MINHACIENDA - Circular externa 4 de 2023
Ministerio de Hacienda y Crédito Público
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Detalles
- Título
- MINHACIENDA - Circular externa 4 de 2023
- Autor
- Ministerio de Hacienda y Crédito Público
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Financiero
- Año
- 2023
MINISTERIO DE HACIENDA V
CRÉDITO PÚBLICO
CIRCULAR EXTERNA Q Q 4
4. Secretaría General
Bogotá D. C., 1 8 ENE 2023
PARA: PRESIDENTES, SUPERINTENDENTES, CONTADOR GENERAL DE LA NACIÓN,
GERENTES GENERALES Y DIRECTORES DE ENTIDADES ADSCRITAS Y
VINCULADAS AL MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO
DE:
ASUNTO: SECRETARÍA GENERAL-MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO Divulgación de la Resolución 4728 de 2022 expedida por la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia en relación con el Permiso por Protección Temporal a los nacionales venezolanos que cumplan con las condiciones y requisitos establecidos en el Estatuto Temporal de Protección para Migrantes
Venezolanos. La Unidad Administrativa Especial Migración Colombia expidió la Resolución 4278 del 30 de diciembre de 2022 "Por la cual se adopta el formato de Certificación de Trámite del Permiso por Protección Temporal (PPT) como documento de identificación para los nacionales venezolanos dentro del territorio de la República de Colombia y se dictan otras disposiciones". La Resolución prevé la expedición de una certificación temporal para que los ciudadanos venezolanos solicitantes puedan ingresar, permanecer, transportarse, salir del territorio nacional y acceder a la oferta de servicios del Estado colombiano. Dicha certificación podrá ser expedida hasta el 30 de abril de 2023 y estará vigente hasta la fecha en la cual se decida de fondo por parte de la U.A.E. Migración Colombia, la solicitud del Permiso por Protección Temporal (PPT).
colombiano. Dicha certificación podrá ser expedida hasta el 30 de abril de 2023 y estará vigente hasta la fecha en la cual se decida de fondo por parte de la U.A.E. Migración Colombia, la solicitud del Permiso por Protección Temporal (PPT). Mediante la presente Circular se hace divulgación a las entidades adscritas y vinculadas al Ministerio de Hacienda y Crédito Público de la Resolución 4278 de 2022 a solicitud del Director General de la U.A.E. Migración Colombia, quién requirió su difusión a todas las entidades del sector. Cordialmente,
Proyectó: Astrid Salcedo/Alejandro Ri
Carrera 8 No. 6 C 38 Bogotá D.C. Colombia Código Posfal 111711 Conmutador (57 1) 381 1700 \'J\'ffl.minhacienda.gov.co004 1 8 ENE 2023
REPÚBLICA DE COLOMBIA
LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAt MIGRACIÓN COLOMBIA
RESOLUCIÓN No. 4278 DE 2022
(Diciembre 30 de 2022) "Por la cual se adopta el formato de Certificación de Trámite del Permiso por Protección Temporal (PPT) como documento de identificación para los naciomfiles venezolanos dentro del territorio de la República de Colombia y se dictan otras disposicionesn EL DIRECTOR GENERAL DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL MIGRACIÓN COLOMBIA, en ejercicio de su,s facultades legalefi. en especial las que le confieren los numerales 2, 3, 6 y 7 del artículo 4º y, los numerales 3, 4 y 14 del artfculo·10º del Decreto 4062 de 2011, y
CONSIDERANDO:
2, 3, 6 y 7 del artículo 4º y, los numerales 3, 4 y 14 del artfculo·10º del Decreto 4062 de 2011, y CONSIDERANDO: Que en virtud del artículo 1 de la Constitución Polltica, Colombia es un Estado so·cial de Derecho, fundado en.el respeto por la dignidad humana, el trabajo, la fiolidaridad dé las personas que integran la República y la prevalencia del interés general. Que el articulo 100 de la Constitución Política dispone que los extranjeros gozarán en el territorio de la República de las mismas garantias concedidas a los nacionales, salvo las limitaciones que establezcar:i la Constitución y la ley. Lo anterior, de acuerdo con el principio de igualdad de derechos y deberes entre los habitantes del territorio nacional. Que de conformidad con el numeral 3 del artículo 4 del Decreto Ley 4062 de 2011, a la Unidad Administrativa Especial Migración 8olombia le compete llevar el registro de identificación de extranjeros y efectuar en el territorio nacional la verificación migratoria de los mismos. Que el numeral 6 del articulo 4 del Decreto Ley 4062 de 2011 establece que es función de la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia formular, dirigir, coordinar y evaluar los planes, programas y proyectos en materia de control migratorio, extranjería y verificación migratoria. en desarrollo y de conformidad con la política migratoria. Que el Decreto '1067 de 2015 en su articulo 2.2.1.11.3 establece que la Unidad Administrativa Especial fyligración Colombia ejercerá la vigilancia y control migratorio de nacionales y extranjeros en el territorio nacional.
