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MINHACIENDA - Resolución 1983 de 2020

Ministerio de Hacienda y Crédito Público

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Detalles

Título
MINHACIENDA - Resolución 1983 de 2020
Autor
Ministerio de Hacienda y Crédito Público
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Financiero
Año
2020

RESOLUCIÓN ( 1983 DE 21 DE OCTUBRE DE 2020 ) Por la cual se subroga la Resolución 097 4 de 2018 y se actualiza el funcionamiento del Comité Institucional de Gestión y Desempefto del Ministerio de Hacienda y Crédito Público El MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO En uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial aquellas conferidas en el artículo 208 de la Constitución Política, el artículo 61 de la Ley 489 de 1998, el numeral 16 del artículo 6 del Decreto 4712 de 2008 y el artículo 2.2.22.3.8 del Decreto 1083 de 2015 y, CONSIDERANDO Que el articulo 208 de la Constitución Política establece que los ministros y los directores de departamentos administrativos son los jefes de la administración en su respectiva dependencia. Bajo la dirección del Presidente de la República, les corresponde formular las políticas atinentes a su despacho, dirigir la actividad administrativa y ejecutar la ley. Que en virtud de lo establecido en el numeral 16 del artículo 6 de Decreto 4712 de 2008 le corresponde al Despacho del Ministro fijar las pautas para la planeación y el control de las funciones realizadas por dependencias del Ministerio de Hacienda y Crédito Público. Que el artículo 133 de la Ley 1753 de 2015, por la cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 20142018 "Todos por un nuevo país", integró en un solo Sistema de Gestión los Sistemas de Desarrollo Administrativo y de Gestión de la Calidad, previstos en las Leyes 489 de 1998 y 872 de 2003, respectivamente, el cual debe articularse con los Sistemas Nacional e Institucional de Control Interno

Administrativo y de Gestión de la Calidad, previstos en las Leyes 489 de 1998 y 872 de 2003, respectivamente, el cual debe articularse con los Sistemas Nacional e Institucional de Control Interno consagrados en la Ley 87 de 1993 y en los artículos 27 al 29 de la Ley 489 de 1998, con el fin de fortalecer los mecanismos, métodos y procedimientos de control interior de los organismos y entidades del Estado. Que el Decreto 1499 de 2017 modificó el Decreto 1083 de 2015 Único Reglamentario del Sector Función Pública, en lo relacionado con el Sistema de Gestión actualizando el Modelo Integrado de Planeación y Gestión de que trata el Capitulo 3 del Título 22 de la Parte 2 del Libro 2 del mencionado Decreto. Que los artículos 2.2.22.3.2 y 2.2.22.3.3 del Decreto 1083 de 2015 definen el Modelo Integrado de Planeación y Gestión - MIPG y señalan su objetivos estableciendo que este se constituye en el marco de referencia para dirigir, planear, ejecutar, hacer seguimiento, evaluar y controlar la gestión de las entidades y organismos públicos, con el fin de generar resultados que atiendan los planes de desarrollo y resuelvan las necesidades y problemas de los ciudadanos, con integridad y calidad en el servicio. Que el artículo 2.2.22.2.1 del Decreto 1083 de 2015 señala cuales son las Políticas de Gestión y Desempeño Institucional en el marco del Sistema de Desarrollo Administrativo consagrado en la Ley 489 de 1998, así: 1. Planeación Institucional, 2. Gestión presupuesta! y eficiencia del gasto público, 3.

