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MINHACIENDA - Circular 010 de 2025

Ministerio de Hacienda y Crédito Público

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Detalles

Título
MINHACIENDA - Circular 010 de 2025
Autor
Ministerio de Hacienda y Crédito Público
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Financiero
Año
2025

SISTEMA INTEGRADO DE INFORMACIÓN FINANCIERA – SIIF NACIÓN

CIRCULAR EXTERNA 010

2.0.0.1

Bogotá D. C., marzo 5 de 2025

PARA: REPRESENTANTES LEGALES, SECRETARIOS GENERALES,

ORDENADORES DEL GASTO, COORDINADORES Y USUARIOS DEL SIIF

NACIÓN

ASUNTO: PROCESO PARA LA CONSIGNACIÓN, CAUSACIÓN Y PAGO IMPUESTO DE

TIMBRE (CONMOCIÓN INTERIOR CATATUMBO)

Teniendo en cuenta el Decreto Legislativo 0175 del 14 de febrero de 2025 y el Artículo 519 del Estatuto Tributario, a continuación, se detalla el procedimiento que deben seguir las entidades públicas del ámbito SIIF, según corresponda:

1. Pago del impuesto de timbre por parte del contratista para contratos con cuantía determinada

El contratista deberá efectuar el pago del impuesto de timbre mediante el sistema P SE, del Banco Agrario. Para el detalle d el procedimiento de pago, se recomienda consultar el documento "Instructivo de trasferencias electrónicas PSE DTN recaudo impuesto de timbre” ", donde se especifican los pasos a seguir.

Link de acceso directo al PSE: https://www.psepagos.co/PSEHostingUI/ShowTicketOffice.aspx?ID=13299

Link de Acceso a los instructivos: https://www.minhacienda.gov.co/es/tesoro-nacional/operaciones-tesoro-nacional/instructivosrecaudos-bancos-comerciales

1.1 Envío del soporte de pago

Una vez realizado el pago, el contratista debe remitir el comprobante correspondiente a la entidad

recaudos-bancos-comerciales

1.1 Envío del soporte de pago

Una vez realizado el pago, el contratista debe remitir el comprobante correspondiente a la entidad contratante.Continuación Circular Externa 010 Página 2 de 4

Ministerio de Hacienda y Crédito Público

Dirección: Carrera 8 No. 6 C 38 Bogotá D.C. Colombia Conmutador (57) 601 3811700 Fuera de Bogotá 01-8000-910071

relacionciudadano@minhacienda.gov.co www.minhacienda.gov.co

1.2 Consulta de la información en la Página del MHCP.

Instructivo de Consulta de Transferencias PSE - 5 2024: Este instructivo está dirigido a las entidades ejecutoras o beneficiarias del ingreso y explica cómo consultar la información sobre las transferencias realizadas, se publican todos los martes en la página web del Ministerio de Hacienda y Crédito Público y se registran en el sistema SIIF Nación.

1.3 Consulta de información en el aplicativo ACH – PSE

De acuerdo con el oficio sobre los Lineamientos de Privacidad de PSE, publicado en la página del MHCP, las entidades pueden solicitar un usuario de consulta en el aplicativo ACH – PSE.

Si requieren acompañamiento en este proceso, pueden solicitarlo a través del correo hamilton.campos@minhacienda.gov.co. Sin embargo, si su entidad ya cuenta con un usuario y conoce el procedimiento, no es necesario solicitar asistencia.

1.4 Causación del impuesto por parte de la entidad pública

La Dirección del Tesoro Nacional, a través del SIIF Nación, generará un Documento de Recaudo por

el procedimiento, no es necesario solicitar asistencia.

1.4 Causación del impuesto por parte de la entidad pública

La Dirección del Tesoro Nacional, a través del SIIF Nación, generará un Documento de Recaudo por Clasificar, asignado a la entidad contratante. A partir de este, la entidad deberá causar el impuesto mediante una cadena de pago no presupuestal con valor neto cero, siguiendo estos pasos:

a) Registrar cuenta por pagar con medio de pago “Giro”, beneficiario el tercero contratista, y la siguiente posición de pago no presupuestal:

o 2-02-01-04 IMPUESTO DE TIMBRE NACIONAL.

b) Registrar acreedor no presupuestal con “Valor Neto Cero”, incluyendo la deducción:

o .2-01-04-03-01-03 RETENCIÓN TIMBRE NACIONAL. (D. 175 de 2025 – CATATUMBO)

c) Registrar, autorizar y pagar la orden de pago no presupuestal con “Valor Neto Cero”.Continuación Circular Externa 010 Página 3 de 4

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relacionciudadano@minhacienda.gov.co www.minhacienda.gov.co

En el sitio https: //www.minhacienda.gov.co/siif/ciclo-de-negocios/gestion-de-tesoreria/, encontraran el paso a paso para registrar la cadena liquido cero de PAG, llamada ‘’ Guía para Registrar Deducciones Consignadas por el Contratista’’.

paso a paso para registrar la cadena liquido cero de PAG, llamada ‘’ Guía para Registrar Deducciones Consignadas por el Contratista’’.

Una vez que la orden de pago no presupuestal quede en estado Pagad a, se causará en la bolsa de deducciones para que la entidad pública lo declare y compense en la declaración de retención en la fuente del mes siguiente, conforme al procedimiento indicado en la "Guía de Pago por Compensación Retenciones DIAN", disponible en:

https://www.minhacienda.gov.co/siif/ciclo-de-negocios/gestion-gasto/guias.

2. Procedimiento para documentos de cuantía indeterminada

Cuando se trate de documentos de cuantía indeterminada, el Artículo 519 del Estatuto Tributario establece que el impuesto se causará sobre cada pago o abono en cuenta derivado del contrato o documento, mientras este permanezca vigente. En estos casos, se seguirá el siguiente procedimiento:

2.1 Registro de la obligación presupuestal

o La entidad pública del ámbito SIIF, al registrar la obligación presupuestal, deberá incluir una deducción con la posición de pago no presupuestal correspondiente:

o 2-01-04-03-01-03 RETENCIÓN TIMBRE NACIONAL. (D. 175 de 2025 – CATATUMBO)

2.2 Causación en la bolsa de deducciones

Cuando se pague la orden de pago asociada a la obligación, las deducciones practicadas se causarán en la bolsa de deducciones para que la entidad pública las declare y compense en la declaración de retención en la fuente del mes siguiente.Continuación Circular Externa 010 Página 4 de 4

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en la bolsa de deducciones para que la entidad pública las declare y compense en la declaración de retención en la fuente del mes siguiente.Continuación Circular Externa 010 Página 4 de 4

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relacionciudadano@minhacienda.gov.co www.minhacienda.gov.co

El procedimiento se detalla en la "Guía de Pago por Compensación Retenciones DIAN", disponible en:

https://www.minhacienda.gov.co/siif/ciclo-de-negocios/gestion-gasto/guias.

Cordial saludo,

DAVID FERNANDO MORALES DOMINGUEZ

Administrador del SIIF Nación Viceministerio General

REVISÓ: David Morales – Jorge Calderon.

ELABORÓ: -William Pardo – Hamilton Campos

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