🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

MINEDUCACION - Resolución 18345 de 2013

Ministerio de Educación

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
MINEDUCACION - Resolución 18345 de 2013
Autor
Ministerio de Educación
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Educación
Año
2013

Gov.co Ministerio de Educación Buscar en la compilación   InicioTransparencia y Acceso a la Información PúblicaAtención y Servicios a la CiudadaníaParticipaMinisterioPreescolar, básica y mediaEducación superiorNoticias Menú principalInicio Transparencia y Acceso a la Información Pública Atención y Servicios a la Ciudadanía Participa MinisterioPreescolar, básica y media Educación superior NoticiasUsted está en:  InicioDocumentoUsted está en:  InicioDocumento Resolución 18345 de 2013 ME Ocultar anotaciones  Buscar  Índice  RESOLUCION 18345 DE 2015 (diciembre 18) <Fuente: Archivo interno entidad emisora> MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL "Por la cual se asignan recursos provenientes del Sistema General de Participaciones para Educación por concepto degratuidad educativa a los establecimientos educativos a nivel nacional, en virtud de los dispuesto por el artículo 140 dela Ley 1450 de 2011 (Ley del Plan Nacional de Desarrollo) y se modifican las resoluciones 2767 de marzo 19, 4768 deAbril 29 y 12550 de Septiembre 13 de 2013"

CONSIDERANDO:

Que el artículo 140 de la Ley 1450 de 2011 establece que los recursos del Sistema General de Participaciones paraeducación que se destinen a gratuidad educativa deberán ser girados directamente a las instituciones educativasestatales, de conformidad con la reglamentación que el Gobierno Nacional establezca. Que el artículo 16 de la Ley 715 de 2001, señala que la participación para educación del Sistema General deParticipaciones, será distribuida atendiendo los siguientes criterios: i) población atendida ii) población por atender encondiciones de eficiencia iii) equidad.Que para reglamentar el artículo 140 de la Ley 1450 de 2011 el Ministerio de Educación Nacional expidió el Decreto4807 de 2011 "por el cual se establecen las condiciones de aplicación de la gratuidad educativa para los estudiantes deeducación preescolar, primaria, secundaria y media de las instituciones educativas estatales y se dictan otrasdisposiciones para su implementación". Que de acuerdo con en el artículo 6 del Decreto 4807 de 2011, los recursos del Sistema General de Participaciones quese destinen a gratuidad educativa serán girados por el Ministerio de Educación Nacional directamente a los Fondos deServicios Educativos de las instituciones educativas estatales. Que el artículo 7 del Decreto 4807 de 2011 establece el procedimiento para el giro de los recursos del Sistema Generalde Participaciones para gratuidad educativa por parte del Ministerio de Educación Nacional a los Fondos de ServiciosEducativos de las instituciones educativas estatales. Que el documento CONPES No. 162 del 14 de marzo de 2013 distribuyó parte de los recursos de la participación paraeducación del Sistema General de Participaciones, en particular el componente relacionado con gratuidad educativa, porvalor de $561.459.809.000, de los cuales a través del presente acto administrativo se asigna $90.799.000.

Que el artículo 7 del Decreto 4807 de 2011 numeral d) establece que "El Ministerio de Educación Nacional elaboraráuna resolución que contenga la desagregación de la asignación de recursos por establecimiento educativo, la cual seconstituirá en el acto administrativo que soporte el giro de los recursos” Que mediante Resoluciones 2767 de marzo 19, 4768 de Abril 29 y 12550 de Septiembre 13 de 2013, se asignaronrecursos provenientes del sistema general de participaciones para educación por concepto de gratuidad educativa a losestablecimientos educativos a nivel nacional, en virtud de lo dispuesto por el artículo 140 de la Ley 1450 de 2011. Que por inconsistencias en la información de algunos establecimientos educativos incluidos en las resolucionesmencionadas en el anterior considerando, no fue posible hacer efectivo el giro de la asignación correspondiente porconcepto de gratuidad. Que los establecimientos educativos que se relacionan en la parte resolutiva cumplieron con los requisitos establecidosen el artículo 7 del decreto 4807 de 2011 y en la Directiva Ministerial No 23 de 2011. Que los recursos desagregados por el Ministerio de Educación Nacional en la parte resolutiva, se encuentranrespaldados por Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. 96213 expedido por el Jefe de Presupuesto de laentidad, por valor de $ 561.459.809.000, con cargo al presupuesto del Ministerio de Educación Nacional, rubroTransferencias. RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO. Desagregar la asignación de los recursos de la Participación para Educación del SistemaGeneral de Participaciones destinados a la financiación de la gratuidad educativa, distribuidos a los municipios porconcepto de calidad mediante el documento CONPES No.162 de 2013 a las siguientes instituciones educativas:

No DEPARTAMENTO MUNICIPIONOMBRE NIT CUENTABANCARIATIPOSDECUENTA NITBANCOASIGNACIONDERECURSOS 1 CórdobaSan José de UreDESEAGRADOCORAZONDE JESUS 8120082289663128611 AHR 890903938$ 10.365.000 2 Guajira Riohacha CENTROEDUCATIVOTIV O#13BELEN 900464836758012298 CRR 860003020$ 3.575.000 3 Nariño Ricaurte CENTROEDUCTAIVO900524435448680035122AHR 800037800$ 29.054.00INDIGENACAMAWARI 4 Arauca Arauca CEARSANTOANGEL

900444279506000073748AHR 860034313$ 47.805.000 5 Antioquia Turbo T.ESAGRADOCORAZONDE JESUS 900582286920013778 CRR 860003020 $ 330.000

