MINEDUCACION - Resolución 859 de 2019
Ministerio de Educación
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Detalles
- Título
- MINEDUCACION - Resolución 859 de 2019
- Autor
- Ministerio de Educación
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Educación
- Año
- 2019
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Buscar Índice RESOLUCION 859 DE 2019 (enero 28) <Fuente: Archivo interno entidad emisora> MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL Por la cual se modifica parcialmente la Resolución No 000002 del 02 de enero de 2019 y se dictan otras disposiciones LA MINISTRA DE EDUCACIÓN NACIONAL En uso de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial de las conferidas por el artículo 209 y 211 de la Constitución Política, los artículos 12 y 25 de la Ley 80 de 1993, el artículo 9 de la Ley 489 de 1998, el artículo 37 del Decreto 2150 de 1995, el artículo 110 del Decreto 111 de 1996 y el Decreto 5012 de 2009, y CONSIDERANDOQue el artículo 209 de la Constitución Política establece que la función administrativa está al servicio de los
intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones. Que el artículo 211 de la Constitución Política autorizó a las autoridades administrativas para delegaren sus subalternos o en otras autoridades las funciones que expresamente les señala la ley. Que el artículo 9 de la Ley 489 de 1998, en desarrollo de lo dispuesto en el artículo 211 de la Constitución Política, autorizó expresamente en los ministros delegar "la atención y decisión de los asuntos a elfos confinados por la ley y los actos orgánicos respectivos en los empleados públicos de los niveles directivos y asesor vinculados al organismo correspondiente". Que el artículo 37 del Decreto 2150 de 1995, dispuso que "los jefes y los representantes legales de las entidades estatales podrán delegar total o parcialmente la competencia para la realización de licitaciones o para la celebración de contratos, s/n consideración a la naturaleza o cuantía de estos, en los servidores públicos que desempeñan cargos del nivel directivo o ejecutivo o en sus equivalentes”. Que el Congreso de la República mediante la Ley 1940 del 26 de noviembre de 2018, decretó el presupuesto de rentas y recursos de capital y ley de apropiaciones para la vigencia fiscal del 1o de enero a 31 de diciembre de 2019, y el Decreto 2467 del 28 de diciembre de 2018 liquida el Presupuesto General de la Nación para la
vigencia fiscal de 2019, se detallan las apropiaciones y se clasifican y definen los gastos de dicha vigencia. Que según el artículo 3 del Decreto 5012 de 2009, la dirección del Ministerio de Educación Nacional está a cargo de la Ministra, quien podrá delegar la ordenación del gasto en funcionarios de nivel directivo, de acuerdo con lo establecido en el artículo 110 del Decreto 111 de 1996. Que con el propósito de optimizar los procesos administrativos para un adecuado y eficiente cumplimiento de las funciones constitucionales y legales a cargo del Ministerio de Educación y en aplicación de los principios de eficiencia, economía y celeridad que deben regir la actividad contractual, se redefinió la estructura de la delegación de la ordenación del gasto. Que, con base en lo anterior, fue expedida la Resolución No. 002 de 2019, mediante la cual la Ministra de Educación Nacional delegó la ordenación del gasto en la Viceministra de Educación Preescolar, Básica y Media, el Viceministro de Educación Superior y en