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MINEDUCACION - Circular 25 de 2020

Ministerio de Educación

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Detalles

Título
MINEDUCACION - Circular 25 de 2020
Autor
Ministerio de Educación
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Educación
Año
2020

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Usted está en:  Inicio Documento Circular 25 de 2020 ME Ocultar anotaciones

 Buscar  Índice  CIRCULAR 25 DE 2020 (junio 19) <Fuente: Archivo interno entidad emisora>

MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL

DE: SECRETARIA GENERAL PARA: SERVIDORES Y CONTRATISTAS MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL ASUNTO: MEDIDAS INTERNAS DE BIOSEGURIDAD PARA EL RETORNO A LASINSTALACIONES DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL.

FECHA: 19 de junio de 2020

La presente Circular establece las medidas institucionales y administrativas que buscan brindar las condiciones de bioseguridad para mitigar, controlar y realizar el adecuado manejo de la pandemia del Coronavirus COVID19 que permita el regreso del trabajo a las sedes de nuestra entidad, conforme lo dispuesto en el Protocolo de Bioseguridad y el anexo técnico de la Resolución 666 del 24 de abril de 2020, expedidos por el Ministerio deSalud y Protección Social, las orientaciones sobre las acciones para implementar, en la administración pública,

las medidas establecidas en el protocolo general de bioseguridad, dadas por la Circular No. 100009 del 7 de mayo de 2020 emitida por los Ministros de Trabajo, de Salud y Protección Social y el Director del Departamento Administrativo de la Función Pública; y acatando las orientaciones del Señor Presidente de la República, a través de la Directiva Presidencial 03 del 22 de mayo de 2020, sobre el aislamiento inteligente y productivo y el trabajo en casa de servidores públicos y contratistas de prestación de servicios y apoyo a la gestión, para implementar en la administración pública las medidas establecidas en dicho protocolo. Las medidas que se adoptan hacen parte de la etapa denominada por la Presidencia de la República como aislamiento inteligente y retorno a la vida productiva, y, están orientadas a minimizar los factores que puedan generar la transmisión de la infección causada por el Coronavirus COVID-19 y en procura de garantizar la continuidad, en especial a través del trabajo presencial, de la prestación del servicio de la Entidad. En tal sentido, serán de estricto cumplimiento para servidores, contratistas y visitantes que ingresen a las instalaciones del Ministerio de Educación, con independencia de la actividad que desarrollen.

1. MEDIDAS INSTITUCIONALES.

A continuación, se describen las medidas institucionales que adopta el Ministerio de Educación Nacional para garantizar la seguridad de todas las personas en las instalaciones de la entidad. 1.1. Acorde con lo dispuesto en el numeral 4.1 del anexo técnico de la Resolución 666 del 24 de abril de 2020, el Ministerio de Educación Nacional diseñó y aplicó una encuesta de estado de salud y condiciones de vida a todos

los servidores y contratistas de la entidad, con el propósito de identificar el grupo de colaboradores que, por su condición de salud y calidad de vida, deben permanecer en trabajo en casa por tener alguna de las variables de vulnerabilidad definidas en la encuesta, y así mismo los servidores que no presentan factores de riesgo asociados y, por ende, cumplen los criterios para el retorno gradual al trabajo en las instalaciones del MEN. 1.2. Los jefes de cada dependencia del Ministerio, basado en la información obtenida de la encuesta y brindada por la Subdirección de Talento Humano, son los responsables de la caracterización de personal para determinar, dentro del grupo de colaboradores sin riesgos asociados y acorde a las labores propias de cada proceso de su unidad, qué colaboradores conformarán el primer grupo para iniciar el retorno gradual, aplicando el modelo de alternancia, para garantizar el cumplimiento de las medidas de distanciamiento en las instalaciones de la entidad, teniendo como umbral no superar el 20% de sus servidores y contratistas, tal como lo define la Directiva Presidencial 03 de 2020 o la medida que la modifique o sustituya. 1.3. El jefe de cada dependencia asegurará la prestación del servicio y cumplimiento de sus funciones, mediante la articulación armónica del trabajo con el personal de su área que regresará en cada fase y el personal que se mantendrá en trabajo en casa o teletrabajo, comunicando de manera oportuna a la Subdirección de Talento Humano, tal y como se estableció en la Circular No. 18 del 13 de marzo de 2020. Se precisa que las opciones de alternancia estarán acompañadas con la presencia del personal de toma y control de temperatura para la

