🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

MINEDUCACION - Circular 19 de 2021

Ministerio de Educación

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
MINEDUCACION - Circular 19 de 2021
Autor
Ministerio de Educación
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Educación
Año
2021

Gov.co Ministerio de Educación Buscar en la compilación   Inicio Transparencia y Acceso a la Información Pública Atención y Servicios a la Ciudadanía Participa Ministerio Preescolar, básica y media Educación superior Noticias Menú principal Inicio Transparencia y Acceso a la Información Pública Atención y Servicios a la Ciudadanía Participa Ministerio Preescolar, básica y media Educación superior Noticias

Usted está en:  Inicio

Documento

Usted está en:  Inicio Documento Circular 19 de 2021 ME Ocultar anotaciones

 Buscar  Índice  CIRCULAR 19 DE 2021 (julio 29) <Fuente: Archivo interno entidad emisora> MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL PARA: Gobernadores, Alcaldes y Secretarios de Educación de Entidades Territoriales Certificadas enEducación DE: Secretaria General ASUNTO: Alcance Circular 30 de 2021 - Permisos sindicales para la negociación colectiva MEN 2021 conorganizaciones sindicales de empleados públicos. De conformidad con las etapas de negociación colectiva establecidas por el Decreto 1072 de 2015 - Único Reglamentario del Sector Trabajo y una vez superada la suspensión de la mesa de negociación MEN 2021 de ámbito particular o contenido singular ordenada por una decisión judicial, el Ministerio de Educación Nacional, como entidad rectora del sector educativo, reinicia la negociación colectiva con las organizaciones sindicalesFederación Nacional de Directivos Docentes de Colombia - FENDIDOC, Sindicato de Empleados y

Trabajadores de la Educación - SINTRENAL, Unión Nacional de Trabajadores del Estado y los Servicios Públicos de Colombia - UTRADEC-CGT, Federación Nacional de Trabajadores por el Mérito y el Trabajo Decente “FEDETRAMI - PROPAIS. Este proceso de negociación se desarrolla por un término faltante de 15 días hábiles, comprendidos entre el día 29 de julio y el 19 de agosto de 2021. Por lo anterior, de manera respetuosa solicitamos a los Gobernadores, Alcaldes y Secretarios de Educación de las entidades territoriales certificadas en educación, en ejercicio de su competencia como autoridades nominadoras, atender oportunamente la solicitud de permiso sindical que les presenten las organizaciones sindicales FENDIDOC, SINTRENAL, UTRADEC-CGT y FEDETRAMI PROPAIS, y concederlos a los negociadores y asesores designados por los sindicatos, que se detallan a continuación: Negociadores Principales: Nombre y apellido Organización sindical Hernán Polo Melo UTRADEC-CGT Efraín Dimaté FEDETRAMI-PROPAIS Walter Hernández Díaz SINTRENAL Álvaro Camacho Torres FENDIDOC Wilson Alfonso Gutiérrez Pabón UTRADEC-CGT María Cecilia Ramírez Gualteros UTRADEC-CGT Negociadores Suplentes: Nombre y apellido Organización sindical Eduardo Casanova González FENDIDOC Fidel Mauricio Guerrero UTRADEC-CGT Hernán Sigifredo Rubio FENDIDOC Claudia Marcela Ramírez Ávila UTRADEC-CGT

Oscar Fernando Jaramillo Gerena UTRADEC-CGT Luz Marina Velásquez Camelo FEDETRAMI-PROPAIS Fabio Carlos Núñez Romero UTRADEC-CGT Andrea Zulima Rodríguez Pardo UTRADEC-CGT Asesores:Nombre y apellido Organización sindical Guillermo Baquero Guzmán SINTRENAL Gloria Cecilia Pérez Ortiz FENDIDOC Percy Oyola Palomá UTRADEC-CGT Luz Dary Pérez Granoble CGT Francisco Maltes Tello SINTRENAL Segundo Modesto Zambrano FENDIDOC Luis Alberto Vega Iriarte SINTRENAL El calendario de reuniones acordadas en la sesión de reanudación de la mesa de negociación, celebrada el día 28 de julio, es el siguiente: No. Día Fecha Mes Hora Inicio Hora Finaliza 1 Jueves 29 Julio 10:00 a.m. 5:00 p.m. 2 Martes 3 Agosto 9:00 a.m. 5:00 p.m. 3 Jueves 5 Agosto 9:00 a.m. 5:00 p.m. 4 Martes 10 Agosto 9:00 a.m. 5:00 p.m. 5 Jueves 12 Agosto 9:00 a.m. 5:00 p.m. 6 Martes 17 Agosto 9:00 a.m. 5:00 p.m. 7 Jueves 19 Agosto 9:00 a.m. 5:00 p.m. Es preciso tener en cuenta que además de estos días y horas acordados para las sesiones de negociación, los sindicatos pueden, en uso de autonomía sindical, establecer sesiones para preparar su participación en cada