Desempeño Institucional en el marco del Sistema de Desarrollo Administrativo consagrado en la Ley 489 de 1998, así: 1. Planeación Institucional, 2. Gestión presupuesta! y eficiencia del gasto público, 3. Talento humano, 4. Integridad, 5. Transparencia, acceso a la información pública y lucha contra la corrupción, 6. Fortalecimiento organizacional y simplificación de procesos, 7. Servicio al ciudadano, 8. Participación ciudadana en la ges1ión pública, 9. Racionalización de trámites, 10. Gestión documental,RESOLUCIÓN No. 1983 De 21 DE OCTUBRE DE 2020 Página 2 de 8 Continuación de la Resolución ªPor la cual se subroga la Resolución 0974 de 2018 y se actualiza el funcionamiento del Comité Institucional de Gestión y Desempeflo del Ministerio de Hacienda y Crédito Público"

11. Gobierno Digital, antes Gobierno en Linea, 12. Seguridad Digital, 13. Defensa jurídica, 14. Gestión del conocimiento y la innovación, 15. Control interno, 16. Seguimiento y evaluación del desempeño institucional 17. Mejora Normativa, 18. Gestión de la Información Estadistica.

Que el Manual Operativo del MIPG en su versión 3 señala que el modelo opera a través de un conjunto de 7 dimensiones que agrupan las pollticas de gestión y desempeño institucional (Talento Humano, Direccionamiento estratégico y Planeación, Gestión con valores para resultados, Evaluación de resultados, Información y comunicación, Gestión del conocimiento y Control Interno), implementadas de manera articulada e intercomunicada, lo cual permitirá que el MIPG funcione.

Direccionamiento estratégico y Planeación, Gestión con valores para resultados, Evaluación de resultados, Información y comunicación, Gestión del conocimiento y Control Interno), implementadas de manera articulada e intercomunicada, lo cual permitirá que el MIPG funcione. Que el articulo 2.2.22.3.8 del Decreto 1083 de 2015, señala que en cada una de las entidades se integrará un Comité Institucional de Gestión y Desempeño encargado de orientar la implementación y operación del Modelo Integrado de Planeación y Gestión - MIPG, el cual sustituirá los demás comités que tengan relación con el Modelo y que no sean obligatorios por mandato legal. Que el referido articulo, establece que en el nivel central de la Rama Ejecutiva del Orden Nacional, el Comité será liderado por el viceministro o subdirector del departamento administrativo o secretarios generales; en el nivel descentralizado, por los subdirectores generales o administrativos o los secretarios generales o asesor que designe el representante legal de cada entidad. Que el Decreto 612 de 2018 adiciona el Decreto 1083 de 2015 Único Sector de Función Pública y en el articulo 2.2.22.3.14 define la integración de los planes institucionales y estratégicos al Plan de Acción por parte de las entidades del Estado, el cual debe ser publicado al 31 de enero de cada año. Los planes que se integraron son: 1. Plan Institucional de Archivos de la Entidad PINAR, 2. Plan Anual de Adquisiciones, 3. Plan Anual de Vacantes, 4. Plan de Previsión de Recursos Humanos, 5. Plan Estratégico de Talento Humano, 6. Plan Institucional de Capacitación, 7. Plan de Incentivos

de Adquisiciones, 3. Plan Anual de Vacantes, 4. Plan de Previsión de Recursos Humanos, 5. Plan Estratégico de Talento Humano, 6. Plan Institucional de Capacitación, 7. Plan de Incentivos Institucionales, 8. Plan de Trabajo Anual en Seguridad y Salud en el Trabajo, 9. Plan Anticorrupción y de Atención al Ciudadano, 10. Plan Estratégico de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones PETI, 11. Plan de Tratamiento de Riesgos de Seguridad y Privacidad de la Información. 12. Plan de Seguridad y Privacidad de la Información. Que mediante Resolución 0974 de 2018 del Ministerio de Hacienda y Crédito Público se creó y conformó el Comité Institucional de Gestión y Desempeño de la Entidad y se definieron las funciones de los lideres temáticos y equipos de apoyo para la implementación del Modelo Integrado de Planeación y Gestión - MIPG en la Entidad. Que mediante Resolución 2732 de 2018 se modificó la organización del Sistema Único de Gestión del Ministerio de Hacienda y Crédito Público y se designó al Secretario General como representante de la Alta Dirección para garantizar su implementación. Que mediante memorando 3-2019-010929 del 21 de junio de 2019 en virtud de lo establecido en el paragrafo 1 del articulo 8 de la Resolución 0974 de 2018 el Secretario General como representante de la Alta Dirección del Sistema Único de Gestión del Ministerio de Hacienda y Crédito Público estableció los lideres tematicos y equipos de apoyo para cada una de las políticas de gestión y desempeño establecidas en el Modelo Integrado de Planeación y Gestión - MIPG.

