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MINEDUCACION - Directiva 2 de 2024

Ministerio de Educación

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Detalles

Título
MINEDUCACION - Directiva 2 de 2024
Autor
Ministerio de Educación
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Educación
Año
2024

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Usted está en:  Inicio Documento Directiva 2 de 2024 ME Ocultar anotaciones

 Buscar  Índice  DIRECTIVA 2 DE 2024 (mayo 3) <Fuente: Archivo interno entidad emisora> <No contiene análisis de vigencia> MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL PARA: Gobernadores(as), alcaldes(as), secretarios(as) de educación, directivos(as) docentes y docentes DE: Ministerio de Educación Nacional ASUNTO: Foros Educativos Municipales, Distritales, y Departamentales en el marco del Foro EducativoNacional 2024 De conformidad con lo dispuesto en el Decreto 2269 de 2023, artículo 3, numeral 7, es función del Ministerio de Educación Nacional "Generar directrices, efectuar seguimiento y apoyar a las Entidades Territoriales para unaadecuada gestión del servicio educativo, de conformidad con los elementos esenciales y los principios del derecho fundamental a la educación”. Aunado a lo anterior, tenemos que desde la expedición de la Ley 115 de 1994 - Ley General de Educación, los

Foros Educativos se han constituido en escenarios para dialogar sobre las tendencias y perspectivas del sector con los actores relevantes del ecosistema educativo; reflexionar sobre herramientas para fortalecer la prestación del servicio; propiciar la articulación de instancias y, sobre todo, generar propuestas para la construcción de la política educativa en los diferentes niveles territoriales. En armonía con lo anterior, según la Ley 152 de 1994 - Ley Orgánica del Plan de Desarrollo, los planes de desarrollo municipales, distritales y departamentales son el principal instrumento de planificación estratégica y gestión presupuestal. Sumado a ello, y teniendo en cuenta los conceptos de planeación, territorialización y sectorización, según los artículos 32 y 45 de la misma ley, es fundamental aprovechar los espacios de los foros educativos para la articulación entre los distintos niveles territoriales frente al Plan Nacional de Desarrollo - PND 2022-2026 “Colombia Potencia Mundial de la Vida”. Considerando la importancia que reviste el diálogo, la reflexión, la generación de propuestas y el reconocimiento del rol de la educación en el desarrollo y en la construcción de paz de cada territorio, el Ministerio de Educación Nacional, a través del Programa Poder Pedagógico Popular, invita a las administraciones locales, distritales y departamentales a desarrollar los foros educativos correspondientes, durante el primer semestre del año. En consecuencia, el desarrollo de los foros educativos territoriales 2024 debe garantizar los siguientes objetivos:

1. Promover la articulación de los planes de desarrollo de cada uno de los municipios, distritos y departamentos

con la política nacional de educación, sin desconocer las particularidades geográficas, culturales, sociales y económicas de los territorios.

2. Impulsar la concertación de un proyecto educativo de Nación que involucre al Estado en todos sus niveles, a las familias, a los y las jóvenes, a las comunidades étnicas y campesinas, a los movimientos educativos y académicos, al sector empresarial y a todas las personas y organizaciones interesadas en la educación.

Con fundamento en lo reseñado y en aras de lograr los objetivos descritos, se recomienda, en el marco de los foros, precisar diagnósticos, reconocer experiencias en cada una de las apuestas del orden nacional y dar alcance a líneas de inversión locales en estrategias educativas como las siguientes: - Atención de los tres grados de preescolar: El PND 2022-2026 definió como una de sus apuestas estratégicas trabajar por una primera infancia feliz y protegida, para que niñas y niños se desarrollen y crezcan en condiciones de amor, juego y protección, y se compromete a avanzar progresivamente en la universalización de la atención integral. Los esfuerzos del sector educativo oficial se concentran en ampliar la cobertura de los tres grados del preescolar (prejardín, jardín y transición), como segundo ciclo de la educación inicial, para garantizar las condiciones y atributos de esta. - Educación postsecundaria y tránsito a media y a educación superior: El PND 20222026 ha planteado la necesidad de resignificar la educación media para que los y las jóvenes recuperen la confianza en sus sueños y

