MINHACIENDA - Resolución 3330 de 2022
Ministerio de Hacienda y Crédito Público
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Detalles
- Título
- MINHACIENDA - Resolución 3330 de 2022
- Autor
- Ministerio de Hacienda y Crédito Público
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Financiero
- Año
- 2022
MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO RESOLUCIÓN 3 3 3 Q ( 1 3 OIC. 2Jl22
Por la cual se autoriza a Empresas Públicas de Medellín E.S.P. - EPM para celebrar un contrato de empréstito externo con Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, S.A. New York Branch, BNP Paribas, The Bank of Nova Scotia y Sumitomo Mitsui Banking Corporation, en calidad de Prestamistas, y UMB Bank, N.A., en calidad de Agente Administrativo, hasta por la suma de SETECIENTOS MILLONES DE DÓLARES (USD700.000.000) de los Estados Unidos de América. EL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO En uso de sus facultades legales, en especial de las que le confiere el artículo 6 de la Ley 781 de 2002 y el literal b) del artículo 2.2.1.2.1.4. del Decreto 1068 de 2015, y CONSIDERANDO Que mediante la Resolución 2305 del 27 de septiembre de 2021, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público autorizó: "( .. .) a Empresas Públicas de Medellín E.S.P., para gestionar operaciones de crédito público externo hasta por la suma de OCHOCIENTOS NOVENTA MILLONES DE DÓLARES (USO 890.000.000) de los Estados Unidos de América o su equivalente en otras monedas, con el propósito de financiar el plan general de inversiones en infraestructura, expansión, reposición y crecimiento de los negocios de aguas, saneamiento, transmisión, distribución de energía y gas, para el período 2021-2023. ";
en otras monedas, con el propósito de financiar el plan general de inversiones en infraestructura, expansión, reposición y crecimiento de los negocios de aguas, saneamiento, transmisión, distribución de energía y gas, para el período 2021-2023. "; Que mediante la comunicación radicada en el Ministerio de Hacienda y Crédito Público con el No. 1-2022-035017 del 9 de mayo de 2022, Empresas Públicas de Medellín E.S.P. - EPM informó que, en virtud de la Resolución de que trata el considerando anterior, "( ... ) EPM adelanta las gestiones con los bancos BANCO BILBAO VIZCAYA ARGENTAR/A, S.A. NEW YORK BRANCH, BNP PARIBAS, THE BANK OF NOVA SCOTIA Y SUM/TOMO MITSU/ BANKING CORPORA TION, con el fin de acceder a un crédito ( ... ) Los recursos del crédito se destinarían para ejecutar el plan de inversiones de la empresa durante el periodo 2022-2023. ( ... )"; Que mediante la comunicación radicada en el Ministerio de Hacienda y Crédito Público con el No. 1-2022-035017 del 9 de mayo de 2022, y alcances radicados con los Nos. 1-2022-092614, 1-2022100532 y 1-2022-103777 del 2, 30 de noviembre y 12 de diciembre de 2022, respectivamente, Empresas Públicas de Medellín E.S.P. - EPM solicitó al Ministerio de Hacienda y Crédito Público autorización para "( ... ) celebrar un contrato de crédito externo, pagaré y anexos con el Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, S.A. New York Branch, BNP Paribas, Sumitomo Mitsui Banking
autorización para "( ... ) celebrar un contrato de crédito externo, pagaré y anexos con el Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, S.A. New York Branch, BNP Paribas, Sumitomo Mitsui Banking Corporation, y The Bank of Nova Scotia, en calidad de prestamistas, y UMB Bank, N.A., en calidad de agente administrativo, hasta por la suma de SETECIENTOS MILLONES DE DÓLARES (USD700. 000. 