estableció los lideres tematicos y equipos de apoyo para cada una de las políticas de gestión y desempeño establecidas en el Modelo Integrado de Planeación y Gestión - MIPG. Que por medio de la Resolución 4790 de 2019, se señalan directrices en materia de Capacitación y Estímulos en el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, y se recogen las funciones de los comitésRESOLUCIÓN No. 1983 De 21 DE OCTUBRE DE 2020 Página 3 de 8 Continuación de la Resolución "Por la cual se subroga la Resolución 0974 de 2018 y se actualiza el funcionamiento del Comité Institucional de Gestión y Desempef!o del Ministerio de Hacienda y Crédito Público" existentes en la Subdirección de Talento Humano para armonizarlas con el nuevo Modelo Integrado de Planeación y Gestión. Que de acuerdo con el Manual Operativo del Modelo Integrado de Planeación y GestiónMIPG del Departamento Administrativo de la Función Pública de diciembre de 2019, en su versión número 3, se desarrolla para cada política herramientas para su implementación. Que, en cumplimiento de las disposiciones legales enunciadas, se hace necesario actualizar el funcionamiento del Comité Institucional de Gestión y Desempeño en el Ministerio de Hacienda y Crédito Público con el propósito de orientar la implementación y seguimiento integral de las políticas de gestión del Modelo, bajo los parámetros establecidos por el Departamento Administrativo de la Función Pública, por lo cual se requiere subrogar la Resolución 0974 de 2018. Que, en mérito de lo expuesto,

RESUELVE

TITULO 1

CREACIÓN, CONFORMACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL

COMITÉ INSTITUCIONAL DE GESTIÓN Y DESEMPEÑO

Que, en mérito de lo expuesto,

RESUELVE

TITULO 1

CREACIÓN, CONFORMACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ INSTITUCIONAL DE GESTIÓN Y DESEMPEÑO Artículo 1. Comité Institucional de Gestión y Desempeño del Ministerio de Hacienda y Crédito Público. Crear el Comité Institucional de Gestión y Desempeño en el Ministerio de Hacienda y Crédito Público como instancia rectora, articuladora y ejecutora, a nivel institucional, de las acciones y estrategias para la correcta implementación, operación, desarrollo, evaluación y seguimiento del Modelo Integrado de Planeación y Gestión - MIPG. Artículo 2. Conformación del Comité Institucional de Gestión y Desempeño. El Comité Institucional de Gestión y Desempeño está conformado por:

1. El Viceministro General, quien lo presidirá

2. El Viceministro Técnico

3. El Secretario General

4. El Director General de Apoyo Fiscal

5. El Director General del Presupuesto Público Nacional

6. El Director General de Política Macroeconómica

7. El Directo¡ General del Participaciones Estatales

8. El Director General de la Regulación Económica de la Seguridad Social

9. El Director General de Crédito Público y Tesoro Público Nacional

10. El Director Administrativo

11. El Director de Tecnología

12. El Jefe de la Oficina Asesora de Planeación

13. El Jefe de la Oficina Asesora de Jurídica

14. El Jefe de la Oficina de Bonos Pensionales Parágrafo 1. El Jefe de la Oficina de Control Interno del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, es

