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MINHACIENDA - Resolucion 1019 del 2 de abri de 2019

Ministerio de Haciendo y Crédito Público

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Detalles

Título
MINHACIENDA - Resolucion 1019 del 2 de abri de 2019
Autor
Ministerio de Haciendo y Crédito Público
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Financiero
Año
2019

El emprendimiento es de todos. + RESOLUCIÓN 1019 ( 02 ABR. 2019 ) Por la cual se autoriza a la Universidad de Pamplona para celebrar una operación asimilada a una operación de crédito público interno, consistente en una operación de Leasing Financiero con el Banco Davivienda S.A., hasta por la suma de OCHOCIENTOS CUARENTA MILLONES DE PESOS ($840.000.000) moneda legal colombiana. EL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO En uso de sus facultades legales, en especia! de las que le confiere el artículo 7 de la Ley 781 de 2002, el artículo 2.2.1.1.2 y el artículo 2.2.1.2.1.5 del Decreto 1068 de 2015, y, CONSIDERANDO Que mediante comunicación del 13 de noviembre de 2018 y alcance del 13 de diciembre de 2018, radicados en el Ministerio de Hacienda y Crédito Público bajo los Nos. 1-2018112700 y 1-2018-126455 el 15 de noviembre y el 18 de diciembre de 2018, respectivamente, la Universidad de Pamplona solicitó al Ministerio de Hacienda y Crédito Público autorización para la suscripción de una operación asimilada consistente en la contratación de un Leasing Financiero hasta por la suma de OCHOCIENTOS CUARENTA MILLONES DE PESOS ($840.000.000) moneda legal colombiana, con el propósito de financiar la compra de dos (2) vehículos buses para transporte de estudiantes; : Que el artículo 7 de la Ley 781 de 2002 establece, entre otros aspectos, que la gestión

propósito de financiar la compra de dos (2) vehículos buses para transporte de estudiantes; : Que el artículo 7 de la Ley 781 de 2002 establece, entre otros aspectos, que la gestión y celebración de los actos y contratos de que trata el Decreto 2681 de 1993 (compilado en el Libro 2 Parte 2 del Decreto 1068 de 2015) y demás nomas concordantes por parte de los entes universitarios autónomos, se sujetarán a la normatividad aplicable a las entidades descentralizadas del orden nacional; Que el artículo 2.2.1.1.2 del Decreto 1068 de 2015, dispone que los actos o contratos análogos a las operaciones de crédito público, mediante los cuales se contraigan obligaciones con plazo para su pago, se asimilan a operaciones de crédito público y les serán aplicables las disposiciones relativas a las operaciones de crédito publico si su plazo es mayor de un año, según se trate de operaciones internas o externas y de acuerdo a la entidad estatal que las celebre; Que el artículo 2.2.1.2.1.5 del Decreto 1068 de 2015, dispone que la celebración de contratos de empréstito interno por las entidades descentralizadas del orden nacional, requerirá autorización para suscribir el contrato y otorgar garantías al prestamista, impartida mediante Resolución del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, la cual podrá otorgarse una vez se cuente con el concepto favorable del Departamento Nacional de Planeación y las correspondientes minutas definitivas;El empráñidimiento es de todos q RESOLUCIÓN No. 1019 De 02 ABR. 2019 Página 2 de 4

Nacional de Planeación y las correspondientes minutas definitivas;El empráñidimiento es de todos q RESOLUCIÓN No. 1019 De 02 ABR. 2019 Página 2 de 4 Continuación de la Resolución "Por la cual se autoríza a la Universidad de Pamplona para celebrar una operación asimilada a una operación de crédito público interno, consistente en una operación de Leasing Financiero con el Banco Davivienda S.A., hasta por la suma de OCHOCIENTOS CUARENTA MILLONES DE PESOS ($840.000.000) moneda legal colombiana”. Que de conformidad con el Acuerdo No. 027 del 25 de abril de 2002, por el cual se actualiza el Estatuto General de la Universidad de Pamplona, la Universidad de Pamplona es un ente universitario autónomo, del orden departamental, con régimen especial y vinculada al Ministerio de Educación Nacional, con personería jurídica, autonomía académica, administrativa y financiera y patrimonio independiente; Que mediante oficio No. SC - 20184380654091 del 06 de noviembre de 2018, el Departamento Nacional de Planeación emitió concepto favorable a la Universidad de Pamplona para llevar a cabo operaciones de crédito público interno, de largo plazo sin garantía de la Nación en los términos estipulados en el Decreto 1068 de 2015, por un monto de COP $840 millones, con el propósito de financiar la compra de dos (2) vehículos buses para el transporte de estudiantes; Que mediante Acuerdo No. 001 del 31 de enero dé 2019, el Consejo Superior de la Universidad de Pamplona en su artículo primero, autorizó al Rector de la Universidad para tramitar y suscribir un contrato de leasing con destino a mejorar y renovar el parque

