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MINEDUCACION - Resolución 12122 de 2013

Ministerio de Educación

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Detalles

Título
MINEDUCACION - Resolución 12122 de 2013
Autor
Ministerio de Educación
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Educación
Año
2013

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Usted está en:  Inicio Documento Resolución 12122 de 2013 ME Ocultar anotaciones

 Buscar  Índice  RESOLUCION 12122 DE 2013 (septiembre 11) <Fuente: Archivo interno entidad emisora> MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL "Por la cual se asignan recursos provenientes del Sistema General de Participaciones para Educación por concepto de gratuidad educativa a los establecimientos educativos a nivel nacional, en virtud de los dispuesto por el artículo 140 de la Ley 1450 de 2011 (ley del Plan Nacional de Desarrollo) y se modifican las resoluciones 2767 de marzo 19 y 10945 de Agosto 21 de 2013" CONSIDERANDO: Que el artículo 140 de la Ley 1450 de 2011 establece que los recursos del Sistema General de Participaciones para educación que se destinen a gratt4idad educativa deberán ser girados directamente a las instituciones educativas estatales, de conformidad con la reglamentación que el Gobierno Nacional establezca.

Que el artículo 16 de la Ley 715 de 2001, señala que la participación para educación del Sistema General de Participaciones, será distribuida atendiendo los siguientes criterios: i) población atendida ii) población por atender encondiciones de eficiencia iii) equidad. Que para reglamentar el artículo 140 de la Ley 1450 de. 2011 el Ministerio de Educación Nacional expidió el Decreto 4807 de 2011 "por el cual se establecen las condiciones de aplicación de la gratuidad educativa para los estudiantes de educación preescolar, primaria, secundaria y media de las instituciones educativas estatales y se dictan otras disposiciones para su implementación". Que de acuerdo con en el artículo 6 del Decreto 4807 de 2011, los recursos del Sistema General de Participaciones que se destinen a gratuidad educativa serán girados por el Ministerio de Educación Nacional directamente a los Fondos de Servicios Educativos de las instituciones educativas estatales. Que el artículo 7 del Decreto 4807 de 2011 establece el procedimiento para el giro de los recursos del Sistema General de Participaciones para gratuidad educativa por parte del Ministerio de Educación Nacional a los Fondos de Servicios Educativos de las instituciones educativas estatales. Que el documento CONPES No. 162 del 14 de marzo de 2013 distribuyó parte de los recursos de la participación para educación del Sistema General de Participaciones, en particular el componente relacionado con gratuidad educativa, por valor de $ 561.459.809.000, de los cuales a través del presente acto administrativo se asigna $ 598.703.000 Que el artículo 7 del Decreto 4807 de 2011 numeral d) establece que "El Ministerio de Educación Nacional elaborará

una resolución que contenga la desagregación de la asignación de recursos por establecimiento educativo, la cual se constituirá en el acto administrativo que soporte el giro de los recursos". Que mediante Resoluciones 2767 de marzo 19 y 10945 de Agosto 21 de 2013, se asignaron recursos provenientes del sistema general de participaciones para educación por concepto de gratuidad educativa a los establecimientos educativos a nivel nacional, en virtud de lo dispuesto por el artículo 140 de la Ley 1450 de 2011. Que por inconsistencias en la información de algunos establecimientos educativos incluidos en las resoluciones mencionadas en el anterior considerando, no fue posible hacer efectivo el giro de la asignación correspondiente a los establecimientos educativos por concepto de gratuidad. Que los establecimientos educativos que se relacionan en la parte resolutiva cumplieron con los requisitos establecidos en el artículo 7 del decreto 4807 de 2011 y en la Directiva Ministerial No 23 de 2011. Que los recursos desagregados por el Ministerio de Educación Nacional en la parte resolutiva, se encuentran respaldados por Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. 96213 expedido por el Jefe de Presupuesto de la entidad, por valor de $561.459.809.000, con cargo al presupuesto del Ministerio de Educación Nacional, rubro Transferencias. RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO. Desagregar la asignación de los recursos de la Participación para Educación del Sistema General de Participaciones destinados a la financiación de la gratuidad educativa, distribuidos a los municipios por

concepto de calidad mediante el documento CONPES No.162 de 2013 a las siguientes instituciones educativas:ARTÍCULO SEGUNDO. Modificar la información correspondiente a los siguientes consecutivos incluidos en la Resolución 2767 de marzo 19 de 2013, los cuales quedarán así: NoDEPARTAMENTOMUNICIPIONOMBRE NIT CUENTABANCARIATIPOSDECUENTA NITBANCOASIGNACIONDERECURSOS 820 Antioquia Carepa I.E.R. zungoembarcadero811019098205030455CRR 860007738$ 72.546.000 Ir al inicio ARTÍCULO TERCERO. Modificar la información correspondiente al consecutivo incluido en la Resolución 10945

de Agosto 21 de 2013, el cual quedará así: NoDEPARTAMENTOMUNICIPIONOMBRE NIT CUENTABANCARIATIPOSDECUENTA NITBANCOASIGNACIONDERECURSOS

37 Vichada PuertoCarreño ESCBILINGCALARCA 842000067735001067CRR 860003020$ 1.320.000 Ir al inicio ARTÍCULO CUARTO. REGISTRO PRESUPUESTAL Y GIRO. Efectúese por la Subdirección Financiera del Ministerio de Educación Nacional el registro presupuestal y los giros de los recursos desagregados en en<sic> los artículos del primero al tercero de la presente resolución a las cuentas bancarias de los correspondientes Fondos de Servicios Educativos que se señalan en el mismo. Ir al inicio ARTÍCULO QUINTO. DESTINACIÓN ESPECÍFICA. Los recursos que se desagregan mediante este acto

administrativo, no podrán ser destinados a ningún objeto ni propósito diferente a los usos expresados por el Ministerio de Educación Nacional a través del decreto 4791 de 2008 adicionado por el decreto 4807 de 2011. Ir al inicio ARTÍCULO SEXTO. VIGENCIA. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición. Las demás disposiciones contenidas en las Resoluciones 2767 de marzo 19 y 10945 de Agosto 21 de 2013, no modificadas en la presente resolución continúan vigentes.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Bogotá D.C., a los LA MINISTRA DE EDUCACIÓN NACIONAL MARIA FERNANDA CAMPO SAAVEDRA Ir al inicio Normograma del Ministerio de Educación Nacional de la República de Colombia

ISSN : 2463-2554 En línea Última actualización: Control de versiones Créditos y reserva de derechos de autor Ministerio de Educación Nacional de la República de Colombia - DRA © 2023Ministerio de Educación Nacional

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