MINEDUCACION - Circular 32 de 2021
Ministerio de Educación
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Detalles
- Título
- MINEDUCACION - Circular 32 de 2021
- Autor
- Ministerio de Educación
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Educación
- Año
- 2021
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Usted está en: Inicio Documento Circular 32 de 2021 ME Ocultar anotaciones
Buscar Índice CIRCULAR 32 DE 2021 (noviembre 30) <Fuente: Archivo interno entidad emisora> MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL PARA: CONSEJOS SUPERIORES, CONSEJOS DIRECTIVOS Y RECTORES DE INSTITUCIONESDE EDUCACIÓN SUPERIOR PÚBLICAS
DE: VICEMINISTERIO DE EDUCACIÓN SUPERIOR
ASUNTO: ACUERDO NEGOCIACIÓN COLECTIVA 2021
Teniendo en cuenta el Acuerdo de la Negociación Colectiva 2021 suscrito el pasado 10 de agosto de 2021, con las organizaciones sindicales, ASPU y SINTRAUNICOL, el Gobierno Nacional a través del Ministerio de Educación Nacional, se comprometió a “Dentro de los cuatro (4) meses siguientes a la firma del presente acuerdo, el Gobierno Nacional expedirá una circular dirigida a los consejos superiores, consejos directivos y
rectores, en la que se advierta la obligatoriedad de las IES estatales de cumplir las Sentencias de la CorteConstitucional (C-006 de 1996) y del Consejo de Estado (11001-03-25-0002005-00057-001873-05). El Ministerio de Trabajo y el Ministerio de Educación Nacional a través de las Subdirecciones de Inspección y Vigilancia, según sus competencias legales, verificarán su cumplimiento”: Con base en lo anterior y con el propósito de dar cumplimiento al citado acuerdo, el Viceministerio de Educación Superior, reitera a las Instituciones de Educación Superior Públicas, destinatarias de la presente Circular, la obligatoriedad de dar cumplimiento a lo determinado por la Corte Constitucional en Sentencia C-006 de 1996 y por el Consejo de Estado en Sentencia 11001-03-25-000-2005-00057-001873-05. Lo anterior, en los procesos administrativos de selección y vinculación de docentes, y en el respeto por los derechos laborales de los profesores ocasionales y de hora catedra. La recomendación suscrita en la presente circular, se emiten sin perjuicio de la autonomía de que gozan las Instituciones de Educación Superior Públicas y en el marco de las relaciones laborales que como entidades nominadoras, tiene a su cargo. Cordialmente, JOSÉ MAXIMILIANO GÓMEZ TORRES Viceministro de Educación Superior Ministerio de Educación Nacional Ir al inicio Normograma del Ministerio de Educación Nacional de la República de Colombia
ISSN : 2463-2554 En línea
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