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MINEDUCACION - Resolución 18343 de 2018

Ministerio de Educación

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Título
MINEDUCACION - Resolución 18343 de 2018
Autor
Ministerio de Educación
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Educación
Año
2018

Gov.co Ministerio de Educación Buscar en la compilación   Inicio Transparencia y Acceso a la Información Pública Atención y Servicios a la Ciudadanía Participa Ministerio Preescolar, básica y media Educación superior Noticias Menú principal Inicio Transparencia y Acceso a la Información Pública Atención y Servicios a la Ciudadanía Participa Ministerio Preescolar, básica y media Educación superior Noticias

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Usted está en:  Inicio Documento Resolución 18343 de 2018 ME Ocultar anotaciones

 Buscar  Índice  RESOLUCION 18343 DE 2018 (noviembre 27) <Fuente: Archivo interno entidad emisora> MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL Por la cual se seleccionan los programas de becas de la vigencia 2018 que serán financiados con los recursos provenientes de donaciones de que trata el artículo 158-1 y el artículo 256 del Estatuto Tributario, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 1075 de 2015 LA VICEMINISTRA DE EDUCACIÓN SUPERIOR AD-HOC En ejercicio de sus atribuciones legales, en especial las conferidas por el artículo 2.5.3.3.4.2.4 del Decreto 1075 de 2015, y de conformidad con el Decreto 1910 del 11 de octubre de 2018 mediante el cual se designa Viceministro de Educación Superior Ad-Hoc CONSIDERANDOQue de acuerdo con el artículo 67 de la Constitución Política, la educación es un derecho de la persona y un

servicio público que tiene una función social; con ella se busca el acceso al conocimiento, a la ciencia, a la técnica, y a los demás bienes y valores de la cultura. Que el inciso 2 del artículo 158-1 del Estatuto Tributario, modificado por el artículo 91 de la Ley 1819 de 2016, dispone que las donaciones realizadas por intermedio de las instituciones de educación superior o del Instituto Colombiano de Crédito Educativo y Estudios Técnicos en el Exterior (ICETEX), dirigidas a programas de becas que sean aprobados por el Ministerio de Educación Nacional, y que beneficien a estudiantes de estratos 1, 2 y 3, serán deducibles en el periodo gravable en que se realizan, hasta por el monto máximo definido anualmente por el Consejo Nacional de Beneficios Tributarios en Ciencia, Tecnología e Innovación (CNBT). Que el parágrafo 3 del artículo 256 del Estatuto Tributario, modificado por el artículo 104 de la Ley 1819 de 2016, establece que las personas que realicen donaciones a programas de becas de estudio total o parcial creados por las instituciones de educación superior, aprobados por el Ministerio de Educación Nacional, y que beneficien a estudiantes de estratos 1, 2 y 3. tendrán derecho a descontar de su impuesto sobre la renta a cargo el 25% del valor donado. Que con el fin de reglamentar los artículos 158-1 y 256 del Estatuto Tributario, el Gobierno Nacional expidió el Decreto 978 de 2018 «Por el cual se reglamentan las condiciones de asignación y funcionamiento de los

programas de becas creados por las instituciones de educación superior, aprobados por el Ministerio de Educación Nacional, y financiados con las donaciones a que se refieren los articulas 158-1 y 256 del Estatuto Tributario, y se adiciona el Decreto 1075 de 2015, Único Reglamentario del Sector Educación.» Que el artículo 2.5.3.3.4.2.2 del Decreto 1075 de 2015. establece que el Ministerio de Educación Nacional convocará anualmente a las instituciones de educación superior para que postulen sus programas de becas a fin de obtener la aprobación de que trata el inciso 2 del artículo 158-1 y el parágrafo 3 del artículo 256 del Estatuto Tributario, y que en cada convocatoria se deberán establecer los procedimientos, formalidades y cronogramas que se deben cumplir para la inscripción, entrega de información, verificación de requisitos, evaluación y selección de los programas de becas, indicando el cupo total de donaciones a recibir para los programas de becas, de acuerdo con el cupo total aprobado por el Consejo Nacional de Beneficios Tributarios en Ciencia. Tecnología e Innovación (CNBT). Que el parágrafo transitorio del artículo 2.5.3.3.4 2.2 del Decreto 1075 de 2015, contempla la opción de realizar anticipadamente la primera convocatoria, a fin de que las instituciones de educación superior puedan postular sus respectivos programas de becas. Que el inciso 2 del artículo 2.5.3.3.4.2.4 del Decreto 1075 de 2015, establece que «De acuerdo con el resultado