Ir al inicio ARTÍCULO SEGUNDO. Modificar la información correspondiente a los siguientes consecutivos incluidos en laResolución 2767 de marzo 19 de 2013, los cuales quedarán así: NoDEPARTAMENTO MUNICIPIONOMBRE NIT CUENTABANCARIATIPOSDECUENTA NITBANCOASIGNACIONDERECURSOS 1 Córdoba PuertoEscondido CENTRODOCENTESAN JOSECANALETE 800175684327690000036CRR 80037800$ 15.923.000

2 Choco Acandi TESEAGRADOCORAZONDE JESUS

900389575333010000615CRR 800037800$ 43.967.000

Ir al inicio ARTÍCULO TERCERO. Modificar la información correspondiente al consecutivo incluido en la Resolución 4768 deAbril 29 de 2013, el cual quedará así: NoDEPARTAMENTOMUNICIPIONOMBRE NIT CUENTABANCARIATIPOSDECUENTA NITBANCOASIGNACIONDERECURSOS

1 Guajira Uribía INSTITUCIONEDUCATIVA INTEGRALRURALINERNADODE SIAPANA

800070715758006084CRR 860003020$ 7.1265.000 Ir al inicio ARTÍCULO CUARTO. Excluir la información correspondiente al consecutivo N° 3 de la Resolución 12550 deSeptiembre 13 de 2013. NoDEPARTAMENTOMUNICIPIONOMBRE NIT CUENTABANCARIATIPOSDECUENTA NITBANCOASIGNACIONDERECURSOS 1 Cesar ValleduparTE. VILLAGERMANIA90002996210300072451AHR 860007738$ 19.750.000 Ir al inicio ARTÍCULO QUINTO. REGISTRO PRESUPUESTAL Y GIRO. Efectúese por la Subdirección Financiera delMinisterio de Educación Nacional el registro presupuestal y los giros de los recursos desagregados en en<sic> losartículos del primero al tercero de la presente resolución a las cuentas bancarias de los correspondientes Fondos deServicios Educativos que se señalan en el mismo. Ir al inicio ARTÍCULO SEXTO. DESTINACIÓN ESPECÍFICA. Los recursos que se desagregan mediante este actoadministrativo, no podrán ser destinados a ningún objeto ni propósito diferente a los usos expresados por el Ministeriode Educación Nacional a través del decreto 4791 de 2008 adicionado por el decreto 4807 de 2011. Ir al inicio

Ir al inicio ARTÍCULO SEPTIMO. VIGENCIA. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición. Las demásdisposiciones contenidas en las Resoluciones 2767 de marzo 19, 2929 de marzo 21 y 2960 de marzo 26 de 2013, nomodificadas en la presente resolución continúan vigentes.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Bogotá D.C., a los LA MINISTRA DE EDUCACIÓN NACIONAL MARIA FERNANDA CAMPO SAAVEDRA Ir al inicio Normograma del Ministerio de Educación Nacionalde la República de ColombiaISSN : 2463-2554 En líneaÚltima actualización: Control de versionesCréditos y reserva de derechos de autorMinisterio de Educación Nacional de la República de Colombia - DRA © 2023 Ministerio de Educación Nacional

Dirección: Calle 43 No. 57 - 14. CAN. Bogotá, Colombia. Código Postal 111321.

Teléfono Conmutador: (601) 22 22800 - Línea gratuita fuera de Bogotá: 018000 - 910122 - Fax: (601) 2224953

Horario de atención: Lunes a jueves de 8:00 a.m. a 5:00 p.m. y viernes de 7:00 a.m. a 4:00 p.m. Jornada continua Soporte técnico - Sistemas de información. Teléfono: (601) 484 5410 - Línea gratuita nacional 018000-510258

Correo Anticorrupción: soytransparente@mineducacion.gov.co Correo de notificaciones judiciales: notificacionesjudiciales@mineducacion.gov.co Canales físicos y electrónicos para atención al público @Mineducacion @mineducacioncol@Mineducacion @MinisteriodeEducaciónNacional @MinisteriodeEducaciónNacionalTérminos y condicionesPolíticasMapa del sitioAccesibilidad

Canales físicos y electrónicos para atención al público @Mineducacion @mineducacioncol@Mineducacion @MinisteriodeEducaciónNacional @MinisteriodeEducaciónNacionalTérminos y condicionesPolíticasMapa del sitioAccesibilidad ©Copyright 2021 - Todos los derechos reservados Gobierno de Colombia Colombia logo Logo Gov.co InicioInicioMÓDULOS Opción documentosDecreto Único Reglamentario del Sector Educación VER MÁS Opción documentosCompilación normativa del Sector Educación VER MÁS Opción documentosNormativa organizacional del MEN VER MÁS Opción documentosNormativa común a todas las entidades públicas

VER MÁS

Opción documentosNormativa del Sistema Integrado de Gestión MEN VER MÁS Opción documentosÍndice de temas misionales VER MÁS Opción documentosEducación superior VER MÁS Opción documentosEducación inicial, básica y media VER MÁS Opción documentosConceptos - Doctrina VER MÁS Opción documentosJurisprudencia

VER MÁS

Opción documentosBoletín Jurídico de Novedades Normativas VER MÁS Opción documentosHerramientas de búsqueda VER MÁS× Contraste Contraste | Modo oscuro Reducir Reducir letra (16px) Aumentar Aumentar letra (16px) Centro de relevo Centro de relevoVolver arriba

Consultar sobre este documento ...