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MINEDUCACION - Resolución 7591 de 2008

Ministerio de Educación

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Detalles

Título
MINEDUCACION - Resolución 7591 de 2008
Autor
Ministerio de Educación
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Educación
Año
2008

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Usted está en:  Inicio Documento Resolución 7591 de 2008 ME Ocultar anotaciones

 Buscar  Índice  RESOLUCIÓN 7591 DE 2008 (noviembre 4) Diario Oficial No. 47.166 de 7 de noviembre de 2008 MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL Por la cual se reglamenta el procedimiento para la elección de dos Representantes de los Rectores de las Universidades Privadas y un Representante de los rectores de las Universidades de Economía Solidaria ante el Consejo Nacional de Educación Superior, CESU, y se dictan otras disposiciones. LA MINISTRA DE EDUCACIÓN NACIONAL, en uso de las atribuciones legales en especial de la conferida en el numeral 3 del artículo 59 de la Ley 489 de 1998 y de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30 de 1992 y en los Decretos 4675 y 3440 de 2006, y CONSIDERANDO:Que el Consejo Nacional de Educación Superior, CESU, creado mediante el artículo 34 de la Ley 30 de 1992, en

concordancia con lo dispuesto en los artículos 4o y 38 del Decreto 4675 del 2006, es un organismo asesor del Ministerio de Educación Nacional; Que mediante el Decreto 3440 del 2006, se reglamentó la escogencia de los integrantes del Consejo Nacional de Educación Superior, CESU, previstos en los literales e), f), g), h), i), j), k), 1), y m) del artículo 35 de la Ley 30 de 1992; Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3o del Decreto 3440 del 2006 la Secretaría Técnica del CESU la ejercerá la Directora de Calidad para la Educación Superior del Viceministerio de Educación Superior. Que para el cabal desarrollo de lo dispuesto en las normas anteriormente citadas, es necesario fijar el procedimiento interno, que permita realizar la convocatoria, inscripción y elección de los miembros del Consejo Nacional de Educación Superior, CESU, que sea necesario elegir de conformidad con las citadas normas. Que es necesario adelantar el proceso de elección de dos rectores de universidad privada y el rector de universidad de economía solidaria que integran el Consejo Nacional de Educación Superior, CESU, RESUELVE: ARTÍCULO 1o. Convocar a los rectores de universidades privadas y a los rectores de universidades de economía solidaria, quienes deben encontrarse debidamente registrados en el Sistema Nacional de Información de la Educación Superior, SNIES, para que mediante votación directa por medio electrónico escojan a su representante ante el Consejo Nacional de Educación Superior, CESU, de conformidad con lo dispuesto en las normas

vigentes. Ir al inicio ARTÍCULO 2o. El proceso de elección se llevará a cabo mediante el siguiente procedimiento:

A. Convocatoria: La Directora de Calidad para la Educación Superior convoca a los rectores de las diferentes universidades privadas y a los rectores de las universidades de economía solidaria mediante la publicación de dos avisos en un diario de amplia circulación y a través de la página Web del Ministerio de Educación Nacional, para que mediante votación directa por medio electrónico escojan a su representante ante el Consejo Nacional de

Educación Superior, CESU. Dicha convocatoria se llevará a cabo los días 9 y 10 de noviembre del 2008.

B. Inscripción: La etapa de inscripción se llevará a cabo ante la Secretaría Técnica del CESU, teniendo en cuenta los siguientes aspectos: Los rectores de universidades privadas, registrados en el sistema nacional de información - SNIES se postularán.

Los rectores de Universidades de Economía Solidaria, registrados en el sistema nacional de información, SNIES, se postularan. Esta etapa se cumplirá durante los días 10 y 11 de noviembre del 2008, empezando a las 8.00 a. m. del primer día y cerrando a las 11.59 p. m. del último día señalado.

C. Lista de postulados debidamente inscritos: La etapa de conformación y verificación de las personas que conformarán la lista de candidatos se publicará por parte de la Secretaría Técnica del CESU, el día 12 de septiembre del 2008 en las páginas web del Ministerio y en la del CESU.

D. Votación: La etapa de votación se llevará a cabo teniendo en cuenta los siguientes aspectos:Los rectores de las universidades privadas y los rectores de las universidades de economía solidaria votaran

directamente, por medio de voto electrónico mediante el uso de medios virtuales, el día 13 de noviembre del 2008, en el horario comprendido entre las 8.00 a. m. y las 6.00 p. m., al correo electrónico cesu@mineducacion.gov.co Solo se contabilizarán los votos que correspondan a los aspirantes que aparezcan en las listas publicadas por el Ministerio de Educación en su página web. Quedarán elegidos como representantes de los rectores de la universidad privada y como representante de los rectores de las universidades de economía solidaria quien obtenga la mayoría del total de votos válidos en cada una de las elecciones. En caso de empate se efectuará una segunda votación en la que la votación se hará únicamente respecto de quienes hayan obtenido la mayoría, la cual se hará dentro de los tres días hábiles siguientes al 13 de noviembre. En caso de continuar el empate se efectuará una última votación hasta antes del día 30 de noviembre del 2008 inclusive.

E. Publicación de resultados: Los resultados de las votaciones se publicarán en la página Web del Ministerio de Educación Nacional a más tardar dentro de los tres días siguientes a la definición de las personas que quedaren elegidas.

F. Toma de juramento de los nuevos miembros: Se llevará a cabo en la sesión que se convoque después de la elección.

Ir al inicio ARTICULO 4o. <sic, es 3>. Esta resolución rige a partir de la fecha de su publicación. Publíquese y cúmplase. Dada en Bogotá, D. C., a 4 de noviembre de 2008 La Ministra de Educación Nacional,

CECILIA MARÍA VÉLEZ WHITE.

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ISSN : 2463-2554 En línea Última actualización: Control de versiones Créditos y reserva de derechos de autor

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