MINEDUCACION - Concepto 281210 de 2022
Ministerio de Educación
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Detalles
- Título
- MINEDUCACION - Concepto 281210 de 2022
- Autor
- Ministerio de Educación
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Educación
- Año
- 2022
Gov.co Ministerio de EducaciónBuscar en la compilación InicioTransparencia y Acceso a la Información PúblicaAtención y Servicios a la CiudadaníaParticipaMinisterioPreescolar, básica y mediaEducación superiorNoticias Menú principalInicio Transparencia y Acceso a la Información Pública Atención y Servicios a la Ciudadanía Participa Ministerio Preescolar, básica y media Educación superior NoticiasUsted está en: InicioDocumentoUsted está en: InicioDocumento Concepto 281210 de 2022 ME Ocultar anotaciones Buscar Índice CONCEPTO 281210 DE 2022 (noviembre 21) <Fuente: Archivo interno entidad emisora>
MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL
Bogotá, D.C., Señor(a) XXXXXXXXXXXXX ASUNTO: Concepto sobre políticas públicas del Ministerio de educación basada en género en la Educación Superior (IES) y Educación preescolar, básica ymedia Cordial saludo, De conformidad con su consulta del asunto, elevada mediante el radicado de la solicitud, esta Oficina Asesora Jurídica procederá a emitir concepto de acuerdo con susfunciones establecidas en los numerales 7.8, 7.10 y 7.11 del artículo 7 del Decreto Nacional 5012 de 2009, y en los términos del artículo 28 del CPACA, sustituido por elartículo 1 de la Ley 1755 de 2015, según el cual, por regla general, los conceptos emitidos por las autoridades como respuestas a peticiones realizadas en ejercicio delderecho a formular consultas, no son de obligatorio cumplimiento o ejecución.
1. Objeto
1. Objeto “[B] uenos días, Me comunico con ustedes señores del ministerio de educación por el motivo de acceder a las políticas educativas que ustedes han elaborado en dondefácticamente legislan a favor de la ideología de género en la educación colombiana. De modo, que necesito el nombre de las leyes donde se consignan las legislacionesque incluyan a la ideología de género en la educación colombiana. Esta petición es para robustecer y seguir ejecutando una investigación sobre si la educación colombianale permite a la ideología de género tener existencia y representación. muchas gracias, quedo atento a su gestión. [...]" [Sic]
2. Consulta Previamente, le manifestamos que esta Oficina Asesora Jurídica (OAJ) no resuelve casos concretos, por ende, no define derechos, no asigna obligaciones y tampocoestablece responsabilidades; sino que emite conceptos jurídicos, entendidos como respuestas a consultas claras, concretas y precisas en forma de pregunta sobre un puntomateria de cuestionamiento, duda o desacuerdo que ofrezca la interpretación, alcance, aplicación de una norma jurídica o, la resolución de una situación fáctica genéricarelacionada con el sector educativo.
Bajo ese entendido, su consulta ha sido sintetizada así: ¿Cuál es la política pública del Ministerio de educación basada en género en Educación Superior (IES) y Educación preescolar, básica y media?
3. Marco jurídico 3.1. Constitución Política de Colombia de 1991. 3.2. Directiva 1 de 2022. [Ministerio de Educación Nacional]3.3. Resolución 014466 de 2022. [Ministerio de Educación Nacional]
4. Análisis Para contestar el presente concepto se abocará a las siguientes tesis jurídicas: (i) Orientaciones para la prevención de violencia sexual en entornos escolares Directiva 1 de2022, (ii) Lineamientos de Prevención, Detección, Atención de Violencias y cualquier tipo de Discriminación Basada en Género en instituciones de Educación Superior(IES), Resolución 014466 de 2022. 4.1. Orientaciones para la prevención de violencia sexual en entornos escolares Directiva 1 de 2022
La Constitución Política en sus artículos 13 y 44, expresa de manera clara que el Estado, la familia y la sociedad actúan como garantes de los derechos de los niños, niñasy adolescentes, con este marco normativo y en consideración al principio del interés superior, es claro que todo niño, niña y adolescente goza de especial protección porparte del Estado y en atención a ello, tiene derecho a una vida libre de violencia y a que todas las instituciones y la sociedad, adopten las medidas necesarias para laprevención del abuso y el acoso sexual y en general, de cualquier tipo de vulneración de sus derechos fundamentales.
