MINEDUCACION - Resolución 2802 de 2015
Ministerio de Educación
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Detalles
- Título
- MINEDUCACION - Resolución 2802 de 2015
- Autor
- Ministerio de Educación
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Educación
- Año
- 2015
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Buscar Índice RESOLUCION 2802 DE 2015 (marzo 4) <Fuente: Archivo interno entidad emisora> MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL "Por la cual se declara desierto el proceso de elección del representante de las escuelas e institutos técnicos de electricidad ante el Consejo Nacional de Técnicos Electricistas – CONTE, adelantado por el Ministerio de Educación Nacional en virtud de lo dispuesto por la Resolución 17870 de 2014" LA MINISTRA DE EDUCACION NACIONAL En uso de sus atribuciones legales en especial, las conferidas en el numeral 3o del artículo 59 de la Ley 489 de 1998 y el parágrafo del artículo 9 del Decreto 991 de 1991, y CONSIDERANDO:Que el artículo 5 de la Ley 19 de 1990 establece los miembros que integran el Consejo Nacional de Técnicos Electricistas - CONTE, entre los que se encuentra: "un (1) representante de las escuelas o institutos técnicos de
electricidad" (literal b.). Que la elección del referido representante se encuentra regulada en ei artículo 9 del Decreto 991 de 1991, de la siguiente forma: "El representante de las escuelas e institutos técnicos de electricidad al Consejo Nacional de Técnicos Electricistas, a que se refiere el articulo 5o de la Ley 19 de 1990, será seleccionado por el Ministerio de Educación Nacional de la terna presentada por los mencionados centros educativos que funcionen en el país debidamente aprobados por el Gobierno Nacional, dentro de los tres (3) meses anteriores al vencimiento del periodo de quien esté ejerciendo el cargo. Parágrafo. Transcurrido el término a que se refiere el presente artículo sin que se haya presentado la terna correspondiente, el Ministerio de Educación Nacional procederá a elegir el representante respectivo". Que mediante la Resolucíón No. 17870 de 2014, el Ministerio de Educación Nacional fijó el procedimiento para la elección del representante de las escuelas e institutos técnicos de electricidad ante el CONTE, cuando no se haya presentado la terna correspondiente ante el Ministerio de Educación Nacional, de que trata el artículo 9 del Decreto 991 de 1991. Que en virtud de dicho procedimiento, el Ministerio de Educación Nacional adelantó la mencionada elección, desarrollando las siguientes etapas:
1. Publicación de la Convocatoria: El primer aviso fue publicado el 18 de noviembre de 2014 y el segundo aviso el 28 de noviembre de 2014. Así mismo, se realizó publicación de los avisos en la página web del Ministerio de
Educación Nacional bajo el link: http://www.mineducacion.gov.co/1621/w3-article-347155.htmly en la plataforma del Sistema de Aseguramiento de la Calidad en Educación Superior -SACESbajo el hItp:Uwww.mineducacion.qov.co/sistemasd&nformacion/1735/article-347187.html
2. Postulación de Candidatos: Se realizó del 1 al 5 de diciembre de 2014, mediante escrito dirigido a la Subdirección de Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior y radicado en la Unidad de Atención al
Ciudadano del Ministerio de Educación Nacional.
3. Recepción de Postulaciones: Mediante documento identificado bajo el Cordis No. 2014ER204177, de fecha 3 de diciembre de 2014, dirigido a la Subdirección de Asegurarniento de la Calidad de la Educación Superior, se recepcionó la única postulación de candidato correspondiente al señor Leonardo Guasca Vergara.
Que en relación con la postulación, el artículo 4 de la Resolución 17870 de 2014, señaló lo siguiente: "Los representantes legales de las instituciones de educación superior señaladas en el artículo 1o de la presente Resolución, postularán a su respectivo candidato radicando ante la Unidad de Atención al Ciudadano del Ministerio de Educación Nacional, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la publicación del segundo aviso, escrito dirigido a la Subdirección de Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior o quien haga sus veces, anexando la hoja de vida de su candidato con sus correspondientes soportes."
Que en atenclón a lo dispuesto en el parágrafo 2 del artículo 1o de la Resolución No. 17870 de 2014, le correspondió a la Subdirección de Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior del Ministerio proceder a verificar si la única postufación cumplía con los requisitos exigidos en dicho acto administrativo y en la convocatoria publicada. Que en ejercicio de dicha facultad, la Subdirección de Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior encontró que el candidato Leonardo Guasca Vergara, identificado con la cédula de ciudadanía número 11.383.610 de Fusagasugá (Cundinamarca) no se encontraba debidamente postulado, de conformidad con loestablecido en la Resolución No. 17870 de 2014, pues si bien radicó la documentación exigida en el acto administrativo y en la convocatoria dentro del término legal, el candidato fue postulado por una entidad territorial (Secretaria de Educación de Yopal) y no por una escuela o instituto técnico de electricidad, de aquellos definidos en el parágrafo 1 del artículo 1" de la mencionada Resolución, lo que se configura como causal de rechazo de la postulación. Que la decisión de rechazo fue comunicada al señor Leonardo Guasca Vergara por parte de la Subdirección de Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior, mediante oficio 2014EE104046 del 29 de diciembre de 2014. Que en virtud de lo dispuesto en el parágrafo del artículo 5 de la Resolución 17870 de 2014, según el cual: 'En
caso que no haya candidatos debidamente postulados, el Ministerio declarará desierta la convocatoria a través de la página web del Sistema de Información de Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior – SACES, y procederá a elegir al representante respectivo teniendo como fundamento el perfil más adecuado e idóneo para el cargo, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a esta declaración", resulta procedente la expedición del presente acto administrativo para continuar con el proceso de designación. Que en mérito de lo expuesto, RESUELVE: ARTÍCULO 1. Declarar deserto el proceso de elección del representante de las escuelas e institutos técnicos de electricidad ante el Consejo Nacional de Técnicos Electricistas – CONTE, adelantado por el Ministerio de Educación Nacional en virtud de lo dispuesto por la Resolución 17870 de 2014. ARTÍCUIO 2. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá D. C. LA MINISTRA DE EDUCACION NACIONAL, GINA PARODY D'ECHEONA Ir al inicio Normograma del Ministerio de Educación Nacional de la República de Colombia
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