mitigación del contagio del COVID 19 en las instalaciones. 1.4. La prestación del servicio en las instalaciones del Ministerio, durante la emergencia del COVID -19, será solo para aquellas actividades que no puedan ser desarrolladas en casa o mediante teletrabajo, y no podrán exceder un máximo de seis (6) horas diarias, para lo cual se plantean las siguientes opciones, siempre teniendo en consideración la importancia de evitar las horas pico del transporte público y las medidas que en esta materia tome la Administración Distrital: Opción 1: De 6 a.m. a 12:00 m. Opción 2: De 9 a.m. a 3:00 p.m. NOTA. Esta opción de horario de trabajo presencial no significa una modificación en el horario de la jornada laboral establecido en la Resolución 13139 del 10 de julio de 2017, el cual es de lunes a jueves de 8:00 a.m. a 5:00 p.m., y los viernes de 7:00 a.m. a 4:00 p.m.1.5. El jefe de la dependencia deberá comunicar a la Subdirección de Talento Humano el nombre, cédula y tipo de vinculación de los colaboradores que ingresarán al Ministerio y el horario en el cual estarán prestando su servicio al interior de sus instalaciones. 1.6. Las empresas y entidades que ejecutan contratos de servicios y que, por su naturaleza, requieren personal al interior de las instalaciones del Ministerio, deberán presentar a los supervisores y/o interventores sus protocolos de bioseguridad, listados de personal y horarios de trabajo, para autorizar su ingreso por parte de la Subdirección

de Gestión Administrativa, quien deberá tener en cuenta que este número de trabajadores hará parte del 20% de personas permitido en las instalaciones del Ministerio. 1.7. Las personas que ingresen a las instalaciones del Ministerio, en las sedes CAN y ELEMENTO, deben procurar permanecer en estas el mayor tiempo posible, evitando las entradas y salidas innecesarias de la respectiva sede. En todo caso, en cada ingreso se realizará el proceso de desinfección y toma de temperatura y conexión epidemiológica para establecer el cerco de contacto. 1.8. La Subdirección de Talento Humano, a través del contratista de área protegida o del mecanismo más expedito del que disponga, monitoreará la temperatura y proceso de desinfección personal al ingreso de las instalaciones. Lo anterior, de acuerdo con las opciones de horarios para la alternancia, señaladas en el numeral 1.4 de la presente Circular. Únicamente se dejará registro en los casos en que se registren temperatura por encima de 38o C. 1.9. Las personas que registren temperaturas iguales o superiores a 38o C deberán dirigirse a su lugar de residencia para hacer aislamiento, registrarse en la aplicación CORONAPP y realizar el respectivo informe de sus síntomas a su EPS y/o a la Secretaría de Salud, quienes le darán el correspondiente soporte. Es este caso, el funcionario deberá informar de las anteriores actuaciones, al correo de la Subdirección de Talento Humano, unidad que realizará el respectivo seguimiento del caso. 1.10. Las personas que durante su permanencia al interior de las instalaciones del MEN, lleguen a presentar síntomas asociados al COVID - 19, deberán:

  • Identificar los síntomas, pues ante el pico respiratorio puede confundirse con gripe o influenza. Estos síntomas son: dificultad para pasar saliva, dolor o molestia de garganta, tos seca, opresión en el pecho y dificultad para respirar, debilitamiento generalizado, fatiga y agotamiento crónico, fiebre igual o superior a los 37,5o de difícil manejo. - Permanecer, de ser posible, en su puesto de trabajo y mantener el distanciamiento social con los compañeros de trabajo. - Informar por correo institucional o celular a su jefe inmediato la presencia de síntomas durante la prestación de su servicio en el Ministerio de Educación. En dicha notificación, es imperativo que mencione las personas con las que tuvo contacto a fin de establecer el nexo epidemiológico. - Realizar de manera inmediata el reporte de los síntomas vía telefónica ante el numeral 123, la App del Gobierno CORONAPP y la EPS a la cual está afiliado. Es fundamental seguir las instrucciones dadas por la Secretaría de Salud (dirigirse de manera inmediata a su domicilio o esperar al personal médico remitido por dicha autoridad). - Una vez haya superado sus síntomas y, de acuerdo con el concepto médico, podrá reintegrarse satisfactoriamente a sus labores. En caso contrario, de persistir la sintomatología, usted deberá remitirse a su EPS para valoración y seguimiento, donde el médico definirá la conducta a seguir, la cual deberá comunicarse a su jefe inmediato o supervisor de contrato, con los respetivos soportes, incapacidad o recomendaciones.
  • Si el servidor o colaborador fue diagnosticado y tratado, deberá contar con el concepto médico para su reincorporación, los tiempos y las conductas a seguir serán las que establezca la Secretaría de Salud para su caso.