000) de los Estados Unidos de América, con el propósito de financiar el plan general de inversiones en infraestructura, expansión, reposición y crecimiento en los negocios de aguas, saneamiento, transmisión, distribución de energía y gas, para el período 2022-2023 ( ... )"; Que el artículo 6 de la Ley 781 de 2002 dispone que, sin perjuicio de lo establecido en los artículos 31 y 32 de la Ley 142 de 1994 para otros actos y contratos, la gestión y celebración de los actos y contratos de que trata el Decreto 2681 de 1993 (compilado en el Libro 2 Parte 2 del Decreto 1068 de 2015) y demás normas concordantes por parte de las empresas de servicios públicos domiciliarios oficiales y mixtas, así como de aquellas con participación directa o indirecta de\MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO RESOLUCIÓN No. 3330 De 13 OIC.E2 Página 2 de 6 Continuación de la Resolución "Por la cual se autoriza a Empresas Públicas de Medellín E.S.P.- EPM para celebrar un
contrato de empréstito externo con Banco Bilbao Vizcaya Argentaría, S.A. New York Branch, BNP Paribas, The Bank of Nova Scotia Y Sumitomo Mitsui Banking Corporation, en calidad de prestamistas, y UMB Bank, N.A., en calidad de agente administrativo, hasta por la suma de SETECIENTOS MILLONES DE DÓLARES (USD700.000.000) de los Estados Unidos de América" Estado superior al cincuenta por ciento (50%) de su capital social, se sujetarán a las normas sobre crédito público aplicables a las entidades descentralizadas del correspondiente orden administrativo; Que el artículo 2.2.1.2.1.4 del Decreto 1068 de 2015 aplicable establece que: "La celebración de contratos de empréstito externo ( ... ) por las entidades territoriales y sus descentralizadas requerirá: ( ... ) b) Autorización para suscribir el contrato y otorgar garantías al prestamista, impartida por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, con base en las correspondientes minutas definitivas"; Que la Secretaría General de Empresas Públicas de Medellín E.S.P. - EPM el 12 de diciembre de 2022 certificó que: "( ... ) Empresas Públicas de Medellín E.S.P., (en adelante EPM) ( ... ) es una Empresa Industrial y Comercial del Estado, prestadora de servicios públicos domiciliarios, sujeta a la normatividad que se encuentra establecida en la Ley 142 de 1994, inherente a las actividades relacionadas con su objeto social, con personería jurídica y patrimonio independiente, cuyo propietario es el Municipio (hoy Distrito) de Medellín con una participación directa del 100%. ( ... )";
relacionadas con su objeto social, con personería jurídica y patrimonio independiente, cuyo propietario es el Municipio (hoy Distrito) de Medellín con una participación directa del 100%. ( ... )"; Que según consta en la certificación del 31 de octubre de 2022 suscrita por la Secretaría General de Empresas Públicas de Medellín E.S.P. - EPM, "( ... ) la Junta Directiva en su sesión ordinaria, celebrada el 29 de octubre de 2020, correspondiente al Acta 1697, en ejercicio de sus facultades legales y estatutarias, decidió: ( ... ) 2. Con el propósito de garantizar los recursos de financiación y según lo establecido en el Decreto 1068 de 2015 del Ministerio de Hacienda y Crédito PúblicoMHCP -, la Junta Directiva autoriza a la gerencia para: Gestionar las aprobaciones para la solicitud de un cupo de endeudamiento y ejecutar las operaciones de crédito respectivas para: i) endeudamiento externo, por un monto de US$1400 millones (mil cuatrocientos millones de dólares) o su equivalente en otras monedas( ... ). Lo anterior con destino a financiación del plan de inversiones 2020-2023. Ejecutar las operaciones de crédito relacionadas con los anteriores cupos, firmar los contratos requeridos y la contratación de los servicios conexos a la operación respectiva y de cobertura cambiaria. ( ... ) El Acta 1697 del 29 de octubre de 2020, a la fecha no ha sido modificada y continúa vigente. ( ... )"; Que mediante el memorando No. 3-2022-017583 del 2 de diciembre de 2022, la Subdirección de Financiamiento de Otras Entidades, Seguimiento, Saneamiento y Cartera de la Dirección General
