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MINEDUCACION - Resolución 8075 de 2007

Ministerio de Educación

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Detalles

Título
MINEDUCACION - Resolución 8075 de 2007
Autor
Ministerio de Educación
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Educación
Año
2007

Gov.co Ministerio de Educación Buscar en la compilación   Inicio Transparencia y Acceso a la Información Pública Atención y Servicios a la Ciudadanía Participa Ministerio Preescolar, básica y media Educación superior Noticias Menú principal Inicio Transparencia y Acceso a la Información Pública Atención y Servicios a la Ciudadanía Participa Ministerio Preescolar, básica y media Educación superior Noticias

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Usted está en:  Inicio Documento Resolución 8075 de 2007 ME Ocultar anotaciones

 Buscar  Índice  RESOLUCION 8075 DE 2007 (diciembre 26) Diario Oficial No. 46.858 de 31 de diciembre de 2007 MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL Por la cual se asignan recursos al departamento de Antioquia y a los municipios de Maicao, Cúcuta y Medellín para ampliar y mantener cobertura de la población vulnerable, mediante la contratación de la prestación del servicio educativo. La Ministra de Educación Nacional, en uso de sus facultades legales, en especial de las conferidas por el artículo 148 de la Ley 115 de 1994 y el artículo 5° de la Ley 715 de 2001, CONSIDERANDO:Que mediante Resolución 5476 de Septiembre 13 de 2007 el Ministerio de Educación Nacional reglamentó el artículo 5° numeral 5.3 de la Ley 715 de 2001, en relación con la asignación de recursos a las entidades

territoriales para ampliar y mantener cobertura de la población vulnerable, mediante la contratación de la prestación del servicio educativo; Que de acuerdo con los criterios contenidos en la resolución antes citada el departamento de Antioquia y los municipios de Maicao, Cúcuta y Medellín, solicitaron recursos para garantizar la continuidad de los estudiantes atendidos con recursos adicionales del Presupuesto de la Nación y obtuvieron aprobación en el mes de diciembre de 2007 por parte del Ministerio de Educación Nacional, para así proceder a la contratación de la prestación del servicio educativo para atender a dicha población, RESUELVE: ARTÍCULO 1o. ASIGNACIÓN DE RECURSOS. Asignar a las siguientes entidades territoriales certificadas recursos adicionales del Presupuesto Nacional, con el fin de garantizar la ampliación y mantenimiento de cobertura educativa para población vulnerable de conformidad con lo establecido en la Resolución 5476 de 2007: Oficio Concepto deViabilización (Cordis)Entidadterritorial Valor asignadoBeneficiariosAprobados Oficio deAprobaciónCDP Rubro Vigencia CORDIS 2007EE56597 Antioquia $60.242.336 415 961 de Oct.10/07 C620703-5 2007

CORDIS 2007EE56597 $316.018.230 2.177 1161 deDic.21/07C620703-7 2007

CORDIS 2007EE56611 Maicao $14.339.032 709 961 deOct. 10/07C620703-5 2007

CORDIS 2007EE56611 $112.216.597 1161 de

Dic.21/07 C620703-5 2007

CORDIS 2007EE56611 $8.000.000 858 961 deOct. 10/07C620703-7 2007

CORDIS 2007EE56611 $145.153.871 1161 de

Dic.21/07 C620703-7 2007 CORDIS 2007EE56614 Cúcuta $107.055.708 690 961 deOct. 10/07C620703-5 2007 CORDIS 2007EE56616 Medellín $11.444.761 73 961 deOct. 10/07C620703-5 2007

