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MINEDUCACION - Resolución 6554 de 2010

Ministerio de Educación

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Detalles

Título
MINEDUCACION - Resolución 6554 de 2010
Autor
Ministerio de Educación
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Educación
Año
2010

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Usted está en:  Inicio Documento Resolución 6554 de 2010 ME Ocultar anotaciones

 Buscar  Índice  RESOLUCIÓN 6554 DE 2010 (julio 29) Diario Oficial No. 47.790 de 3 de agosto de 2010 MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL Por la cual se modifica la Resolución 9650 del 19 de diciembre de 2008, mediante la cual se asignaron recursos provenientes del recaudo de Ley 21 de 1982 para el mejoramiento de la infraestructura y dotación de instituciones educativas y se determinan los compromisos de la entidad territorial en la ejecución de los mismos. LA MINISTRA DE EDUCACIÓN NACIONAL, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial de las atribuidas por el artículo 148 de la Ley 115 de 1994, el artículo 5o de la Ley 715 de 2001 y el artículo 111 de la Ley 633 de 2000 y la Resolución número 3350 de 2007 y,

CONSIDERANDO: Que mediante Resolución número 9650 del 19 de Diciembre de 2008, se asignaron recursos al Departamento de Arauca para desarrollar el proyecto de infraestructura y dotación de la Institución Educativa La Inmaculada del municipio de Puerto Rondón, y se establecieron los requisitos y compromisos que la Entidad Territorial debería cumplir en ejecución de los mismos. En dicha resolución se estableció como plazo máximo de ejecución dieciocho (18) meses contados a partir del primer desembolso de los recursos asignados.

Que en la actualidad el departamento de Arauca ha solicitado la ampliación del plazo de ejecución dado por la Resolución número 9650 del 19 de diciembre de 2008, por diferentes motivos de tipo administrativo y técnico, por lo tanto, con el fin de garantizar la debida aplicación de los recursos y la culminación efectiva de las obras en beneficio de la población escolar y la comunidad educativa beneficiada con la asignación de recursos y la ejecución del proyecto, se requiere modificar el numeral 4 del artículo 3o de la Resolución número 9650 del 19 de diciembre de 2008, en cuanto al plazo establecido para ejecutar el proyecto viabilizado por parte de la Entidad Territorial beneficiaria. Que de acuerdo a la verificación y el seguimiento realizado por la firma ARQ S. A. quien gerencia el proyecto de ampliación de infraestructura para el Ministerio de Educación Nacional, la entidad territorial beneficiaria no ha culminado la ejecución del proyecto por dificultades de tipo administrativo y técnico, en concordancia con el informe técnico de fecha 22 de julio de 2010, presentado por la entidad territorial.

Que habiéndose evaluado y constatado por parte de la Gerencia de Proyectos ARQ S.A la solicitud de prórroga del departamento de Arauca, el Ministerio de Educación Nacional concederá una prórroga específica para la entidad territorial que ha presentado la debida justificación. Que la supervisión general de la ejecución de los recursos asignados en virtud de la Resolución 9650 de 2008, contemplada en el artículo 4o de la misma resolución, ha sido trasladada de la Dirección de Descentralización a la Dirección de Cobertura y Equidad del Ministerio de Educación Nacional, en concordancia con el artículo 22 del Decreto número 5012 de 2009, por el cual se modifica la estructura del Ministerio de Educación Nacional, y se determinan las funciones de sus dependencias.

RESUELVE: ARTÍCULO 1o. Modificar la Resolución número 9650 del 19 de Diciembre de 2008, en su artículo 3o numeral 4 el cual quedará así: “ 4) Obligarse a ejecutar la totalidad de los proyectos viabilizados en el plazo comprendido entre el primer desembolso de los recursos y hasta el 30 de noviembre de 2010, para lo cual y de acuerdo a la evaluación de indicadores de gestión realizada por la Gerencia de Proyectos ARQ S.A. y la Dirección de Cobertura y Equidad del Ministerio de Educción Nacional, se determina la siguiente prórroga específica:

ENTIDAD TERRITORIAL FECHA DE PRÓRROGA

ARAUCA 30 DE NOVIEMBRE DE 2010

Ir al inicio ARTÍCULO 2o. Quedan vigentes los demás artículos de la resolución 9650 de 2008 que no fueron modificados

en la presente resolución. Ir al inicio ARTÍCULO 4o. <sic, es 3> La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición. Publíquese y cúmplase. Dada en Bogotá D. C., a 29 de julio de 2010. La Ministra de Educación Nacional,CECILIA MARÍA VÉLEZ WHITE. Ir al inicio Normograma del Ministerio de Educación Nacional de la República de Colombia

ISSN : 2463-2554 En línea Última actualización: Control de versiones Créditos y reserva de derechos de autor Ministerio de Educación Nacional de la República de Colombia - DRA © 2023

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