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MINHACIENDA - Circular externa 26 de 2021

Ministerio de Hacienda y Crédito Público

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Detalles

Título
MINHACIENDA - Circular externa 26 de 2021
Autor
Ministerio de Hacienda y Crédito Público
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Financiero
Año
2021

CIRCULAR EXTERNA No 026

2.3. Dirección General de Crédito Público y Tesoro Nacional Bogotá D. c., 23 de septiembre de 2021 PARA ASUNTO Entidades Estatales que constituyen una secc1on del Presupuesto General .de la Nación, vinculados en procesos judiciales cuya notificación del auto adrnisorio de la dernanda se dio a partir del 1° de enero de 2019. Aportes al Fondo de Contingencias de las Entidades Estatales por Procesos Judiciales En virtud de la expedición del .Oecretp 1266 del 17 de septiernbre de 2020 y la Resolución 2159 del 13 de noviernbre de 2020, las entidades estatales .que constituyan una sección del Presupuesto General de la Nación, tienen corno obligación presentar ante la Dirección General de Crédito Público y Tesoro Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público (MHCP) para aprobación, tanto la cuantificación del pasivo contingente litigioso corno. el cálculo de los aportes que se deben efectuar al Fondo de Contingencias de las Entidades Estatales (FCEE) de que trata la Ley 448 de 1998. En lo que corresponde a la aplicación de die.ha norrnatividad y una vez fue publicado en la página web delMinisterio de Hacienda y Crédito Público el calendario y demás información requerida para su cumplimiento en el mes de enero de 20211, se obtuvieron los siguientes resultados: i) El 51 % de entidades estatales obligadas dieron cumplimiento y obtuvieron las aprobaciones respectivas; ii) Se aprobó un monto cercano a los $224 mil millones, recursos que ingresarán en 2022 al FCEE;

resultados: i) El 51 % de entidades estatales obligadas dieron cumplimiento y obtuvieron las aprobaciones respectivas; ii) Se aprobó un monto cercano a los $224 mil millones, recursos que ingresarán en 2022 al FCEE; iii) El 2% de las entidades no tenían procesos acUvos por lo tanto estaban excluidas del ámbito de aplicación; iv) El 5% de las entidades no cumplieron los requisitos en su totalidad, por lo cual sus solicitudes quedaron rechazadas y, v) El 42% restante de las entidades no dieron cumplimiento al marco normativo. 1 En los términos del artfculo 5 de la Resolución 2159 de 2020, que establece que "el MHCP publicará anualmente en el mes de enero en la página web del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, el calendario correspondiente en que cada Entidad Estatal deberá remitir para aprobación sus valoraciones del contingente y el cálculo de sus Planes de Aportes al FCEE. (. .. )" Ministeño de Hacienda y Crédito Público Cooigo Poslal 111711

PBX: (571) 3811700

Atención al ciudadano (571) 60 21270 - Línea Nacional: 01 8000 910071 atencioncfiente@minhacienda.gov.co carrera 8 No. 6C-38 Bogotá D.C. \VWVt.minhacienda.gov.coContinuación Circular Externa 026 de 23 de septiembre de 2021 Página 2 de 2 Con relación a los plazos para la presentación de la documentación exigida, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público dispuso del periodo entre febrero y marzo de 2021 para que

Con relación a los plazos para la presentación de la documentación exigida, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público dispuso del periodo entre febrero y marzo de 2021 para que las entidades remitieran sus solicitudes de aprobación. Sin embargo, el proceso de aprobación se amplió hasta el 9 de julio, lo cual permitió alinearse con el calendario legislativo de radicación del proyecto de Presupuesto ante el Congreso de la República, permitiendo un mayor flujo de aprobaciones. En consideración al alto porcentaje de entidades que no allegaron la información, es de recordar que la no presentación de los trámites exigidos en la normatividad antes mencionada, representa el incumplimiento de los numerales 1 y 7 del articülo 34 de la Ley 734 de 2002 del CódigóDisc::iplinario Único, que establecen como deberes de todo servidor público "1.cwnplir y hacer que se cumplan los deberes contenidos en la Constitución, los tratados de Derecho Internacional Humanitario, los demás ratificados por el Congreso, /as leyes, /os decretos, /as ordenanzas, /os acuerdos distritales y municipales, los estatutos de la entidad, /os reglamentos y /os manuales de funciones, las decisiones judiciales y disciplinarias, las convenciones colectivas,.los contratos de. trabajo y /as órdenes superiores emitidas por funcionario competente" y '?.atender /os requerimientos y citaciones de /as autoridades competentes". En virtud de lo expuesto, se extiende una invitación a todas las entidades obligadas, a dar oportuno curnplimiento a las disposiciones contenidas en el Decreto 1266 de 2020 y la

autoridades competentes". En virtud de lo expuesto, se extiende una invitación a todas las entidades obligadas, a dar oportuno curnplimiento a las disposiciones contenidas en el Decreto 1266 de 2020 y la Resolución 2159 de 2020, en los plazos y condiciones que, para tales efectos, el Ministerio Hacienda y Crédito Público publique en su página WEB de manera actualizada. Por último, se resalta que dadas las características de los procesos activos y del pasivo contingente litigioso del Estado, el cual está calculado en 1, 19% del PIB según estimaciones del Marco Fiscal de Mediano Plazo 2021, cobra mayor relevancia el cumplimiento de la normatividad enunciada. Lo anterior, por cuanto permitirá la mitigación del impacto fiscal que pueda presentarse por cuenta de los fallos desfavorables en contra de las entidades estatales y que representan erogaciones presupuestales de magnitudes económicas considerables. Cordialment , Director de Crédito Público y Tesoro Nacional

APROBÓ

ELABORÓ

Alejandra Barragán Rojas/ Una María Londof'io G. Cindy Zulima Alzate Román/ Nathalie Gómez A. Ministerio de Hacienda y Crédito Público Código Postal 111711

PBX: (571) 381 1700

Atención al ciudadano (571) 6021270-Linea Nacional: 01 8000 910071 atencioncfiente@írunhacienda.gov.co C;,rrera 8 No. 6C-38 Bogotá D.C. W\Wl.minhaciendagov.co

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