MINHACIENDA - Resolucion 0142 enero 21 2019
Ministerio de Haciendo y Crédito Público
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Detalles
- Título
- MINHACIENDA - Resolucion 0142 enero 21 2019
- Autor
- Ministerio de Haciendo y Crédito Público
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Financiero
- Año
- 2019
A “El emprendí MN esdetodos:- RESOLUCIÓN [142 ( 2 1 ENE. 2019 ) Por la cual'se define a Fiduprevisora S. A. como la entidad fiduciaria del Fondo para el Desarrollo Integral del Distrito Especial de Buenaventura - Fonbuenaventura EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA En uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por el artículo 8 de la Ley 1872 de 2017 y el Decreto 958 de 2018. CONSIDERANDO Que la Ley 1872 de diciembre 18 de 2017, creó el Fondo para el Desarrollo Integral del Distrito Especial de Buenaventura (Fonbuenaventura), como un patrimonio autónomo administrado por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, cuyo objeto es promover el desarrollo integral del Distrito de Buenaventura. Que el Ministerio de Hacienda y Crédito Público en uso de la facultad otorgada por el artículo 2 de la Ley 1872 de 2017 y el Decreto 958 de 2018, para efectos de la operatividad y funcionamiento del Fondo para el Desarrollo Integral del Distrito Especial de Buenaventura, puede definir mediante resolución, la administración de dicho fondo en: (i) una entidad encargada de la ejecución (Entidad Ejecutora) y/o; (ii) en una entidad que conserve y transfiera los recursos, y que actúe como vocera del patrimonio autónomo (Entidad Fiduciaria). Que Fiduprevisora S. A. es una sociedad de economía mixta constituida mediante Escritura Pública N” 25 del 29 de marzo de 1985 otorgada por la Notaría 33 del Circulo Notarial de Bogotá
Que Fiduprevisora S. A. es una sociedad de economía mixta constituida mediante Escritura Pública N” 25 del 29 de marzo de 1985 otorgada por la Notaría 33 del Circulo Notarial de Bogotá D.C., sujeta al régimen de empresa industrial y comercial del Estado, vinculada al Ministerio de Hacienda y Crédito Público y vigilada por la Superintendencia Financiera de Colombia. Que igualmente Fiduprevisora $. A. cuenta con las más altas calificaciones en la administración de portafolios otorgadas por las sociedades calificadoras de riesgo Value and Risk Rating S.A. y BRC Estandard £ Poors (AAA en eficiencia en la administración de portafolios y AAA en Riesgo de contraparte). Que Fiduprevisora $. A. cuenta con sistemas de gestión de calidad, certificaciones ambientales y seguridad de la información, correspondientes a NTCGP 1000, 150 9001, ISO 14001 e ISO/IEC 27001. Que en cuanto a su experiencia, Fiduprevisora S. A. tiene acreditación de 32 años en la administración de recursos públicos destinados a la implementación de proyectos especificos en diversos ámbitos de la economía y el desarrollo social del país. El emprendimiento és de todos + E. RESOLUCIÓN No. 0142 De 2 1 ENE. 2019 | Página 2 de 3 Continuación de la Resolución “Por la cual se define a Fiduprevisora S. A. como la entidad fiduciaria del Fondo para el Desarrollo Integral del Distrito Especial de Buenaventura” Que conforme a lo expuesto, Fiduprevisora S. A. ha sido la entidad fiduciaria aliada del Gobierno nacional en la ejecución de proyectos e iniciativas de gran importancia e impacto social, lo que
Desarrollo Integral del Distrito Especial de Buenaventura” Que conforme a lo expuesto, Fiduprevisora S. A. ha sido la entidad fiduciaria aliada del Gobierno nacional en la ejecución de proyectos e iniciativas de gran importancia e impacto social, lo que la hace idónea para administrar los recursos del Fondo para el Desarrollo Integral del Distrito Especial de Buenaventura. Que la Fiduprevisora S. A. y la Entidad Ejecutora, esto es la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres (UNGRD), tienen la experiencia y el conocimiento necesarios en la ejecución de proyectos estratégicos para el desarrollo del país, mediante el trabajo coordinado en