MINEDUCACION - Resolución 8977 de 2014
Ministerio de Educación
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Detalles
- Título
- MINEDUCACION - Resolución 8977 de 2014
- Autor
- Ministerio de Educación
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Educación
- Año
- 2014
Gov.co Ministerio de Educación Buscar en la compilación InicioTransparencia y Acceso a la Información PúblicaAtención y Servicios a la CiudadaníaParticipaMinisterioPreescolar, básica y mediaEducación superiorNoticias Menú principalInicio Transparencia y Acceso a la Información Pública Atención y Servicios a la Ciudadanía Participa Ministerio Preescolar,básica y media Educación superior NoticiasUsted está en: InicioDocumentoUsted está en: InicioDocumento Resolución 8977 de 2014 ME Ocultar anotaciones Buscar Índice RESOLUCION 8977 DE 2014 (junio 10) <Fuente: Archivo interno entidad emisora> MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL "Por la cual se asignan recursos provenientes del Sistema General de Participaciones para Educación por concepto de gratuidadeducativa a los establecimientos educativos a nivel nacional, en virtud de los dispuesto por el artículo 140 de la Ley 1450 de2011 (Ley del Plan Nacional de Desarrollo) y se modifica la Resolución 1536 de Febrero 7 de 2014" LA MINISTRA DE EDUCACIÓN NACIONAL En el uso de sus facultades legales, y especial las contenidas en el artículo 29 del Decreto 4730 de 2005; el artículo 5 de la Ley715 de 2001, el artículo 140 de la Ley 1450 de 2011 y el decreto 4807 de 2011
CONSIDERANDO: Que el articulo 140 de la Ley 1450 de 2011 establece que los recursos del Sistema General de Participaciones para educaciónque se destinen a gratuidad educativa deberán ser girados directamente a las instituciones educativas estatales, de conformidadcon la reglamentación que el Gobierno Nacional esta blezca.
Que el artículo 16 de la Ley 715 de 2001, seilala que la participación para educación del Sistema General de Participaciones,será distribuida atendiendo los siguientes criterios: i) población atendida ii) población por atender en condiciones de eficienciaiii) equidad.Que para reglamentar el artículo 140 de la Ley 1450 de 2011 el Ministerio de Educación Nacional expidió el Decreto 4807 de2011 "por el cual se establecen las condiciones de aplicación de /a gratuidad educativa para los estudiantes de educaciónpreescolar, primaria, secundaria y media de las instituciones educativas estatales y se dictan otras disposiciones para suimplementación". Que de acuerdo con el articulo 6 del Decreto 4807 de 2011, los recursos del Sistema General de Participaciones que se destinena gratuidad educativa serán girados por el Ministerio de Educación Nacional directamente a los Fondos de Servicios Educativosde las instituciones educativas estatales. Que el artículo 7 del Decreto 4807 de 2011 establece el procedimiento para el giro de los recursos del Sistema General deParticipaciones para gratuidad educativa por parte del Ministerio de Educación Nacional a los Fondos de Servicios Educativosde las instituciones educativas estatales. Que el documento CONPES No. 170 del 27 de enero de 2014 distribuyó parte de los recursos de la participación para educacióndel Sistema General de Participaciones, en particular el componente relacionado con gratuidad educativa, por valor de$572.517.757.000, de los cuales la presente resolución asigna $ 581.500.000 Que el articulo 7 del Decreto 4807 de 2011 numeral d) establece que "El Ministerio de Educación Nacional elaborará unaresolución que contenga la desagregación de la asignación de recursos por establecimiento educativo, la cual se constituirá en elacto administrativo que soporte el giro de los recursos".
Que mediante Resolución 1536 de Febrero 7 de 2014, se asignaron recursos provenientes del sistema general de participacionespara educación por concepto de gratuidad educativa a los establecimientos educativos a nivel nacional, en virtud de lo dispuestopor el artículo 140 de la Ley 1450 de 2011. Que por inconsistencias en la información de algunos establecimientos educativos incluidos en la resolución mencionada en elanterior considerando, no fue posible hacer efectivo el giro de la asignación correspondiente por concepto de gratuidad. Que los establecimientos educativos que se relacionan en la parte resolutiva cumplieron con los requisitos establecidos en elarticulo 7 del decreto 4807 de 2011 y en la Directiva Ministerial No 23 de 2011 Que los recursos desagregados por el Ministerio de Educación Nacional en la parte resolutiva, se encuentran respaldados porCertificado de Disponibilidad Presupuestal No. 97914 expedido por el Jefe de Presupuesto de la entidad, por valor de$572.517.757.000, con cargo al presupuesto del Ministerio de Educación Nacional, rubro Transferencias. RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO. Desagregar la asignación de los recursos de la Participación para Educación del Sistema General deParticipaciones destinados a la financiación de la gratuidad educativa, distribuidos a los municipios por concepto de calidadmediante el documento CONPES No.170 de 2014 a las siguientes instituciones educativas: No.DEPARTAMENOMUNICIPIONOMBRE EENIT CUENTABANCARIATIPO DECUENTA NITBANCO TOTALASIGNACION 1 Atlantico Galapa C.E.A. ANTONIONARIÑO DEPALUATO 90060015653395515990AHR 890903938 $ 13.271.000 2 Allántico Manati C.E.AGROPISCICDLADE LASCOMPUERTAS 90067883812016746116 AHR 890903938 $ 17.659.000
