MINEDUCACION - Resolución 7893 de 2015
Ministerio de Educación
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Detalles
- Título
- MINEDUCACION - Resolución 7893 de 2015
- Autor
- Ministerio de Educación
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Educación
- Año
- 2015
Gov.co Ministerio de Educación Buscar en la compilación InicioTransparencia y Acceso a la Información PúblicaAtención y Servicios a la CiudadaníaParticipaMinisterioPreescolar, básica y mediaEducación superiorNoticias Menú principalInicio Transparencia y Acceso a la Información Pública Atención y Servicios a la Ciudadanía Participa Ministerio Preescolar, básica y mediaEducación superior NoticiasUsted está en: InicioDocumentoUsted está en: InicioDocumento Resolución 7893 de 2015 ME Ocultar anotaciones Buscar Índice RESOLUCION 7893 DE 2015 (junio 1) <Fuente: Archivo interno entidad emisora> MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL "Por la cual se asignan recursos provenientes del Sistema General de Participaciones para Educación por concepto de gratuidad educativa a losestablecimientos educativos a nivel nacional, en virtud de los dispuesto por el artículo 140 de la Ley 1450 de 2011 (Ley del Plan Nacional deDesarrollo) y se modifica la Resolución 4828 de 2015" LA MINISTRA DE EDUCACIÓN NACIONAL En el uso de sus facultades legales, y especial las contenidas en el artículo 5 de la Ley 715 de 2001 y el artículo 29 del Decreto 4730 de 2005,modificado por el articulo 1 del Decreto 4836 de 2011 y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 140 de la Ley 1450 de 2011 establece que "Los recursos del Sistema General de Participaciones para educación que se destinen agratuidad educativa serán girados directamente a las los establecimientos educativos, de conformidad con la reglamentación que el GobiernoNacional establezca". Que el artículo 16 de la Ley 715 de 2001, señala que la participación para educación del Sistema General de Participaciones, será distribuidaatendiendo los siguientes criterios debidamente descritos por la norma: i) Población Atendida, ii) Población por Atender en condiciones deeficiencía, y iii) Equidad. Que para reglamentar el artículo 140 de la Ley 1450 de 2011 se expidió el Decreto 4807 de 2011 "Por el cual se establecen las condiciones deaplicación de la gratuidad educativa para los estudiantes de educación preescolar, primaria, secundaria y media de las instituciones educativasestatales y se dictan otras disposiciones para su implementación". Que de acuerdo con el artículo 6 del citado Decreto, "Los recursos del Sistema General de Participaciones que se destinen a gratuidad educativaserán girados por el Ministerio de Educación Nacional directamente a los Fondos de Servicios Educativos de las instituciones educativasestatales". A su vez el artículo 7 establece el procedimiento a seguir para el giro de estos recursos.Que la Oficina Asesora de Planeación y Finanzas del Ministerio de Educación Nacional verificó el cumplimiento del procedimiento para losestablecimientos educativos que se relacionan en el artículo primero de la parte resolutiva que cumplieron con los requisitos establecidos en elartículo 7 del Decreto 4807 de 2011 y en la Directiva Ministerial No 23 de 2011.
Que una vez surtido el procedimiento previsto en los literales a) al c) del artículo 7 del Decreto 4807 de 2011, corresponde al Ministerio deEducación Nacional elaborar "Una resolución que contenga la desagregación de la asignación de recursos por establecimiento educativo, la cualse constituirá en el acto administrativo que soporte el giro de los recursos", de acuerdo con lo establecido en el literal d) de la misma norma. Que el documento CONPES No.180 del 09 de abril de 2015 distribuyó parte de los recursos de la participación para educación del SistemaGeneral de Participaciones, en particular el componente relacionado con gratuidad educativa, por valor de $589.693.289.680, de los cuales através de las Resoluciones 04828 del 15 de abril, 5685 de 29 de abril y 7149 del 20 de mayo de 2015 se asignaron $555.318.188.137,$10.804.118.250 y $1.460.724.495 respectivamente, y en el presente acto administrativo se asignan $ 1.912.378.219. Que los recursos desagregados por el Ministerio de Educación Nacional en la parte resolutiva, se encuentran respaldados por Certificado deDisponibilidad Presupuestal No. 105915 expedido por el Jefe de Presupuesto de la entidad, por valor de $589.693.289.680, con cargo alpresupuesto del Ministerio de Educación Nacional, rubro Transferencías, del cual se expidieron las Resoluciones 04828 de abril 15 de 2015, 5685del 29 de abril, 7149 del 20 de mayo y se expide el presente acto administrativo.
