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MINEDUCACION - Circular 17 de 2013

Ministerio de Educación

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Detalles

Título
MINEDUCACION - Circular 17 de 2013
Autor
Ministerio de Educación
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Educación
Año
2013

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Usted está en:  Inicio Documento Circular 17 de 2013 ME Ocultar anotaciones

 Buscar  Índice  CIRCULAR 17 DE 2013 (junio 21) <Fuente: Archivo interno entidad emisora>

MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL

PARA: SECRETARIOS DE EDUCACIÓN DEPARTAMENTALES, MUNICIPALES ODISTRITALES.

DE: MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL ASUNTO: Recursos por ampliación de cobertura Con el objetivo de dinamizar el reporte de la matrícula oficial y no oficial en el Sistema de Matrícula -SIMATpara la vigencia 2013, se considera procedente emitir la presente Circular.

CONTEXTO: El Ministerio de Educación Nacional, en concordancia con los objetivos estratégicos del Plan Nacional de Desarrollo 2010-2014 y el Plan Sectorial de Educación, viene orientando sus acciones para incentivar estrategias que permitan incorporar en el sistema educativo la población en edad escolar proporcionando una educación de calidad, garantizando el acceso y la permanencia.

De otro lado, el Decreto 2833 de 2004, por el cual se reglamenta el inciso 1o del numeral 16.2 del artículo 16 de la Ley 715 de 2001, en su artículo 1o, establece la asignación de recursos disponibles de la participación en Educación del Sistema General de Participaciones -SGPpor concepto de Población por atender: “La priorización de población por atender en condiciones de eficiencia corresponderá al incremento de la matrícula oficial en cada entidad territorial en la presente vigencia, con respecto a la matrícula oficial de la vigencia anterior. A partir de la vigencia 2005, este porcentaje será determinado con base en el incremento de la matrícula oficial con respecto a la de la vigencia anterior, descontando la reducción de la matrícula no oficial, si la hubiere. ” Con este contexto, el Ministerio de Educación Nacional para la vigencia 2013 ha determinado tomar como referencia, la matrícula oficial y no oficial reportada en el Sistema de Matrícula -SIMAThasta el 31 de julio del presente año, para aplicarle la metodología de consolidación y así establecer el aumento de matrícula respecto a la vigencia anterior, para cada entidad territorial certificada, que serviría para determinar el monto de recursos adicionales que se asignarían a las entidades territoriales en esta vigencia por concepto de “Población por atended'. Por lo anterior, señor Secretario de Educación, lo invitamos para que su entidad territorial realice todos los esfuerzos necesarios para reportar la totalidad de la matrícula atendida en lo corrido de la vigencia y de esta

manera hacer consistente la distribución de recursos del SGP con la población que está siendo efectivamente atendida. Como referencia, se anexa el reporte de SIMAT de matrícula oficial consolidada, con corte al 30 de mayo de la presente vigencia. Cordialmente, MARÍA FERNANDA CAMPO SAAVEDRA Ministra de Educación Nacional Ir al inicio Normograma del Ministerio de Educación Nacional de la República de Colombia

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