de la evaluación, el Ministerio de Educación Nacional, mediante acto administrativo, seleccionará los programas de becas con los mayores puntajes logrados, teniendo en cuenta el cupo total aprobado por el Consejo Nacional de Beneficios Tributarios en Ciencia, Tecnología e Innovación (CNBT). El Ministerio comunicará dicho acto a las instituciones de educación superior y al ICETEX para lo de su competencia». Que el parágrafo del artículo 2.5.3.3.4.2.4 del Decreto 1075 de 2015, establece que «A cada programa de becas seleccionado se le asignará cada año el cupo máximo de donación a recibir. El tope dependerá del cupo total aprobado por el Consejo Nacional de Beneficios Tributarios en Ciencia, Tecnología e Innovación (CNBT).» Que en virtud de lo anterior, el 17 de julio de 2018 el Ministerio de Educación Nacional dio apertura a la convocatoria «Programa de Becas SER» 2018, mediante publicación de los « Términos, Condiciones y Procedimientos Para Aprobar Programas de Becas Presentados Por Las Instituciones de Educación Superior» a través de la página web del Ministerio de Educación Nacional en el Link: https://www.mineducacion.qov.co/1759/w3-article-371630.html para que las instituciones de educación superior del pais postularan sus programas de becas, a fin de seleccionar y aprobar aquellos que serán financiados con recursos provenientes de donaciones del sector productivo, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 978 de 2018, compilado en el Decreto 1075 de 2015.Que, en virtud de las reglas fijadas en la convocatoria, la misma se cerró el 31 de agosto de 2018, con las

siguientes IES postulantes.Que, una vez realizado el proceso inicial de evaluación de los programas de Becas Ser, conforme a los criterios establecidos en la convocatoria y sus adendas, el Ministerio publicó el 17 de septiembre de 2018 en el link https://www.mineducacion.gov.co/1759/articles371630 recurso 9.pdf el documento informe de evaluación Becas Ser. Que. frente al documento publicado, 31 de las IES postulantes en la convocatoria presentaron un total de 58 observaciones, ante esta situación y con el fin de garantizar la transparencia, selección objetiva, debido proceso, entre otros, el Ministerio de Educación Nacional, informó el 2 de noviembre de 2018 que retrotraería el proceso de convocatoria de Becas Ser hasta la etapa de Evaluación y procedió a ajustar el cronograma de la siguiente forma: Ítem Actividad Responsable Fecha 5 Evaluación Preliminar deprogramas de becas postuladosMinisterio de Educación NacionalDel 2 al 9 de noviembre de2018 6 Publicación de Análisis Preliminarde requisitos habilitantes ydocumentos subsanables Ministerio de Educación Nacional13 de noviembre de 2018 7 Reclamación Sobre el Informe deAnálisis Instituciones de EducaciónSuperior Del 14 al 16 de noviembre de2018 8 Plazo para presentar documentossubsanables Instituciones de EducaciónSuperior Del 14 al 16 de noviembre de2018 9 Evaluación Definitiva y Respuestaa las reclamaciones Ministerio de Educación Nacional7 de noviembre de 2018 Que, en cumplimiento de lo anterior, el Ministerio procedió a realizar el análisis preliminar de requisitos

habilitantes, teniendo en cuenta los establecidos por la convocatoria y sus respectivas adendas: el 13 de noviembre de 2018, el Ministerio procedió a publicar el documento de Análisis Preliminar De Requisitos Habilitantes y Documentos Subsanables, con el siguiente resultado:NO IES ESTADO