capacidades y, desde allí, garantizar las trayectorias educativas de la Básica a la Media y de la Media al mundo del trabajo y el acceso y permanencia en programas de Educación Superior. El SIMES (Sistemas Integrados de Educación Media y Superior) permitirá focalizar y fortalecer la propuesta de Educación Media en la ruralidad dispersa y facilitar el tránsito a la Educación Superior. - Alfabetización: El PND 2022-2026 plantea la ampliación de la atención educativa dirigida a la población joven, adulta y mayor a través de modelos educativos flexibles, pertinentes, con apuestas de educación virtual, que involucren procesos de emprendimiento. Igualmente, se desarrollarán procesos de búsqueda activa de la población analfabeta, dándole prioridad a la ruralidad y a las poblaciones excluidas.Además, se fortalecerá el Plan Nacional de Lectura, Escritura y OralidadPNLEO con diversas modalidades para crear ambientes de aprendizaje, a través de una oferta de servicios y programas diversos, con mayor dotación de materiales bibliográficos para promover la lectura, la investigación y el diálogo comunitario. - Jornada escolar y transformación pedagógica para una educación integral con Proyectos Educativos Institucionales (PEI) y Proyectos Educativos Comunitarios (PEC) pertinentes: El PND 2022-2026 ha propuesto fortalecer la estrategia de formación integral para dar un nuevo sentido a la jornada escolar, incorporando la cultura y las artes, la actividad física, el lenguaje y el bilingüismo, la ciencia y las matemáticas, y la educación

CRESE (ciudadana, para la reconciliación, antirracista, socioemocional y para el cambio climático) con prácticas pedagógicas pertinentes al contexto, promoviendo el desarrollo de culturas de paz que fortalezcan y resignifiquen los Proyectos Educativos en el marco de la equidad, el desarrollo humano integral y la pertinencia. La formación integral es un proceso que vincula a varias entidades y cuenta con un sistema de información que registra y consolida a nivel nacional datos sobre: estudiantes, formadores, tiempos, espacios, ofertas, alimentación, transporte, materiales y dotaciones. - Condiciones para la garantía del derecho a la educación (gratuidad, transporte, alimentación, infraestructura y dotación): Entre las condiciones se priorizan: - El Programa de Alimentación Escolar (PAE) ampliará su alcance como estrategia de permanencia escolar para contribuir a la seguridad alimentaria y nutricional. Se avanzará en el incremento progresivo de la cobertura hasta alcanzar la universalidad, y con atención durante todo el año escolar, incluyendo los periodos de receso académico. Se privilegiará la participación de las comunidades en la operación del programa y el control social con transparencia, en concordancia con el Derecho Humano a la Alimentación. - Infraestructura y dotación, es un nuevo plan que orientará los recursos y esfuerzos de distintos actores para la reducción de rezagos en la infraestructura física y tecnológica para la educación, especialmente en zonas rurales y con un enfoque territorial. Contempla la construcción, mejoramiento y dotación de ambientes educativos en

Educación Preescolar, Básica y Media y nuevas sedes universitarias. Sobre estas y otras apuestas del orden nacional, se puede consultar la información relacionada en el siguiente enlace: https://www.mineducacion.gov.co/1780/articles-415073 apuestas plan nacional de desarrollo 2022 2026.pdf y en el documento orientador para la realización de los foros educativos territoriales que publicará el Ministerio de Educación Nacional. En esta documentación, se presentarán las orientaciones conceptuales, metodológicas, operativas e instrumentales sugeridas para obtener los productos finales esperados, esto es: recomendaciones dirigidas a las autoridades municipales, distritales, departamentales y nacionales, según corresponda, relacionadas con las políticas de Educación Preescolar, Básica y Media, así como su articulación con las apuestas nacionales. Así, para garantizar el cumplimiento de los objetivos definidos para estos espacios, las autoridades en educación deberán cumplir los siguientes roles: Rol de las secretarías de educación certificadas - Impulsar la planeación, organización, convocatoria amplia y desarrollo del foro educativo territorial, y en el caso de las secretarías departamentales, de los foros de los municipios no certificados. - Promover la convocatoria por parte de las alcaldías y gobernaciones de la Junta Municipal, Distrital y Departamental de Educación. - Motivar, orientar y abrir espacios de diálogo y reflexión participativa de la política educativa y su incorporación en los planes de desarrollo territoriales.- Consolidar propuestas y sistematizar la información producto de los diálogos, el debate y la discusión

