MINEDUCACION - Resolución 17636 de 2013
Ministerio de Educación
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Detalles
- Título
- MINEDUCACION - Resolución 17636 de 2013
- Autor
- Ministerio de Educación
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Educación
- Año
- 2013
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Usted está en: Inicio Documento Resolución 17636 de 2013 ME Ocultar anotaciones
Buscar Índice RESOLUCION 17636 DE 2013 (diciembre 6) <Fuente: Archivo interno entidad emisora> MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL “Por la cual se asignan recursos provenientes del Sistema General de Participaciones para Educación por concepto de gratuidad educativa a los establecimientos educativos a nivel nacional, en virtud de los dispuesto por el artículo 140 de la Ley 1450 de 2011 (Ley del Plan Nacional de Desarrollo) y se modifican las resoluciones 10109 de agosto 5 y 17082 de noviembre 27 de 2013" CONSIDERANDO: Que el artículo 140 de la Ley 1450 de 2011 establece que los recursos del Sistema General de Participaciones para educación que se destinen a gratuidad educativa deberán ser girados directamente a las instituciones educativas estatales, de conformidad con la reglamentación que el Gobierno Nacional establezca.Que el artículo 16 de la Ley 715 de 2001, señala que la participación para educación del Sistema General de
Participaciones, será distribuida atendiendo los siguientes criterios: i) población atendida ii) población por atender en condiciones de eficiencia iii) equidad. Que para reglamentar el artículo 140 de la Ley 1450 de 2011 el Ministerio de Educación Nacional expidió el Decreto 4807 de 2011 “por el cual se establecen las condiciones de aplicación de la gratuidad educativa para los estudiantes de educación preescolar, primaria, secundaria y media de las instituciones educativas estatales y se dictan otras disposiciones para su implementación". Que de acuerdo con en el artículo 6 del Decreto 4807 de 2011, los recursos del Sistema General de Participaciones que se destinen a gratuidad educativa serán girados por el Ministerio de Educación Nacional directamente a los Fondos de Servicios Educativos de las instituciones educativas estatales. Que el artículo 7 del Decreto 4807 de 2011 establece el procedimiento para el giro de los recursos del Sistema General de Participaciones para gratuidad educativa por parte del Ministerio de Educación Nacional a los Fondos de Servicios Educativos de las instituciones educativas estatales. Que el documento CONPES No. 162 del 14 de marzo de 2013 distribuyó parte de los recursos de la participación para educación del Sistema General de Participaciones, en particular el componente relacionado con gratuidad educativa, por valor de $561.459.809.000, de los cuales a través del presente acto administrativo se asigna $19.511.000 Que el artículo 7 del Decreto 4807 de 2011 numeral d) establece que “El Ministerio de Educación Nacional elaborará una resolución que contenga la desagregación de la asignación de recursos por establecimiento
educativo, la cual se constituirá en el acto administrativo que soporte el giro de los recursos". Que mediante Resoluciones 10109 de agosto 5 y 17082 de noviembre 27 de 2013, se asignaron recursos provenientes del sistema general de participaciones para educación por concepto de gratuidad educativa a los establecimientos educativos a nivel nacional, en virtud de lo dispuesto por el artículo 140 de la Ley 1450 de 2011. Que por inconsistencias en la información de algunos establecimientos educativos incluidos en las resoluciones mencionadas en el anterior considerando, no fue posible hacer efectivo el giro de la asignación correspondiente a los establecimientos educativos por concepto de gratuidad. Que los establecimientos educativos que se relacionan en la parte resolutiva cumplieron con los requisitos establecidos en el artículo 7 del decreto 4807 de 2011 y en la Directiva Ministerial No 23 de 2011. Que los recursos desagregados por el Ministerio de Educación Nacional en la parte resolutiva, se encuentran respaldados por Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. 96213 expedido por el Jefe de Presupuesto de la entidad, por valor de $561.459.809.000, con cargo al presupuesto del Ministerio de Educación Nacional, rubro Transferencias. RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO. Desagregar la asignación de los recursos de la Participación para Educación del Sistema General de Participaciones destinados a la financiación de la gratuidad educativa, distribuidos a los municipios por concepto de calidad mediante el documento CONPES No. 162 de 2013 a las siguientes
instituciones educativas;ARTÍCULO SEGUNDO. Modificar la información correspondiente al siguiente consecutivo incluido en la Resolución 10109 de agosto 5 de 2013, los cuales quedarán así: ARTÍCULO TERCERO. Modificar la información correspondiente al siguiente consecutivo incluido en la Resolución 17082 de noviembre 27 de 2013, el cual quedará así: ARTÍCULO CUARTO. REGISTRO PRESUPUESTAL Y GIRO. Efectúese por la Subdirección Financiera del Ministerio de Educación Nacional el registro presupuestal y los giros de los recursos desagregados en en <sic> los artículos del primero al tercero de la presente resolución a las cuentas bancarias de los correspondientes Fondos de Servicios Educativos que se señalan en el mismo. ARTÍCULO QUINTO. DESTINACIÓN ESPECÍFICA. Los recursos que se desagregan mediante este acto administrativo, no podrán ser destinados a ningún objeto ni propósito diferente a los usos expresados por el Ministerio de Educación Nacional a través del decreto 4791 de 2008 adicionado por el decreto 4807 de 2011. ARTÍCULO SEXTO. VIGENCIA. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición. Las demás disposiciones contenidas en las Resoluciones 10109 de agosto 5 y 17082 de noviembre 27 de 2013, no modificadas en la presente resolución continúan vigentes.
COMUNIQUESE Y CÚMPLASE
Dado en Bogotá D.C., a los LA MINISTRA DE EDUCACIÓN NACIONAL MARÍA FERNANDA CAMPO SAAVEDRA Ir al inicio Normograma del Ministerio de Educación Nacional de la República de Colombia
ISSN : 2463-2554 En línea Última actualización: Control de versiones Créditos y reserva de derechos de autor Ministerio de Educación Nacional de la República de Colombia - DRA © 2023
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