13. El Jefe de la Oficina Asesora de Jurídica

14. El Jefe de la Oficina de Bonos Pensionales Parágrafo 1. El Jefe de la Oficina de Control Interno del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, es invitado permanente a las sesiones del Comité con voz, pero sin voto.RESOLUCIÓN No. 1983 De 21 DE OCTUBRE DE 2020 Página 4 de 8

Continuación de la Resolución "Por la cual se subroga la Resolución 0974 de 2018 y se actualiza el funcionamiento del Comité Institucional de Gestión y Desempeflo del Ministerio de Hacienda y Crédito Público" Parágrafo 2. Según los temas a tratar, el Comité invitará a sus reuniones, con carácter permanente u ocasional, a los lideres temáticos, equipos de apoyo y a las personas que considere pertinentes que, por su conocimiento técnico o funcional, puedan brindar información relevante para la toma de decisiones. Es de anotar que estos participan con voz, pero sin voto, siempre y cuando no hagan parte de los miembros permanentes del Comité. Parágrafo 3. El Secretario General presidirá el Comité en ausencia del Viceministro General. Artículo 3. Funciones. Son funciones del Comité Institucional de Gestión y Desempeño del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, las siguientes:

1. Aprobar y hacer seguimiento, por lo menos una vez cada tres meses, a las acciones y estrategias adoptadas para la operación del Modelo Integrado de Planeación y GestiónMIPG, de acuerdo con la información y recomendaciones presentadas por los lideres temáticos y sus equipos de apoyo.

2. Articular los esfuerzos institucionales, recursos, metodologías y estrategias para asegurar la

MIPG, de acuerdo con la información y recomendaciones presentadas por los lideres temáticos y sus equipos de apoyo.

2. Articular los esfuerzos institucionales, recursos, metodologías y estrategias para asegurar la implementación, sostenibilidad y mejora del Modelo Integrado de Planeación y GestiónMIPG.

3. Proponer al Comité Sectorial de Gestión y Desempeño, iniciativas que contribuyan al mejoramiento en la implementación y operación del Modelo Integrado de Planeación y Gestión

-MIPG.

4. Presentar los informes que el Comité Sectorial de Gestión y Desempeño y los organismos de control requieran sobre la gestión y el desempeño de la entidad.

5. Adelantar y promover acciones permanentes de autodiagnóstico para facilitar la valoración interna de la gestión.

6. Asegurar la implementación y desarrollo de las políticas de gestión y directrices en materia de seguridad digital y de la información.

7. Aprobar y hacer seguimiento al plan integrado, estrategias y herramientas necesarias para la implementación interna de las políticas de gestión.

8. Definir mejoras al Modelo Integrado de Planeación y Gestión implementado por la entidad, con especial énfasis en las actividades de control establecidas en todos los niveles de la organización y estudiar y adoptar las mejoras propuestas por el Comité Institucional de

Coordinación de Control Interno.

9. Efectuar recomendaciones al Comité Institucional de Coordinación de Control Interno en relación con las políticas de gestión y desempeño· que puedan generar cambios o ajustes a la estructura de control de la entidad.

10. Aprobar la Política de Gestión Ambiental y el plan que se llevará a cabo para su desarrollo en el Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

estructura de control de la entidad.

10. Aprobar la Política de Gestión Ambiental y el plan que se llevará a cabo para su desarrollo en el Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

11. Generar espacios que permitan a sus participantes el estudio y análisis de temas relacionados con políticas de gestión y desempeño, buenas prácticas, herramientas, metodologías u otrosRESOLUCIÓN No. 1983

El emprendlmlento es de todosDe 21 DE OCTUBRE DE 2020 Página 5 de 8 Continuación de la Resolución ªPor la cual se subroga la Resoluclón 0974 de 2018 y se actualiza el funcionamiento del Comité Institucional de Gestión y Desempeflo del Ministerio de Hacienda y Crédito Público" temas de interés para fortalecer la gestión y el desempeño institucional y así lograr el adecuado desarrollo de sus funciones.