Que mediante el memorando No. 3-2022-017583 del 2 de diciembre de 2022, la Subdirección de Financiamiento de Otras Entidades, Seguimiento, Saneamiento y Cartera de la Dirección General de Crédito Público y Tesoro Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público informó que: "( ... ) 1. Afectación Cupo Autorizado para iniciar gestiones - Resolución No. 2305 de 2021. Mediante Resolución No. 2305 del 27 de septiembre de 2021, se autorizó a Empresas Públicas de Medellín E.S.P.- EPM para gestionar operaciones de crédito público externo hasta por la suma de OCHOCIENTOS NOVENTA MILLONES DE DÓLARES (USD890.000.000) de los Estados Unidos de América o su equivalente en otras monedas. Al respecto, esta resolución no ha sido afectada toda vez que a la fecha Empresas Públicas de Medellín E.S.P.- EPM no ha celebrado operaciones de crédito público externo. 2. Normatividad Aplicable ( ... ) Teniendo en cuenta que la fecha de radicación de la solicitud de Empresas Públicas de Medellín E.S.P.- EPM mediante el radicado No. 1-2022-035017 del 9 de mayo de 2022, es anterior a la fecha de entrada en vigencia del Decreto 1575 del 5 de agosto de 2022,para efectos del trámite de autorización para la celebración del empréstito externo del asunto, de acuerdo con el artículo 14 del mencionado decreto, se deberán aplicar las normas vigentes al momento de su radicación."; Que de conformidad con la minuta del contrato de empréstito externo, pagaré y anexos aprobados
decreto, se deberán aplicar las normas vigentes al momento de su radicación."; Que de conformidad con la minuta del contrato de empréstito externo, pagaré y anexos aprobados mediante oficio No. 2-2022-052919 del 15 de noviembre de 2022 y alcance 2-2022-056770 del 2 de diciembre de 2022 por la Subdirección de Financiamiento de Otras Entidades, Seguimiento Saneamiento y Cartera de la Dirección General de Crédito Público y Tesoro Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, las condiciones financieras del referido contrato de empréstito externo que Empresas Públicas de Medellín E.S.P. - EPM proyecta celebrar son las siguientes:.MINISTERIO DE HACIENDA V
CRÉDITO PÚBLICO
RESOLUCIÓN No. 3 3 3 Ü De 13 DIC. 2022 Página 3 de 6 Continuación de la Resolución "Por la cual se autoriza a Empresas Públicas de Medellín E. S.P.- EPM para celebrar un contrato de empréstito externo con Banco Bilbao Vizcaya Argentaría, S.A. New York Branch, BNP Paribas, The Bank of Nova Scotia y Sumitomo Mitsui Banking Corporation, en calidad de prestamistas, y UMB Bank, N.A., en calidad de agente administrativo, hasta por la suma de SETECIENTOS MILLONES DE DÓLARES (USD?00.000.000) de los Estados Unidos de América" Entidades Monto Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, S.A. New York U.S.$175.000.000 Prestamistas Branch. BNP Paribas. U.S.$175.000.000 The Bank of Nova Scotia. U.S.$175.000.000 Sumitomo Mitsui Bankinq Comoration. U.S.$175.000.000
BNP Paribas. U.S.$175.000.000 The Bank of Nova Scotia. U.S.$175.000.000 Sumitomo Mitsui Bankinq Comoration. U.S.$175.000.000 Monto U.S.$700.000.000 Agente UMB Bank, N.A. Administrativo: Plazo: Cinco (5) años, contados a partir de la fecha de cierre del contrato. Pagadero en dos (2) cuotas: Amortización: • Primera cuota: Cuarenta y ocho (48) meses desde la fecha de cierre del contrato. • Segunda cuota: Cinco (5) años desde la fecha de cierre del contrato . Tasa de Interés Term SOFR + Term SOFR Adjustment (0.26161%) + Applicab/e Margin
Máxima: (1.88839%+ Applicab/e Spread (0.05%))
Pago de Intereses: Trimestral.