1 FUNDACION ACADEMIA DE DIBUJO PROFESIONAL SUBSANAR

2 UNIVERSIDAD COOPERATIVA DE COLOMBIA SUBSANAR

3 CORPORACIÓN UNIVERSITARIA IBEROAMERICANA SUBSANAR

4 FUNDACIÓN UNIVERSITARIA DE POPAYÁN SUBSANAR

5 UNIVERSIDAD SAN BUENAVENTURA DE CALI SUBSANAR

6 TECNOLÓGICA DEL SUR SUBSANAR

7 UNIVERSIDAD DEL ATLANTICO SUBSANAR

8 INSTITUTO TOLIMENSE DE FORMACIÓN TÉCNICA

PROFESIONAL

SUBSANAR

9 POLITÉCNICO COLOMBIANO JAIME ISAZA CADAVID SUBSANAR

10 INSTITUCION UNIVERSITARIA TECNOLÓGICO DE ANTIOOUIASUBSANAR

11 UNIVERSIDAD DEL VALLE SUBSANAR

12 UNIVERSIDAD DE ANTIOOUIA SUBSANAR

13 UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DEL CARIBE SUBSANAR

14 ITSA SUBSANAR

15 CORPORACIÓN UNIVERSITARIA REMINGTON SUBSANAR

16 FUNDACIÓN UNIVERSITARIA CATÓLICA DEL NORTE SUBSANAR

17 FUNDACION UNIVERSITARIA EMPRESARIAL DE LA CÁMARA

DE COMERCIO DE BOGOTÁ - UNIEMPRESARIAL

SUBSANAR

18 INSTITUTO TÉCNICO NACIONAL DE COMERCIO 'SIMÓN

RODRÍGUEZ" DE CALI - INTENALCO

SUBSANAR

19 INSTITUCION UNIVERSITARIA PASCUAL BRAVO SUBSANAR

20 UNIVERSIDAD DE SANTANDER SUBSANAR

21 UNIVERSIDAD DEL CAUCA

- SEDE EL BORDO (LICENCIATURA EN CIENCIAS NATURALES

Y EDUCACIÓN AMBIENTAL)

- SEDE NORTE (TECNOLOGÍA EN GESTIÓN DE PROYECTOS

AGROECOLÓGICOS)

- SEDE SUR (INGENIERÍA EN AGROECOLOGÍA - INGENIERÍA

AGROPECUARIA - TECNOLOGÍA EN GESTIÓN DE POYECTOS

AGROECOLÓGICOS)

SUBSANAR

22 UNIVERSIDAD DEL TOLIMA SUBSANAR

23 CORPORACIÓN UNIVERSITARIA AUTONOMA DE NARIÑOAUNARSUBSANAR

24 CORPORACIÓN UNIVERSITARIA RAFAEL NÚÑEZ SUBSANAR

25 FUNDACIÓN UNIVERSITARIA MARIA CANO SUBSANAR

26 UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE OCCIDENTE SUBSANAR

27 UNIVERSIDAD EAFIT SUBSANAR

28 UNIVERSIDAD ICESI SUBSANAR 29 UNIVERSIDAD DE LA SABANA SUBSANAR 30 CORPORACIÓN REGIONAL DE EDUCACIÓN SUPERIOR - CRESSUBSANAR31 CORPORACIÓN UNIVERSITARIA MINUTO DE DIOSUNIMINUTO