Que el Decreto '1067 de 2015 en su articulo 2.2.1.11.3 establece que la Unidad Administrativa Especial fyligración Colombia ejercerá la vigilancia y control migratorio de nacionales y extranjeros en el territorio nacional. Que. conforme a lo dispuesto en el. ¡:irti<;:ylo 13 del Decreto :216 del 1 de marzo· de 2021 y Resolución 971 q'ª 2021, es competé_ncifi de la Unidad Apministrati\/a Espec;ial Migración Colombia a1,1torizar y ·expedir el Permiso por Protección Temporal (PPT) a los nacionales venezolanos que cumplan con las condi.c.io.nes y requisitos estable.cides en el Es.tatuto Temporal de Protección para Mlgrantes Venezota·nós.
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,RESOLUCIÓN NÚMERO 4278 DE 2022 HOJA No. 2
Continuación de la Resolución "Por la cual se adopta el formato de Certificación de Trámite del Permiso por Protección Temporal (PPT) como documento de identificación para los nacionales venezolanos dentro del territorio de la República de Colombia y se dictan otras disposiciones· Que el articulo 17 de la Resolución 971 de 2021 expedida por Migración Colombia "Por la cual se implementa el Estatuto Temporal de Protección para Migrantes Venezolanos adoptado por medio del Decreto 216 de 2021", precisó que, culminado el proceso de inscripción en el Registro Único de Migrantes Venezolanos, esto es el Pre-Registro Virtual, el diliger:iciamiento de la encuesta socioeconómica y el Registro Biométrico Presencial, la Autoridad Migratoria se pronunciará frente a la solicitud de expedici6'n del Permiso por Protección Temporal (PPT),
encuesta socioeconómica y el Registro Biométrico Presencial, la Autoridad Migratoria se pronunciará frente a la solicitud de expedici6'n del Permiso por Protección Temporal (PPT), negándolo, requiriendo al solicitante o autorizando su expedición. Que en caso de ser autorizada la expedición del Permiso por Protección Temporal (PPn, éste tendrá los elementos de seguridad necesarios para ser considerado como un documento de identificación de los mlgrantes venezolanos dentro del territorio nacional. En consecuencia, sirve para el ingreso, permanencia o salida del territorio nacional, sin perjuicio de los requisitos establecidos para el ingreso a los demás países. Que en razón al alto volumen de solicitudes de Permiso por Protección Temporal (PPT) por parte de la población migrante venezolana y al tiempo que conlleva la revisión y verificación de requisitos para el otorgamiento del permis_o, de acuerdo con lo dispuesto en el establecido por el Decreto 216 de 2021 y la Resolución 971 de 2021, se hace necesario expedir la presente Resolución con el fin de autorizar la expedición de una certificación de carácter temporal a los ciudadanos venezolanos que les permita ingresar, permanecer, transportarse, salir del territorio nacional y acceder a la oferta de servicios del Estado Colombiano y las instituciones particulares, que será válida en todo el territorio nacional. Que, en mérito de lo expuesto, RESUELVE: ARTÍCULOiPRIMERO: Adoptar y Expedir·el Formato de,Certificación de Trámite del Permiso por Prótección Temporal (PPT). Adáptese y expídase el formato del documento flsico
denominado CERTIFICACIÓN DE TRÁMITE DE PERMISO POR PROTECCIÓN TEMPORAL
(PPT), mediante el cual los ciudadanos venezolanos podrán acreditar la solicitud de Permiso por
denominado CERTIFICACIÓN DE TRÁMITE DE PERMISO POR PROTECCIÓN TEMPORAL
(PPT), mediante el cual los ciudadanos venezolanos podrán acreditar la solicitud de Permiso por Protección TemporalPPT; esta certificación es válida para ingresar, permanecer, transportarse, salir del territorio colombiano y acceder a la oferta de servicios del Estado Colombiano y las instituciones particulares, mientras se decide y otorga el documento final de acuerdo con los términos del Decreto 216 de 2021 y la Resolución 971 de 2021. La certificación se podrá obtener y verificar en la página web institucional de la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia que corresponde a https://migracioncolombia.goit.co/miqracion-ppt/.
