MINEDUCACION - Resolución 5394 de 2010
Ministerio de Educación
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Detalles
- Título
- MINEDUCACION - Resolución 5394 de 2010
- Autor
- Ministerio de Educación
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Educación
- Año
- 2010
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Buscar Índice RESOLUCIÓN 5394 DE 2010 (junio 29) Diario Oficial No. 47.758 de 2 de julio de 2010 MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL Por la cual se modifica la Resolución 4516 del 8 de agosto de 2007, mediante la cual se asignaron recursos provenientes del recaudo de Ley 21 de 1982 para el mejoramiento de la infraestructura y dotación de instituciones educativas y se determinan los compromisos de la entidad territorial en la ejecución de los mismos. LA MINISTRA DE EDUCACIÓN NACIONAL, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial de las atribuidas por el artículo 148 de la Ley 115 de 1994, el artículo 5o de la Ley 715 de 2001 y el artículo 111 de la Ley 633 de 2000 y la Resolución número 3350 de 2007, y CONSIDERANDO:Que mediante Resolución número 4516 del 8 de agosto de 2007 se asignaron recursos a varios Entes Territoriales
para desarrollar proyectos de infraestructura y dotación de establecimientos educativos, y se establecieron los requisitos y compromisos que cada una de las Entidades Territoriales debería cumplir en ejecución de los mismos. En dicha resolución se estableció como plazo de máximo de ejecución dieciocho (18) meses contados a partir del primer desembolso de los recursos asignados. Que mediante Resolución 1328 del 16 de marzo de 2009 se modificó el numeral 4 del artículo 3o de la Resolución 4516 de 2007, en cuanto el plazo otorgado para la ejecución de los proyectos viabilizados, el cual se adicionó hasta el 31 de diciembre de 2009. Que posteriormente mediante Resolución 10686 del 28 de diciembre de 2009 se modificó el numeral 4 del artículo 3o de la Resolución 4516 de 2007, en cuanto el plazo otorgado para la ejecución de los proyectos viabilizados, hasta el 30 de marzo de 2010. Que la Resolución 2227 del 30 de marzo de 2010 modificó el numeral 4 del artículo 3o de la Resolución 4516 de 2007, en cuanto el plazo otorgado al departamento del Magdalena para la ejecución de los proyectos viabilizados, hasta el 30 de junio de 2010, así como el de las demás entidades territoriales beneficiadas con la asignación de recursos provenientes de Ley 21 de 1982 mediante la Resolución 4516 de 2007. Que en la actualidad el departamento de Magdalena ha solicitado la ampliación del plazo de ejecución dado por la Resolución número 4516 del 8 de agosto de 2007 por motivos de tipo técnico y administrativo, para garantizar
el buen funcionamiento de las obras de la IE Josefa María Romero del municipio de Concordia, y por lo tanto, con el fin de garantizar la debida aplicación de los recursos y la culminación efectiva de las obras en beneficio de la población escolar, se requiere modificar el numeral 4 del artículo 3o de la Resolución número 4516 del 8 de agosto de 2007, en cuanto al plazo establecido para ejecutar el proyecto en mención. Que de acuerdo a la evaluación de indicadores de gestión y verificación de ejecución de proyectos realizada por la Gerencia de Recursos en el informe parcial de seguimiento, con corte al 18 de junio de 2010, el departamento del Magdalena se encuentra adelantando el avance de las obras, en virtud de la prórroga otorgada mediante Resolución 2227 del 30 de marzo de 2010. Que habiéndose evaluado y constatado por parte de la Gerencia de Proyecto la solicitud de prórroga del departamento del Magdalena, el Ministerio de Educación Nacional concederá una prórroga específica para dicha entidad, que previamente ha presentado la debida justificación.
RESUELVE: ARTÍCULO 1o. Modificar el plazo otorgado al departamento del Magdalena en el artículo 3o numeral 4, para ejecutar la totalidad de los proyectos viabilizados hasta la fecha que se describe a continuación: ENTIDAD TERRITORIAL FECHA DE PRÓRROGAMAGDALENA 30 de octubre de 2010
Ir al inicio ARTÍCULO 3o. <sic, es 2> Quedan vigentes los demás artículos y plazos de la Resolución 4516 de 2007 que no
fueron modificados en la presente resolución. Ir al inicio ARTÍCULO 4o. VIGENCIA. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición. Publíquese y cúmplase. Dada en Bogotá D. C., a 29 de junio de 2010. La Ministra de Educación Nacional,CECILIA MARÍA VÉLEZ WHITE. Ir al inicio Normograma del Ministerio de Educación Nacional de la República de Colombia
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