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MINEDUCACION - Resolución 140570 de 2023

Ministerio de Educación

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Título
MINEDUCACION - Resolución 140570 de 2023
Autor
Ministerio de Educación
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Educación
Año
2023

Gov.co Ministerio de Educación Buscar en la compilación   Inicio Transparencia y Acceso a la Información Pública Atención y Servicios a la Ciudadanía Participa Ministerio Preescolar, básica y media Educación superior Noticias Menú principal Inicio Transparencia y Acceso a la Información Pública Atención y Servicios a la Ciudadanía Participa Ministerio Preescolar, básica y media Educación superior Noticias

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Usted está en:  Inicio Documento Resolución 140570 de 2023 ME Ocultar anotaciones

 Buscar  Índice  RESOLUCIÓN 14057 DE 2023 (agosto 15) <Fuente: Archivo interno entidad emisora> MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL Por la cual se crean cuatro (4) grupos internos de trabajo de la Oficina Asesora Jurídica del Ministerio de Educación Nacional. LA MINISTRA DE EDUCACIÓN NACIONAL En ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas por el artículo 115 de la Ley 489 de 1998 y el artículo 6 numeral 6.11 del Decreto 5012 de 2009, y CONSIDERANDOQue el artículo 208 de la Constitución Política señala que “Los ministros y los directores de departamentos administrativos son los jefes de la administración en su respectiva dependencia.”. Que de acuerdo con lo ordenado por el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, el representante legal de la entidad podrá crear y organizar, con carácter permanente o transitorio, grupos internos de trabajo que permitan atender

las necesidades del servicio y cumplir con eficiencia los objetivos, políticas y programas que esta tenga a su cargo. Que el artículo 8 del Decreto 2489 de 2006, señala que para que “...Los organismos y entidades a quienes se aplica el presente decreto creen grupos internos de trabajo, la integración de estos no podrá ser inferior a cuatro (4) empleados, destinados a cumplir las funciones que determina el acto de creación, las cuales estarán relacionadas con al área de la cual dependen jerárquicamente”. Que el artículo 6 del Decreto 5012 de 2009, en su numeral 6.11, establece como una función del Despacho de la Ministra de Educación Nacional la de “Crear y organizar comités, grupos y equipos internos de trabajo con el fin de desarrollar con eficiencia y eficacia los objetivos, políticas, planes, estrategias y programas del Ministerio”. Que el Departamento Administrativo de la Función Pública en concepto 42111 de 2019 señaló que la creación del grupo “. se origina en la necesidad de suplir dentro de la organización de las entidades niveles intermedios que faciliten la prestación del servicio de manera eficiente y eficaz en estructuras planas y flexibles a las que corresponden plantas globales, sin que necesariamente conlleven la existencia de un nivel jerárquico”. Que revisadas las funciones asignadas a la Oficina Asesora Jurídica mediante el Decreto 5012 de 2009, y las responsabilidades que le competen al interior de la entidad y su articulación con el mapa de procesos del Ministerio de Educación Nacional, se evidenció la necesidad de hacer más eficiente la operación de los procesos

que lidera la dependencia con la creación de grupos internos de trabajo para dar cumplimiento a las funciones asignadas a través del decreto citado. En mérito de lo expuesto, RESUELVE: ARTÍCULO 1o. CREACIÓN DE GRUPOS. Crear y organizar cuatro (4) grupos internos de trabajo y establecer como funciones para cada uno de estos, las que a continuación se señalan: Grupo de Normas Propósito: Realizar los trámites relacionados con la revisión de proyectos normativos y conceptualización a proyectos de ley. Lo anterior, a través del desarrollo de las siguientes funciones:

1. Emitir conceptos jurídicos sobre proyectos de ley o de actos de iniciativa del legislativo o gubernamentales relacionados con el sector educativo, a fin de determinar su constitucionalidad o inconstitucionalidad, conveniencia o inconveniencia, unidad de materia y si puede ser o no objetado, ya sea en forma parcial o total.

2. Elaborar y/o ajustar, con base en el insumo técnico suministrado por las dependencias del Ministerio de Educación Nacional, proyectos de norma de tipo legal, reglamentaria o constitucional relacionada con la actividad misional del sector educativo.

3. Emitir conceptos y brindar asesorías de tipo jurídico a clientes internos y externos, en coordinación con las dependencias misionales, en los temas normativos que son de competencia del Ministerio de Educación

Nacional.

4. Analizar permanentemente la agenda legislativa del Congreso y brindar acompañamiento al Ministro o Ministra de Educación Nacional y a los Viceministros o Viceministras en la definición de la estrategia de presentación y sustentación de iniciativas que deban ser presentadas a consideración del Congreso.5. Estudiar, conceptuar, coordinar y realizar el seguimiento de los proyectos de ley e iniciativas presentadas por

el Ministro o Ministra al Congreso y colaborar con los Viceministros o Viceministras y demás autoridades del Sector en la elaboración de los documentos que vayan a ser presentados a la consideración del Congreso, incluyendo la exposición de motivos.

6. Preparar y/o revisar los proyectos de normas relacionadas con el sector educativo, y actos administrativos de carácter general del Ministerio.