Así, cada situación particular estará siendo evaluado de manera especial, por lo que el funcionario respectivodebe brindar la información de su caso a la Subdirección de Recursos Humanos y su superior inmediato o, si es contratista, al interventor de contrato. 1.11. La Subdirección de Talento Humano realizará la divulgación de los protocolos de prevención e intervención del riesgo psicosocial, de manera previa al retorno a las instalaciones y se mantendrán en lo que resta del presente año, consolidando toda la información en el micrositio de la intranet +Seguros MENos Covid. 1.12. La Subdirección de Talento Humano con apoyo de la ARL Positiva, brindará capacitaciones sobre las medidas de prevención y control del COVID -19.

2. MEDIDAS ADMINISTRATIVAS.

Las medidas administrativas que adopta el Ministerio de Educación Nacional son: 2.1. Previo al retorno de los funcionarios al Ministerio y, en adelante, diariamente se aplicará un estricto protocolo de limpieza y desinfección de puestos de trabajo y áreas comunes (recepción, pasillos, escaleras, ascensores, sanitarios y demás). Adicionalmente, el funcionario apoyará realizando la desinfección de los objetos personales de su puesto de trabajo, con el fin de incrementar su seguridad personal. 2.2. Se mantendrá el servicio habitual de parqueadero de vehículos automotores, aplicando las medidas de

distanciamiento físico y se habilitarán parqueaderos adicionales para bicicletas. Los colaboradores que hagan uso de este servicio deberán estacionar dejando un espacio de parqueo libre a los costados de su vehículo y realizar el lavado externo y asepsia interna de manera frecuente. 2.3. En las entradas: principal, de parqueaderos, de conductores, Unidad de Atención al Ciudadano y de despachos de la sede CAN y entrada al piso 14 de la sede Elemento, se dispondrán tapetes de desinfección de zapatos. 2.4. Se mantendrá deshabilitado el control de acceso por huella; en su lugar se hará el control exigiendo el porte del carné institucional en un lugar visible. 2.5. La Subdirección de Talento Humano realizará la entrega diaria de tapabocas, como medida obligatoria de prevención, la cual se hará a la entrada de las instalaciones de la entidad y posterior a la toma de temperatura y la limpieza de manos con alcohol glicerinado. El colaborador deberá desechar su tapabocas y reemplazarlo por el suministrado por el Ministerio; sí el tapabocas del trabajador no es desechable, deberá guardarse en una bolsa plástica cerrada y no podrá ser utilizado hasta su salida de las instalaciones del MEN. 2.6. En las entradas principales de las sedes CAN y Elemento, se dispondrán canecas con tapa y doble bolsa negra, señalizadas para la disposición de los residuos de control del virus como guantes y tapabocas, de acuerdo con lo dispuesto en la Resolución 666 del 24 de mayo de 2020.

2.7. En las áreas de circulación (entrada principal de la sede CAN, entrada Unidad de Atención al Ciudadano, en puntos cercanos a las puertas de ascensores en los cinco pisos y la entrada al piso 14 de la sede Elemento) se dispondrán dispensadores de alcohol glicerinado con pedestal para activación con el pie. 2.8. El uso permanente de tapabocas es obligatorio para todo el personal durante su permanencia en las instalaciones del Ministerio, como medida indispensable para prevenir el contagio del COVID - 19. 2.9. A los colaboradores que no tengan ningún tipo de restricción física, se les solicita el uso de las escaleras, disponiendo el uso de los ascensores para aquellas personas que presenten dificultades en la movilidad, restringiendo su uso a máximo 2 personas en los casos que sea estrictamente necesario, para lo cual se dispondrá de un protocolo de uso a la entrada de estos y será divulgado a todos los colaboradores a través del Boletín semanal +Más Seguros MENos Covid. 2.10. De acuerdo con la opción de alternancia y en lo concerniente a la prestación del servicio de manera presencial acordada por el servidor o colaborador con el jefe de cada dependencia, se deben utilizar puestos detrabajo intercalados, para los casos excepcionales donde sea estrictamente necesario el uso de puestos contiguos, se instalarán acrílicos con herrajes metálicos adheridos a las superficies separando dichos puestos y garantizando el aislamiento. 2.11. Los baños contarán con jabón, toallas desechables para manos y alcohol glicerinado de manera permanente y su uso deberá hacerse dando cumplimiento con el distanciamiento físico establecido.