- Implementación de acciones preventivas frente a situaciones de violencia sexual en el entorno escolar a) Actuación de los Comités de Convivencia Escolar en el marco de la Ruta de Atención Integral de Convivencia Escolar En el marco de lo establecido por la Ley 1620 de 2013 y del artículo 87 de la Ley 115 de 1994, los manuales de convivencia escolar deben identificar e incentivar elejercicio de los derechos, respetar la diversidad, propender por solucionar los conflictos de manera pacífica, así como prevenir situaciones que atenten y pongan en riesgoel ejercicio de los derechos de los estudiantes.
Los manuales de convivencia deben ser actualizados cada año con participación de la comunidad educativa y en él se indican los procesos a seguir por parte de losmiembros de la comunidad educativa en caso de enfrentar una situación de violencia escolar. b) Acciones pedagógicas para la prevención de violencia sexual en el entorno escolar Dentro de las estrategias que se han considerado adecuadas para prevenir, atender y hacer seguimiento a las situaciones que generan riesgo y vulneran los derechossexuales y reproductivos de niñas, niños y adolescentes en el sector educativo, es necesario fortalecer los programas de educación sexual de acuerdo con la edad y elcontexto; lo anterior con fundamento en lo contenido en la Ley 1146 de 2007, la Ley 1257 de 2008 y la Ley 1620 de 2013 reglamentada por el Decreto 1965 de 2013compilado en el Decreto 1075 de 2015. Esta Ley 1620 identifica como acción de prevención el desarrollo e implementación de la Educación Integral para la Sexualidadque parte de un marco de derechos, teniendo en cuenta el contexto, la edad y la participación de la comunidad educativa.
Para fortalecer el sistema de alertas, desde el año 2019 se han implementado en las instituciones educativas distintos protocolos de prevención de situaciones que ponen enriesgo el desarrollo de los niños, niñas y adolescentes, entre ellos el protocolo de prevención de Violencias Basadas en Género, que presenta orientaciones para lapromoción de los derechos humanos, sexuales y reproductivos. Este protocolo fue diseñado y publicado para la comunidad educativa del país y las secretarías deeducación el 4 de junio de 2021 y se encuentra disponible en el “Portal Colombia Aprende”. Adicionalmente, para apoyar el trabajo de las acciones de prevención y a finde fortalecer los procesos al interior de las instituciones educativas, el Ministerio de Educación ha diseñado y publicado un conjunto de materiales y un kit de herramientasdirigido a estudiantes, docentes, directivos docentes y familias, para la promoción de la convivencia escolar y la prevención del maltrato, el cual se encuentra disponibleen el siguiente enlace: https://www.colombiaaprende.edu.co/contenidos/coleccion/kit-deherramientas-para-la-convivencia-escolar. En concordancia con lo anterior, desde el 2008 y dando cumplimiento a los artículos 13 y 14 de la Ley 115 de 1994, el Ministerio de Educación Nacional ha venidoimpulsado la implementación del Programa de Educación para la Sexualidad y Construcción de Ciudadanía (PESCC). Este se constituye en un proceso pedagógico,deliberado e intencionado, que promueve ambientes favorables para que niños, niñas y adolescentes puedan incorporar en su cotidianidad el ejercicio de los derechoshumanos sexuales y reproductivos, la perspectiva de género y la vivencia de la sexualidad.
El Programa de Educación para la Sexualidad y Construcción de Ciudadanía (PESCC) arrojó las Guías 1, 2 y 3 que orientan la implementación de este programa en lasInstituciones Educativas, y en 2014 desarrolló la Guía 49 de Convivencia Escolar que describe ampliamente los temas de educación para la sexualidad y prevención deViolencias Basadas en Género. Estos documentos desarrollan el concepto educación sexual y ciudadanía, y lo prescriben como necesario en el desarrollo de los proyectoseducativos de las instituciones educativas. Así mismo, en el marco de lo establecido en la Ley 1620 de 2013, la cual crea el "Sistema Nacional de Convivencia Escolar y formación para el ejercicio de los DerechosHumanos, la Educación para la Sexualidad y la Prevención y Mitigación de la Violencia Escolar" se dio inicio a la estrategia para la redefinición de los manuales deconvivencia y la creación de los Comités Territoriales de Convivencia Escolar, como mecanismo para hacer un abordaje pedagógico e incorporar estos temas a losprogramas, estrategias y proyectos, y establecer los mecanismos de alertas tempranas, denuncias y actuaciones de tipo administrativas, disciplinarias, penales y elrestablecimiento de derechos. De otra parte, es importante destacar que el Sistema de Información Unificado de Convivencia Escolar (SIUCE) tiene como propósito la identificación, registro yseguimiento de los casos de acoso, embarazo adolescente, violencia escolar y de vulneración de derechos sexuales y reproductivos que afecten a los niños, las niñas y losadolescentes de los establecimientos educativos; violencias basadas en género, acoso, racismo, suicidio, ciberacoso, prevención de consumo de sustancias psicoactivas,entre otros.
