MINEDUCACION - Resolución 4221 de 2010
Ministerio de Educación
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Detalles
- Título
- MINEDUCACION - Resolución 4221 de 2010
- Autor
- Ministerio de Educación
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Educación
- Año
- 2010
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Buscar Índice RESOLUCIÓN 4221 DE 2010 (mayo 27) Diario Oficial No. 47.726 de 31 de mayo de 2010 MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL Por medio de la cual se revoca parcialmente la Resolución número 3808 de 18 de mayo de 2010 que fijó el procedimiento interno para la convocatoria, inscripción y elección de algunos miembros del Consejo Nacional de Educación Superior – CESU. La Viceministra de Educación Preescolar, Básica y Media, encargada de las funciones del Despacho de la Ministra de Educación Nacional mediante Decreto 1742 de 21 de mayo de 2010, y en ejercicio de sus atribuciones legales y reglamentarias y en especial las conferidas en la Ley 30 de 1992, y los Decretos 3440 del 2006 y 5012 de 2009,
CONSIDERANDO: Que de conformidad con las disposiciones del artículo 35 de la Ley 30 de 1992, mediante Resolución número 3808 de 18 de mayo de 2010, se fijó el procedimiento interno para la convocatoria, inscripción y elección de los siguientes integrantes del Consejo Nacional de Educación Superior, CESU: Rector de una institución universitaria o escuela tecnológica, estatal u oficial, y un profesor universitario.
Que la referida resolución fundamentó la necesidad de escogencia de los dos integrantes del Consejo Nacional de Educación Superior, CESU, en la pérdida de la calidad que quienes ejercían la respectiva representación ante el órgano asesor del Ministerio de Educación Nacional. Que evaluada la consulta elevada por la representante de los profesores universitarios, el Ministerio de Educación Nacional encontró, según los preceptos de la Ley 30 de 1992 y el Decreto 3440 de 2006, que la doctora Olga Lucía Sanabria Diago, no ha perdido su calidad para continuar desempeñándose como miembro del Consejo Nacional de Educación Superior, CESU. En mérito de lo expuesto, este Despacho, RESUELVE: ARTÍCULO 1o. Revocar parcialmente la Resolución número 3808 de 18 de mayo de 2010, en el sentido de corregir que la convocatoria ordenada para la inscripción y elección de miembros del Consejo Nacional de Educación Superior, CESU, solo aplica para proveer la vacante del representante de los rectores de las Instituciones Universitarias o Escuelas Tecnológicas Estatales u Oficiales.
Ir al inicio ARTÍCULO 2o. El procedimiento descrito en la Resolución número 3808 de 18 de mayo de 2010 y los términos fijados para dar aplicación a este, se mantienen sin modificación alguna. Ir al inicio ARTÍCULO 3o. La Dirección de Calidad para la Educación Superior deberá, a través de la página web del Ministerio de Educación Nacional y de la publicación de un (1) aviso en un diario de amplia circulación nacional, presentar la corrección de la convocatoria que fue realizada a través de la Resolución número 3808 de 18 de mayo de 2010. Dada en Bogotá, D. C., a 27 de mayo de 2010. Publíquese y cúmplase. La Viceministra de Educación Preescolar, Básica y Media, encargada de las funciones del Despacho de la Ministra de Educación Nacional,
ISABEL SEGOVIA OSPINA.
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