2.12. Se prestará el servicio de cafetería cumpliendo las reglas de distanciamiento social, aseo y desinfección de áreas, superficies, equipos y elementos dispuestos en este espacio. El personal que atiende deberá contar con traje anti fluidos, tapabocas, careta y demás elementos de bioseguridad. 2.13. Se prestará el servicio de hornos microondas a través del personal de cafetería, adecuando la terraza de la edificación, como espacio para el consumo de los alimentos, con turnos que permitan un distanciamiento ajustado a los parámetros establecidos. 2.14. No se prestará el servicio de máquinas dispensadoras de café y snacks, hasta una nueva directriz y con el propósito de evitar la contaminación por contacto de superficies de uso común. 2.15. Los usuarios del Ministerio que se dirijan a la Unidad de Atención al Ciudadano solo podrán ingresar cumpliendo con los protocolos de bioseguridad, como el uso obligatorio de tapabocas la limpieza de manos con el alcohol glicerinado dispuesto a la entrada de la Unidad, manteniendo el distanciamiento social de 2 metros entre usuarios. 2.16. Se restringe el ingreso de visitantes a las sedes CAN y Elemento y se aceptan solamente los estrictamente necesarios, previa solicitud con su debida justificación por parte de la dependencia que recibe al visitante y autorización de la Subdirección de Gestión Administrativa; en todo caso, el visitante deberá cumplir con todas las medidas de bioseguridad dispuestas en la presente Circular. 2.17. Se prohíbe el ingreso de vendedores, asesores comerciales, lustradores de calzado, entre otros, a las

instalaciones de la Entidad en las sedes CAN y Elemento. 2.18. Se realizará la desinfección de los vehículos oficiales de propiedad del Ministerio mediante el lavado frecuente y la aspersión de solución desinfectante, disponiendo alcohol glicerinado y toallas desechables para su asepsia interna.

3. MEDIDAS DE AUTOCUIDADO.

Las medidas de autocuidado, que el Ministerio de Educación Nacional establece como recomendables y aplicables, son: 3.1. Realizar un correcto lavado de manos, antes, durante y después del ingreso a las instalaciones del Ministerio de Educación Nacional y como mínimo cada 3 horas. 3.2. Uso permanente de tapabocas, desde la salida del lugar de residencia, durante el desarrollo de la jornada laboral y en el retorno al domicilio. 3.3. Evitar el contacto y saludar de mano o beso, los abrazos y la utilización de equipos o elementos de uso personal. 3.4. Utilizar los medios de comunicación virtuales dispuestos por la Oficina de Tecnología y Sistemas de Información del Ministerio para realizar las reuniones de trabajo, conversatorios, foros, congresos o cualquier otro tipo de evento masivo. 3.5. Mantener el puesto de trabajo limpio, ordenado y desinfectado, así como los elementos y prendas de vestir utilizadas durante la jornada laboral (escritorios, sillas, teclados, teléfonos, chapas, bolsos, zapatos y demás).3.6. Mantener ventilada el área de trabajo durante la jornada laboral. 3.7. Evitar aglomeraciones en áreas comunes como recepción, pasillos, ascensores, baños y demás zonas de

circulación. Mientras se desplaza en transporte público: 3.8. Hacer uso de elementos de protección individual como tapabocas (debe cubrir la nariz y boca completamente). 3.9. Evitar pasar sus manos por el rostro, tocar el tapabocas o consumir alimentos. 3.10. Mantener distancia con los demás pasajeros, de acuerdo con lo establecido por el operador del servicio. 3.11. Evitar tener conversaciones innecesarias con otras personas, ya que esto aumenta el nivel de riesgo. 3.12. Al salir del transporte hacer uso de gel o alcohol glicerinado para desinfectar sus manos.