Que mediante Acuerdo No. 001 del 31 de enero dé 2019, el Consejo Superior de la Universidad de Pamplona en su artículo primero, autorizó al Rector de la Universidad para tramitar y suscribir un contrato de leasing con destino a mejorar y renovar el parque automotor de la Universidad de Pamplona, por valor de hasta OCHOCIENTOS CUARENTA MILLONES DE PESOS ($840.000.000) M/CTE. La autorización en mención se concedió por un término de seis meses contados a partir de su aprobación; Que mediante oficio No. 2-2019-007660 del 8 de marzo de 2019, y de conformidad con las facultades contempladas en el artículo 38 del Decreto 47/12 de 2008 y en la normatividad vigente aplicable, la Subdirección de Financiamiento de Otras Entidades, Seguimiento, Saneamiento y Cartera de la Dirección General de Crédito Público y Tesoro Nacional aprobó los términos de la Minuta de Contrato de Leasing Financiero y Anexos que proyecta celebrar la Universidad de Pamplona con el Banco Davivienda S.A., hasta por la suma de OCHOCIENTOS CUARENTA MILLONES DE PESOS ($840.000.000) moneda legal colombiana, destinados a la compra de dos (2) vehículos buses para el transporte de estudiantes; Que los términos y condiciones financieras de la operación de Leasing Financiero que proyecta celebrar la Universidad de Pamplona con el Banco Davivienda S.A. son los siguientes: Plazo de cinco (5) años contados a partir de la fecha de desembolso de los recursos, modalidad de pago vencido, modalidad del. canon variable, periodicidad de pago trimestral y costo financiero del DTF + 4.0% T.A. con modalidad de reliquidación

recursos, modalidad de pago vencido, modalidad del. canon variable, periodicidad de pago trimestral y costo financiero del DTF + 4.0% T.A. con modalidad de reliquidación trimestral. El canon se calculará de acuerdo con los términos financieros relacionados en la minuta de Contrato de Leasing Financiero aprobada por la Subdirección de Financiamiento de Otras Entidades, Seguimiento, Saneamiento y Cartera de la Dirección General de Crédito Público y Tesoro Nacional mediante oficio No. 2-2019007860 del 8 de marzo de 2019. El día del vencimiento del plazo, la Universidad de Pamplona tiene la facultad de ejercer la opción de compra hasta por el 10% del valor desembolsado; Que de conformidad con lo estipulado en el artículo 2.2.2.3.2 del Decreto 1068 de 2015, la Universidad de Pamplona cuenta con calificación de capacidad de pago emitida por la Sociedad Calificadora de Valores BRC Standard 8. Poor's S£P Global, según consta en documento de fecha 5 de diciembre de 2018; Que la Universidad de Pamplona ha cumplido con los requisitos señalados en el Libro 2 Parte 2 del Decreto 1068 de 2015 para realizar este tipo de operaciones,di es de todos EA RESOLUCIÓN No. 1 019 De 02 ABR 2019 Página 3 de 4 Continuación de la Resolución “Por la cual se autoriza a la Universidad de Pamplona para celebrar una operación asimilada a una operación de crédito público interno, consistente en una operación de Leasing Financiero con el Banco Davivienda S.A., hasta por la suma de OCHOCIENTOS CUARENTA MILLONES DE PESOS ($840.000.000) moneda legal colombiana”.

RESUELVE

Financiero con el Banco Davivienda S.A., hasta por la suma de OCHOCIENTOS CUARENTA MILLONES DE PESOS ($840.000.000) moneda legal colombiana”. RESUELVE Artículo 1. Autorización. Autorizar a la Universidad de Pamplona para celebrar una operación asimilada a una operación de crédito público interno, consistente en una operación de Leasing Financiero con el Banco Davivienda S.A., hasta por la suma de OCHOCIENTOS CUARENTA MILLONES DE PESOS ($840.000.000) moneda legal colombiana. Artículo 2. Términos y Condiciones. Los términos y condiciones financieras de la operación de Leasing Financiero que proyecta celebrar la Universidad de Pamplona con el Banco Davivienda S.A. son los siguientes: Plazo de cinco (5) años contados a partir de la fecha de desembolso de los recursos, modalidad de pago vencido, modalidad del canon variable, periodicidad de pago trimestral y costo financiero del DTF + 4.0% T.A. con modalidad de reliquidación trimestral. El canon se calculará de acuerdo con los términos financieros relacionados en la minuta de Contrato de Leasing Financiero aprobada por la Subdirección de Financiamiento de Otras Entidades, Seguimiento, Saneamiento y Cartera de la Dirección General de Crédito Público y Tesoro Nacional mediante oficio No. 2-2019-007660 del 8 de marzo de 2019. El día del vencimiento del plazo, la Universidad de Pamplona tiene la facultad de ejercer la opción de compra hasta por el 10% del valor desembolsado; Artículo 3. Destinación. La Universidad de Pamplona deberá destinar los recursos provenientes del Leasing Financiero cuya celebración se autoriza por la presente

