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MINEDUCACION - Resolución 5525 de 2006

Ministerio de Educación

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Detalles

Título
MINEDUCACION - Resolución 5525 de 2006
Autor
Ministerio de Educación
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Educación
Año
2006

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Usted está en:  Inicio Documento Resolución 5525 de 2006 ME Ocultar anotaciones

 Buscar  Índice  RESOLUCIÓN 5525 DE 2006 (septiembre 13) Diario Oficial No. 46.481 de 13 de diciembre de 2006 MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL Por la cual se asignan los recursos a los departamentos de Santander, Cundinamarca y Magdalena y los municipios de Bucaramanga y Neiva para ampliar y mantener cobertura de la población vulnerable, mediante la contratación de la prestación del servicio educativo. LA MINISTRA DE EDUCACIÓN NACIONAL, en uso de sus facultades legales, en especial de las conferidas por el artículo 148 de la Ley 115 de 1994 y el artículo 5o de la Ley 715 de 2001, CONSIDERANDO:Que mediante Resolución 1457 del 7 de abril de 2006 el Ministerio de Educación Nacional reglamentó el artículo 5o Numeral 5.3 de la Ley 715 de 2001, en relación con la asignación de recursos a las entidades

territoriales para ampliar y mantener cobertura de la población vulnerable, mediante la contratación de la prestación del servicio educativo; Que de acuerdo con los criterios contenidos en la resolución antes citada los departamentos de Santander, Cundinamarca y Magdalena y los municipios de Bucaramanga y Neiva presentaron un proyecto para la ampliación de cobertura de la población vulnerable y obtuvieron el día 4 de agosto de 2006 por parte del Ministerio de Educación Nacional la aprobación del mismo, para así proceder a la contratación de la prestación del servicio educativo para atender a dicha población.

RESUELVE: ARTÍCULO 1o. ASIGNACIÓN DE RECURSOS. Asignar a las siguientes entidades territoriales certificadas recursos adicionales del Presupuesto Nacional, con el fin de garantizar la ampliación y mantenimiento de cobertura educativa para población vulnerable de conformidad con lo establecido en la Resolución 1457 de 2006: Oficio de concepto de

Viabilización Editorial Territorial Valor AsignadoNo. Beneficiarios aprobados CDP Rubro Cordis 2006EE33273Santander $678.912.0001.024 528 04/09/2006C6207035 Cordis 2006EE33278Cundinamarca$5.403.453.5026.342 529 04/09/2006C6207035 Cordis 2006EE33177Magdalena $692.250.000923 530 04/09/2006C6207035 Cordis 2006EE33177Magdalena $1.338.750.0001.785 553 04/09/2006C6207036

Cordis 2006EE33270Bucaramanga$363.000.000484 532 04/09/2006C6207036 Cordis 2006EE33269Neiva $882.750.0001.177 531 04/09/2006C6207036 El monto asignado por parte del Ministerio de Educación Nacional a los departamentos de Santander, Cundinamarca y Magdalena se realizará con cargo a la unidad ejecutora 220101 Ministerio de Educación Nacional, gestión general, tipo del gasto C, Programa 620. Subprograma 703, proyecto 5, Recurso 11, Concepto Ampliación de cobertura educativa para atender población vulnerable mediante contratación de la prestación del servicio educativo –previo concepto DNP–. El monto asignado por parte del Ministerio de Educación Nacional a los departamentos de Magdalena y los municipios de Bucaramanga y Neiva se realizará con cargo a la unidad ejecutora 220101 Ministerio de Educación Nacional, gestión general, tipo del gasto C, Programa 620, Subprograma 703, proyecto 6, Recurso 11, Concepto Ampliación de cobertura educativa mediante contratación de la prestación del servicio educativo – atención a la población desplazada– APD. Previo concepto DNP. Ir al inicio ARTÍCULO 2o. REQUISITOS PARA EL DESEMBOLSO DE LOS RECURSOS Y OBLIGACIONES DE LAS ENTIDADES TERRITORIALES CERTIFICADAS PARA EJECUTAR LOS RECURSOS. Los departamentos

de Santander, Cundinamarca y Magdalena y los municipios de Bucaramanga y Neiva deben cumplir los requisitos para el desembolso y criterios de ejecución de los recursos, así como las obligaciones establecidas en la Resolución 1457 de 2006. Ir al inicio ARTÍCULO 3o. REQUISITOS PARA LA EJECUCIÓN DE LOS RECURSOS. Los recursos asignados mediante la presente resolución solo podrán ser destinados a la ejecución del proyecto aprobado y deben ser incorporados al Presupuesto Anual de Rentas y Gastos de la entidad territorial, con destinación específica a laampliación de cobertura para población vulnerable, mediante la contratación de la prestación del servicio educativo, en un plazo no mayor a noventa (90) días, contados a partir de la expedición de la presente resolución. Los departamentos de Santander, Cundinararca y Magdalena y los municipios de Bucaramanga y Neiva deberán suscribir los contratos o actos administrativos por medio de los cuales se establezca la interventoría técnica, administrativa y financiera de cada uno de los contratos de prestación del servicio educativo, que se suscriban en el desarrollo de la presente resolución. Así mismo, deberán llevar contabilidad separada para el registro de los recursos entregados y mantener los libros a entera disposición de los organismos de control y vigilancia, del Ministerio de Educación Nacional, de la Gerencia y de la Interventoría del Proyecto. Ir al inicio ARTÍCULO 4o. SEGUIMIENTO Y SUPERVISIÓN. El seguimiento, supervisión y vigilancia de las obligaciones consignadas en la presente Resolución, se efectuará por parte del Ministerio de Educación Nacional

directamente o a t ravés de un tercero, y por parte de los secretarios de educación de los departamentos de Santander, Cundinamarca y Magdalena y los municipios de Bucaramanga y Neiva. Ir al inicio ARTÍCULO 5o. VIGENCIA. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación. Publíquese y cúmplase. Dada en Bogotá, D. C., a 13 de septiembre de 2006. La Ministra de Educación Nacional,

CECILIA MARÍA VÉLEZ WHITE.

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