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MINEDUCACION - Resolución 327 de 2024

Ministerio de Educación

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Detalles

Título
MINEDUCACION - Resolución 327 de 2024
Autor
Ministerio de Educación
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Educación
Año
2024

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Usted está en:  Inicio Documento Resolución 327 de 2024 ME Ocultar anotaciones

 Buscar  Índice  RESOLUCIÓN 327 DE 2024 (enero 12) Diario Oficial No. 52.648 de 24 de enero de 2024 MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL Por medio de la cual se suspenden términos en las actuaciones disciplinarias a cargo del Ministerio de Educación Nacional, como consecuencia de la expedición de los Decretos números 2269 y 2270 del 29 de diciembre de 2023. LA MINISTRA DE EDUCACIÓN NACIONAL, en uso de las facultades que le confiere el artículo 5o del Decreto número 2269 del 29 de diciembre de 2023, y CONSIDERANDO:Que mediante la Resolución número 010128 del 6 de junio de 2022, la Ministra de Educación Nacional ordenó la creación de un grupo interno de trabajo en la Secretaría General, denominado Grupo de Instrucción Disciplinaria. Que de acuerdo con el numeral 16 del artículo 189 de la Constitución Política, le corresponde al Presidente de la

República modificar la estructura de los Ministerios, Departamentos Administrativos y demás entidades u organismos administrativos nacionales, con sujeción a los principios y reglas generales definidas en la ley. Que el Ministerio de Educación Nacional presentó al Departamento Administrativo de la Función Pública, la justificación técnica, para efectos de modificar su estructura, encontrándola ajustada técnicamente, emitiendo en consecuencia, concepto previo favorable. Que mediante Decreto Ejecutivo 2269 del 29 de diciembre de 2023, el Gobierno nacional adoptó la estructura del Ministerio de Educación Nacional y determinó las funciones de sus dependencias. Que, dentro de la estructura del Ministerio de Educación Nacional, en el artículo segundo del Decreto número 2269 de 2023, numeral 2.1.8 figura la oficina de Control Disciplinario Interno. Que la adopción de la nueva estructura del Ministerio, requiere la provisión de empleos creados en la nueva planta, así como la reubicación de algunos de los empleos que hacían parte del grupo de instrucción disciplinaria, por lo tanto el Ministerio de Educación Nacional proveerá los empleos creados, de conformidad con la normatividad vigente sobre la materia. Que la Secretaría General del Ministerio de Educación Nacional, a efectos de garantizar el debido ejercicio de la acción disciplinaria, el debido proceso y el derecho pleno a la defensa, de una parte, y contribuir a las acciones tomadas por el Gobierno nacional. En mérito de lo anterior, RESUELVE: ARTÍCULO 1o. Suspender Términos en todas las actuaciones disciplinarás a cargo del Ministerio de Educación Nacional, a partir de la fecha de expedición de la presente resolución y hasta que se haga efectivo el

nombramiento del Jefe de la oficina de Control Disciplinario Interno, en garantía del debido proceso, derecho de defensa de los investigados y demás normativa vigente inmersa en el Código General Disciplinario. PARÁGRAFO. Una vez nombrado y posesionado el jefe de la Oficina de Control Disciplinario Interno del Ministerio de educación Nacional, se dará por terminada la suspensión de términos mencionada. Ir al inicio ARTÍCULO 2o. El Despacho de la Ministra de Educación Nacional, adoptará las medidas necesarias para dar cumplimiento a lo ordenado en el artículo anterior y coordinará con sus colaboradores las actividades a realizar en este periodo, garantizando, en todo caso, la atención de denuncias, peticiones o consultas que se generen dentro del término de la suspensión, bajo las condiciones que determine la entidad. Ir al inicio ARTÍCULO 3o. Publicar la presente resolución en el Diario Oficial, en la página web de la entidad y en lugar visible de las instalaciones del Ministerio de Educación Nacional. Ir al inicio ARTÍCULO 4o. Contra la presente resolución no procede recurso alguno. Ir al inicioARTÍCULO 5o. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición y se incorporará a los diferentes procesos seguidos en la entidad. Publíquese y cúmplase. Dada en Bogotá, D. C., a 12 de enero de 2024. La Ministra de Educación Nacional, Aurora Vergara Figueroa. Ir al inicio Normograma del Ministerio de Educación Nacional de la República de Colombia

ISSN : 2463-2554 En línea Última actualización: Control de versiones Créditos y reserva de derechos de autor Ministerio de Educación Nacional de la República de Colombia - DRA © 2023

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