MINEDUCACION - Circular 30 de 2014
Ministerio de Educación
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Detalles
- Título
- MINEDUCACION - Circular 30 de 2014
- Autor
- Ministerio de Educación
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Educación
- Año
- 2014
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Buscar Índice CIRCULAR 30 DE 2014 (agosto 13) <Fuente: Archivo interno entidad emisora> DEPARTAMENTO PARA LA PROSPERIDAD SOCIAL MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL DE: Viceministro de Educación Preescolar, Básica y Media del Ministerio de Educación Nacional -MEN - y Subdirectora General del Departamento para la Prosperidad Social - DPE.
PARA: Secretarías de educación departamentales, distritales y municipales de entidades territorialescertificadas, Directores Regionales del DPS, líderes departamentales y enlaces municipales delPrograma Más Familias en Acción ASUNTO: Orientaciones para la articulación de estrategias que impacten la cobertura y la permanencia dela población en edad escolar en el sistema educativo, en el marco de la alianza entre elMinisterio de Educación Nacional y el Programa Más Familias en AcciónCon el fin de dar cumplimiento a los propósitos establecidos por el Gobierno Nacional, en cuanto a la política de
formación de capital humano, orientada a la generación de oportunidades de acceso y permanencia para cerrar las brechas regionales y sociales en todos los ciclos de formación, se ha acordado con el Programa Más Familias en Acción - PMFA del Departamento para la Prosperidad Social - DPS y el Ministerio de Educación NacionalMEN las siguientes acciones conjuntas:
1. Coordinación interinstitucional entre si Ministerio de Educación Nacional y el Departamento para la Prosperidad Social, en el marco del Programa Más Familias en Acción.
El MEN y el PMFA del DPS establecieron una alianza para aprovechar las bondades que brinda el PMFA a su población beneficiaría, el cual se encuentra regulado por la Ley 1532 de 2012, que tiene como objetivo: “Contribuir a la superación y prevención de la pobreza y la formación de capital humano, mediante el apoyo monetario directo a las familias beneficiarías”. En el marco de esta alianza, el MEN realiza cruces periódicos de las bases de datos del Sistema de Información de Más Familias en Acción-SIFAy el Sistema de Matrícula Estudiantil de Educación Básica y Media - SIIVATpara contribuir con la identificación de población en edad escolar vinculada al sistema educativo. Por otra parte, para realizar el proceso de verificación del cumplimiento de los compromisos en educación necesario para la entrega del incentivo monetario a las familias beneficiarías del Programa, el DPS requiere el registro realizado por los Establecimientos Educativos con respecto a la asistencia escolar de los beneficiarios del programa. Por otro lado, el equipo regional del PMFA con cobertura en todos los municipios del país, apoya a la
identificación y seguimiento de las necesidades educativas en cada municipio, a partir de su conocimiento de la zona y de los establecimientos educativos en los que se encuentran matriculados los beneficiarios del Programa. Asimismo, promueve la participación de las familias en los espacios de articulación y coordinación del sector educativo.
2. Identificación de la población beneficiaria del programa Más Familias en Acción en riesgo de deserción y por fuera del sistema educativo El MEN entregará a la Coordinación Nacional del PMFA un reporte de matrícula inicial con corte al mes de febrero de cada vigencia, así como reportes mensuales con corte a los últimos días de cada mes. Con el corte inicial el Programa realizará el cruce de datos para identificar los beneficiarios matriculados y los que no están registrados en SIMAT. Este será el insumo con el cual las secretarías de educación de las entidades certificadas se articularan con el equipo regional de PMFA y los establecimientos educativos en los temas relacionados con la actualización escolar y la verificación de la asistencia. Es de anotar que el registro de la verificación de asistencia es responsabilidad de los establecimientos educativos.
3. Entrega de los resultados del proceso de verificación y actualización del PMFA a las secretarias de educación Con el propósito de fortalecer la articulación institucional, el Equipo Regional del PMFA, suministrará a las secretarías de educación y al MEN, los resultados del proceso de verificación y actualización del PMFA con base en: i) La población escolar que registró información de matrícula en el sistema de información de PMFA diferente a
la consignada en el SIMAT. ii) Resultado de la verificación de asistencia de las clases programadas por institución educativa. A partir de estos resultados, las secretarías de educación realizarán las acciones necesarias para hacer seguimiento a la población en riesgo de deserción y a la actualización de la información en SIMAT en un plazo máximo de 30 días calendario contados a partir de la fecha de recibido del reporte de PMFA.