sesión o evaluarlas, caso en el cual la organización sindical debe sustentar dicho tiempo en la solicitud de permiso sindical que presenten ante la autoridad nominadora. Tal como lo establece la Circular Conjunta No. 100 del 6 de febrero de 2019 emitida por el Ministerio de Trabajo y el Departamento Administrativo de la Función Pública, “el permiso sindical hace parte de las garantías necesarias a que hace referencia el artículo 39 de la Constitución Política y constituye el núcleo esencial del derecho de asociación sindical”. Igualmente, de conformidad con el artículo 2.2.2.5.2. del Decreto 1072 de 2015 los negociadores designados por las organizaciones sindicales para este proceso de negociación colectiva son beneficiarios de los permisos sindicales remunerados respectivos, además de gozar de fuero sindical. En este sentido, es necesario tomar en cuenta lo términos para el otorgamiento de permisos sindicales establecido por el artículo 2.2.2.5.4 del Decreto 1072 de 2015, en la forma que fue adicionado por el Decreto 344 del 6 de abril de 2021, el cual se anexa. Finalmente, reiteramos lo expresado en la Circular 30 de 2021, en cuanto a que en este proceso de negociación se espera la participación de las organizaciones sindicales CTU USCTRAB y FEDEASONAL, las cuales se pueden integrar a la mesa una vez cumplan con el requisito de comparecencia asociado a la entrega la certificación de afiliados con derecho y pago de cuota sindical en bancos, de conformidad con lo señalado en el numeral 1 del Decreto 1072 de 2015 y en los términos señalados en el Concepto No. 2465 del 23 de abril de

2021 emitido por la Sala de Consulta del Servicio Civil del Consejo de Estado. Cordialmente, CLARA INÉS PÁEZ JAIMES Secretaria General Ir al inicioNormograma del Ministerio de Educación Nacional de la República de Colombia

ISSN : 2463-2554 En línea Última actualización: Control de versiones Créditos y reserva de derechos de autor Ministerio de Educación Nacional de la República de Colombia - DRA © 2023

Ministerio de Educación Nacional

Dirección: Calle 43 No. 57 - 14. CAN. Bogotá, Colombia. Código Postal 111321.

Teléfono Conmutador: (601) 22 22800 - Línea gratuita fuera de Bogotá: 018000 - 910122 - Fax: (601) 2224953

Horario de atención: Lunes a jueves de 8:00 a.m. a 5:00 p.m. y viernes de 7:00 a.m. a 4:00 p.m. Jornada continua Soporte técnico - Sistemas de información. Teléfono: (601) 484 5410 - Línea gratuita nacional 018000-510258

Correo Anticorrupción: soytransparente@mineducacion.gov.co Correo de notificaciones judiciales: notificacionesjudiciales@mineducacion.gov.co Canales físicos y electrónicos para atención al público

@Mineducacion @mineducacioncol @Mineducacion @MinisteriodeEducaciónNacional @MinisteriodeEducaciónNacional Términos y condiciones Políticas Mapa del sitio Accesibilidad ©Copyright 2021 - Todos los derechos reservados Gobierno de Colombia Colombia logo

Logo Gov.co InicioInicio MÓDULOS Opción documentos Decreto Único Reglamentario del Sector Educación VER MÁS Opción documentosCompilación normativa del Sector Educación VER MÁS Opción documentos Normativa organizacional del MEN VER MÁS Opción documentos Normativa común a todas las entidades públicas VER MÁS Opción documentos Normativa del Sistema Integrado de Gestión MEN VER MÁS Opción documentos Índice de temas misionales VER MÁS Opción documentos Educación superior VER MÁS Opción documentos Educación inicial, básica y media VER MÁS Opción documentos Conceptos - Doctrina VER MÁS Opción documentos Jurisprudencia VER MÁS Opción documentos Boletín Jurídico de Novedades Normativas VER MÁS Opción documentos Herramientas de búsqueda

VER MÁS

× Contraste Contraste | Modo oscuro Reducir Reducir letra (16px) Aumentar Aumentar letra (16px) Centro de relevo Centro de relevo Volver arriba

Consultar sobre este documento ...