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MINEDUCACION - Resolución 24528 de 2023

Ministerio de Educación

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Detalles

Título
MINEDUCACION - Resolución 24528 de 2023
Autor
Ministerio de Educación
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Educación
Año
2023

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Usted está en:  Inicio Documento Resolución 24528 de 2023 ME Ocultar anotaciones

 Buscar  Índice  RESOLUCIÓN 24528 DE 2023 (diciembre 14) Diario Oficial No. 52.620 de 26 de diciembre de 2023 MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL Por medio de la cual se reglamenta el otorgamiento del premio “Gerardo Bedoya Borrero”. LA MINISTRA DE EDUCACIÓN NACIONAL, en uso de las facultades conferidas por la Constitución Política de Colombia, la Ley 30 de 1992, la Ley 115 de 1994, la Ley 1o de 1951, el artículo 2.5.3.4.1.6. del Decreto número 1075 de 2015 Único Reglamentario del Sector Educación, el artículo 2o del Decreto número 5012 de 2009.

CONSIDERANDO: Que de conformidad con el acuerdo de solución amistosa suscrito entre la Agencia Nacional de Defensa Jurídica

del Estado y la Sociedad Interamericana de Prensa, el 16 de agosto de 2019, ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos, se acordó como medida de satisfacción la creación “…del premio honorífico en honor a Gerardo Bedoya Borrero. Con el fin de honrar la memoria del periodista Gerardo Bedoya Borrero, el Ministerio de Educación Nacional otorgará anualmente el premio honorífico Gerardo Bedoya, en la ceremonia de “La Noche de los Mejores” al mejor resultado de las pruebas Saber Pro del programa de Periodismo y Comunicación Social. Este premio honorífico no conlleva apoyos adicionales de tipo económico ni asistencial”. Que el Gobierno nacional, a través del Ministerio de Educación Nacional, con el propósito de dar cumplimiento al acuerdo de solución amistosa, anualmente exalta con el premio Gerardo Bedoya Borrero al estudiante que obtenga el mayor puntaje en el programa de Periodismo y Comunicación Social en los Exámenes de Estado de Calidad de la Educación Superior - Saber Pro. Que en la Ley 2155 de 2021 “Por medio de la cual se expide la ley de inversión social y se dictan otras disposiciones”, artículo 19, se establece que “En desarrollo del mandato del artículo 209 de la Constitución Política y con el compromiso de reducir el Gasto Público, en el marco de una política de austeridad, eficiencia y efectividad en el uso de los recursos públicos, durante los siguientes 10 años contados a partir de la entrada en vigencia de la presente ley, el Gobierno nacional anualmente reglamentará mediante decreto un Plan de

Austeridad del Gasto para cada vigencia fiscal aplicable a los órganos que hacen parte del Presupuesto General de la Nación”. Que, en cumplimiento del artículo citado, el Gobierno nacional expidió el Decreto número 444 de 2023 “Por el cual se establece el Plan de Austeridad del Gasto 2023 para los órganos que hacen parte del Presupuesto General de la Nación”, estableciendo, entre otros aspectos, medidas de austeridad respecto a eventos y condecoraciones. Que el artículo 3o de la Ley 489 de 1998 “Por la cual se dictan normas sobre la organización y funcionamiento de las entidades del orden nacional, se expiden las disposiciones, principios y reglas generales para el ejercicio de las atribuciones previstas en los numerales 15 y 16 del artículo 189 de la Constitución Política y se dictan otras disposiciones”, resalta que la función administrativa se desarrollará conforme a los principios constitucionales, entre los cuales se encuentran los de celeridad, eficacia y eficiencia. Que en armonía con los principios que orientan la función pública, en atención a la política de austeridad, eficiencia y efectividad en el uso de los recursos públicos, y con el propósito esencial de continuar honrando al periodista Gerardo Bedoya Borrero en las pruebas Saber Pro en el programa de Comunicación Social y Periodismo, se hace necesario reglamentar la entrega del premio al estudiante que obtuvo el mayor puntaje en los Exámenes de Estado de Calidad de la Educación Superior - Saber Pro, en el programa de Comunicación Social y Periodismo. Que de conformidad con lo establecido en el numeral 9 del artículo 3o y el numeral 8 del artículo 8o de la Ley

1437 de 2011 “Por la cual se expide el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo” y el artículo 2.1.2.1.14 del Decreto número 1081 de 2015 “Por medio del cual se expide el Decreto Reglamentario Único del Sector Presidencia de la República”.

RESUELVE: ARTÍCULO 1o. RECONOCIMIENTO Y PREMIACIÓN PREMIO "GERARDO BEDOYA BORRERO". El premio al estudiante que obtuvo el mayor puntaje en los Exámenes de Estado de Calidad de la Educación Superior - Saber Pro, en el programa de Comunicación Social y Periodismo, será concedido por el Ministerio de Educación Nacional al estudiante que haya obtenido el mayor puntaje en su categoría.

Para ello, el Ministerio de Educación Nacional podrá establecer periodicidades de tiempo en los cuales realizará dicho reconocimiento, y definir el instrumento normativo o documento a través del cual se materializará. De igual manera, teniendo en cuenta la política de austeridad y según la necesidad, podrá definir los distintivos que tendrá el premio.Ir al inicio ARTÍCULO 2o. VIGENCIA. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación. Publíquese y cúmplase. Dada en Bogotá, D. C., a 14 de diciembre de 2023. La Ministra de Educación Nacional, Aurora Vergara Figueroa Ir al inicio Normograma del Ministerio de Educación Nacional de la República de Colombia

ISSN : 2463-2554 En línea

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