PARÁGRAFO: El otorgamiento de esta certificación es temporal, hasta el 30 de abril de 2023, mientras se decide la solicitud del Permiso por Protección Temporal (PPT) previo cumplimiento de los requisitos señalados en el Decretó 216 de 2021 y la Resolución 971 de 2021.
ARTÍCULO SEGUNDO: Datos de la Certificación de Trámite de Permiso por Protecció n Temporal (PPT). La certificación de la que trata el articulo 1 de la presente resolución contendrá los siguientes datos de identificación del nacional venezolano: • Nombres y apellidos del nacional venezolano .__-----------------------------------fifi fi
EDF.28 \V2l 004 1 8 ENE 2023004
RESOLUCIÓN NÚMERO 4278 o·e, 2022 HOJA No. 3 1 8 ENE 2023
Continuación de la Resolución "Por la cual se adopta ·e1,forma_to de Certjficaci6n de Tramite del.Permiso
RESOLUCIÓN NÚMERO 4278 o·e, 2022 HOJA No. 3 1 8 ENE 2023
Continuación de la Resolución "Por la cual se adopta ·e1,forma_to de Certjficaci6n de Tramite del.Permiso por Protección Tfimporal (PPT)·como doc4mento de. [dentificafión Pc!ía los nacionales venezqlanqs dentro del territorio de la Répública de Colombia y se dictan otras djsposiciones• • Número de Registro Único Migratorio RUMV • Fecha de expedición de la certificación • Fecha ,dé vencimienio de la certificación. (30 de aoril de 2023) . • Código de lectura ráplda QR, el cual contiene el enlace a la base de daigs de la Entidad_, J>ermitiendo la validación automática en los pr9cesos_de verificación migratoria, o ante ·autoridadeso entidades públicas o privadas; de la información biográfica del nacional venezCllano ARTÍCULO TERCERO: Tarifa de Expédición de ·1a Certifi cación Permiso por Protec ción Temporal (PPT). La t?Xpédición de la certificación no tendrá ningún costo.
ARTÍCULO. CUARTO: Us·o de la Certifica ción Permiso por Protección Temporal (PPT). Este documento es de caráctfir personal e intransfe rible, por lo cual, solo podrá ser preseiítadci como ·certificación del trámite de Permiso por Protecci ón Temporal - PPT, por parte de su titular.
ARTÍCULO QUINTO: Vigencia ,de la Certific ación de Trámite de Permiso por Protec ción Temporal (PPT). Este· documento es de carácter temporal y·tendrá vigenciaJJasta la fecha en que
ARTÍCULO QUINTO: Vigencia ,de la Certific ación de Trámite de Permiso por Protec ción Temporal (PPT). Este· documento es de carácter temporal y·tendrá vigenciaJJasta la fecha en que se le •. dE!cida dfi fondo la sqlicitud del Permiso_ por Protección Temporal (PPT) comormera-lo"dispt1éstefi fi e-n e1 uecreto 216ae2021 y la Resolución 971 de.2021.
ARTÍCULO SEXTO: Vigen cia. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición_ ..
PUBLÍQVESE Y CÚMPLASE Dada en Bogotá D.G. a los treinta (30) d fas del mes de diciem.bre de 2022 fi \ LJhrlct'{-Q.
CARLOS, FÉRNÍfififGARCÍA MANOSALVA
Director,General Migración Colombia
Elaboró: Ellzabelh Ni/lo Solano, Profesional GIT GAEX
Revisó: Aprobó:
=fifi.cins1,fi Cesar Andrés Russi Páez, Coordinador GIT GAEX fi0 Dlfigo Francisco Pineda Plazas, Coordinador GAMSJC - OAJ¡:,,r,:•p.J/1fi Margarila Maria Baulisla Martinez, subdireclora de Ex1ranjerla cl11F \) Hum.berto Velásquez Ardlla, subdirector de Verificación Migratoria "\-o Martha Hemá_ndez. Arango; subdirectora de Control Migratorio fifi Carlos.Julio Avtla Coronet,- Jefe OAJ -fi·fi 1
- Diego Emilio Ojed_a, Mongiyo, Jefe OTIN 1J.fifi '1 • EDF 8 (v2l
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