90060015653395515990AHR 890903938 $ 13.271.000 2 Allántico Manati C.E.AGROPISCICDLADE LASCOMPUERTAS 90067883812016746116 AHR 890903938 $ 17.659.000 3 Capital BogotaD.C. Bogota, D.C.COLEGIO LAPALESTINA (IED)8300451882200870D1525AHR 860007738 $ 108.741.000 4 CaIdas Aranzazu C.E. ELADIAMEJIA 81000255585569998629CRR 860034313 $ 12.667.000 5 Cesar AgustinCodazziC.E. INOGENA LAPISTA 900011459424080044024AHR 800037800 $ 7.593.000 6 Chocó Bajo Baudo(pizarro) CENT EDUCFRANCISCO DEPUALA
900272754333500000414CRR 800037800 $ 14.562.000SANTANDER DEPILIZA
7 Chocó Rio Iró INST EDUC SANJOSE DE VIROVIRO
900179946433200021693AHR 800037800 $ 25.979.000 8 Risaralda Pereira I.E. ESCUELA DELA PALABRA816007244470061482CRR 8600D7738 $ 36.588.000 9 Santander Aguada COLEGIDINTEGRADOROEL YVELASCO 804007117 490128832CRR 860D07738 $ 24.638.000
10 Sucre Sinceiejo CENTROEDUCATIVORURAL SANMIGUEL
823004897592520738CRR 860002964 $ 13.688.000 11 Valle del CaucaYumbo I.E. ANTONIASANTOS 805009886220583117510AHR 860007738 $ 133.126.300
823004897592520738CRR 860002964 $ 13.688.000 11 Valle del CaucaYumbo I.E. ANTONIASANTOS 805009886220583117510AHR 860007738 $ 133.126.300 12 Arauca Arauca CEAR SANTOANGEL 809010642506069997969CRR 850034313 $ 47.233.300
13 Casanare YopaI MEGACOLEGIOEL PROGRESODE LA COMUNAV
90060790336396133359AHR 890903938 $ 111.231.000 14 Guaviare El RetornoC.E. EL RECREO90064794654027768 CRR 8600D7738 $ 14.564.000 ARTÍCULO SEGUNDO. Modificar la información correspondiente a los consecutivos incluidos en la Resolución 1536 deFebrero 7 de 2014, los cuales quedaran así: No.DEPARTAMENOMUNICIPIONOMBRE EE NIT CUENTABANCARIATIPO DECUENTA NITBANCO TOTALASIGNACION
1339 CaIdas ManizalesINSTITUCIÓNEDUCATIVA SANAGUSTIN
89080280485669998099CRR 860034313 $ 44.193.000 1723 Caqueta Cartagenadel Chairá I.E.AGROECOLOGICOAMAZONICO 828000128375140001385CRR 800037800 $ 105.841.000
2547 Cordoba Valencia INSTITUCIONEDUCATIVAVILLANUEVA
900152819327860300790CRR 800037800 $ 64.230.000
3536 MagdalenaSanta MartaI.E.D.EL PARQUE81900203570092796 CRR 860002964 $ 118.129.000 3552 MagdalenaSanta MartaIED LICEOSAMARIO819005887400072419CRR 860007738 $ 147.942.000 6045 Risaralda Pueblo RicoCOLEGIOETNOEDUCATIVOEMBERA CHAMI 900183339457553000726AHR 800037800 $ 123.081.000 6513 Sucre GuarandaC.E. SAN JOSE DEPALMARITICO823000553363240001398CRR 800037800 $ 24.548.000 6514 Sucre Guaranda C.E. NUEVOSUCRE 900059994363240001430CRR 800037800 $ 12.645.000 6515 Sucre Guaranda C.E. TIERRASANTA 900069307363240001455CRR 900037800 $ 16.487.000 6516 Sucre GuarandaC E. LA5 PAVAS 823000527363240001414CRR 800037800 $ 15.016.000 6518 Sucre GuarandaC.E. QUEBRADASECA UNIDA900212492363240001463CRR 800037800 $ 10.106.0006519 Sucre Guaranda C.E. MATA DEPITA 900059993363240001448CRR 800037800 $ 13.818.000 7110 Valle del CaucaSevilla I.E. MARIAAUXILIADORA821001561369500001440CRR 900037800 $ 12.380.000
7139Valle del CaucaYumbo I.E. CEATGENERAL PIEROMARIOTTI 805028321648429462AHR 860002964 $ 141.209.000 ARTÍCULO TERCERO. REGISTRO PRESUPUESTAL Y GIRO. Efectúese por la Subdirección Financiera del Ministerio deEducación Nacional el registro presupuestal y los giros de los recursos desagregados en los artículos del primero al segundo dela presente resolución a las cuentas bancarias de los correspondientes Fondos de Servicios Educativos que se señalan en elmismo. ARTÍCULO CUARTO. DESTINACIÓN ESPECÍFICA. Los recursos que se desagregan mediante este acto administrativo, nopodrán ser destinados a ningún objeto ni propósito diferente a los usos expresados por el Ministerio de Educación Nacional através del decreto 4791 de 2008 adicionado por el decreto 4807 de 2011. ARTÍCULO QUINTO. VIGENCIA. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición. Las demás disposicionescontenidas en la Resolución 1536 de Febrero 7 de 2014, no modificadas en la presente resolución continúan vigentes.
COMUNIQUESE Y CUMPLASE
Dado en Bogota D.C., a los, La Ministra de Educación Nacional MARIA FERNANDA CAMPO SAAVEDRA Ir al inicio Normograma del Ministerio de Educación Nacionalde la República de ColombiaISSN : 2463-2554 En líneaÚltima actualización: Control de versionesCréditos y reserva de derechos de autorMinisterio de Educación Nacional de la República de Colombia - DRA © 2023 Ministerio de Educación Nacional
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