MINEDUCACION - Concepto 58120 de 2015
Ministerio de Educación
Descargar PDF
Disponible
Detalles
- Título
- MINEDUCACION - Concepto 58120 de 2015
- Autor
- Ministerio de Educación
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Educación
- Año
- 2015
Gov.co Ministerio de Educación Buscar en la compilación Inicio Transparencia y Acceso a la Información Pública Atención y Servicios a la Ciudadanía Participa Ministerio Preescolar, básica y media Educación superior Noticias Menú principal Inicio Transparencia y Acceso a la Información Pública Atención y Servicios a la Ciudadanía Participa Ministerio Preescolar, básica y media Educación superior Noticias
Usted está en: Inicio
Documento
Usted está en: Inicio Documento Concepto 58120 de 2015 ME Ocultar anotaciones
Buscar Índice CONCEPTO 58120 DE 2015 (junio 8) <Fuente: Archivo interno entidad emisora>
MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL
Señora XXX ASUNTO: Licenciada en Pedagogía Infantil área en que puede desempeñarse.
Cordial saludo, Damos respuesta a su consulta presentada ante este Ministerio con el radicado 2015ER001548, en los siguientes términos:OBJETO DE PETICIÓN “QUISIERA TENER CONOCIMIENTO DEL CAMPO DE ACCIÓN EN EL QUE SE PUEDE DESEMPEÑAR UN DOCENTE TITULADO COMO LICENCIADA EN PEDAGOGÍA INFANTIL. (...) ESTUDIÉ EN LA
CORPORACION INTERNACIONAL PARA EL DESARROLLO EDUCATIVO CIDE (...) HASTA QUÉ
GRADO DE LA PRIMARIA PUEDO TRABAJAR” (sic) NORMAS Y CONCEPTO De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 de la Ley 115 de 1994 –Ley General de Educación y 3 del Decreto 1278 de 2002 –Estatuto de Profesionalización Docente para ejercer la docencia en el servicio educativo
De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 de la Ley 115 de 1994 –Ley General de Educación y 3 del Decreto 1278 de 2002 –Estatuto de Profesionalización Docente para ejercer la docencia en el servicio educativo estatal se requiere título de licenciado en educación o de postgrado en educación, profesional no licenciado, expedidos por una universidad o por una institución de educación superior nacional o extranjera, título de normalista superior expedido por las normales reestructuradas y el de tecnólogo en educación. Así mismo, el parágrafo del artículo 117 de la Ley 115 dispone que el título de normalista superior sólo acredita para ejercer la docencia en el nivel de preescolar y en el ciclo de educación básica primaria. Así mismo, la Ley 115 de 1994 establece que el ejercicio de la profesión de educador corresponderá a la formación por él recibida. Para el efecto, las instituciones de educación superior certificarán el nivel y área de conocimiento en que hizo énfasis el programa académico. (Artículo 117) En el caso de un Licenciado en Pedagogía Infantil, considerando el Acuerdo 180 del 2 de octubre de 2012, por el cual se convoca a Concurso Abierto de Méritos, para proveer cargos de docentes y directivos docentes de preescolar, básica y media y orientadores, en establecimientos oficiales, ubicados en la entidad territorial del Departamento del Amazonas, se observa que el Licenciado en Pedagogía (solo, con otra opción o con énfasis) puede presentarse como docente en el nivel de Preescolar y de Primaria. (Cfr. Art. 17)
No obstante, en el caso de querer participar en una convocatoria determinada, en una entidad territorial específica, se deberá tener en cuenta los requisitos y condiciones que se establezcan en forma particular para la misma. El anterior concepto se da en los términos contemplados en el artículo 25 del Código Contencioso Administrativo (Decreto 01 de 1984), y cuyo contenido señala que las respuestas a las consultas “no comprometerán la responsabilidad de las entidades que las atienden, ni serán de obligatorio cumplimiento o ejecución”, aplicable a la fecha por declaratoria de inexequibilidad de los artículos que regulaban dicho tema en la Ley 1437 de 2011”. Atentamente, INGRID CAROLINA SILVA RODRIGUEZ Jefe de Oficina Oficina Asesora Jurídica Ir al inicio Normograma del Ministerio de Educación Nacional de la República de Colombia
ISSN : 2463-2554 En línea Última actualización: Control de versiones Créditos y reserva de derechos de autor Ministerio de Educación Nacional de la República de Colombia - DRA © 2023
Ministerio de Educación NacionalDirección: Calle 43 No. 57 - 14. CAN. Bogotá, Colombia. Código Postal 111321.
Teléfono Conmutador: (601) 22 22800 - Línea gratuita fuera de Bogotá: 018000 - 910122 - Fax: (601) 2224953
Horario de atención: Lunes a jueves de 8:00 a.m. a 5:00 p.m. y viernes de 7:00 a.m. a 4:00 p.m. Jornada continua Soporte técnico - Sistemas de información. Teléfono: (601) 484 5410 - Línea gratuita nacional 018000-510258
Correo Anticorrupción: soytransparente@mineducacion.gov.co Correo de notificaciones judiciales: notificacionesjudiciales@mineducacion.gov.co Canales físicos y electrónicos para atención al público