7. Recibir, analizar y dar respuesta oportuna en los términos establecidos por la ley y el Ministerio a las peticiones y solicitudes de información que le sean asignadas, relacionadas con asuntos propios de la dependencia.

8. Consolidar, analizar y elaborar los informes necesarios para el seguimiento, monitoreo y evaluación del cumplimiento de las funciones a cargo del grupo.

9. Mantener actualizada la información en los sistemas, aplicativos u otros medios tecnológicos, de acuerdo con los estándares de seguridad y privacidad de la información, en cumplimiento de las políticas aprobadas por el Ministerio, que facilite el seguimiento y cumplimiento a los planes programas y proyectos de la dependencia.

10. Analizar y suministrar información asociada a la operación de los procesos transversales relacionados con el

Sistema Integrado de Gestión del Ministerio.

11. Las demás que le sean asignadas por el superior inmediato de acuerdo con las necesidades del Ministerio y con la naturaleza del Grupo.

Grupo de Procesos Judiciales Propósito: Gestión y desarrollo de las actuaciones relacionadas con la representación y defensa judicial y extrajudicial del Ministerio en los asuntos en que deba intervenir la Entidad, en procesos con pretensiones relacionadas con las funciones propias del Ministerio de Educación Nacional (MEN) y las derivadas del Fondo

Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio (FOMAG), así como la verificación del cumplimiento de las obligaciones del FOMAG a través de la revisión de los informes presentados por la sociedad fiduciaria que funge como vocera y administradora del Fondo. Lo anterior, a través del desarrollo de las siguientes funciones:

1. Asesorar, intervenir y ejercer la representación judicial, extrajudicial y administrativa en los procesos y demás asuntos que se surtan ante las autoridades competentes en los que sea parte la naciónMinisterio de Educación

Nacional.

2. Hacer seguimiento de la calidad y oportunidad de la representación judicial, extrajudicial y administrativa en los procesos y demás asuntos que se surtan ante las autoridades competentes en que sea parte la naciónMinisterio de Educación Nacional.

3. Proyectar el acto administrativo que ordena el cumplimiento de fallos judiciales y adelantar las gestiones para que se efectúe el pago de las sumas de dinero que correspondan ante la dependencia competente.

4. Elaborar los actos administrativos que se requieran en el marco de las funciones del grupo.

5. Definir estrategias de defensa y fijar lineamientos para la gestión de los asuntos contenciosos que se adelantan en representación de la entidad.

6. Atender requerimientos de las entidades de control que guarden relación con las competencias del grupo.

7. Consolidar y actualizar la información en los sistemas, aplicativos, base de datos u otros medios tecnológicos que facilite el seguimiento y cumplimiento a las actividades asociadas a las funciones del grupo.8. Registrar y actualizar la información de los procesos judiciales en los que sea parte la naciónMinisterio de

Educación Nacional en el Sistema Único de Información Litigiosa del Estado (e-KOGUI).

9. Efectuar el cálculo de la provisión contable y establecer la probabilidad de pérdida o ganancia de los procesos judiciales en los que la naciónMinisterio de Educación Nacional esté vinculado de acuerdo con los criterios definidos por la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado.

10. Preparar y presentar información asociada a la operación de los procesos transversales relacionados con el Sistema Integrado de Gestión del Ministerio de Educación Nacional y que guarden relación con la defensa judicial del Ministerio de Educación.

11. Consolidar, analizar y elaborar los informes requeridos para el cumplimiento de las funciones propias a cargo de la dependencia.

12. Las demás que le sean asignadas por el superior inmediato, de acuerdo con las necesidades del Ministerio y con la naturaleza del grupo.

Grupo de Conciliaciones Propósito: Llevar el control de las solicitudes de conciliación remitidas por parte de las procuradurías y autoridades judiciales y de las fechas de las audiencias de conciliación, así como apoyar todos los trámites pertinentes requeridos por la Presidencia y Secretaría Técnica del Comité de Conciliación y Defensa Judicial. Lo anterior, a través del desarrollo de las siguientes funciones:

1. Atender y hacer seguimiento de calidad y oportunidad a las conciliaciones prejudiciales y judiciales que competen al Ministerio de Educación Nacional, a fin de defender los intereses patrimoniales del Estado.

2. Efectuar el seguimiento de la información, actividades y asuntos encomendados por el Comité de Conciliación

y Defensa Judicial, para lo cual preparará las actas que contengan las decisiones del Comité.

3. Organizar y reportar la información para el logro de los objetivos del grupo de conciliaciones y la secretaria técnica del Comité de Conciliación y Defensa Judicial.

4. Recibir y consolidar la información generada en el área de conciliaciones, para el correcto funcionamiento de los procesos en el área.

5. Proyectar los actos administrativos relacionados con la actividad de conciliación prejudicial y judicial que se requieran y que estén conformes a la Constitución Política y la ley.

6. Atender y proyectar los requerimientos que efectúen los entes de control y la Secretaría General del Ministerio, en temas de control interno disciplinario, así como la Procuraduría General de la Nación, en relación con los procesos disciplinarios en contra de los miembros del Comité de Conciliación y Defensa Judicial.