por el 10% del valor desembolsado; Artículo 3. Destinación. La Universidad de Pamplona deberá destinar los recursos provenientes del Leasing Financiero cuya celebración se autoriza por la presente Resolución para la compra de dos (2) vehículos buses para el transporte de estudiantes. Artículo 4. Minuta de Contrato y Pagaré. En desarrollo de la presente autorización, la Universidad de Pamplona podrá celebrar el Contrato de Leasing Financiero con el Banco Davivienda S.A. y otorgar un pagaré a favor del mismo, en los términos de la minuta de Contrato de Leasing Financiero y Anexos aprobados por la Subdirección de Financiamiento de Otras Entidades, Seguimiento, Saneamiento y Cartera de la Dirección General de Crédito Público y Tesoro Nacional mediante oficio No. 2-2019007660 del 8 de marzo de 2019. Artículo 5. Apropiaciones Presupuestales. Los pagos que realice la Universidad de Pamplona en desarrollo del Contrato de Leasing Financiero autorizado por la presente Resolución, estarán sujetos a las apropiaciones presupuestales que para tal efecto haga en su presupuesto. Por lo tanto, la Universidad de Pamplona deberá incluir las partidas necesarias en su proyecto o proyectos de presupuesto anual de gastos. Artículo 6. Registro. La Universidad de Pamplona deberá solicitar a la Dirección General de Crédito Público y Tesoro Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, la inclusión en el Sistema de Deuda Pública (Base Unica de Datos) del Contrato de Leasing Financiero que suscriba en desarrollo de la presente Resolución, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 16 de la Ley 185 de 1995, modificado por el

de Leasing Financiero que suscriba en desarrollo de la presente Resolución, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 16 de la Ley 185 de 1995, modificado por el artículo 13 de la Ley 533 de 1999, para lo cual deberá remitir fotocopia del Contrato de Leasing Financiero a la Dirección General de Crédito Público y Tesoro Nacional, dentro de los diez (10) dias calendario siguientes al perfeccionamiento del mismo. Artículo 7. Compromiso de Información. La Universidad de Pamplona deberá presentar a la Dirección General de Crédito Público y Tesoro Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, dentro de los diez (10) primeros días calendario del mes siguiente al mes que se reporte, la información referente a saldos y movimientos de la A SS' Elemprendimiento esde tódos, A E E RESOLUCIÓN No. 10 19 De 02 ABR 2019 Página 4 de 4 Continuación de la Resolución “Por la cual se autoriza a la Universidad de Pamplona para celebrar una operación asimilada a una operación de crédito público interno, consistente en una operación de Leasing Financiero con el Banco Davivienda S.A., hasta por la suma de OCHOCIENTOS CUARENTA MILLONES DE PESOS ($840.000.000) moneda legal colombiana”. operación asimilada a una operación de crédito público interno que por la presente Resolución se autoriza hasta el pago total de la deuda, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 16 de la Ley 185 de 1995, modificado por el artículo 13 de la Ley 533 de 1999. , Artículo 8. Vigencia. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación

en el artículo 16 de la Ley 185 de 1995, modificado por el artículo 13 de la Ley 533 de 1999. , Artículo 8. Vigencia. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial, requisito que se entiende cumplido con la orden impartida por el Director General de Crédito Público y Tesoro Nacionál del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley 185 de 1995.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá D.C., a los 0 2 ABR, 2019 MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO ¿ALBERTO 'CARRASQUILLA BARRERA y APROBÓ: “Lina María Morales Villalobos — Juan Pablo Puerto Reyes 2

REVISÓ: aren Bibiana Guzmán Vanegas / Marielena Daniela Be ELABORÓ: erly P. Espinosa Forero LS, DEPENDENCIA: Subdirección de Financiamiento Otras Entidades, Seguimiento, Saneamiento y Cartera - DECPTN

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