4. Designación por parte de las secretarías de educación de un delegado para coordinar acciones en el marco de la alianza con el PMFALas secretarías de educación designarán a un funcionario que gestione y haga seguimiento a las acciones y estrategias adelantadas en el marco de la articulación entre la secretaría de educación, los enlaces municipales y los equipos regionales del PMFA.
5. Mesa Temática Departamental Las secretarías de educación y los líderes departamentales del PMFA, se reunirán con una periodicidad mínima de una vez al semestre, con el fin de establecer acuerdos que superen las dificultades y/o factores institucionales y operativos del Programa MFA, que causan la deserción o ausencia en el sistema escolar de los beneficiarios del programa. De igual forma, coordinaran acciones estratégicas sobre planes, programas y proyectos especiales que impulsen el MEN o las entidades territoriales certificadas en educación, que impacten en las poblaciones beneficiarías del programa MFA
6. Apoyo a la localización y seguimiento a nivel municipal de necesidades educativas de la población por fuera del sistema y en riesgo de deserción escolar
El equipo regional del PMFA con apoyo de sus enlaces municipales, informarán sobre las necesidades identificadas en los municipios a las Secretarías de Educación para que sean consideradas dentro de la planeación de le oferta educativa.
También reportarán: i) La población en edad escolar (5 a 17 años) que han identificado por fuera del sistema educativo, para gestionar conjuntamente su caracterización e ingreso al sistema educativo. ii) La población beneficiarla del incentivo educativo de Más Familias en Acción que no está asistiendo con frecuencia a clase durante el año lectivo escolar, para monitorear y garantizar conjuntamente su continuidad en las aulas y iii) La población de 15 años en adelante iletrada, para gestionar conjuntamente su ingreso al Programa Nacional de Alfabetización y Educación Básica y Media de Jóvenes y Adultos que lidera el MEN. Las secretarías de educación remitirán oportunamente al MEN, la información antes citada.
7. Comités de Convivencia Escolar En la Ley 1620 de 2013 se establecen los comités territoriales de convivencia escolar, como instancias en las que se tramiten planes programas y proyectos para mejorar la convivencia escolar y la formación para el ejercicio de los derechos humanos, la educación para la sexualidad y la prevención y mitigación de la violencia escolar.
Teniendo en cuenta lo anterior, las secretarías de educación, y los líderes departamentales del PMFA establecerán en si marco de estos comités, proyectos y estrategias territoriales y acuerdos para superar las dificultades o
factores que causan la deserción o ausencia en el sistema escolar de los beneficiarios del programa.
8. Fortalecer los procesos de participación de la familia en la educación de los niños El PMFA promueve espacios de participación con las familias del programa, en Encuentros de Bienestar, Comités de Madres Líderes, Asambleas de Beneficiarios y otros espacios de participación locales, en los cuales participan agentes educativos y autoridades territoriales favoreciendo la coordinación y el seguimiento de estrategias educativas, lo cual es importante para las secretarías de educación en la focalización de sus acciones de acceso y permanencia.
La alianza entre el MEN y el PMFA debe asumirse como una oportunidad para fortalecer los procesos de participación de la familia, establecidos en la legislación educativa vigente. En tal sentido las secretarías de educación y los establecimientos educativos deberán valorar los espacios de convocatoria del Programa para la formación de la comunidad educativa, donde se desarrollen estrategias como escuelas de padres y madres de familia y su participación en la toma de las decisiones que afectan la prestación de un servicio educativo con calidad y pertinencia.Así mismo, se propenderá por la divulgación y el reconocimiento territorial de lo señalado en la Ley 1361 de 2009 en lo relacionado con la “protección integral a la familia”; del mandato de la Ley 1404 de 2010, mediante el cual se establece la Escuela de Familias en los establecimientos educativos del país, así como el reconocimiento y consulta del documento “Política Pública para las Familias colombianas 2012 - 2022",
publicado por el Ministerio de Salud y Protección Social. En virtud de la importancia del PMFA como estrategia de acceso y permanencia que permite la búsqueda activa de menores por fuera del sistema escolar y la movilización social, el MEN y el DPS reiteran la importancia del trabajo conjunto entre las Secretarias de Educación y los equipos regionales del PMFA para lograr los propósitos conjuntos en materia de educación. En el marco de sus competencias legales las secretarías de educación orientarán en su jurisdicción la aplicabilidad del contenido de esta circular.
JULIO SALVADOR ALANDETE ARROYO
Viceministro de Educación Preescolar Básica y Media
MARIANA ESCOBAR ARANGO
Subdirectora Departamento Prosperidad Social - DPS Ir al inicio Normograma del Ministerio de Educación Nacional de la República de Colombia
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