MINEDUCACION - Circular 13 de 2014
Ministerio de Educación
Descargar PDF
Disponible
Detalles
- Título
- MINEDUCACION - Circular 13 de 2014
- Autor
- Ministerio de Educación
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Educación
- Año
- 2014
Gov.co Ministerio de Educación Buscar en la compilación Inicio Transparencia y Acceso a la Información Pública Atención y Servicios a la Ciudadanía Participa Ministerio Preescolar, básica y media Educación superior Noticias Menú principal Inicio Transparencia y Acceso a la Información Pública Atención y Servicios a la Ciudadanía Participa Ministerio Preescolar, básica y media Educación superior Noticias
Usted está en: Inicio
Documento
Usted está en: Inicio Documento Circular 13 de 2014 ME Ocultar anotaciones
Buscar Índice CIRCULAR 13 DE 2014 (abril 7) <Fuente: Archivo interno entidad emisora>
MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL
DE: MINISTRA DE EDUCACIÓN NACIONAL PARA: GOBERNADORES, ALCALDES Y SECRETARIOS DE EDUCACIÓN ASUNTO: PRESENTACIÓN DE PROYECTOS AL SISTEMA GENERAL DE REGALÍAS PARATRANSPORTE, ALIMENTACIÓN ESCOLAR Y ALFABETIZACIÓN. Teniendo en cuenta que el nuevo Sistema General de Regalías (SGR) determinó la distribución de los recursos de regalías entre todos los departamentos y municipios del país, así como también propició el espacio para que laInversión social llegara a todos los rincones de Colombia, se hace necesario generar una mayor Integración de políticas e inversión, entre el Gobierno Nacional y los gobiernos departamentales y municipales, especialmente
en el sector educativo, como pilar del desarrollo de la sociedad. Como es de su conocimiento, dentro de los objetivos del sector educativo se tiene disminuir la deserción, aumentar la cobertura y mejorar la calidad educativa entre otros; metas en las cuales las entidades territoriales pueden contribuir por medio de los recursos del nuevo SGR, ya que representan una fuente importante para financiar y/o cofinanciar programas, sub programas y proyectos, que permitirán generar mayores beneficios en términos de educación. En el marco de lo anterior, una de las políticas del Gobierno Nacional es “Cerrar brechas con enfoque regional en Educación Preescolar, Básica y Media (Acceso y Permanencia)”, política que se desarrolla a través de proyectos de inversión como transporte, alimentación escolar y alfabetización, entre otros. Estos proyectos de apoyo complementario tienen un efecto positivo en la cobertura, fortalecen la permanencia y disminuyen la deserción escolar, generando un alto Impacto de la inversión social en el sector educativo. Con el fin de que las entidades territoriales gestionen recursos adicionales, para el bienestar de los estudiantes de cada institución en sus regiones a través del SGR, deben tenerse en cuenta las siguientes consideraciones: El artículo 366 de la Constitución Política de Colombia establece que la educación es un derecho social y servicio público y que: "El bienestar general y el mejoramiento de la calidad de vida de la población son finalidades sociales del Estado. Será objetivo fundamental de su actividad la solución de las necesidades insatisfechas de salud, de educación, de saneamiento ambiental y de agua potable. Para tales efectos, en los
planes y presupuestos de la Nación y de las entidades territoriales, el gasto público social tendrá prioridad sobre cualquier otra asignación." - El artículo 361 de la Constitución Política de Colombia establece que “Los ingresos del Sistema General de Regalías se destinarán al financiamiento de proyectos para el desarrollo social, económico y ambiental de las entidades territoriales;..., y para aumentar la competitividad general de la economía buscando mejorar las condiciones sociales de la población.” - Dicho artículo también establece que “Los recursos del Fondo de Desarrollo y Compensación Regional se destinarán a la financiación de proyectos de impacto regional o local de desarrollo en las entidades territoriales más pobres del país, de acuerdo con criterios de Necesidades Básicas Insatisfechas (NBI), población y desempleo, y con prioridad en las zonas costeras, fronterizas y de periferia. ” - De acuerdo a los pronunciamientos de la Corte Constitucional, la educación es un derecho que debe ser priorizado en la inversión social del Estado, y por tal razón la inversión en programas y proyectos que propendan por mejorar el acceso y la permanencia en el sistema educativo ratifica la finalidad social propia del Estado representada en el bienestar general y en el mejoramiento de la calidad de vida de la población, por consiguiente los programas y proyectos de alimentación escolar, de transporte escolar y alfabetización, mejoran el NBI de aquellas regiones objeto de intervención con este tipo de proyectos. - El artículo 23 de la Ley 1530 de 2012, define entre sus objetivos que se debe propiciar la adopción de mecanismos de inversión de los ingresos mineroenergéticos que prioricen su distribución hacia la población
más pobre y contribuyan a la equidad social, teniendo en cuenta la concordancia con el Plan Nacional de Desarrollo y los Planes de Desarrollo Territoriales, en cuyo caso los criterios de evaluación se enmarcarán en pertinencia, viabilidad, sostenibilidad, impacto y articulación. - El artículo 40 de la Ley 1530 de 2012, señala que los recursos por asignaciones directas del SGR se destinarán a la financiación o cofinanciación de proyectos de inversión para el desarrollo social, económico y ambiental de las entidades territoriales.
