirá a las entidades efectuar una mejor planeación de los recursos financieros a comprometer, reconocer y asignar para tal fin durante cada vigencia. Por lo expuesto, este Ministerio reconocerá a las entidades territoriales certificadas los recursos por la atención de alumnos mediante la contratación del servicio educativo, con base en la fecha de inicio de clases estipulada en los contratos suscritos y la fecha de finalización de las mismas según el calendario académico regular correspondiente. Cabe anotar, que dichos alumnos deben estar reportados en el sistema de información en la respectiva vigencia. El Ministerio de Educación Nacional a través de la Dirección de Cobertura y Equidad apoyará y acompañará a las entidades territoriales en lo relativo al desarrollo de estos procesos. Finalmente, esta circular deberá hacer parte de los documentos de la fase precontratual, con el fin de que sea de conocimiento de los posibles contratistas. ISABEL SEGOVIA OSPINA Viceministra de Educación Preescolar, Básica y Media Ir al inicio Normograma del Ministerio de Educación Nacional de la República de Colombia

ISSN : 2463-2554 En línea

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