MINEDUCACION - Concepto 26370 de 2016
Ministerio de Educación
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Detalles
- Título
- MINEDUCACION - Concepto 26370 de 2016
- Autor
- Ministerio de Educación
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Educación
- Año
- 2016
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Usted está en: Inicio Documento Concepto 26370 de 2016 ME Ocultar anotaciones
Buscar Índice CONCEPTO 26370 DE 2016 (marzo 7) <Fuente: Archivo interno entidad emisora>
MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL
Señor Abogado Oficina 704 Edificio Cámara de Comercio de Cali Cali - Valle Del Cauca ASUNTO: Funciones docentes regidos por Decreto 2277 de 1979 OBJETO DE LA PETICIÓN.“… solicito certificar cuáles son las funciones de los docentes que se rigen bajo el Escalafón Nacional Docentes, conforme al decreto 2277 de 1979… ”
NORMAS Y CONCEPTO.
El Decreto 1075 de 2015 Decreto Único Reglamentario del Sector Educación, (que deroga y compila las disposiciones del Decreto 1850 de 2002), establece: “TÍTULO 3 ORGANIZACIÓN DE LA JORNADA ESCOLAR Y LA JORNADA LABORAL DE
DIRECTIVOS DOCENTES Y DOCENTES DE LOS ESTABLECIMIENTOS EDUCATIVOS ESTATALES
ADMINISTRADOS POR LAS ENTIDADES TERRITORIALES CERTIFICADAS CAPÍTULO 3 JORNADA LABORAL DE DOCENTES Y DE DIRECTIVOS DOCENTES Artículo 2.4.3.3.1. Jornada laboral de los docentes. Es el tiempo que dedican los docentes al cumplimiento de la asignación académica; a la ejecución de actividades curriculares complementarias tales como la administración del proceso educativo; la preparación de su tarea académica; la evaluación, la calificación, planeación, disciplina y formación de los alumnos; las reuniones de profesores generales o por área; la dirección de grupo y servicio de orientación estudiantil; la atención de la comunidad, en especial de los padres de familia; las actividades formativas, culturales y deportivas contempladas en el proyecto educativo institucional; la realización de otras actividades vinculadas con organismos o instituciones del sector que incidan directa e indirectamente en la educación; actividades de investigación y actualización pedagógica relacionadas con el proyecto educativo institucional; y actividades de planeación y evaluación institucional.” Por lo anterior, le informo que las funciones de los docentes que se rigen bajo las normas del Decreto 2277 de 1979, son las que cumplen en su jornada laboral, como son: actividades pedagógicas correspondientes a las áreas obligatorias y fundamentales y a las asignaturas optativas, de conformidad con el plan de estudios; ejecución de actividades curriculares complementarias tales como la administración del proceso educativo; la preparación de su tarea académica; la evaluación, la calificación, planeación, disciplina y formación de los alumnos; las
reuniones de profesores generales o por área; la dirección de grupo y servicio de orientación estudiantil; la atención de la comunidad, en especial de los padres de familia; las actividades formativas, culturales y deportivas contempladas en el proyecto educativo institucional; la realización de otras actividades vinculadas con organismos o instituciones del sector que incidan directa e indirectamente en la educación; actividades de investigación y actualización pedagógica relacionadas con el proyecto educativo institucional; y actividades de planeación y evaluación institucional El anterior concepto se emite en los términos del artículo 1 de la Ley 1755 de 2015, que sustituyó el artículo 28 de la Ley 1437 de 2011. Atentamente,
INGRID CAROLINA SILVA RODRIGUEZ
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