Periodo de Hasta el 31 de diciembre de 2023. disponibilidad: Comisión de Compromiso ('Commitment Fee'): Comisión anual de 0.567% sobre el saldo no usado del monto del crédito. Comisión de Estructuración (' Structuring Fee'): Comisión de 0.6% sobre el Comisiones: monto del oréstamo. Comisión del Agente Administrativo ('Annua/ Administration Fee'): Comisión anual de U.S.$15.000. Comisión de Aceptación del Agente Administrativo ('Acceptance Fee'): Comisión única de U.S.$5.000. Que de conformidad con la minuta del contrato de empréstito externo, pagaré y anexos aprobados mediante oficio No. 2-2022-052919 del 15 de noviembre de 2022 y alcance No. 2-2022-056770 del 2 de diciembre de 2022 por la Subdirección de Financiamiento de Otras Entidades,
mediante oficio No. 2-2022-052919 del 15 de noviembre de 2022 y alcance No. 2-2022-056770 del 2 de diciembre de 2022 por la Subdirección de Financiamiento de Otras Entidades, Seguimiento, Saneamiento y Cartera de la Dirección General de Crédito Público y Tesoro Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, Empresas Públicas de Medellín E.S.P. - EPM, para garantizar el empréstito externo, otorgará un pagaré por cada prestamista en los términos de la minuta en mención; Que mediante oficio No. 2-2022-052919 del 15 de noviembre de 2022 y alcance 2-2022-056770 del 2 de diciembre de 2022, de conformidad con las facultades contempladas en el artículo 38 del Decreto 4712 de 2008 y en la normatividad vigente aplicable, la Subdirección de Financiamiento de Otras Entidades, Seguimiento, Saneamiento y Cartera de la Dirección General de Crédito Público y Tesoro Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público "( ... ) dio aprobación a los términos de la minuta del contrato de empréstito externo, pagaré y anexos que proyecta celebrar Empresas Públicas de Medellín E. S.P. - EPM con el Banco Bilbao Vizcaya Argentaría, S.A. New York Branch, BNP Paribas, The Bank of Nova Scotia y Sumitomo Mitsui Banking Corporation, en calidad de prestamistas, y UMB Bank, N.A., en calidad de agente administrativo, hasta por la suma de SETECIENTOS MILLONES DE DÓLARES (USD700.000.000) de los Estados Unidos de
calidad de prestamistas, y UMB Bank, N.A., en calidad de agente administrativo, hasta por la suma de SETECIENTOS MILLONES DE DÓLARES (USD700.000.000) de los Estados Unidos de América, destinados a financiar el plan general de inversiones en infraestructura, expansión, reposición y crecimiento de los negocios de aguas, saneamiento, transmisión, distribución de energía y gas, para el período 2022-2023. "; Que según consta en el documento del 2 de septiembre de 2022, Empresas Públicas de Medellín E.S.P. - EPM cuenta con la calificación de capacidad de pago emitida por la Sociedad Fitch Ratings Colombia S.A. Sociedad Calificadora de Valores;
\MINISTERIO DE HACIENDA Y
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RESOLUCIÓN No. 3 3 3 Ü De 13 OIC.'8Jll. Página 4 de 6 Continuación de la Resolución "Por la cual se autoriza a Empresas Públicas de Medellín E. S.P.- EPM para celebrar un contrato de empréstito externo con Banco Bilbao Vizcaya Argentaría, S.A. New York Branch, BNP Paribas, The Bank of Nova Scotia y Sumitomo Mitsui Banking Corporation, en calidad de prestamistas, y UMB Bank, N.A., en calidad de agente administrativo, hasta por la suma de SETECIENTOS MILLONES DE DÓLARES (USD700.000.000) de los Estados Unidos de América" RESUELVE Artículo 1. Autorización. Autorizar a Empresas Públicas de Medellín E.S.P. - EPM para celebrar un contrato de empréstito externo con Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, S.A. New York Branch, BNP Paribas, The Bank of Nova Scotia y Sumitomo Mitsui Banking Corporation, en calidad de
