MINEDUCACION - Concepto 23136 de 2015
Ministerio de Educación
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Detalles
- Título
- MINEDUCACION - Concepto 23136 de 2015
- Autor
- Ministerio de Educación
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Educación
- Año
- 2015
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Usted está en: Inicio Documento Concepto 23136 de 2015 ME Ocultar anotaciones
Buscar Índice CONCEPTO 23136 DE 2015 (marzo 12) <Fuente: Archivo interno entidad emisora>
MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL
Señor XXX Particular XXX
Bogotá D.C ASUNTO: Reconocimiento asignación adicional Rector en comisión de estudiosMediante escrito radicado en la Oficina de Atención al Ciudadano de este Ministerio, bajo el número 2014 ER ‐ 016577, se presentó consulta en relación con el tema a enunciar: OBJETO DE LA CONSULTA “...concepto si existe norma o jurisprudencia alguna que establezca la no cancelación de asignación adicional a un Directivo Docente Rector, contemplada en los Artículos 2o y 3o del Decreto 171 de 2014, cuando este (sic) se encuentre en Comisión de Estudio Remunerada)...” NORMAS y CONCEPTO El Decreto 2277 de 1979 Estatuto Docente , establece: “Artículo 59. Distintas situaciones. Los docentes al servicio oficial pueden encontrarse en una de las siguientes
situaciones:
NORMAS y CONCEPTO El Decreto 2277 de 1979 Estatuto Docente , establece: “Artículo 59. Distintas situaciones. Los docentes al servicio oficial pueden encontrarse en una de las siguientes situaciones: a. En servicio activo., b. En licencia. c. En permiso. d. En comisión o por encargo. e. En vacaciones. f. En suspensión del ejercicio de sus funciones, y g. En retiro del servicio.” El Decreto 1278 de 2002 Estatuto de Profesionalización Docente dispone: “Artículo 50. Situaciones administrativas. Los docentes o directivos docentes pueden hallarse en alguna de las siguientes situaciones administrativas: a) En servicio activo, que comprende el desempeño de sus funciones, el encargo y la comisión de servicios; b) Separados temporalmente del servicio o de sus funciones, esto es, en comisión de estudios, en comisión de estudios no remunerada, en comisión para ocupar cargo de libre nombramiento o remoción, en licencia, en uso de permiso, en vacaciones, suspendidos por medida penal o disciplinaria, o prestando servicio militar; c) Retirados del servicio." El Decreto 171 de 2014 por el cual se modifica la remuneración de los servidores públicos docentes y directivos docentes al servicio del Estado en los niveles de preescolar, básica y media que se rigen por el Decreto Ley 1278 de 2002, dispone: “Artículo 2o. Asignación Adicional Para Directivos Docentes. A partir del 1o de enero de 2014, quien desempeñe
uno de los cargos directivos docentes que se enumeran a continuación, percibirá una asignación mensual adicional, así: (...)” (Subrayado nuestro) “Artículo 3o. Reconocimiento Adicional por Número de Jornadas. Además de los porcentajes dispuestos en el artículo 2o del presente Decreto, el rector que labore en una institución educativa que ofrezca más de una jornada, percibirá un reconocimiento adicional mensual, así: (...)” (Subrayado nuestro) Con base en las normas citadas, es claro que los docentes y directivos docentes al servicio del Estado se pueden encontrar, en la situación administrativa de “comisión”; lo que significa que se encuentran separados temporalmente del servicio o de sus funciones. En consecuencia, en concepto de esta Oficina, no será viable el reconocimiento adicional de que trata el Decreto 171 de 2014 por cuanto en él se establece que la asignación y el reconocimiento adicional por número de jornadas, es para quien desempeñe uno de los cargos docentes ahí enumerados y quien labore en una institución educativa que ofrezca más de una jornada. El anterior concepto se da en los términos contemplados en el artículo 25 del Código Contencioso Administrativo (Decreto 01 de 1984), y cuyo contenido señala que las respuestas a las consultas, “no comprometerán la responsabilidad de las entidades que las atienden, ni serán de obligatorio cumplimiento o ejecución”, aplicable a la fecha por declaratoria de inexequibilidad de los artículos que regulaban dicho tema en la Ley 1437 de 2011.Atentamente, INGRID CAROLINA SILVA RODRIGUEZ Jefe de Oficina Oficina Asesora Jurídica Ir al inicio Normograma del Ministerio de Educación Nacional de la República de Colombia
ISSN : 2463-2554 En línea Última actualización: Control de versiones Créditos y reserva de derechos de autor
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