🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

MINEDUCACION - Circular 35 de 2019

Ministerio de Educación

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
MINEDUCACION - Circular 35 de 2019
Autor
Ministerio de Educación
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Educación
Año
2019

Gov.co Ministerio de Educación Buscar en la compilación   Inicio Transparencia y Acceso a la Información Pública Atención y Servicios a la Ciudadanía Participa Ministerio Preescolar, básica y media Educación superior Noticias Menú principal Inicio Transparencia y Acceso a la Información Pública Atención y Servicios a la Ciudadanía Participa Ministerio Preescolar, básica y media Educación superior Noticias

Usted está en:  Inicio

Documento

Usted está en:  Inicio Documento Circular 35 de 2019 ME Ocultar anotaciones

 Buscar  Índice  CIRCULAR 35 DE 2019 (septiembre 19) <Fuente: Archivo interno entidad emisora> MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL PARA: Entidades Territoriales Certificadas en Educación Departamentales, Distritales y Municipales. DE: Presidente Consejo Directivo del FOMAG ASUNTO: Funcionamiento de los comités regionales de prestaciones sociales del magisterio FECHA: 19 de septiembre de 2019 La Ley 91 de 1989 en su artículo 3° inciso 2°, dispuso que “(...) El Fondo será dotado de mecanismos regionales que garanticen la prestación descentralizada de los servicios en cada entidad territorial sin afectar el principio de unidad”', por su parte, en la Subsección 3, Sección 3, Capítulo 2, Título 4, Parte 4, Libro 2 del Decreto 1075 de 2015, se buscó fortalecer el funcionamiento de los Comités Regionales del Fondo propiciando entre otros, laparticipación de un representante de la sociedad fiduciaria, con el fin de atender los asuntos relacionados con el

reconocimiento y trámite de prestaciones económicas y los servicios de salud. Adicionalmente, a través del Decreto 1272 de 2018 "Por el cual se modifica el Decreto 1075 de 2015 -Único Reglamentario del Sector Educación-, se reglamenta el reconocimiento y pago de Prestaciones Económicas a cargo del Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio y se dictan otras disposiciones", se modificó la composición y funciones de los Comités Regionales con el fin de atender las quejas presentadas respecto de la prestación de los servicios de salud y el reconocimiento de las prestaciones económicas. Por otra parte, el Gobierno Nacional y FECODE acordaron crear una Comisión Nacional integrada por el Ministerio de Educación, Fiduprevisora, la Superintendencia Nacional de Salud, los representantes legales de los prestadores de servicios médico asistenciales, la Procuraduría General de la Nación, las entidades auditoras del servicios de salud y FECODE, para realizar seguimiento a la prestación del servicios de salud a los docentes, directivos docentes y sus familias por parte de las actuales entidades prestadores de dichos servicios, en correspondencia con el pliego de condiciones y los contratos suscritos. Ahora bien, teniendo en cuenta que conforme lo acordado entre el Gobierno Nacional y FECODE será insumo de la Comisión Nacional de Salud los informes y acciones propuestos por los Comités Regionales de Prestaciones Sociales y en busca de apoyar a las entidades territoriales en el adecuado desarrollo del comité regional, se requiere el cumplimiento de las siguientes recomendaciones:

  • De conformidad con lo dispuesto en el parágrafo del artículo 2.4.4.2.3.3.3 del Decreto 1272 de 2018, dentro del primer mes de cada año, los Comités Regionales debían remitir el cronograma de sus sesiones que de manera ordinaria, deben realizarse cada 2 meses y extraordinariamente por solicitud de su presidente o de la mayoría de los miembros del Comité Regional.

En ese orden, se solicita el cumplimiento del cronograma y, en el evento en que se requiera reprogramar, se realice con suficiente anticipación de manera tal que se garantice la participación de todas las secretarías de educación del departamento y de la entidad fiduciaria. Agradecemos que las reprogramaciones se informen previamente al correo comitesregionales@mineducacion.gov.coy comitesregionales@fiduprevisora.com.cocon mínimo ocho (8) días hábiles de anticipación, informando lugar, fecha y hora de la nueva sesión, así como las razones que dieron lugar al cambio de la sesión. - Toda vez que de acuerdo con lo permitido con el Decreto 1272 de 2018 se podrán realizar reuniones no presenciales, se recomienda el uso de los avances tecnológicos que permitan sesiones virtuales garantizando la adecuada información y deliberación de sus miembros e invitados. - Al finalizar cada sesión del comité regional se deberán consignar por escrito los compromisos adquiridos estableciendo fechas de cumplimiento; el acta debe ser diligenciada a más tardar al quinto día hábil siguiente a la sesión del comité y deberán remitirse a todos los miembros del Comité y a los

