MINEDUCACION - Resolución 6030 de 2006
Ministerio de Educación
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Detalles
- Título
- MINEDUCACION - Resolución 6030 de 2006
- Autor
- Ministerio de Educación
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Educación
- Año
- 2006
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Buscar Índice RESOLUCIÓN 6030 DE 2006 (octubre 3) Diario Oficial No. 46.484 de 16 de diciembre de 2006 MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL Por la cual se reglamenta el procedimiento para la elección de los miembros del Consejo Nacional de Educación Superior, CESU, a los que se les venció el período. LA MINISTRA DE EDUCACIÓN NACIONAL, en uso de las atribuciones legales, en especial de la conferida en el numeral 3 del artículo 59 de la Ley 489 de 1998 y de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30 de 1992, la Ley 115 de 1994, el Decreto 2230 de 2003 y el Decreto 3440 del 2 de octubre del 2006, y CONSIDERANDO:Que mediante la Ley 30 de 1992, en concordancia con lo dispuesto en el Decreto 2230 de 2003, el Consejo
Nacional de Educación Superior, CESU, es un organismo del Gobierno Nacional vinculado al Ministerio de Educación Nacional con funciones de coordinación, planificación, recomendación y asesoría; Que mediante el Decreto 3440 de 2006 se estableció el procedimiento para elegir a los representantes del Consejo Nacional de Educación Superior, CESU, previstos en los literales e), f), g), h), i), j), k), I) y m) del artículo 35 de la Ley 30 de 1992; Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3o del Decreto 3440 de 2006, la Secretaría Técnica del CESU la ejercerá el Director de Calidad para la Educación Superior del Viceministerio de Educación Superior; Que para el cabal desarrollo de lo dispuesto en las normas anteriormente citadas, es necesario fijar el procedimiento interno que permita realizar la convocatoria, inscripción y elección de los miembros del Consejo Nacional de Educación Superior, CESU, de conformidad con las citadas normas, RESUELVE: ARTÍCULO 1o. Convocar a los Rectores de universidades privadas, a los Rectores de universidades de economía solidaria, a los Rectores de instituciones universitarias o de escuelas tecnológicas, estatales u oficiales, a los Rectores de instituciones tecnológicas, oficiales y privadas y a los representantes de los grupos o centros de investigación reconocidos por Colciencias, para que mediante votación directa por medio magnético escojan a su representante de conformidad con lo dispuesto en las normas vigentes. Ir al inicio ARTÍCULO 2o. El proceso de elección se llevará a cabo mediante el siguiente procedimiento:
a) Convocatoria: Se llevará a cabo a través de la página web del Ministerio de Educación Nacional y de la publicación de dos avisos en un diario de circulación nacional los días 7 y 8 de octubre de 2006; b) Inscripción: De votantes y candidatos se realizará durante los días 9 al 18 de octubre de 2006, empezando a las 8:00 a. m. del primer día y cerrando a las 11:59 p.m. del último día señalado; c) Lista de candidatos debidamente inscritos: La Secretaría Técnica del CESU publicará la lista el día 19 de octubre de 2006 en la página web del Ministerio y en la página del CESU; d) Votación: Se llevará a cabo por medio de voto electrónico mediante el uso de medios virtuales el día 20 de octubre de 2006, en el horario comprendido entre las 8.00 a. m. y las 6.00 p. m. e) Publicación de resultados: Se realizará la publicación del acta a más tardar el 21 de octubre de 2006 a las 7.00 p. m. en la página web del Ministerio de Educación Nacional; f) Toma de juramento de los miembros elegidos: Se llevará a cabo en la sesión que se convoque inmediata después de la elección. Ir al inicio ARTÍCULO 3o. Esta resolución rige a partir de la fecha de su publicación. Publíquese y cúmplase. Dada en Bogotá, D. C., a 3 de octubre de 2006. La Ministra de Educación Nacional, CECILIA MARÍA VÉLEZ WHITE.Ir al inicio Normograma del Ministerio de Educación Nacional de la República de Colombia
ISSN : 2463-2554 En línea Última actualización: Control de versiones Créditos y reserva de derechos de autor Ministerio de Educación Nacional de la República de Colombia - DRA © 2023
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