12. Aprobar los temas relacionados con gestión documental, que de acuerdo con los lineamientos establecidos por el Archivo General de la Nación y disposiciones vigentes asociadas a la materia, deban someterse a revisión del presente Comité, según normas técnicas nacionales e internacionales que fortalezcan la Política de Gestión Documental.

13. Las demás asignadas en la normativa aplicable que tengan relación directa con la implementación, desarrollo y evaluación del Modelo Integrado de Planeación y Gestión­

MIPG. Parágrafo 1. Se someterán a aprobación del Comité, adicional a los temas descritos en las funciones, aquellas decisiones que los lideres temáticos y sus equipos de apoyo consideren de importancia estratégica de acuerdo con los reglamentos internos, procedimientos o lineamientos que apliquen a su operación.

aquellas decisiones que los lideres temáticos y sus equipos de apoyo consideren de importancia estratégica de acuerdo con los reglamentos internos, procedimientos o lineamientos que apliquen a su operación. Artículo 4. Secretaría Técnica del Comité Institucional de Gestión y Desempeño. El Jefe de la Oficina Asesora de Planeación del Ministerio de Hacienda y Crédito Público o quien haga sus veces, ejercerá la Secretaria Técnica del Comité Institucional de Gestión y Desempeño. Artículo 5. Funciones de la Secretaría Técnica. Son funciones de la Secretaría Técnica del Comité Institucional de Gestión y Desempeño, las siguientes:

1. Programar la agenda, organizar la logística y los recursos técnicos necesarios para el funcionamiento del Comité.

2. Convocar a sesiones a los integrantes del Comité Institucional de Gestión y Desempeño e invitados de acuerdo con la solicitud de su presidente, miembros o líderes temáticos.

3. Elaborar las actas de cada sesión, las cuales deberán ser suscritas por el Presidente y la

Secretaría Técnica del Comité.

4. Custodiar, conservar y controlar el archivo de las actas del Comité, asi como los demás documentos que se posean, tanto en medio físico como electrónico.

5. Requerir, revisar, consolidar y/o preparar la información que será considerada en las reuniones del Comité.

6. Comunicar a los líderes temáticos, equipos de apoyo y a las personas que se considere pertinentes las decisiones adoptadas por el Comité.

7. Hacer seguimiento a las decisiones adoptadas y compromisos adquiridos por el Comité, por lo menos una vez cada tres meses.

8. Las demás inherentes a la naturaleza de sus funciones y que sean asignadas por los

pertinentes las decisiones adoptadas por el Comité.

7. Hacer seguimiento a las decisiones adoptadas y compromisos adquiridos por el Comité, por lo menos una vez cada tres meses.

8. Las demás inherentes a la naturaleza de sus funciones y que sean asignadas por los miembros del Comité.

Artículo 6. Funciones del Presidente. Son funciones del Presidente del Comité Institucional de Gestión y Desempeño, las siguientes:

1. Presidir, instalar y dirigir las reuniones del Comité para el desarrollo de todas las actividades propuestas en el orden del dia.

2. Delegar en otros miembros del Comité algunas funciones cuando lo considere necesario por su competencia.

3. Comunicar de manera oportuna a todos los participantes de las decisiones que involucren cambios en la organización.El emprendlmlento - es de todos RESOLUCIÓN No. 1983 De 21 DE OCTUBRE DE 2020 Página 6 de 8

Continuación de la Resolución "Por la cual se subroga la Resolución 0974 de 2018 y se actualiza el funcionamiento del Comité lnstituclonal de Gestión y Desempeno del Ministerio de Hacienda y Crédito Público•

4. Suscribir en conjunto con el Secretario las actas de cada sesión.

5. Las demás inherentes a la naturaleza de sus funciones y las del Comité de acuerdo con los parámetros definidos por el Departamento Administrativo de la Función Pública.