correos electrónicos comitesregionales@mineducacion.gov.co y comitesregionales@fiduprevisora.com.co esto con el fin de hacer seguimiento a los compromisos adquiridos y consolidar la información que servirá como insumo para la Comisión Nacional de Salud, para esto se solicita diligenciar el formato que se encuentra adjunto al presente comunicado el cual deberá anexarse junto con la copia del acta respectiva. - Coordinar con las secretarias de educación certificadas del departamento, la elaboración de una presentación para cada sesión de los comités, la cual contenga como mínimo la siguiente información: - Matriz de compromisos adquiridos en el comité regional de la sesión anterior. - Informe de PQR remitidas a la sociedad fiduciaria. - Informe detallado de incapacidades recurrentes y superiores a 180 días, sin valoración de pérdida de la capacidad laboral o demora en el trámite de prestación económica.Informe de dificultades en tema de traslados y reembolsos. - Informe detallado del trámite de reconocimiento de prestaciones económicas por cada entidad territorial, en el que se refleje el estado de las prestaciones económicas y los tiempos que se están tomando para el reconocimiento de cesantías parciales y definitivas. Informe detallado de los recobros de incapacidades radicadas. - Dificultades presentadas por cada uno de los temas abordados en los comités regionales. - Propuestas de mejora frente a la prestación del servicio de salud y prestaciones económicas. Cumplir con la función establecida en el numeral 5° del artículo 24.4.2.3.3.4. de la subsección 3 del Decreto

1075 de 2015 -subrogado por el Decreto 1272 de 2018-: “Presentar al terminar la respectiva anualidad al Consejo Directivo del Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio y a la sociedad fiduciaria un informe en el que se detalle su labor”, para tal fin el informe de contener como mínimo: - Identificación de quienes fungieron como presidente o secretario (a) del comité Regional. - Número de sesiones realizadas en el año inmediatamente anterior. - Participación de cada uno de los actores involucrados en el Comité. - Consolidado de compromisos cumplidos y pendientes a la fecha de corte del informe. - Avances, logros y dificultades - Documento que contenga las recomendaciones y propuestas para la implementación de políticas generales en materia de salud y prestaciones económicas. - Acciones de mejora a cumplir por parte de los integrantes del comité. Finalmente, es preciso informar que esta cartera tiene la mejor disposición para trabajar en pro de los educadores del país haciendo seguimiento de estos espacios en aras de que Fiduprevisora preste un servicio con calidad y oportunidad a los afiliados al Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio. Cordialmente, JAVIER AUGUSTO MDEINA PARRA Viceministro de Educación Preescolar,Basica y Media (E) Presidente Consejo Directivo FOMAG (E) Ir al inicio Normograma del Ministerio de Educación Nacional de la República de Colombia

ISSN : 2463-2554 En línea

Última actualización:

Control de versiones Créditos y reserva de derechos de autor Ministerio de Educación Nacional de la República de Colombia - DRA © 2023 Ministerio de Educación NacionalDirección: Calle 43 No. 57 - 14. CAN. Bogotá, Colombia. Código Postal 111321.

Teléfono Conmutador: (601) 22 22800 - Línea gratuita fuera de Bogotá: 018000 - 910122 - Fax: (601) 2224953

Horario de atención: Lunes a jueves de 8:00 a.m. a 5:00 p.m. y viernes de 7:00 a.m. a 4:00 p.m. Jornada continua Soporte técnico - Sistemas de información. Teléfono: (601) 484 5410 - Línea gratuita nacional 018000-510258

Correo Anticorrupción: soytransparente@mineducacion.gov.co Correo de notificaciones judiciales: notificacionesjudiciales@mineducacion.gov.co Canales físicos y electrónicos para atención al público

@Mineducacion @mineducacioncol @Mineducacion @MinisteriodeEducaciónNacional @MinisteriodeEducaciónNacional Términos y condiciones Políticas Mapa del sitio Accesibilidad ©Copyright 2021 - Todos los derechos reservados Gobierno de Colombia Colombia logo Logo Gov.co InicioInicio MÓDULOS Opción documentos Decreto Único Reglamentario del Sector Educación VER MÁS Opción documentos Compilación normativa del Sector Educación VER MÁS Opción documentos Normativa organizacional del MEN

VER MÁS

Opción documentos Normativa común a todas las entidades públicas VER MÁS Opción documentos Normativa del Sistema Integrado de Gestión MEN VER MÁS Opción documentosÍndice de temas misionales VER MÁS Opción documentos Educación superior VER MÁS Opción documentos Educación inicial, básica y media VER MÁS Opción documentos Conceptos - Doctrina VER MÁS Opción documentos Jurisprudencia VER MÁS Opción documentos Boletín Jurídico de Novedades Normativas VER MÁS Opción documentos Herramientas de búsqueda

VER MÁS

× Contraste Contraste | Modo oscuro Reducir Reducir letra (16px) Aumentar Aumentar letra (16px) Centro de relevo Centro de relevo Volver arriba

Consultar sobre este documento ...