4.2. Lineamientos de Prevención, Detección, Atención de Violencias y cualquier tipo de Discriminación Basada en Género en (IES), Resolución 14466 de 2022 Los artículos 13, 43, 69 y 93 de la Constitución Política Colombiana establecen el marco normativo general de la protección de todas las formas de discriminación contrala mujer. El siguiente es un desarrollo de la Jurisprudencia de la Corte Constitucional, referente a la formas de discriminación basadas en género: En la Sentencia T-426 de 2021 señaló: “Se tienen que plantear mecanismos efectivos de investigación y sanción que permitan que las instituciones educativas cumplan consu función de ser espacios seguros. Máxime, cuando las universidades públicas están sujetas, con mayor razón, al cumplimiento de las obligaciones estatales en el marcode los compromisos nacionales e internacionales en la prevención y sanción de todas las formas de la violencia de género". En la Sentencia T-061 de 2022, exhortó al Ministerio de Educación Nacional para que eleve a norma nacional la exigencia para que todas las universidades públicas yprivadas cuenten con instrumentos normativos dirigidos a atender, prevenir e investigar y sancionar los casos de violencia que se presenten.
Conforme a lo anterior, este Ministerio ajustó los lineamientos de política de educación superior inclusiva, abarcando los temas de género y minorías sexuales, razón por lacual publicó en agosto de 2018 el documento denominado "Enfoque e Identidades de Género para los Lineamientos Política de Educación Superior Inclusiva", con elpropósito de consolidar dichos lineamientos. Puede observarse en el siguiente enlace:https://www.mineducacion.gov.co/portal/micrositios-superior/Publicaciones-Educacion-Superior/357277:Lineamientos-de-politica-de-educacion-superior-inclusiva#:~:text=Los%20Lineamientos%20Pol%C3%ADtica%20de%20Educaci%C3%B3n%20Superior%20Inclusiva%20e%20Intercultural%20definen,atiende%20la%20 A partir del año 2019, el Ministerio de Educación Nacional avanzó en articulación con ONU Mujeres, en la construcción de los Lineamientos para la Prevención,Detección y Atención a las Violencias Basadas en Género, en los cuales se plantean las orientaciones para que las instituciones de Educación Superior, con base en suautonomía, generen e implementen protocolos y rutas para la prevención, detección y atención a las violencias basadas en género, los cuales fueron construidos conaportes de las instituciones de Educación Superior y entidades públicas, y socializados con los actores claves del sector. Además, dando cumplimiento a la citada jurisprudencia de orden constitucional, el Ministerio de Educación Nacional con el trabajo logrado desde el año 2019, realizadode manera articulada con diferentes actores del sector, generó los Lineamientos para la Prevención, Detección y Atención de Violencias y cualquier tipo de discriminaciónbasadas en género, que permitirán a las instituciones de Educación Superior la implementación de protocolos para la prevención, detección y atención de este tipo deviolencias.
Como resultado de lo anterior, se expidió la Resolución 014466 de 2022 por medio de la cual "las instituciones de Educación Superior deberán adoptar protocolos en loscuales se incorporen los “Lineamientos de Prevención, Detección y Atención de Violencias y cualquier tipo de discriminación basada en género en Instituciones deEducación Superior, para el desarrollo de Protocolos en el marco de las acciones de Política de Educación Superior Inclusiva e Intercultural". Puede observar esta resolución en el siguiente enlace: https://normograma.info/men/docs/resolucion mineducacion 14466 2022.htm Cordialmente,
ALEJANDRO BOTERO VALENCIA
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