Artículo 7. Obligaciones de los integrantes del Comité. Serán obligaciones de los integrantes del Comité Institucional de Gestión y Desempeño, las siguientes:

1. Participar de manera activa en las convocatorias realizadas por la Secretaria Técnica, de manera virtual o física.

2. Conocer la importancia de la implementación del Modelo Integrado de Planeación y Gestión

1. Participar de manera activa en las convocatorias realizadas por la Secretaria Técnica, de manera virtual o física.

2. Conocer la importancia de la implementación del Modelo Integrado de Planeación y Gestión MIPG y su integración en la Dirección que lidera.

3. Revisar y aprobar las decisiones del Comité Institucional de Gestión y Desempeño, que estén asociados con sus funciones y dirección.

Artículo 8. Impedimentos, recusaciones o conflictos de interés. Los integrantes del Comité Institucional de Gestión y Desempeño están sujetos a las causales de impedimento y recusación previstas en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo. Cuando un miembro del Comité advierta que puede estar inmerso en una de las causales de impedimento, deberá informarlo inmediatamente al Presidente quien deberá decidir sobre la procedencia del mismo. Cuando el integrante del Comité no manifieste su impedimento, podrá ser recusado por el interesado, quien deberá aportar las pruebas que cons,idere necesarias para decidir el impedimento. Cuando el impedimento recaiga en el Presidente del Comité, debe ser resuelto por el superior jerárquico del funcionario. Artículo 9. De las sesiones y quórum. El Comité se reunirá en sesión ordinaria por lo menos una (1) vez cada tres (3) meses. No obstante, lo podrá hacer de manera extraordinaria por solicitud de sus integrantes y previa convocatoria del Secretario Técnico. Las sesiones podrán ser presenciales y no presenciales. La convocatoria a las sesiones la realizará la Secretaria Técnica del Comité quien la debe enviar de manera anticipada con el objeto de la reunión, duración de la sesión y orden del día, mediante correo

presenciales. La convocatoria a las sesiones la realizará la Secretaria Técnica del Comité quien la debe enviar de manera anticipada con el objeto de la reunión, duración de la sesión y orden del día, mediante correo electrónico, que permita a los miembros del Comité aceptar la misma. El Comité sesionará válidamente con la presencia de la mitad más uno de sus miembros con derecho a voto y adoptará decisiones con la mayoría de los votos de los miembros presentes en la sesión. En caso de empate, el Presidente del Comité lo dirimirá. El voto de los integrantes deberá ser motivado y con fundamento en los documentos aportados por el solicitante. Parágrafo 1. Los miembros del Comité Institucional de Gestión y Desempeño que no puedan asistir a una sesión deberán comunicarlo por escrito vía correo electrónico de manera anticipada a la Secretaría Técnica del Comité y en su defecto podrán delegar a una persona de su área del nivel directivo o asesor para que asista a ésta y lo pueda representar con voz y voto. Parágrafo 2. Las sesiones no presenciales son aquellas en las que se deliberará y decidirá por medio de comunicación simultánea o sucesiva, si es el caso, utilizando los recursos tecnológicos disponibles en materia de telecomunicaciones en la Entidad.El emprendlmlfinto • -es de todos .... -·· .

RESOLUCIÓN No. 1983 De 21 DE OCTUBRE DE 2020 Página 7 de 8

Continuación de la Resolución "Por la cual se subroga la Resolución 0974 de 2018 y se actualiza el funcionamiento del Comité Institucional de Gestión y Desempefio del Ministerio de Hacienda y Crédito Público"

Continuación de la Resolución "Por la cual se subroga la Resolución 0974 de 2018 y se actualiza el funcionamiento del Comité Institucional de Gestión y Desempefio del Ministerio de Hacienda y Crédito Público" Artículo 10. Actas de las reuniones. De cada reunión se levantará un acta que contendrá la relación de quienes intervinieron, los ternas tratados, las decisiones adoptadas y los votos emitidos por cada uno de los integrantes. El contenido del acta deberá ser aprobado en la siguiente sesión. Las actas llevarán el número consecutivo por cada año y serán suscritas por el Presidente de la sesión y la Secretaria Técnica. Las decisiones adoptadas deberán se comunicadas a los líderes temáticos, equipos de apoyo y a las personas que se considere pertinentes.