Durante el trabajo en casa: 3.13. Lave sus manos de manera permanente. 3.14. Realice Pausas Activas. 3.15. Al iniciar la jornada laboral reporte su toma de temperatura y síntomas en el aplicativo Alissta de la ARL Positiva así: - Ingrese en su navegador la ruta https://www.alissta.gov.co/ y de enter. - Una vez se abra la ventana de su navegador, desplace su cursor hacia abajo: Le aparecerá una opción en un cuadro naranja con el título “Autoevaluación de síntomas Covid-19” haga clic allí. - Seleccione tipo de documento de identificación y registre el número. Haga clic en consultar. - Seleccione como empresa el Ministerio de Educación Nacional, ingrese su correo electrónico y de clic en la palabra autorizo. - Diligencie el formulario y de clic en guardar.

Nota: Es importante precisar que este reporte de síntomas y temperatura debe realizarlo a diario antes de iniciar

la jornada laboral de manera obligatoria.

4. CANALES DE COMUNICACIÓN En el caso de presentarse reporte de accidentes de trabajo o enfermedad laboral por parte de servidores y/o contratistas, se deberá dar aviso al área de Seguridad y Salud en el Trabajo, al correo

massegurosmenoscovid@mineducacion.gov.co para realizar el respetivo reporte a la ARL, quien será la encargada de dar las directrices sobre la atención de la persona. La Subdirección de Talento Humano, a través del área de Seguridad y Salud en el Trabajo, realizará el acompañamiento y seguimiento necesarios. El Ministerio de Educación Nacional, a través del Boletín y del micrositio de la intranet +Seguros MENos Covid informará las novedades en la evolución del COVID19 y las medidas de prevención y control establecidas por el Gobierno Nacional, la Administración Distrital y por la entidad, para prevenir y controlar el contagio del COVID-19 a los servidores, contratistas y visitantes. A través del micrositio se podrán formular preguntas y sugerencias relacionadas con el retorno gradual, el trabajo en casa, los protocolos de bioseguridad y los mecanismos para ofrecer apoyo a todos los colaboradores.5. RESPONSABILIDADES. Son responsabilidades de las distintas dependencias y personal del Ministerio de Educación las siguientes: 5.1. Secretaría General. Garantizar los recursos para la implementación y cumplimiento de las actividades descritas en el protocolo. 5.2. Subdirección Administrativa. Disponer los procedimientos, equipos, elementos y personal para el cumplimiento de las acciones operativas establecidas, en especial lo concerniente a la adecuación y

mantenimiento de la infraestructura y equipos, así como las labores de limpieza y el control de ingreso y salida de los servidores y contratistas del MEN. 5.3. Subdirección de Talento Humano. Divulgar el protocolo, garantizar la entrega diaria de EPP, coordinar la capacitación, entrenamiento y asistencia en salud a través de su contratista Compensar, la ARL Positiva y el proveedor de Área Protegida, verificar toma y registro de síntomas asociados al COVID - 19, así como brindar el respectivo acompañamiento a los posibles casos positivos que se presenten a nuestros colaboradores. 5.4. ARL. Prestar el apoyo en la capacitación de los servidores y contratistas del MEN en temas como, lavado de manos, uso de EPP, síntomas y diagnóstico del COVID - 19, medidas de seguridad en el transporte público. 5.5. Servidores y Contratistas. Informar de manera oportuna sobre su verdadero estado de salud, comunicando por vía telefónica y/o correo electrónico a su jefe inmediato, leer y aplicar las medidas de seguridad, higiene y aseo, como el lavado de manos y el uso de tapabocas, seguir las demás instrucciones dadas por la Entidad para la prevención y control del COVID - 19. Por último, es necesario señalar que el oportuno y cabal cumplimiento de las medidas adoptadas mediante la presente Circular, garantizarán una adecuada prestación del servicio del Ministerio de Educación, preservando la salud de sus colaboradores y sus familias. Cordialmente, DALILA ASTRID HERNÁNDEZ CORZO Secretar General Ir al inicio Normograma del Ministerio de Educación Nacional de la República de Colombia

ISSN : 2463-2554 En línea Última actualización: Control de versiones Créditos y reserva de derechos de autor Ministerio de Educación Nacional de la República de Colombia - DRA © 2023

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