la Secretaria General, teniendo en consideración la clasificación del gasto establecida en el artículo 1o del citado acto administrativo. Que el Ministerio de Educación Nacional informó a la Dirección General de Presupuesto Público y del Tesoro Nacional - Grupo de Consolidación Presupuestal, acerca de inconsistencias en la codificación de los rubros correspondientes a Institutos Tecnológicos, Colegios Mayores dentro del Decreto 2467 del 28 de diciembre de 2018 (A-03-03-01-041BIBLIOTECA PUBLICA PILOTO DECRETO 1052 DE 2006;A-03-03-01-043INSTITUTO SUPERIOR DE EDUCACION TECNICA PROFESIONAL DEROLDANILLO DECRETO 1052 DE 2006;A-03-03-01-044INSTITUTO NACIONAL DE FORMACION TECNICA PROFESIONAL DE CIENAGA DECRETO 1052 DE 2006; A-03-03-01-045-INSTITUTO SUPERIOR DE EDUCACION RURAL DE PAMPLONA-ISER DECRETO 1052 DE 2006; A-03-03-01-046INSTITUTO TECNICO AGRICOLAITA DE BUGA - DECRETO 1052 DE 2006; A-03-03-01-047INSTITUTO TECNOLOGICO DE PUTUMAYO -DECRETO 1052 DE 2006;A-03-03-01-046INSTITUTO TECNOLOGICODE SOLEDAD ATLANTICOITSA DECRETO 1052 DE 2006-;A-0303-01-049 INSTITUTO TECNOLOGICO PASCUAL BRAVOMEDELLINDECRETO 1052 DE 2006;A-03-03-04-024-COLEGIO MAYOR DE BOUVAR DECRETO 1052 DE 2006;A-03-03-04-025COLEGIO MAYOR DE ANTIOQUIA -DECRETO 1052 DE 2006;A-03-03-04-026COLEGIO MAYOR DEL CAUCA (DECRETO 1052 DE 2006;A-03-03-04-027-COLEGIQ INTEGRADO NACIONAL ORIENTE DE CALDAS DECRETO 1052 DE 2006), razón por la cual desde el Ministerio de
Hacienda y Crédito Público se tomó la decisión de consolidar los rubros de institutos y colegios en un uno solo denominado "A institutos técnicos, TECNOLOGICOS y COLEGIOS MAYORES-DECRETO 1052 DE 2006"- A-03-03-04-057.En el mismo sentido, se encontró inconsistencias en el rubro RECURSOS PARA TRANSFERIR AL FONDO NACIONAL DE PRESTACIONES SOCIALES DEL MAGISTERIO, PREVIA REVISION FALTANTE DE CESANTIAS A-03-04-02-007; clasificados dentro del Decreto 2467 de 28 de diciembre de 2018., razón por la cual se modifico tanto en su codificación como en su denominación quedando así: "RECURSOS PARA
TRANSFERIR AL FONDO NACIONAL DE PRESTACIONES SOCIALES DEL MAGISTERIO, PREVIA
REVISION FALTANTE DE CESANTIAS"- A-03-04-02-083.
Que se han evidenciado estos y otros aspectos que amerita, complementar la delegación de ordenación del gasto en la Entidad, con miras a materializar los principios de eficiencia, economía y celeridad que rigen la actividad contractual. En mérito de lo expuesto, RESUELVE ARTÍCULO 1. Modificar del artículo 1 de la Resolución No. 002 de 2019. En lo que respecta a los rubros A-03-03-01-041BIBLIOTECA PUBLICA PILOTO DECRETO 1052 DE
2006;A-03-03-01-043INSTITUTO SUPERIOR DE EDUCACION TECNICA PROFESIONAL DE
ROLDANILLO DECRETO 1052 DE 2006;A-03-03-01044INSTITUTO NACIONAL DE FORMACION TECNICA PROFESIONAL DE CIENAGA DECRETO 1052 DE 2006; A-03-03-01-045-INSTITUTO SUPERIOR DE EDUCACION RURAL DE PAMPLONA-ISER DECRETO 1052 DE 2006; A-03-03-01046INSTITUTO TECNICO AGRICOLA - ITA DE BUGA - DECRETO 1052 DE 2006; A03-03-01-O47INSTITUTO TECNOLOGICO DE PUTUMAYO -DECRETO 1052 DE 2006; A-03-03-01-048-INSTITUTO
TECNOLOGICODE SOLEDAD ATLANTICO - ITSA DECRETO 1052 DE 2006-;A-03-03-01-049
INSTITUTO TECNOLOGICO PASCUAL BRAVO - MEDELLINDECRETO 1052 DE 2006;A-03-03-04-024COLEGIO MAYOR DE BOLIVAR DECRETO 1052 DE 2006;A-03-03-04-025-COLEGIO MAYOR DE ANTIOQUIA -DECRETO 1052 DE 2006;A-03-03-04-026-COLEGIO MAYOR DEL CAUCA (DECRETO 1052 DE 2006;A-03-03-04-027-COLEGIO INTEGRADO NACIONAL ORIENTE DE CALDAS DECRETO 1052 DE 2006, eliminándolos.