Que mediante la Resolución 04828 de abril 15 de 2015, se asignaron recursos provenientes del sistema general de participaciones para educaciónpor concepto de gratuidad educativa a los establecimientos educativos a nivel nacional, en virtud de lo dispuesto por el artículo 140 de la Ley1450 de 2011. De tal resolución se presentaron inconsistencias en la informacion de algunos establecimientos por lo cual no fue posible hacerefectivo el giro de la asignacion correspondiente por concepto de gratuidad. Por lo tanto para hacer efectivo el giro de recursos a los Fondos deServicios Educativos de tales establecimientos educativos, se requiere efectuar modificaciones en 7 numerales del artículo primero de laResolución 04828 de 15 de abril de 2015. RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO. DESAGREGACIÓN. Desagregar la asignación de los recursos de la participación para educación del Sistema Generalde Participaciones destinados a la financiación de la calidad gratuidad educativa, distribuidos mediante el documento CONPES No.180 de 2015, alas siguientes Instituciones Educativas: <Nota: Cuadro no Incluido>. VER PDF ARTÍCULO SEGUNDO. MODIFICACIÓN. Modificar la información correspondiente a los consecutivos incluidos en el artículo primero de laResolución 4828 de abril 15 de 2015, los cuales quedarán así: N° ETC DEPARTAMENTOMUNICIPIONOMBRE EENIT NITBANCOTIPO DECUENTA N° DECUENTA VALORASIGNADO
3849CARTAGENABolívar CartagenaINSTITUCIONEDUCATIVAFRANCISCO DEPAULASANTANDER
800221442860034313CRR 58069996765 $70.033.718
5304FLORENCIACaquetá FlorenciaINSTITUTOTECNICOAGROINDUSTRIALDE LA AMAZONIA
828000040860007738AHR 620272989 $96.292.407 5815LORICA Córdoba lodca I.E. EL REMOLINO812006187860002964CRR 408349298 $46.798.925
6290META Meta CumaralCOL. TENIENTECRUZ PAREDES800010470860002964CRR 853125532 $82.324.921
6304META Meta Fuente DeOro INTITUCIONEDUCATIVAANTONIO NARIÑO
822003285800037800CRR 45170036151 $46.367.829 8183NORTESANTANDERNorte de SantanderBucarasicaCENT EDUC RURLA CURVA 900200097800037800CRR 351500001117 $18.567.001 10015VALLEDUPARCesar ValleduparIE SAN JOAQUIN824001553860034594CRR 7261003028 $102.117.402 ARTÍCULO TERCERO. REGISTRO PRESUPUESTAL Y GIRO. Efectúese por la Subdirección Financiera del Ministerio de EducaciónNacional el registro presupuestal correspondiente, y los giros de los recursos desagregados en el artículo primero a las respectivas cuentasbancarias de los Fondos de Servicios Educativos que se señalan en el mismo. A su vez procédase a efectuar el giro de los recursos respectivos alos fondos de servicios educativos indicados en el articulo segundo, cuya desagregación fue ordenada en la Resolución 4828 del 15 de abril de2015, teniendo en cuenta la modificacion efectuada en este acto administrativo.
ARTÍCULO CUARTO. DESTINACIÓN ESPECÍFICA. Los recursos que se desagregan mediante este acto administrativo, no podrán serdestinados a ningún objeto ni propósito diferente a los usos expresados por el Ministerio de Educación Nacional a través del Decreto 4791 de2008, adicionado por el Decreto 4807 de 2011.ARTÍCULO QUINTO. VIGENCIA. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición y modifica en lo pertinente la Resolución4828 de abril 15 de 2015.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dado en Bogotá D.C., a los GINA MARÍA PARODY D'ECHEONA La Ministra de Educación Nacional Ir al inicio Normograma del Ministerio de Educación Nacionalde la República de ColombiaISSN : 2463-2554 En líneaÚltima actualización: Control de versionesCréditos y reserva de derechos de autorMinisterio de Educación Nacional de la República de Colombia - DRA © 2023 Ministerio de Educación Nacional
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