SUBSANAR

32 CORPORACIÓN UNIVERSITARIA SANTA ROSA DE CABALUNISARC

SUBSANAR

33 FUNDACIÓN UNIVERSITARIA CATÓLICA LUMEN GENTIUMSUBSANAR

34 FUNDACIÓN UNIVERSITARIA CEIPA SUBSANAR

35 UNIVERSIDAD AUTÓNOMA LATINOAMERICANA - UNAULA SUBSANAR

36 UNIVERSIDAD CATÓLICA LUIS AMIGÓ SUBSANAR

37 UNIVERSIDAD CES SUBSANAR

38 UNIVERSIDAD DE CARTAGENA SUBSANAR

39 UNIVERSIDAD EAN SUBSANAR

40 UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE BOLIVAR SUBSANAR

41 UNIVERSIDAD DE CÓRDOBA SUBSANAR

42 PONTIFICIA UNIVERSIDAD BOLIVARIANA SEDE

BUCARAMANGA

SUBSANAR

43 PONTIFICIA UNIVERSIDAD BOLIVARIANA SEDE MEDELLINSUBSANAR

44 PONTIFICIA UNIVERSIDAD BOLIVARIANA SEDE MONTERÍASUBSANAR

45 PONTIFICIA UNIVERSIDAD BOLIVARIANA SEDE PALMIRA SUBSANAR

46 COLEGIO MAYOR DE NUESTRA SEÑORA DEL ROSARIO SUBSANAR

47 CORPORACIÓN UNIVERSITARIA AMERICANA SUBSANAR

48 INSTITUCIÓN UNIVERSITARIA POLITÉCNICO

GRANCOLOMBIANO

SUBSANAR

49 PONTIFICIA UNIVERSIDAD JAVERIANA (BOGOTÁ) SUBSANAR

50 ALIANZA - UNIVERSIDAD CATÓLICA DE MANIZALES SUBSANAR

ALIANZA - UNIVERSIDAD DE CALDAS SUBSANAR ALIANZA - UNIVERSIDAD DE MANIZALES SUBSANAR Que, de conformidad con el cronograma establecido, las IES postulantes tenían plazo para presentar documentos subsanables del 14 al 16 de noviembre de 2018. Que, las siguientes IES postulantes, presentaron documentos subsanables dentro del término establecido:

IES ESTADO

CORPORACIÓN UNIVERSITARIA IBEROAMERICANA Subsanó

UNIVERSIDAD SAN BUENAVENTURA DE CALI Subsanó

INSTITUTO TOLIMENSE DE FORMACIÓN TÉCNICA PROFESIONAL Subsanó

UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DEL CARIBE Subsanó

CORPORACIÓN UNIVERSITARIA RAFAEL NÚÑEZ Subsanó

UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE OCCIDENTE Subsanó

UNIVERSIDAD DE LA SABANA Subsanó

UNIVERSIDAD CES Subsanó CORPORACIÓN UNIVERSITARIA AMERICANA Subsanó PONTIFICIA UNIVERSIDAD JAVERIANA (BOGOTÁ) SubsanóQue, las siguientes IES postulantes presentaron documentos de manera extemporánea, los cuales en consecuencia, atendiendo las reglas del proceso no fueron tenidos en cuenta:

NO IES EVALUACIÓN

1 FUNDACIÓN ACADEMIA DE DIBUJO PROFESIONAL EXTEMPORÁNEO 2 FUNDACIÓN UNIVERSITARIA LUIS AMIGÓ EXTEMPORÁNEO Que, de las IES postulantes, las relacionadas a continuación desistieron:

NO IES

1 UNIVERSIDAD DEL CAUCA-SEDE NORTE (INGENIERIA AGROINDUSTRIAL)

2 UNIVERSIDAD DEL CAUCA-SEDE EL BORDO (INGENIERÍA AGROPECUARIA) 3 UNIVERSIDAD DEL CAUCA-SEDE EL BORDO (INGENIERÍA AGROINDUSTRIAL) 4 UNIVERSIDAD DEL CAUCASEDE SUR (LICENCIATURA EN CIENCIAS NATURALES YEDUCACIÓN AMBIENTAL) 5 UNIVERSIDAD DEL CAUCA-SEDE NORTE (TECNOLOGÍA EN GESTIÓN DE PROYECTOSAGRÍCOLAS) 6 UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE BOLÍVAR Que, de conformidad con lo anterior las siguientes son las IES postulantes habilitadas:

NOMBRES IES PUNTAJETOTAL

UNIVERSIDAD DEL PACIFICO 14.34

PONTIFICIA UNIVERSIDAD JAVERIANA (BOGOTA) 29.60

PONTIFICIA UNIVERSIDAD JAVERIANA (CALI) 28.93

UNIVERSIDAD DE LA SABANA 23.70

UNIVERSIDAD DE SAN BUENAVENTURA (CALI) 31.85

UNIVERSIDAD MANUELA BELTRÁN 25.29

UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DEL CARIBE 18.83

UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE MANIZALES 27.12

UNIVERSIDAD CES 25.48

FUNDACIÓN UNIVERSITARIA LOS LIBERTADORES 24.99

INSTITUCIÓN UNIVERSITARIA COLOMBO AMERICANA - ÚNICA 23.75

CORPORACIÓN UNIVERSITARIA RAFAEL NÚÑEZ 13.88

CORPORACIÓN UNIVERSITARIA IBEROAMERICANA 31.16

INSTITUCIÓN UNIVERSITARIA ANTONIO JOSÉ CAMACHO 19.66

FUNDACIÓN UNIVERSITARIA PARA EL DESARROLLO HUMANO - UNINPAHU 29.57

CORPORACIÓN EDUCATIVA ITAE 19.81

CORPORACIÓN TECNOLÓGICA INDUSTRIAL COLOMBIANA - TEINCO 14.41

CORPORACIÓN UNIVERSITARIA COMFACAUCA UNICOMFACAUCA 18.09

INSTITUTO TOLIMENSE DE FORMACIÓN TÉCNICA PROFESIONAL 16,28

POLITÉCNICO INTERNACIONAL INSTITUCIÓN DE EDUCACIÓN SUPERIOR18.31

CORPORACIÓN UNIVERSITARIA AMERICANA 12.22

UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE OCCIDENTE 25.40Que el Ministerio de Educación Nacional acorde con lo establecido en el cronograma, procede a publicar en la

página web los documentos que a continuación se relacionan:

1. Tasa de deserción aplicada con su descripción.

2. Programas acreditados aplicados con su descripción.

3. Impacto regional aplicado con su descripción.

4. Orientación académica aplicada con su descripción.

5. Tasa de graduación aplicada con su descripción.

Que, una vez terminado el proceso de evaluación se obtiene el siguiente resultado:

NOMBRES IES PUNTAJETOTAL

UNIVERSIDAD DEL PACIFICO 14.34

PONTIFICIA UNIVERSIDAD JAVERIANA (BOGOTÁ) 29.60

PONTIFICIA UNIVERSIDAD JAVERIANA (CALI) 28.93

UNIVERSIDAD DE LA SABANA 23.70

UNIVERSIDAD DE SAN BUENAVENTURA (CALI) 31.85

UNIVERSIDAD MANUELA BELTRÁN 25.29

UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DEL CARIBE 18,83

UNIVERSIDAD AUTONOMA DE MANIZALES 27.12

UNIVERSIDAD CES 25.48

FUNDACION UNIVERSITARIA LOS LIBERTADORES 24.99

INSTITUCIÓN UNIVERSITARIA COLOMBO AMERICANA - ÚNICA 23,75

CORPORACION UNIVERSITARIA RAFAEL NÚÑEZ 13.88

CORPORACION UNIVERSITARIA IBEROAMERICANA 31,16

INSTITUCIÓN UNIVERSITARIA ANTONIO JOSÉ CAMACHO 19.66

FUNDACION UNIVERSITARIA PARA EL DESARROLLO HUMANO - UNINPAHU 29.57

CORPORACION EDUCATIVA ITAE 19.81

CORPORACION TECNOLÓGICA INDUSTRIAL COLOMBIANA - TEINCO 14.41

CORPORACIÓN UNIVERSITARIA COMFACAUCA UNICOMFACAUCA 18.09

INSTITUTO TOLIMENSE DE FORMACIÓN TÉCNICA PROFESIONAL 16.28

POLITÉCNICO INTERNACIONAL INSTITUCION DE EOUCACIÓN SUPERIOR18.31

CORPORACIÓN UNIVERSITARIA AMERICANA 12.22

UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE OCCIDENTE 25.40

Que. a la fecha, el Ministerio de Educación Nacional publica acorde con lo establecido en el cronograma, en la página web establecida para tal fin los siguientes documentos:

1. Matriz de verificación de requisitos de participación (Excel)

2. Matriz Informe de Calificación (Excel)

3. Documentos de respuestas finales a reclamaciones y subsanaciones presentadas por las IES. (PDF)Que según lo dispuesto en el artículo 2.5.3.4.2.4 del Decreto 1075 de 2015 se obtuvieron los 20 programas de la convocatoria «Programa de Becas SER» 2018, los cuales se consignan en el presente acto administrativo Que, en mérito de lo expuesto, RESUELVE ARTÍCULO 1. PROGRAMAS DE BECAS SELECCIONADOS. Los 20 programas de becas que obtuvieron los mayores puntajes en la convocatoria «Programa de Becas SER» 2018, que serán financiados con recursos provenientes de donaciones, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.5.3.3.4.2.4 del Decreto 1075 de

2015, son: ítem Nombre IES Total 1 UNIVERSIDAD DE SAN BUENAVENTURA (CALI) 31,85

2 CORPORACIÓN UNIVERSITARIA IBEROAMERICANA 31,16 3 PONTIFICIA UNIVERSIDAD JAVERIANA (BOGOTÁ) 29,60 4 FUNDACIÓN UNIVERSITARIA PARA EL DESARROLLO HUMANO -UNINPAHU 29.57 5 PONTIFICIA UNIVERSIDAD JAVERIANA (CALI) 28,93

6 UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE MANIZALES 27.12 7 UNIVERSIDAD CES 25,48

8 UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE OCCIDENTE 25.40

9 UNIVERSIDAD MANUELA BELTRÁN 25,29

10 FUNDACIÓN UNIVERSITARIA LOS LIBERTADORES 24,99

11 INSTITUCIÓN UNIVERSITARIA COLOMBO AMERICANA - ÚNICA 23.75

12 UNIVERSIDAD DE LA SABANA 23,70

13 CORPORACIÓN EDUCATIVA ITAE 19,81

14 INSTITUCIÓN UNIVERSITARIA ANTONIO JOSÉ CAMACHO 19,66

15 UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DEL CARIBE 18.83

16 POLITÉCNICO INTERNACIONAL INSTITUCIÓN DE EDUCACIÓN SUPERIOR18,31

17 CORPORACIÓN UNIVERSITARIA COMFACAUCA UNICOMFACAUCA 18,09

18 INSTITUTO TOLIMENSE DE FORMACIÓN TÉCNICA PROFESIONAL 16,28

19 CORPORACIÓN TECNOLÓGICA INDUSTRIAL COLOMBIANA - TEINCO 14,41

20 UNIVERSIDAD DEL PACIFICO 14.34

Ir al inicio ARTÍCULO 2. ASIGNACIÓN DEL CUPO MÁXIMO DE DONACIÓN. Asígnese un cupo de hasta DOS MIL QUINIENTOS MILLONES DE PESOS ($2.500.000.000) a cada uno de los programas de becas seleccionados

en el artículo 1 de la presente resolución.

PARÁGRAFO: El Ministerio de Educación Nacional podrá realizar modificaciones al cupo asignado a los programas de becas seleccionados, de acuerdo con las dinámicas de recaudo que haya tenido cada programa de becas, según lo establecido en el parágrafo del artículo 2.5.3.3.4.2.4 del Decreto 1075 de 2015.

ARTÍCULO 3. Comuniqúese a las IES postulantes de programas Becas Ser seleccionadas el contenido de la presente Resolución. Ir al inicio ARTÍCULO 4. VIGENCIA. La presente resolución rige desde la fecha de su expedición.PUBLÍQUESE COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en Bogotá D.C., CONSTANZA ALARCÓN PÁRRAGA Ir al inicio Normograma del Ministerio de Educación Nacional de la República de Colombia

ISSN : 2463-2554 En línea Última actualización: Control de versiones Créditos y reserva de derechos de autor Ministerio de Educación Nacional de la República de Colombia - DRA © 2023

Ministerio de Educación Nacional

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