Adicionar el siguiente rubro:
RUBRO CONCEPTO ORDENADOR DEL GASTO A-03-03-04-057 A INSTITUTOS TÉCNICOS, TECNOLÓGICOS Y COLEGIOSMAYORES - DECRETO 1052 DE 2006 Viceministro de EducaciónSuperior Sustituir el rubro el RECURSOS PARA TRANSFERIR AL FONDO NACIONAL DE PRESTACIONES SOCIALES DEL MAGISTERIO, PREVIA REVISION FALTANTE DE CESANTIAS A-03-04-02-007 el cual corresponderá a: RUBROCONCEPTO ORDENADOR DEL GASTO A-03-04-02-083 RECURSOS PARA TRANSFERIR ALFONDO NACIONAL DEPRESTACIONES SOCIALES DEL MAGISTERIO, PREVIAREVISIÓN FALTANTE DE CESANTÍAS. Secretaria General Adicionar los siguientes parágrafos al artículo 1o de la Resolución No. 002 de 2019, en los siguientes términos: PARÁGRAFO 6. Para efectos de la liquidación de contratos y/o convenios suscritos con anterioridad a la expedición de la presente resolución y cuyos rubros presupuéstalas no se encuentren vigentes y/o mencionados en este artículo, se delega en los Viceministros de Educación Preescolar Básica y Media de Educación Superior, y en la Secretaria General según la dependencia de origen del contrato y/o convenio conforme a la estructura del Ministerio de Educación Nacional.En caso que la dependencia de origen sea una Oficina u Oficina Asesora que dependa del Despacho de la Ministra, la delegación recaerá en cabeza de la Secretaria General, para suscribirlos documentos que se generen
en las etapas precontractual, contractual y postcontractual. PARÁGRAFO 7. En caso de requerirse la liquidación de un contrato y/o convenio suscrito con anterioridad a la expedición de la presente resolución y cuyos rubros presupuéstales no se encuentren vigentes y/o mencionados en este artículo, cuya dependencia de origen involucre distintos ordenadores del gasto, conforme al Parágrafo 6 corresponderá la ordenación del gasto a quien concurra con el mayor valor de recursos presupuéstales aportados. PARÁGRAFO Transitorio. Para efectos de las modificaciones de los contratos suscritos en 2018 financiados con recursos derivados del contrato de préstamo BID 2709/OC-CO, que superaron la vigencia por causa de la fase de cierre del proyecto, la ordenación del gasto estará en cabeza de la Secretaria General. Ir al inicio ARTÍCULO 2. Modificar el artículo 5 el cual quedará así: ARTICULO QUINTO. “La delegación descrita en la presente resolución, procederá en el mismo sentido con los contratos y convenios sin cuantía o a titulo gratuito, según la dependencia de origen del contrato y/o convenio conforme a la estructura del Ministerio de Educación Nacional." Ir al inicio ARTÍCULO 3. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación y modifica en lo pertinente la Resolución No. 002 de 2019.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá D.C., a los LA MINISTRA DE EDUCACIÓN NACIONAL MARÍA VICTORIA ANGULO GONZÁLEZ Ir al inicio Normograma del Ministerio de Educación Nacional de la República de Colombia
ISSN : 2463-2554 En línea Última actualización: Control de versiones Créditos y reserva de derechos de autor Ministerio de Educación Nacional de la República de Colombia - DRA © 2023
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