un contrato de empréstito externo con Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, S.A. New York Branch, BNP Paribas, The Bank of Nova Scotia y Sumitomo Mitsui Banking Corporation, en calidad de prestamistas, y UMB Bank, N.A., en calidad de agente administrativo, hasta por la suma de SETECIENTOS MILLONES DE DÓLARES (USO 700.000.000) de los Estados Unidos de América; Artículo 2. Términos y Condiciones Financieras. Los términos y condiciones financieras del contrato de empréstito externo que proyecta celebrar Empresas Públicas de Medellín E.S.P. -
EPM son las siguientes: Entidades Monto Banco Bilbao Vizcaya Argentaría, S.A. New York U.S.$175.000.000 Prestamistas Branch.
BNP Paribas. U.S.$175.000.000 The Bank of Nova Scotia. U.S.$175.000.000 Sumitomo Mitsui Banking Corporation. U.S.$175.000.000 Monto U.S.$700.000.000 Agente UMB Bank, N.A. Administrativo: Plazo: Cinco (5) años, contados a partir de la fecha de cierre del contrato. Pagadero en dos (2) cuotas: Amortización: • Primera cuota: Cuarenta y ocho (48) meses desde la fecha de cierre del contrato. • Segunda cuota: Cinco (5) años desde la fecha de cierre del contrato . Tasa de Interés Term SOFR + Term SOFR Adjustment (0.26161%) + Applicab/e Margin
Máxima: (1.88839%+ Applicable Spread (0.05%))
Pago de Intereses: Trimestral.
Periodo de Hasta el 31 de diciembre de 2023. disponibilidad: Comisión de Compromiso ('Commitment Fee'): Comisión anual de 0.567%
Pago de Intereses: Trimestral.
Periodo de Hasta el 31 de diciembre de 2023. disponibilidad: Comisión de Compromiso ('Commitment Fee'): Comisión anual de 0.567% sobre el saldo no usado del monto del crédito. Comisión de Estructuración (' Structuring Fee'): Comisión de 0.6% sobre el Comisiones: monto del préstamo. Comisión del Agente Administrativo ('Annua/ Administration Fee'): Comisión anual de U.S.$15.000. Comisión de Aceptación del Agente Administrativo ('Acceptance Fee'): Comisión única de U.S.$5.000. Artículo 3. Destinación. Los recursos provenientes del empréstito externo cuya celebración se autoriza por la presente Resolución deberán ser destinados a financiar el plan general de inversiones en infraestructura, expansión, reposición y crecimiento de los negocios de aguas, saneamiento, transmisión, distribución de energía y gas, para el periodo 2022-2023. Artículo 4. Minuta de Contrato y Pagaré. En desarrollo de la presente autorización, Empresas Públicas de Medellín E.S.P. - EPM podrá celebrar el contrato de empréstito externo, pagaré y anexos con Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, S.A. New York Branch, BNP Paribas, The Bank of Nova Scotia y Sumitomo Mitsui Banking Corporation, en calidad de prestamistas, y UMB Bank, N.A., en calidad de agente administrativo, y otorgar un pagaré a cada prestamista en la fecha de desembolso, en los términos de la minuta de contrato de empréstito externo, pagaré y anexos aprobados por la Subdirección de Financiamiento de Otras Entidades, Seguimiento, SaneamientfiMINISTERIO DE HACIENDA Y
desembolso, en los términos de la minuta de contrato de empréstito externo, pagaré y anexos aprobados por la Subdirección de Financiamiento de Otras Entidades, Seguimiento, SaneamientfiMINISTERIO DE HACIENDA Y