CORDIS 2007EE56616 $40.530.239 257 961 deOct. 10/07C620703-7 2007

TOTALES $815.000.774 5.179

El valor de $305.298.434 se ejecutará con cargo a la unidad ejecutora 220101 Ministerio de Educación Nacional, gestión general, tipo del gasto C, Programa 620, Subprograma 703, proyecto 5, Recurso 11, concepto Ampliación de cobertura educativa para atender población vulnerable mediante contratación de la prestación del servicio educativo con cargo a la vigencia 2007. El valor de $509.702.340 se ejecutará con cargo a la unidad ejecutora 220101 Ministerio de Educación Nacional, gestión general, tipo del gasto C, Programa 620, Subprograma 703, proyecto 7, Recurso 11, concepto Ampliación de cobertura educativa para atender población desplazada mediante contratación de la prestación del servicio educativo con cargo a la vigencia 2007. PARÁGRAFO. El Ministerio asignará con recursos de El Sistema General de Participaciones de la vigencia

2008, la diferencia de recursos para ajustar el valor por estudiante a la tipología respectiva de acuerdo con lazona y grado del año 2008, y su asignación se realizará en el primer Conpes del año 2008. Ir al inicio ARTÍCULO 2o. REPORTE DE ESTUDIANTES ATENDIDOS. El departamento y municipios con asignación de recursos en la presente Resolución, deben reportar, dentro de los dos meses siguientes a la contratación del servicio educativo, en el Sistema de Información Nacional de Educación Preescolar, Básica y Media (SINEB), la información de matrícula atendida con estos recursos en el formato (6 A) que establece la Resolución 166 de 2003. Ir al inicio ARTÍCULO 3o. REQUISITOS PARA EL DESEMBOLSO DE LOS RECURSOS Y OBLIGACIONES DE LAS ENTIDADES TERRITORIALES CERTIFICADAS PARA EJECUTAR LOS RECURSOS. El departamento de Antioquia y los municipios de Maicao, Cúcuta y Medellín deben cumplir los requisitos para el desembolso y criterios de ejecución de los recursos, así como las obligaciones establecidas en la Resolución 5476 de 2007. Ir al inicio ARTÍCULO 4o. REQUISITOS PARA LA EJECUCIÓN DE LOS RECURSOS. Los recursos asignados mediante la presente resolución solo podrán ser destinados a la ejecución del proyecto aprobado y deben ser incorporados al Presupuesto Anual de Rentas y Gastos de la entidad territorial, con destinación específica a la ampliación de cobertura para población vulnerable, mediante la contratación de la prestación del servicio

educativo, en un plazo no mayor a noventa días (90), contados a partir de la expedición de la presente Resolución. El Departamento de Antioquia y los Municipios de Maicao, Cúcuta y Medellín deberán suscribir los contratos o actos administrativos por medio de los cuales se establezca la Interventoría técnica, administrativa y financiera de cada uno de los contratos de prestación del servicio educativo, que se suscriban en el desarrollo de la presente resolución. En caso de ser contratada la interventoría, deberá ser financiada con recursos diferentes a los aquí asignados. Así mismo, deberán llevar contabilidad separada para el registro de los recursos entregados y mantener los libros a entera disposición de los organismos de control y vigilancia, del Ministerio de Educación Nacional, de la Gerencia y de la Auditoría del Proyecto. Las Entidades Territoriales Certificadas deberán asumir las obligaciones de Gastos de Movimientos Financieros que se generen al disponer de los recursos asignados en la presente resolución y que se encuentren depositados en las cuentas bancarias abiertas para el efecto, salvo que se configure algunas excepciones previstas en el Estatuto Tributario. Ir al inicio ARTÍCULO 5o. SEGUIMIENTO Y SUPERVISIÓN. El seguimiento, supervisión y vigilancia de las obligaciones consignadas en esta Resolución, se efectuará por parte del Ministerio de Educación Nacional directamente o a través de un tercero, y por parte de la Secretaría de Educación. Ir al inicio ARTÍCULO 6o. VIGENCIA. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese y cúmplase. Dada en Bogotá, D. C., a 26 de diciembre de 2007. La Viceministra de Educación encargada de las funciones de Ministra, JUANA INÉS DÍAZ TAFUR.Ir al inicio Normograma del Ministerio de Educación Nacional de la República de Colombia

ISSN : 2463-2554 En línea Última actualización: Control de versiones Créditos y reserva de derechos de autor Ministerio de Educación Nacional de la República de Colombia - DRA © 2023

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