MINEDUCACION - Resolución 12572 de 2010
Ministerio de Educación
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Detalles
- Título
- MINEDUCACION - Resolución 12572 de 2010
- Autor
- Ministerio de Educación
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Educación
- Año
- 2010
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Usted está en: Inicio Documento Resolución 12572 de 2010 ME Ocultar anotaciones
Buscar Índice RESOLUCIÓN 12572 DE 2010 (diciembre 27) <Fuente: Archivo interno entidad emisora> MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL Por la cual se efectúa una asignación de funciones para la gestión del cobro coactivo LA MINISTRA DE EDUCACION NACIONAL En ejercicio de las facultades legales y en especial las conferidas por el artículo 112 de la Ley 6 de 1992, ley 489 de 1998, el Decreto 5012 del 28 de diciembre de 2009 y demás normas concordantes, CONSIDERANDOQue el artículo 112 de la Ley 6 del 30 de junio de 1992, dispuso que de conformidad con los artículos 68 y 79 del Código Contencioso Administrativo las entidades públicas del orden nacional tienen jurisdicción coactiva para hacer efectivo el cobro de los créditos exigidles a favor de las mismas y de la Nación.
Que según lo dispuesto en el Decreto 2174 de 1992 reglamentarlo de la ley 6 de 1992, el cobro de créditos por jurisdicción coactiva podrá llevarse a cabo a través de un grupo de trabajo organizado para tal fin o por Intermedio de la Oficina Asesora Jurídica de cada Ministerio. Que conforme a lo dispuesto en el numeral 7.21 de! Decreto 5012 de 2009, la Oficina Asesora Jurídica tiene la función de ejercer el cobro por jurisdicción coactiva y en consecuencia adelantar las diligencias o gestiones para hacer efectivas las obligaciones que legalmente se causen a su favor y exigibles por esta vía. Que es necesario asignar en dos profesionales del derecho de tal dependencia, el ejercicio de las actividades inherentes a dicha gestión, para la debida organización de la ejecución de cobro por Jurisdicción Coactiva y debido al cumulo de títulos exigidles actualmente para cobro, En mérito de lo expuesto, RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO. - Asignar a las abogadas ELLEN RAMIREZ UESSELER, Identificada con cédula de ciudadanía No. 36.158.329 y T.P 33.616 del C. S. de la J., quien desempeña el cargo ele Asesora de la planta de personal de este Ministerio y a JULIA BETANCOURT GUTIERREZ, con cédula de ciudadanía No. 64.516.843 y T. P. No. 44.773 del O.S. de J., profesional de la misma planta, para que en forma Individual actúen como
funcionarías ejecutoras de las gestiones de cobro por jurisdicción coactiva, quienes además de las funciones propias del cargo ejercerán las inherentes al ejercicio del cobro coactivo, conforme al procedimiento legal establecido. ARTICULO SEGUNDO. - Señalar que el procedimiento para la ejecución por jurisdicción coactiva a que se refiere esta resolución, se ceñirá a las disposiciones determinadas en el Código de Procedimiento Civil, Código Contencioso Administrativo, ley 1066 del 29 de julio de 2006, Estatuto Tributario y demás normas concordantes. ARTICULO TERCERO. - La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición y deroga la resolución No. 2574 del 30 de junio de 2005.
COMUNIQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá D.C
MARIA FERNANDA CAMPO SAAVEDRA
LA MINISTRA DE EDUCACION NACIONAL.
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