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MINEDUCACION - Resolución 9670 de 2013

Ministerio de Educación

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Detalles

Título
MINEDUCACION - Resolución 9670 de 2013
Autor
Ministerio de Educación
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Educación
Año
2013

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Usted está en:  Inicio Documento Resolución 9670 de 2013 ME Ocultar anotaciones

 Buscar  Índice  RESOLUCIÓN 9670 DE 2013 (julio 29) Diario Oficial No. 48.869 de 1 de agosto de 2013 MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL Por medio de la cual se acoge el Régimen de Transición establecido en el Decreto número 1510 de 2013, para la aplicación transitoria del Decreto Reglamentario número 734 de 2012 en los procesos de contratación del Ministerio de Educación Nacional. LA MINISTRA DE EDUCACIÓN NACIONAL, en desarrollo de sus facultades constitucionales y legales, en especial las contenidas en la Ley 80 de 1993 y el Decreto número 1510 de 2013, y CONSIDERANDO:Que el Ministerio de Educación Nacional, para adelantar los procesos de contratación que satisfagan las necesidades plasmadas en el Plan Anual de Adquisiciones de Bienes, Servicios y Obra Pública para la Vigencia

Fiscal 2013, desarrolla procedimientos internos en el marco del Sistema Integrado de Gestión de Calidad; Que de conformidad con la Resolución número 1925 del 6 de abril de 2009, las fichas técnicas del Macroproceso de Contratación e Interventoría (Sistema Integrado de Gestión de Calidad), componen el Manual de Contratación del Ministerio de Educación Nacional, el cual se encuentra actualizado y ajustado a las disposiciones normativas del Decreto Reglamentario número 734 de 2012; Que los procesos y procedimientos de contratación del Ministerio de Educación Nacional se adelantan en cumplimiento de la Ley 80 de 1993, Ley 1150 de 2007, Ley 1474 de 2011, Decreto-ley 019 de 2012, Decreto Reglamentario número 734 de 2012 y demás normas concordantes; Que el día 17 de julio de 2013, el Presidente de la República expidió el Decreto número 1510, el cual mediante su artículo 163, deroga en su totalidad las disposiciones de los Decretos Reglamentarios números 734 de 2012 y 1397 de 2012, normas que reglamentan el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública; Que el Decreto número 1510 de 2013 rige a partir del 15 de agosto de 2013, no obstante, el numeral 2 del artículo 162 del citado decreto establece el siguiente régimen de transición: Artículo 162. Régimen de transición. El siguiente es el régimen de transición del presente decreto: “2. Aplicación transitoria del Decreto número 734 de 2012. Aquellas Entidades Estatales que, por razones

operativas derivadas de la necesidad de ajustar sus procedimientos internos de contratación a la nueva reglamentación, consideren necesario continuar aplicando las disposiciones del Decreto número 734 de 2012 pueden hacerlo para todos sus Procesos de Contratación durante el periodo de transición que se extiende hasta el 31 de diciembre de 2013. Para el efecto, las Entidades Estatales deben expedir a más tardar el 15 de agosto de 2013 un acto de carácter general en el cual manifiesten que se acogen a dicho periodo de transición, el cual debe ser publicado en el Secop”; Que a fin de realizar los respectivos ajustes a los procedimientos internos para contratar, los cuales no podrán superar el 31 de diciembre de 2013, el Ministerio de Educación Nacional considera procedente acogerse a lo establecido en el numeral 2o del artículo 162 del Decreto número 1510 de 2013; Que en mérito de lo expuesto, RESUELVE: ARTÍCULO 1o. Acoger el Régimen de Transición establecida en el numeral 2 del artículo 162 del Decreto número 1510 de 2013, para la aplicación transitoria del Decreto Reglamentario número 734 de 2012 en los procesos de contratación del Ministerio de Educación Nacional, hasta el 31 de diciembre de 2013, de acuerdo con lo establecido en la parte motiva de la presente resolución. Ir al inicio ARTÍCULO 2o. En virtud del artículo 65 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, publicar en el Diario Oficial el contenido del presente acto administrativo. Igualmente se

procederá conforme lo indica el inciso 2o del numeral 2 del artículo 162 del Decreto número 1510 de 2013, a publicar en el Secop y en la página web del Ministerio de Educación Nacional el contenido del presente acto administrativo. Ir al inicio ARTÍCULO 3o. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.Publíquese y cúmplase. Dada en Bogotá, D. C., a 29 de julio de 2013. La Ministra de Educación Nacional,

MARÍA FERNANDA CAMPO SAAVEDRA.

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