la estructuración de procesos de contratación de obras de infraestructura, supervisión, interventoría y pagos tanto a contratistas como a proveedores de servicios. Que en la reunión celebrada el 26 de diciembre de 2018 entre la Fiduprevisora $. A y el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, se estudió la oferta de servicios presentada por Fiduprevisora S. A y se consideró que la misma era razonable e idónea en los términos de las funciones que le corresponden a la Entidad Fiduciaria del Fondo para el Desarrollo Integral del Distrito Especial de Buenaventura, según lo definido en el artículo 10 del Decreto número 958 de 2018, teniendo en cuenta que se trata de una entidad estatal con una participación pública ampliamente mayoritaria, que cuenta con un Gobierno Corporativo ajustado a lo exigido para las entidades financieras, que adicionalmente cuenta con participación en su administración de directivos del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, y que tiene la experiencia necesaria para actuar como Entidad Fiduciaria para la conservación y transferencia de los recursos del Fondo para el
financieras, que adicionalmente cuenta con participación en su administración de directivos del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, y que tiene la experiencia necesaria para actuar como Entidad Fiduciaria para la conservación y transferencia de los recursos del Fondo para el Desarrollo Integral del Distrito Especial de Buenaventura. Que por las anteriores razones, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público considera que Fiduprevisora S. A. es una entidad estatal idónea para ser la Entidad Fiduciaria del Fondo para el Desarrollo Integral del Distrito Especial de Buenaventura. Que de conformidad con lo dispuesto en el numeral 9” del artículo 6 del Decreto 958 de 2018, la Entidad Ejecutora y la Entidad Fiduciaria tendrán que definir a través de un reglamento operativo, las condiciones en las que se desarrollará la relación entre ambas entidades para el desarrollo de las funciones y obligaciones asignadas a cada una en desarrollo del Fondo para el Desarrollo Integral del Distrito Especial de Buenaventura. Que en mérito de lo expuesto, RESUELVE Artículo 1. Definición entidad fiduciaria. Definir a la Fiduprevisora S. Á. como la Entidad Fiduciaria del Fondo para el Desarrollo Integral del Distrito Especial de Buenaventura. Parágrafo. Estarán a cargo de la entidad ejecutora las obligaciones establecidas en el artículo 10 del Decreto 958 de 2018. Artículo 2. Suscripción de reglamento operativo. La Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres (UNGRD), como la Entidad Ejecutora, y Fiduprevisora $. A., como laEl emprendimiento es de todos
Artículo 2. Suscripción de reglamento operativo. La Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres (UNGRD), como la Entidad Ejecutora, y Fiduprevisora $. A., como laEl emprendimiento es de todos RESOLUCIÓN No. 0142 . De 2 1 ENE 2019 Página 3 de 3 Continuación de la Resolución “Por la cual se define a Fiduprevisora S. A. como la entidad fiduciaria del Fondo para el Desarrollo Integral del Distrito Especial de Buenaventura” Entidad Fiduciaria del Fondo para el Desarrollo Integral del Distrito Especial de Buenaventura, suscribirán un Reglamento Operativo, en el cual se definan las condiciones en las que se desarrollará su relación para la ejecución de las funciones y obligaciones de cada una de ellas, lo relativo a las instrucciones que se otorguen en desarrollo de dicha relación, la forma y tiempos en que se le dará cumplimiento a tales instrucciones, las obligaciones y derechos de cada entidad de conformidad con las actividades y competencias propias de cada una de ellas, el comité fiduciario, la forma en que se efectuarán los pagos, los desembolsos y transferencias de bienes, instancias de comunicación entre ambas entidades y demás aspectos que se requieran. Artículo 3. Vigencia. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dado en Bogotá D.C., alos 21 ENE. 2019