- El Acuerdo 017 de 2013 de la Comisión Rectora del SGR estableció dentro de su anexo técnico No. 5 los requisitos de viabilización y aprobación de proyectos destinados a financiar la “Alimentación y el TransporteEscolar" en las Instituciones educativas oficiales, como también aquellos proyectos de “Alfabetización” en las regiones.
En concordancia con las consideraciones expuestas, el Ministerio de Educación Nacional hace un llamado para que las Entidades Territoriales, en el marco de su autonomía constitucional, presenten proyectos de inversión relacionados con la prestación del servicio educativo, especialmente de transporte, alimentación escolar y alfabetización, ante los Órganos Colegiados de Administración y Decisión (OCAD), municipales, departamentales o regionales. Es Importante resaltar que los proyectos en referencia son susceptibles de ser financiados con recursos del SGR, ya que tienen como fin ser herramienta de superación de las condiciones de vulnerabilidad e impactar socialmente en el territorio, mejorando las condiciones de las comunidades frente a sus necesidades básicas y la
garantía del derecho a la educación. En ese sentido, el Ministerio de Educación Nacional, a través de la Oficina Asesora de Planeación y Finanzas, ha fortalecido su equipo con el fin de brindar asistencia técnica en la formulación y estructuración de proyectos del sector educativo, los cuales pueden ser financiados por medio de los recursos del SGR. Para esto, se han designado los siguientes enlaces regionales: Nombre Correo Región Arturo Melo amelo@mineducacion.gov.co Pacífico Victoria Penagos spenagos@contratista.mineducacion.gov.co Caribe Carlos Méndez cmendez@mineducacion.gov.co Centro sur Edgar Wilches ewilches@mineducacion.gov.co Centro Oriente Fausto López flopez@contratista.mineducacion.gov.co Eje Cafetero y Antioquia Carlos Arias caarias@mineducacion.gov.co Llano Para canalizar sus solicitudes e inquietudes se ha generado la siguiente cuenta de correo electrónico: regaliasmen@mineducacion.gov.co Finalmente, en el siguiente enlace podrá encontrar la guía 47 de 2013 que contiene los criterios generales para la presentación y formulación de proyectos de educación, y ayuda a complementar los lineamientos del Acuerdo 017 de 2013 de la Comisión Rectora del Sistema General de Regalías SGR.
Enlace MEN: http://www.mineducacion.gov.co/1621/w3-article-328877.html
Página Departamento Nacional de Planeación -DNPhttps://www.sqr.qov.co Cordialmente, , MARÍA FERNANDA CAMPO SAAVEDRA Ministra de Educación Nacional Ir al inicio Normograma del Ministerio de Educación Nacional de la República de Colombia
ISSN : 2463-2554 En línea Última actualización: Control de versiones Créditos y reserva de derechos de autorMinisterio de Educación Nacional de la República de Colombia - DRA © 2023
Normograma del Ministerio de Educación Nacional de la República de Colombia
ISSN : 2463-2554 En línea Última actualización: Control de versiones Créditos y reserva de derechos de autorMinisterio de Educación Nacional de la República de Colombia - DRA © 2023
Ministerio de Educación Nacional
Dirección: Calle 43 No. 57 - 14. CAN. Bogotá, Colombia. Código Postal 111321.
Teléfono Conmutador: (601) 22 22800 - Línea gratuita fuera de Bogotá: 018000 - 910122 - Fax: (601) 2224953
Horario de atención: Lunes a jueves de 8:00 a.m. a 5:00 p.m. y viernes de 7:00 a.m. a 4:00 p.m. Jornada continua Soporte técnico - Sistemas de información. Teléfono: (601) 484 5410 - Línea gratuita nacional 018000-510258
Correo Anticorrupción: soytransparente@mineducacion.gov.co Correo de notificaciones judiciales: notificacionesjudiciales@mineducacion.gov.co Canales físicos y electrónicos para atención al público