7. Responder los requerimientos que efectúen los entes de control por asuntos propios la competencia del grupo.

8. Gestionar la información en los sistemas, aplicativos u otros medios tecnológicos que facilite el seguimiento y cumplimiento a las actividades asociadas a los planes programas y proyectos de la dependencia.

9. Preparar y presentar información asociada a la operación de los procesos transversales relacionados con el

Sistema Integrado de Gestión del Ministerio de Educación Nacional.

10. Registrar las solicitudes de conciliación prejudicial en los que sea parte la naciónMinisterio de Educación Nacional en el Sistema Único de Información Litigiosa del Estado (e-KOGUI).

11. Generar insumos para la fijación de la política de prevención del daño antijurídico que defina el Comité de Conciliación y Defensa Judicial de la entidad.12. Elaborar los informes requeridos que guarden relación con las funciones del grupo y/o de la dependencia.

13. Las demás que le sean asignadas por el superior inmediato, de acuerdo con las necesidades del Ministerio y con la naturaleza del grupo.

Grupo de cobro coactivo Propósito: Adelantar las acciones pertinentes para recuperar la cartera del Ministerio de Educación Nacional, así como la del Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio (FOMAG), que se encuentren debidamente titularizadas. Lo anterior, a través del desarrollo de las siguientes funciones:

1. Llevar a cabo las actuaciones encaminadas a lograr el cobro efectivo de las sumas que le adeuden al Ministerio de Educación Nacional, por concepto de la Ley 21 de 1982, entre otras acreencias, y las correspondientes al Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio (FOMAG), desarrollando las labores de cobro persuasivo y, adelantando los procesos por jurisdicción coactiva, teniendo en cuenta para dicha finalidad el

Reglamento Interno de Recaudo de Cartera.

2. Proyectar los acuerdos de pago cuando a ello hubiere lugar, teniendo como presupuesto la totalidad del valor del crédito y la aplicación de los intereses correspondientes.

3. Responder los requerimientos de las entidades de control por los asuntos propios de su competencia.

4. Gestionar la información en los sistemas, aplicativos u otros medios tecnológicos que facilite el seguimiento y

cumplimiento a las actividades asociadas a los planes programas y proyectos de la dependencia.

5. Presentar información asociada a la operación de los procesos transversales relacionados con el Sistema Integrado de Gestión del Ministerio de Educación Nacional que guarden relación con la gestión del cobro coactivo.

6. Elaborar los informes requeridos para el cumplimiento de las funciones propias a cargo de la dependencia.

7. Las demás que le sean asignadas por el superior inmediato, de acuerdo con las necesidades del Ministerio y con la naturaleza del grupo.

PARÁGRAFO: Cada uno de los grupos internos de trabajo señalados en la presente resolución contará con un coordinador de grupo como responsable directo de las funciones asignadas al mismo, bajo la dirección del superior inmediato.

ARTÍCULO 2o. FUNCIONES DE LOS COORDINADORES DE GRUPO. Cada uno de los grupos internos señalados en el artículo anterior estarán a cargo de un coordinador de grupo, que además de lo establecido en el respectivo manual y requisitos mínimos de la entidad para el respectivo cargo, tendrán las siguientes funciones generales

1. Definir y asignar las tareas a realizar por los integrantes del grupo.

2. Apoyar el desarrollo de la evaluación de desempeño del grupo interno de trabajo.

3. Identificar y escalar al jefe de la Oficina Asesora Jurídica las necesidades de capacitación y reentrenamiento del personal a cargo.

4. Proyectar y hacer seguimiento a los indicadores generados por los procesos del área de su competencia.

5. Ejercer las supervisiones, el seguimiento y monitoreo a la ejecución de los contratos que le sean asignados.

6. Velar por la correcta conservación de los documentos del grupo.7. Revisar toda la documentación de los procesos a su cargo, sirviendo como punto de control de calidad para mitigar la probabilidad de ocurrencia de riesgos y errores en los procesos del grupo a cargo.

8. Atender las solicitudes de información que realicen personas naturales, dependencias del Ministerio de Educación Nacional o entes externos relacionados con los procesos a cargo del grupo que lidera.

9. Procurar un ambiente laboral sano y el ejercicio responsable de las funciones del grupo de trabajo.

10. Velar por el cumplimiento y seguimiento del plan de acción a desarrollar por el personal del grupo.

11. Revisar la correspondencia interna que genere las actividades del grupo.

12. Presentar los informes propios de su gestión y los que le sean requeridos para apoyar en la toma de decisiones al superior inmediato.

13. Ejecutar acciones tendientes a racionalizar los trámites que tenga a cargo el grupo.

14. Ser líder y ejecutor en la aplicación de estrategias y mecanismos de mejoramiento continuo de la gestión.

ARTÍCULO 3o. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición y deroga en todas sus partes la Resolución No. 1413 de 2015.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá D. C. a los AURORA VERGARA FIGUEROA Ministra de Educación Nacional Ir al inicio Normograma del Ministerio de Educación Nacional de la República de Colombia

ISSN : 2463-2554 En línea

Última actualización:

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