generada, de tal manera que recoja de la forma más clara y concisa posible las recomendaciones de los participantes. - Incorporar, dentro de los textos base del plan de desarrollo correspondiente, las propuestas; estimar y definir las metas y presupuesto asociado. - Sistematizar la información producto de los diagnósticos y análisis, y promover deliberaciones para llegar a conclusiones y recomendaciones que sean llevadas ante las autoridades territoriales para su posible inclusión en los planes de desarrollo municipales, distritales o departamentales, según sea el caso, y posteriormente sean remitidas al Foro Educativo Nacional. - Remitir al Ministerio de Educación Nacional las propuestas y recomendaciones obtenidas en los foros de las entidades certificadas, antes del 30 de junio de 2024. - Propiciar los espacios necesarios para que las recomendaciones de los foros educativos territoriales se difundan y puedan robustecer las propuestas educativas territoriales. Rol de las alcaldías de municipios no certificados - Hacer la convocatoria a los foros educativos municipales de acuerdo con el artículo 165 y siguientes de la Ley 115 de 1994 -Ley General de Educación-, y las orientaciones de esta directiva. - Promover la conformación o reactivación, de las Juntas Municipales de Educación - JUME en cumplimiento del artículo 161 de la Ley 115 de 1994. - Buscar la participación de la JUME, de las directivas y las comunidades educativas de todos los niveles y modalidades de formación, juntas comunales, juntas administradoras locales, entidades y organizaciones académicas sociales, étnicas, juveniles, de género y orientación sexual, de discapacidad, cívicas y comunitarias

interesadas, y a beneficiar con políticas educativas en sus municipios. - Liderar la planeación, organización y desarrollo del foro educativo territorial. - Sistematizar la información producto de los diagnósticos y análisis, y promover deliberaciones para llegar a conclusiones y recomendaciones que sean llevadas ante las autoridades territoriales para su posible inclusión en los planes de desarrollo municipales, distritales o departamentales, según sea el caso, y posteriormente sean remitidas al Foro Educativo Nacional. - Propiciar los espacios necesarios para que las recomendaciones y conclusiones de los foros educativos territoriales se difundan, sean apropiados y puedan robustecer las propuestas educativas territoriales, institucionales y comunitarias. Rol de los centros e instituciones educativas - Disponer de mecanismos para fomentar la participación de cada uno de los estamentos de la comunidad educativa en los espacios de reflexión y concertación de prioridades para el territorio y su seguimiento. Rol del Ministerio de Educación Nacional - Asesorar y acompañar técnica y pedagógicamente la realización de los foros educativos territoriales, por solicitud de las secretarías de educación de las entidades territoriales certificadas, y en el marco de su autonomía. Para ello, el MEN ha conformado equipos de apoyo desde el Viceministerio de Educación Preescolar, Básica y Media y desde el Viceministerio de Educación Superior. - Brindar herramientas para la sistematización de la información y recomendaciones producto del desarrollo de los foros educativos territoriales.- Propiciar los espacios necesarios para que las recomendaciones de los foros educativos territoriales se difundan

ampliamente en el país y puedan alimentar las propuestas educativas nacionales. Se invita a las autoridades locales a iniciar el proceso de convocatoria para el diálogo amplio y la concertación incluyente sobre las prioridades educativas de sus territorios, dentro del proceso de los foros educativos, asegurando la participación de miembros de la comunidad educativa de todas las modalidades y niveles, incluida la Educación Superior. Adicionalmente, es importante convocar a centros de pensamiento, redes de trabajo colaborativo; sindicatos y federaciones, líderes y lideresas sociales, miembros de organizaciones comunales, comunitarias, étnicas, culturales, campesinas, empresariales, y todo aquel interesado en fortalecer la educación en su territorio. Esperamos que las conclusiones, sugerencias y aportes de los foros territoriales realizados en el primer semestre, incidan en los planes de desarrollo respectivos de conformidad a los dispuesto en la Ley 152 de 1994. Entre tanto, como se indicará en las orientaciones técnicas para la realización de los foros, se invita a las entidades certificadas en educación y a los entes territoriales al desarrollo de los foros locales y a la remisión de las conclusiones antes del 30 de junio de 2024.

OSCAR SÁNCHEZ JARAMILLO

Viceministro de Educaión Preescolar, Básica y Media ALEJANDRO ÁLVAREZ GALLEGO Viceministro de Educación Superior Ir al inicio Normograma del Ministerio de Educación Nacional de la República de Colombia

ISSN : 2463-2554 En línea

Última actualización:

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