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RESOLUCIÓN No. 3 3 3 Ü De Pág ina 5 de 6 Continuación de la Resolución "Por la cual se autoriza a Empresas Públicas de Medellín E. S.P.- EPM para celebrar un contrato de empréstito externo con Banco Bilbao Vizcaya Argentarla, S.A. New York Branch, BNP Paribas, The Bank of Nova Scotia y Sumitomo Mitsui Banking Corporation, en calidad de prestamistas, y UMB Bank, N.A., en calidad de agente administrativo, hasta por la suma de SETECIENTOS MILLONES DE DÓLARES (USD700.000.000) de los Estados Unidos de América" y Cartera de la Dirección General de Crédito Público y Tesoro Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público mediante oficio No. 2-2022-052919 del 15 de noviembre de 2022 y alcance No. 2-2022-056770 del 2 de diciembre de 2022. Artículo 5. Garantía. Autorizar a Empresas Públicas de Medellín E.S.P. - EPM para garantizar el contrato de empréstito externo que por la presente Resolución se autoriza, con el otorgamiento de un pagaré por cada prestamista, en los términ os de la minuta de contrato de empréstito externo, pagaré y anexos aprobados por la Subdirección de Financiamiento de Otras Entidades, Seguimi ento, Saneamiento y Cartera de la Dirección General de Crédito Público y Tesoro Nacional
pagaré y anexos aprobados por la Subdirección de Financiamiento de Otras Entidades, Seguimi ento, Saneamiento y Cartera de la Dirección General de Crédito Público y Tesoro Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público mediante oficio No. 2-2022-052919 del 15 de noviembre de 2022 y alcance No. 2-2022-056770 del 02 de diciembre de 2022. Artíc ulo 6. Apropiaciones presupuesta/es. Los pagos que realice Empresas Públicas de Medellín E.S.P. - EPM en desarrollo del contrato de empréstito externo que celebre con base en la presente autorización, estarán subordinados a las apropiaciones presupuestales que para tal efecto haga en su presupuesto. Por lo tanto, Empresas Públicas de Medellín E.S.P. - EPM deberá incluir las partidas necesarias en su proyecto o proyectos de presupuesto anual de gastos. Artíc ulo 7. Afectación del Cupo de Endeudamiento. El cupo de endeudamiento autorizado por el Departamento Nacional de Planeación - DNP se verá afectado con cada desembolso del empréstito externo autorizado por la presente Resolución. Es responsabilidad de Empresas Públicas de Medellín E.S.P. - EPM mantener un seguimiento estricto del cupo autorizado por el Departamento Nacional de Planeación -DNP y asegurar que, en ningún momento, con fundamento en las autorizaciones emitidas por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, de manera individual o agreg ada, se exceda dicho cupo de endeudamiento. Artículo 8. Registro. Empresas Públicas de Medellín E.S.P. - EPM deberá solicitar a la Dirección
individual o agreg ada, se exceda dicho cupo de endeudamiento. Artículo 8. Registro. Empresas Públicas de Medellín E.S.P. - EPM deberá solicitar a la Dirección General de Crédito Público y Tesoro Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, la inclusión en el Sistema de Deuda Pública (Base Única de Datos) del contrato de empréstito externo que suscriba en desarrollo de la presente Resolución, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 16 de la Ley 185 de 1995, modificado por el Artículo 13 de la Ley 533 de 1999. Empresas Públicas de Medellín E.S.P. - EPM deberá remitir copia del contrato de empréstito externo a la Dirección General de Crédito Público y Tesoro Nacional, dentro de los diez (1 O) días calendario siguientes a su perfeccionamiento. Artíc ulo 9. Compromiso de información. Empresas Públicas de Medellín E.S.P. - EPM deberá presentar a la