TITULO 11

CONFORMACIÓN Y FUNCIONES DEL EQUIPO DE LIDERES TEMÁTICOS Artículo 11. Naturaleza del Equipo de Líderes Temáticos. El Equipo de Líderes Temáticos en el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, es una instancia de apoyo al Comité Institucional de Gestión y Desempeño para la implementación y operación del Sistema Único Gestión (SUG) basado en el Modelo Integrado de Planeación y Gestión -MIPG. Artículo 12. Conformación del Equipo de Líderes Temáticos. El Equipo de Líderes Temáticos está conformado por el Jefe de la Oficina Asesora de Planeación, quien lo lidera, y los lideres temáticos de las Políticas de Gestión y Desempeño del Modelo Integrado de Planeación y Gestión y componentes del Sistema Único de Gestión. La designación de líderes temáticos y/o conformación de los grupos técnicos de apoyo, se realizará

las Políticas de Gestión y Desempeño del Modelo Integrado de Planeación y Gestión y componentes del Sistema Único de Gestión. La designación de líderes temáticos y/o conformación de los grupos técnicos de apoyo, se realizará mediante memorando interno del Representante de la Alta Dirección del Sistema Único de Gestión, con base en las propuestas que sean presentadas por el Jefe de la Oficina Asesora de Planeación. Parágrafo. El Equipo de Líderes Temáticos podrá implementar acciones y efitrategias a través de los enlaces y gestores designados en los procesos institucionales del Sistema Unico de Gestión, según lo considere pertinente el líder de dicho equipo. Artículo 13. Funciones del Líder Temático. El Líder Temático, respecto de la(s) política(s) o componente(s) asignado(s), tendrá las siguientes funciones:

1. Proponer las acciones y estrategias para su operación

2. Coordinar su implementación, sostenimiento y mejora.

3. Proponer al Comité Institucional de Gestión y Desempeño, iniciativas que contribuyan al mejoramiento de su implementación u operación.

4. Preparar los informes que el Comité Institucional de Gestión y Desempeño y los organismos de control requieran sobre ellos.

5. Implementar las acciones permanentes de autodiagnóstico para facilitar su valoración interna.

6. Proponer y adelantar iniciativas de tipo sectorial, que contribuyan al mejoramiento de su implementación y operación.

7. Las demás que sean asignadas por el Representante de la Alta Dirección y que guarden relación con la(s) politica(s) o componente(s) de su responsabilidad.. ei'emprendlmÍento, - os.de todosfi . - •. fi

implementación y operación.

7. Las demás que sean asignadas por el Representante de la Alta Dirección y que guarden relación con la(s) politica(s) o componente(s) de su responsabilidad.. ei'emprendlmÍento, - os.de todosfi . - •. fi RESOLUCIÓN No. 1983 De 21 DE OCTUBRE DE 2020 Página 8 de 8

Continuación de la Resolución ªPor la cual se subroga la Resolución 0974 de 2018 y se actualiza el funcionamiento del Comité Institucional de Gestión y Desempe/lo del Ministerio de Hacienda y Crédito Público" Artículo 14. Vigencia. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación, subroga la Resolución 0974 de 2018 y deroga las disposiciones que le sean contrarias.

PUBLIQUESE, COMUN(QUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá, D.C., a los 21 de octubre de 2020

ALBERTO CARRAS UILLA BARRERA

Revisó: Secretaria General

Proyectó: Oficina de Planeación

Ministro de Hacienda y Crédito Público

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