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MINEDUCACION - Resolución 12698 de 2018

Ministerio de Educación

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Detalles

Título
MINEDUCACION - Resolución 12698 de 2018
Autor
Ministerio de Educación
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Educación
Año
2018

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Usted está en:  Inicio Documento Resolución 12698 de 2018 ME Ocultar anotaciones

 Buscar  Índice  RESOLUCION 12698 DE 2018 (agosto 6) <Fuente: Archivo interno entidad emisora> MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL Por la cual se delega las funciones y competencias relacionadas con el reconocimiento como intérprete oficial de la Lengua de Señas Colombiana - Español o la convalidación del reconocimiento. LA MINISTRA DE EDUCACIÓN NACIONAL En uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el artículo 211 de la Constitución Política de Colombia y el artículo 9 de la Ley 489 de 1998, y CONSIDERANDOQue el artículo 209 de la Constitución Política establece que la función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de

funciones. Que el numeral 8o del artículo 34 del Decreto 5012 de 2009 asigna como función de Secretaría General, lo relacionado con dirigir, coordinar y controlar las actuaciones relativas a la participación ciudadana, la atención al ciudadano, gestión documental y el centro de documentación a través de la expedición de certificaciones. Que el artículo 5 de la Ley 982 de 2005 establece que el Ministerio de Educación Nacional es el competente para reconocer como intérpretes oficiales de la Lengua de Señas Colombiana - Español a aquellas personas nacionales o extranjeras domiciliadas en Colombia que cumplan con los «requisitos académicos, de idoneidad y de solvencia lingüística, según la reglamentación existente» Que el parágrafo del artículo 5 de la Ley 982 de 2005 consagra la posibilidad que tiene el Ministerio de Educación Nacional para convalidar el reconocimiento como intérprete oficial de la Lengua de Señas Colombiana - Español, a las personas que a la entrada en vigencia de la citada Ley el 3 de noviembre de 2005 venían desempeñándose como intérpretes, siempre y cuando superen las pruebas que para tal efecto determine este Ministerio. Que el Ministerio de Educación Nacional expidió la Resolución 10185 de 2018, mediante la cual se derogó la Resolución 5274 de 2017 y se regularon los trámites y requisitos que deben cumplir los interesados en obtener el reconocimiento como intérprete oficial de la Lengua de Señas Colombiana - Español o la convalidación del reconocimiento. Que teniendo en cuenta la estructura, volumen y naturaleza de las solicitudes de reconocimiento y de

convalidación del reconocimiento como intérpretes oficiales de la Lengua de Señas Colombiana - Español, presentadas por los ciudadanos, así como, las actividades que se requiere adelantar al interior del Ministerio de Educación Nacional para resolver dichas solicitudes, se hace necesario delegar la competencia para la firma del acto administrativo que resuelve dicho trámite en la Secretarla General, en razón a que será el grupo de Atención al Ciudadano el encargado de atender el trámite de reconocimiento o convalidación expuesto anteriormente, por cuanto dicho grupo depende jerárquicamente de la Secretaria General Que por lo anterior y con el fin de propender por el cumplimiento de principios de la función administrativa tales como la eficacia y celeridad, es necesario delegar en la Secretaria General del Ministerio de Educación Nacional el ejercicio de las competencias relacionadas con la firma del acto administrativo mediante el cual se resuelve la solicitud de reconocimiento como intérprete oficial de la Lengua de Señas Colombiana - Español o la convalidación del reconocimiento que presenten los ciudadanos. Que en mérito de lo expuesto, RESUELVE ARTÍCULO 1. DELEGACIÓN. Delegar en la Secretaría General del Ministerio de Educación Nacional, la suscripción de los actos administrativos mediante los cuales se resuelvan las solicitudes de reconocimiento como intérprete oficial de la Lengua de Señas Colombiana - Español o la convalidación del reconocimiento. Ir al inicio ARTÍCULO 2. VIGENCIA. La presente resolución rige a partir de su comunicación.

COMUNIQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá D.C., a los LA MINISTRA DE EDUCACIÓN NACIONALYANETH GIHA TOVAR Ir al inicio Normograma del Ministerio de Educación Nacional de la República de Colombia

ISSN : 2463-2554 En línea Última actualización: Control de versiones Créditos y reserva de derechos de autor

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ISSN : 2463-2554 En línea Última actualización: Control de versiones Créditos y reserva de derechos de autor Ministerio de Educación Nacional de la República de Colombia - DRA © 2023

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