Dirección General de Crédito Público y Tesoro Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, dentro de los diez (1 O) primeros días calendario del mes siguiente al mes que se reporte, la información referente a saldos y movimientos de la operación de crédito público que por la presente Resolución se autoriza hasta el pago total de la deuda, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 16 de la Ley 185 de 1995, modificado por el artículo 13 de la Ley 533 de 1999. Artículo 1 O. Aplicación de otras normas. La presente autorización no exime a Empresas Públicas de Medellín E.S.P. - EPM del cumplimiento de las demás normas de cualquier naturaleza
1999. Artículo 1 O. Aplicación de otras normas. La presente autorización no exime a Empresas Públicas de Medellín E.S.P. - EPM del cumplimiento de las demás normas de cualquier naturaleza y orden que le sean aplicables, en especial la Resolución Externa No. 17 de 2015 y la Resolución Externa No. 1 de 2018 de la Junta Directiva del Banco de la República, la Circular Reglamentaria Externa - DODM 145 del 30 de octubre de 2015 del Banco de la República, y demás normas que las modifiquen, adici onen o sustituyan. Por lo anterior, la presente autorización no reemplaza la obligación de Empresas Públicas de Medellí n E.S.P. - EPM del cumplimiento de éstas, en la medida en que le sean aplicables. Parág rafo. Lo anterior, se entiende sin perjuicio de las autorizaciones y conceptos previos al endeudamiento de las entidades públicas que deben emitir otras autoridades en cumplimiento de otras normas.MINIS TERIO DE HACIENDA V CRÉDITO PÚBLICO RESOLUC IÓN No. 333 0 De 13 D\C . m Página 6 de 6 Continuación de la Resolución "Por la cual se autoriza a Empresas Públicas de Medellín E.S.P.- EPM para celebrar un contrato de empréstito externo con Banco Bilbao Vizcaya Argentarla, S.A. New York Branch, BNP Paribas, The Bank of Nova Scotia y Sumitomo Mitsui Banking Corporation, en calidad de prestamistas, y UMB Bank, N.A., en calidad de agente administrativo, hasta por la suma de SETECIENTOS MILLONES DE DÓLARES (USDl00. 000.000) de los Estados Unidos de América"
Nova Scotia y Sumitomo Mitsui Banking Corporation, en calidad de prestamistas, y UMB Bank, N.A., en calidad de agente administrativo, hasta por la suma de SETECIENTOS MILLONES DE DÓLARES (USDl00. 000.000) de los Estados Unidos de América" Artículo 11. Comunicación. Una vez sea impartida la orden de publicación de que trata el artículo 18 de la Ley 185 de 1995, la Subdirección de Financiamiento de Otras Entidades, Seguimiento, Saneamiento y Cartera de la Dirección General de Crédito Público y Tesoro Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público deberá comunicar a Empresas Públicas de Medellín E.S .P. - EPM la presente Resolución. Artículo 12. Vigencia. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial, requisito que se entiende cumplido con la orden impartida por el Director General de Crédito Público y Tesoro Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, según lo dispuesto por el artículo 18 de la Ley 185 de 1995.
PUBLÍ QUESE, COMUNÍQ UESE Y CÚ MPLASE
Dada en Bogotá D. C., a los 13 O\C. 2022 / µ d::..¡ ) JO S,{NTONIO OCAMPO GAVIRIfi MI NI STRO DE HACIEN DA Y CRÉDITO PÜBh.lCO APR OBÓ: Sonia Nrfi fiastañeda / Claudia Mar cela Gómez Vásquez fi REVISÓ: Nor berto fiarrantes Fajardo / Diego Francisco Figueroa Falla iJ-' ELABORÓ: Carolin •a González Pardo e GP DEPENDENCIA: Subdir ección de Financ iamiento de Otras Entidades, Seguimiento, Saneamiento y Cartera - DGCP TN